LA SENTENCIA
Definición: La Sentencia es un acto jurisdiccional que emana
de un juez que pone fin al proceso o a una etapa del mismo, la
cual tiene como objetivo reconocer, modificar o extinguir una
situación jurídica así como formular ordenes y prohibiciones.
Esta es regida por normas de derecho publico, ya que es un acto
emanado por una autoridad publica en nombre del Estado y que se
impone no solo a las partes litigantes sino a todos los demás
órganos del poder publico; y por normas de derecho privado en
cuanto constituye una decisión respecto de una controversia de
carácter privado, cuyas consecuencias se producen con relación
a las partes litigantes.
CLASIFICACION DE LAS SENTENCIAS Y
RECURSOS CONTRA LAS MISMAS
- Sentencias Definitivas.
- Sentencias previas (que pueden ser de instrucción o
provisionales)
- Sentencias en defecto.
- Sentencias ordinarias.
- Sentencias de expediente.
- Sentencias declaratorias.
- Sentencias constitutivas.
- Sentencias condenatorias.
- Sentencias absolutorias.
- Sentencias en primera instancia.
- Sentencias en única instancia.
- Sentencia en ultima instancia.
Son aquellas que ponen termino ya sea a una contestación ya
sea a un incidente del procedimiento, quedando el juez
desapoderado tanto de la cuestión incidental sometida en el
curso de la instancia, como de la instancia misma.
Recursos: estas son susceptibles de ser impugnadas ya sea por
Apelación, Oposición, Revisión Civil o Casación.
Es la pronunciada en el transcurso del proceso, antes de
decidir sobre el fondo, y por medio de la cual ordena sea una
medida de instrucción, sea una medida provisional. Ejemplo: la
que ordena una información testimonial, la que pone en secuestro
una cosa objeto de litigio. El objeto de esta sentencia es
encaminar el proceso hacia la sentencia definitiva, es por esto
que la misma es llamada de hacer o de establecer derecho.
Estas se clasifican en: Sentencia de Instrucción y Sentencia
Provisional.
- Sentencia de Instrucción: Esta Sentencia
comprende dos grupos: Las Sentencias Preparatorias y las
Interlocutorias. La Preparatorias son aquellas que son
dictadas para la substanciación de la causa, y para
ponerla en estado de recibir fallo definitivo, mientras
que las Interlocutorias son aquellas dictadas en el
discurso de un pleito, antes de establecer derecho,
ordenando la prueba, verificación o tramite de
sustanciación que prejuzgue el fondo. Ambas se
distinguen en que las Sentencias Preparatorias nunca
prejuzgan el fondo, lo que quiere decir que el tribunal
con la misma no deja entrever por cuales de las partes se
decidirá, mientras que en las Preparatorias en tribunal
ha aceptado un pedimento de fondo de una de las partes
dejando entrever la decisicion ha tomar.
- En cuanto a los recursos ha ser ejercidos contra dichas
Sentencias vemos que las vías de Apelación, Revisión
Civil, Casación, es posible contra las sentencias
Interlocutorias aun antes de que intervenga Sentencia
Definitiva, pero las Sentencias Preparatorias no pueden
serlo separadamente sino junto con el fondo del proceso.
- Sentencias Provisionales: Son aquellas que deciden sobre
demandas provisionales, o sea, que tienden a obtener que
el tribunal prescriba de modo inmediato una medida de
carácter urgente. Ej. La pensión alimenticia que puede
ser otorgada a la esposa demandante o demandada.
Recursos: Estas al igual que las Interlocutorias, son
inmediatamente Apelables.
- Sentencias Contradictoria: Son contradictorias las
Sentencias intervenidas en un procedimiento en que el
demandado ha comparecido, y tanto el como el demandante
han presentado conclusiones.
Recursos: Apelación, Revisión Civil, Oposición, Casación.
- Sentencias en Defecto: Son aquellas que comprueban la
incomparecencia o la falta de conclusiones tanto del
demandante como del demandado.
Recursos: Apelación y Oposición.
- Sentencias Ordinarias: Es la Sentencia propiamente dicha,
o sea, es la decisión del juez respecto a una diferencia
de intereses.
- Sentencias de Expediente: Es aquella que es pronunciada
respecto a un proceso entre partes que han estado de
acuerdo con respecto acerca del asunto sometido al
tribunal. Esta mas que una Sentencia es un acto de
administración judicial , ya que este es un contrato
judicial.
- Sentencias Declarativa: Es la que comprueba la existencia
de un derecho o de una situación jurídica. Ej.
Reconocimiento de Escritura, Reconocimiento de
Servidumbre, Declaración de Hipoteca. Etc.
- Sentencia Constitutiva: Es la que crea una situación
jurídica ya sea modificando un estado de cosas ya sea
sustituyéndolo por otro. Ej. Sentencias que admiten el
divorcio.
- Sentencia Condenatoria: Es la que impone a la parte
vencida en juicio el cumplimiento de una prestación ya
sea positiva de hacer o de dar, ya sea negativa de no
hacer, al ser esta una Sentencia Contradictoria esta es
pasible de los recursos ya descritos en estos tipos de
Sentencia.
- Sentencia Absolutoria: Es la que acoge la defensa del
demandado, rechazando la demanda del demandante. Esta es
un tipo de Sentencia Contradictoria.
- Sentencia en Primera Instancia: Es la que el tribunal de
primer grado dicta a cargo de Apelación.
- Sentencia en Unica Instancia: Es la que se dicta cuando
la ley ha suprimido el segundo grado de jurisdicción o
cuando las partes han renunciado a la Apelación. Estas
son susceptibles de los recursos extraordinarios de
Revisión Civil y Casación.
- Sentencia en Ultima Instancia: Es cuando la sentencia es
apelable y el recurso de apelación ha sido interpuesto,
la decisión del juez es en Ultima Instancia.
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