MENORES INFRACTORES
 
El pasado martes 20 de agosto de 2002, tuve la oportunidad de participar en la grabación del programa Otro Enfoque en Cabildo, dirigido por el periodista Rolando Vidal y transmitido por la Fundación para la Educación en la Televisión (FETV Canal 5).  En esta grabación, aparte de participar y dar mi opinión con nombre y apellido, sobre el tema de la intención de aumentar las penas a los menores infractores de la ley, en el caso de los delitos graves; presenté una propuesta escrita, la cual entregué en manos del conductor del programa, Rolando Vidal, y de la Magistrada Esmeralda de Troitiño, del Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia.
 
Esta propuesta, que también debió haber llegado a manos del proponente de las reformas a la Ley 40 de 1999, H.L. Marcos Gonzáles -quien no asistió al programa-; nace de mi responsabilidad ciudadana para con este país y con la realidad que vive.  La misma la comparto con ustedes en este artículo.
 
Antes de continuar, informo que el programa en mención fue transmitido por FETV Canal 5, el jueves 22 de agosto, a las 10:00 p.m.; y su continuación, el viernes 23 de agosto, a la misma hora.
 
Entrando en la materia que compete al presente artículo, quiero compartir con ustedes algunos puntos clave que fueron tratados en el programa; no sin antes hacer hincapié en el hecho de que el panel, compuesto por la Magistrada del Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia, Dra. Esmeralda de Troitiño; la ex Ministra de la Juventud, la Familia y la Niñez, Lic. Leonor Calderón; el experto de la UNICEF, Lic. Jorge Gianareas; y el Lic. Manuel Campos, del departamento de criminología de la Universidad de Panamá; se mostró, en su totalidad, en desacuerdo con una medida como la propuesta por el legislador Marcos González, de aumentar las penas contempladas para los menores infractores de la ley, en el caso de los delitos graves.  ¿La razón?, la propuesta, que solo ataca un punto en particular de un problema más complejo, no contribuye en nada a controlar el crecimiento de los actos delictivos en el país.
 
Haciendo un extracto de lo que más captó la atención de todos los presentes, enumeraré los puntos más relevantes que se trataron en el programa:
 
1. Existe la Ley 31 de 1998, que estipula los mecanismos bajo los cuales el Estado ampara a las víctimas de la delincuencia -en todas sus formas-; no obstante, esta ley que ya está en vigencia, no se cumple y, hasta ahora, no hay muestras de que las cosas cambien.
 
Aspectos importantes:
a. La ley 31 fue redactada y aprobada, con la finalidad de darle protección y ayuda a las victimas de actos delictivos de cualquier índole.
b. La ley no se está practicando.
c. Establece instancias y procesos que nos existen ni se cumplen.
 
2. Existe una ley que regula, por primera vez en la historia del país, la penalización a los menores infractores de la ley; esta es la Ley 40 de 1999.
 
Aspectos importantes contenidos en esta son:
a. Establece una pena máxima de 5 años de restricción de la libertad para los menores entre 14 y 17 años de edad, que comentan delitos graves.
b. Establece que las penas incluyen efectivos programas de resocialización.
c. Establece la existencia de jueces de menores y fiscales de menores (aún no existen)
d. Establece la existencia de jueces de seguimiento (aún no existe; debe verificar que la pena impuesta sea resocializante).
e. Establece las bases de un proceso judicial penal exclusivo para los menores.
f. Señala como fecha tope para poner en marcha el sistema el mes de febrero de 2002 (esto no se cumplió); se dio una prórroga hasta febrero de 2002 para la ciudad capital y hasta agosto de 2002 para el resto del país (no se ha hecho nada al respecto)
 
Aspectos relevantes a la ley que se deben considerar:
a. Por decreto presidencial en la administración anterior, se crea una comisión que debe redactar una ley integral para la juventud.
b. Debido a solicitudes que, en ese momento, se hacían para aumentar las penas a los menores; la comisión suspende la redacción de la ley integral y se dedica más al plano penal.
c. Surge la ley 40 de 1999, que establece las normas que rigen la penalización de los menores infractores de la ley (instancias, procesos, penas, resocialización, etc.).
d. La ley 40 no trata aspectos preventivos.
e. La ley 40 está vigente, pero no se cumple.
 
3. La ley 40 debe aplicarse para entonces hablar de cambios.  No se puede hablar de modificar la ley 40, si esta no ha podido demostrar su viabilidad.  
 
4. Es necesaria mayor responsabilidad y voluntad por parte del gobierno, a fin de que dote los recursos económicos necesarios para poner en función la ley 40 de 1999.
 
5. Del 100% de los casos delictivos graves que se dan a nivel nacional, el 97% de los mismos es cometido por adultos, mientras que el 3% restante es cometido por menores de edad.  En ambos casos el problema es serio, pero no es justo que se intente atacar una sola parte del problema.
 
6. La propuesta del legislador Marcos González solo incluye el aumento de las penas, pero no considera la creación de planes de prevención; ni tampoco toma en cuenta las necesidades que acarrearía un aumento de penas, a saber:
a. Construcción de más centros de rehabilitación de menores.
b. Mayor presupuesto para alimentación.
c. Nombramiento de más custodios y especialistas.
d. Presupuesto para mantenimiento de instalaciones.
e. Mayor presupuesto para acelerar los procesos judiciales.
 
7. La resocialización sí es posible, los grupos presentes lo demostraron con hechos y con palabras.
 
8. Existen problemas que se deben atacar en una solución integral:
a. La desintegración familiar.
b. La violencia intrafamiliar.
c. La función de los medio de comunicación y los valores que estos inculcan y transmiten.
d. La poca importancia que se le da a las opiniones de los jóvenes.
e. La publicidad que se le da a los hechos delictivos que involucran a menores.
f. La deficiencias en el sistema educativos público y particular.
g. La poca importancia y ayuda que se le da a los grupos que resocializan a jóvenes descarriados.
h. Poca inversión en planes de prevención, deportes, cultura y demás.
i. No se les da importancia a las actividades de grupos de jóvenes sobresalientes.
 
En base a todo lo anterior, hacemos un llamado al gobierno para que destine los recursos necesarios a la aplicación de la ley 40 de 1999 y a la instauración de una comisión que evalúe la búsqueda de soluciones integrales al problema.  Mientras esto no se haga, cualquier intención de aumentar las penas a los menores, no tendrá razón de ser.
 
Los invito a que, juntos, revisemos la propuesta que entregué, la misma busca soluciones integrales y no los clásicos paliativos temporales.  
 
Martes 27 de agosto de 2002
1