ðHwww.oocities.org/espanol/pmalife/pma13www.oocities.org/espanol/pmalife/pma13.htmllayedx©UÕJÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÿÈÅlÅ+OKtext/html(¾ÍWÅ+ÿÿÿÿb‰.HMon, 19 May 2003 18:17:57 GMTMozilla/4.5 (compatible; HTTrack 3.0x; Windows 98)en, *©UÕJÅ+ La Gran Corregidora
LA GRAN CORREGIDORA
 
Panamá requiere de un cambio radical en su patético modelo administrativo, mismo que deja mucho que desear.  Cada vez me convenzo más de esta situación, y no creo que exista lógica alguna que pueda ir en contra de este precepto:  “nuestra Nación requiere de una reforma integral, sin obviar ningún área; si es que en verdad deseamos encaminarnos a un futuro mejor”.
 
Pondré como muestra de esta realidad un sencillo pero significativo ejemplo.  Empezaré por señalar que desconozco bajo que administración gubernamental se creó el cargo de “corregidor” -supongo que fue bajo los militares-, mismo que hoy está presente en los 595 corregimientos en que se divide la faz de nuestro país.  Como su nombre lo indica, el corregidor tiene el deber de ejercer la labor de aplicar correctivos a las situaciones indebidas e ilegales que se presentan en nuestras comunidades y que estén bajo su responsabilidad, según la ley que rige este ineficiente puesto gubernamental.
 
¿Y por qué traigo a colación este asunto?, en seguida lo explicaré.  Actualmente resido en el corregimiento de El Coco, distrito de La Chorrera; corregimiento que durante los últimos tres periodos gubernamentales -incluyendo el actual- ha estado bajo la jurisdicción de César Camarena, un representante de corregimiento irresponsable y poco importa con su comunidad, pero ese no es el tema que nos interesa en este momento, vayamos al meollo de este asunto.
 
Recientemente, tal y como lo establece la raquítica Constitución de 1972, en el acápite 3 de su artículo 240, la alcaldesa del distrito de La Chorrera, por recomendación del “laborioso” representante del corregimiento, nombró como “corregidora” de El Coco a una señora -vecina muy cercana a mi casa-, que puede ser calificada de “persona con nulo conocimiento de lo que encierra la aplicación de justicia comunal”.  ¿Es la “corregidora”?, aunque parezca increíble, lo es.
 
Es insano y, por sobre todo, indigno; que situaciones como estas se vean en la mayoría de los corregimientos del país.  Supuestamente el corregidor debe ser capaz de aplicar la ley en los problemas comunales, pero en este cargo se nombra de a “dedo” a quien más bonito le parezca al alcalde y a sus allegados.  Ah, olvidé algo; la nueva corregidora del corregimiento en donde vivo se dedicaba a la venta de “chances clandestinos”, pero al ser nombrada “le pasó el negocio a su hija”, porque ella no podía continuarlo...  ¿Se imaginan la corregidora que nos ganamos?, ¿qué clase de justicia puede aplicar esta señora tan “preparada en la ley” y tan justa con la sociedad?
 
Y todavía hay quienes argumentan que en este país no es necesario un cambio radical e integral.  Un precedente constitucional como el contenido en el artículo 240, acápite 3, que permite que un corregidor sea nombrado y removido por el alcalde; es una clara muestra, de las tantas que hay, de que nuestros principios legales están muy lejos de ofrecerle dignidad y respeto a la sociedad panameña.  Y eso que no hemos revisado que ocurre en esos corregimientos apartados, en donde nombran de corregidores a personas que no saben leer ni escribir.
 
El cargo de corregidor debe ser eliminado para siempre y otorgarle la aplicación de justicia, en su totalidad, a las instituciones que en verdad pueden velar por esto, responsablemente.  Abogamos por la consecución de reformas que creen lo Tribunales Circuitales, con mayor relevancia que los actuales juzgados de circuito; mismos que deberán contener salas que atiendan todos los casos comunitarios que no tienen porque llegar a instancias mayores.  Hablamos de casos de tránsito, aspectos familiares y comunitarios; además de la presencia de los juzgados nocturnos en todas estas áreas.  Estos tribunales contarían con personal capacitado y serían anexos al Órgano Judicial; los mismo garantizarían una justicia más expedita y eficiente, no como las incoherencias que se dan hoy en las “corregidurías”.
 
Domingo 23 de junio de 2002