Envío de Muestras

Una vez hecho el contacto y antes de formalizar un negocio de exportación es necesario enviar muestras al importador para que este verifique si el producto cumple con las normas de calidad, sanidad, etiquetado, etc.

Estas muestras se clasifican según el monto de la mercadería:

1° Envíos por valor de hasta US$ 1.000

Estas mercancías no están obligadas a volver y no se pagan, tramitándose una orden de embarque de aprobación simultanea. Y no requiere de los servicios de un Agente de Aduana ni tampoco de tramitación de Informe de Exportación.

El envío se puede realizar por medio de las siguientes formas:

Via postal (no superior c/paquete a 20 kilos, inferior a 3 metros y uno de sus lados menor a 1,2 metros): En la ventanilla de correos se llenan dos documentos con las especificaciones del envío: Declaración de Aduanas y Boletin de Expedición.

Via aérea: La empresa aérea debe emitir una guía aérea, adjuntando factura comercial, factura proforma o una declaración asegurando que el valor del embarque no supera los US$ 1.000.

Vía marítima o terrestre: En este caso se requiere de una Orden de Embarque que puede ser suscrita por el consignante y se debe adjuntar factura comercial, factura proforma o una declaración asegurando que el valor del embarque no supera los US$ 1000.

Empresas de correo rápido: Mediante una Orden de Embarque provista y suscrita por la empresa de correo rápido autorizada por el Servicio Nacional de Aduanas. Se debe adjuntar factura comercial, factura proforma o una declaración asegurando que el valor del embarque no supera los US$ 1000.

Agencia de carga: Estas empresas de servicios efectúan los trámites de aduana que correspondan y traslada la mercaderia hasta el medio de transporte que el exportador haya elegido.

2° Envíos por valor superior a US$ 1.000 e inferior a
     US$ 2.000

En estos casos se puede utilizar cualquier vía descrita anteriormente, pero se requiere necesariamente una Orden de Embarque tramitada por el Agente de Aduana, se debe también adjuntar una factura timbrada por el Servicio de Impuestos Internos, indicando que es una muestra sin valor comercial y posteriormente debe tramitarse la Declaración de Exportación por medio de un Agente de Aduana.