CAPITULO
III
DIFERENCIAS ENTRE LOS DISTINTOS TIPOS DE FRAUDE Y LA ESTAFA
En
este capítulo trataremos las diferencias que existen entre los distintos tipos
de fraude que se han tratado, a saber, el fraude procesal y el fraude informático
contra el delito de estafa, para dejar establecido de una vez y para todas que
dichos fraudes merecen ser tipificados en nuestro ordenamiento jurídico penal
de manera expresa e independiente del delito de estafa para que ya dejen de ser
asimilados a la misma, y sean castigados como los fraudes que realmente son y no
como estafas.
Para
poder establecer esas diferencias, citaremos nuevamente las definiciones del
fraude que corresponda y la del delito de estafa. Dichas comparaciones serán
hechas en el siguiente orden, primero la del fraude procesal y luego la del
fraude informático. Y la definición de estafa sólo la reproduciremos una vez
para no tener que hacerlo cada vez que se vaya a comparar y a diferenciar la
misma con el fraude correspondiente.
3.1 FRAUDE PROCESAL Y ESTAFA
Como
ya se había expuesto anteriormente, Henri
Capitánt, define la estafa como: "El delito consistente en apropiarse en
perjuicio ajeno del dinero, títulos u otros muebles corporales que el agente se
ha hecho remitir o entregar usando de falsos nombres o falsas calidades, o
empleando maniobras fraudulentas para persuadir la existencia de falsas
empresas o de un poder o crédito imaginario, o para suscitar la esperanza o
temor de un suceso, accidente o cualquier otro acontecimiento quimérico".
Y
para definir el fraude procesal tomaremos la ya citada por
el artículo 182 del Código Penal Colombiano, el cual define al fraude procesal
así: “El que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un empleado
oficial para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrarios a
la ley, incurrirá en prisión de uno a cinco años”.
De
estas dos definiciones se desprenden las siguientes diferencias:
·
Para que haya estafa es necesario que se obtenga un beneficio de algún
bien mueble o de dinero en perjuicio ajeno, es decir, un perjuicio en contra del
patrimonio económico, mientras que para que haya fraude procesal es necesario
que se obtenga una sentencia contraria a la ley mediante el empleo de un medio
fraudulento, es decir, un delito en contra de la administración de justicia.
·
La estafa se realiza en contra de un particular cualquiera, mientras que
el fraude procesal se realiza en el curso de un procedimiento judicial o
administrativo en contra de un empleado oficial o de un juez.
·
La estafa enumera limitativamente en su artículo 405 las maniobras
fraudulentas que la pueden dar a lugar, mientras que en el fraude procesal puede
ser cualquier medio fraudulento que induzca en error a un empleado oficial para
obtener una sentencia contraria a la ley.
·
En la estafa es necesario que el agente se haga entregar una cosa mueble,
mientras que en el fraude procesal el agente lo que trata de conseguir es una
decisión judicial que sea contraria a la ley
Por
ejemplo, hay estafa cuando el agente con tan sólo el empleo de uno de los
medios que enumera el artículo 405 consigue la entrega de dinero o de algún
objeto mueble en perjuicio de otra persona y hay fraude procesal cuando por
ejemplo, un perito de determinada área convence y induce a error a propósito a
un juez para conseguir una sentencia favorable para sí, la cual no habría sido
obtenida sin esa información a sí dada.
3.2
FRAUDE INFORMATICO Y ESTAFA
Aquí
daremos por reproducida la definición de estafa y solamente nos limitaremos a
definir el fraude informático para poder diferenciarlo del delito de estafa.
El
párrafo 263 del Código Penal Alemán define al fraude informático como:
"El que, con la intención de procurarse a sí mismo o a un tercero un
beneficio patrimonial antijurídico, causare un perjuicio en el patrimonio de
otro, determinando el resultado de una operación de proceso de datos mediante
la incorrecta configuración del programa, el empleo de datos incorrectos o
incompletos, el empleo no autorizado de datos o cualquiera otra intervención
ilegitima en el curso del proceso, será sancionado con pena de prisión de
hasta cinco años o pena de multa".[1]
Camacho
Losa define el fraude Informático como "toda conducta fraudulenta
realizada a través o con la ayuda de un sistema informático por medio de la
cual alguien trata de obtener un beneficio ilícito".
De
esta definición podemos sacar las siguientes diferencias entre la estafa y al
fraude informático:
·
En la estafa se obtiene la entrega física del dinero o del objeto mueble
querido y en el fraude informático no.
·
En la estafa se realiza un engaño de manera directa con la víctima, ya
que hay una relación entre dos seres humanos y en el fraude informático no.
·
En la estafa existe un destinatario del engaño que sufre un error como
consecuencia del estado psicológico de la escena y desvirtuación de la
realidad que se crea.
·
La estafa se realiza a través de cualquier modalidad que el agente pueda
emplear utilizando su inteligencia e astucia para poder engañar a su víctima,
mientras que en el fraude informático, el agente utiliza un sistema informático
o un computador como ayuda para poder cometer el fraude.
Por
ejemplo, hay fraude informático y no estafa cuando el agente a través del uso
de un computador viola el sistema de seguridad de una institución bancaria o
financiera o de cualquier otra que contenga una información de cierta
relevancia y penetra en su sistema o base de datos y obtiene de esta manera un
beneficio ilícito.