G.I.
Gestoría Integral
Lavalle
1672 Piso 8 Of. “43”
Cap. Fed. Cp. 1048
Horario
: Lunes a Viernes 10 a 19 Hs.
INFORMES DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES (La
Plata)
Informes
de Dominio
Informan
la situación jurídica del inmueble.
Titularidad
– Gravámenes – y Prevenciones.
En
la provincia de Buenos Aires, existen dos tipos de solicitud de informes, los que según su inscripción dominial se
dividen en:
“NO” Matriculados:
Son
aquellos, cuya inscripción de dominio (inscripciones viejas) se encuentran
en:
Folio
Protocolizado / año -inscripción vieja de fincas.-
Legajo
Especial / Unidad -inscripción vieja de P. H. -
Declaratorias
de Herederos, Testamentos etc / año
-inscripciones viejas.-
Para
la solicitud de dicho informe, se necesitan los siguientes datos:
Partido.
Inscripción
de dominio y año – y si es P.H.
Legajo y unidad.
Medidas,
linderos y superficie de bien – y si es P.H.; plano superficie y porcentual de
la unidad.
Nomenclatura
Catastral.
Titulares
de dominio.
PLANCHA
DE INSCRIPCION ( NO MATRICULADO )
PLANCHA DE INSCRIPCION P.H. ( NO MATRICULADA )
“MATRICULADOS”
Son
aquellos, cuya inscripción dominial se encuentra en el nuevo sistema de
Matrícula o Folio Real.
Para
la solicitud de dicho informe, se necesitan los siguientes datos:
Partido-
Inscripción de dominio -matricula y para el caso de P.H. Unidad-.
Nomenclatura
Catastral - Titulares de dominio.
PLANCHA DE INSCRIPCION DE BIENES MATRICULADOS.
Informes
de Anotaciones Personales
(Inhibiciones
– Cesiones de acciones y derechos)
Informan
las anotaciones personales (Inhibiciones y/o cesiones de acciones y derechos)
que pesan sobre una persona Física o Jurídica.
Para
la solicitud del informe, se necesitan los siguientes datos:
Apellido
y nombres “completos y sin iniciales”.
Documento
Tipo y Numero–“para argentinos / argentinos naturalizados DNI”.
Apellido
y nombre materno.
Para
el caso de personas jurídicas: nombre completo de la sociedad, tipo social,
inscripción en el RPC y domicilio.
Indice
deTitulares
Informan,
la cantidad de inmuebles que posee una persona, física o jurídica en toda la
Provincia de Buenos Aires.
Se
aclara que existe una nota en el informe Registral que dice: “ La presente
información esta limitada a los inmuebles contenidos en la base de datos. Si
informe es afirmativo, el interesado deberá verificar el dato con la inscripción
respectiva, mediante la solicitud de informe...”
Para
la solicitud del mismo se necesitan los siguientes datos:
Persona
Física: Apellido, y nombre “completo y sin iniciales”.
Persona
Jurídica: Nombre completo de la sociedad.
Fotocopia
de Asientos Registrales
La
presente solicitud, brinda la Fotocopia del asiento registral.
En
el caso de ser:
Matricula
: remiten copia de la misma.
Inscripciones
de No matriculados u oficios: se remite copia de tal documentación.
Para
la solicitud es necesario tener los siguientes datos:
Partido
- Inscripción de dominio o numero de asiento del cual se pretende la
copia.
Informe
sobre garantías
Fracuencia
de informes sobre un bien determinado.
Informa
la frecuencia de certificados, informes y/o copias de dominio, que han sido
solicitadas respecto de un inmueble determinado - Pudiendo detectar de este modo
supuestas garantías compradas.
Informes
Catastrales
El
informe catastral: Nos informa la Valuación Fiscal y la deuda de impuesto
inmobiliario “Rentas”. Normalmente se solicita para inscripciones de
documentación Judicial y Notarial.
Para
el caso de inscripciones, judiciales, cuyos expedientes se iniciaron luego del
17-10-94; se deberá dar cumplimiento con la ley 10707; efectuando el estado
parcelario correspondiente, mediante un agrimensor.
Para
la solicitud, se necesitan los siguientes datos:
Partido
- Partida Inmobiliaria - Inscripción de dominio - Nomenclatura Catastral
- Titularidad de dominio - Medidas, linderos y superficie - Para el caso de P.H. Unidad, Plano Superficie
y porcentual.
Informe
de Valuación Fiscal
Se
solicita por nota y solo informa la valuación fiscal de un bien
determinado.
Para
la solicitud, se necesitan los siguientes datos:
Partido
- Nomenclatura Catastral - Numero de Partida Inmobiliaria.-
Cédula
Parcelaria
Nos
da información “catastral” sobre la parcela
Para
la solicitud, se necesitan los siguientes datos:
Partido
- Nomenclatura Catastral - Partida Inmobiliaria.-
Inscripciones de documentación Judicial en el Registro de la Propiedad
Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.
REQUISITOS
INSCRIPCIONES
LEY 22172 (extraña Jurisdicción)
DECLARATORIAS
DE HEREDEROS / ADJUDICACION DE BIENES / PARTICIONES / MEDIDAS CAUTELARES /
LEVANTAMIENTOS: / SUBASTA JUDICIAL/ ETC.
A) TESTIMONIO LEY 22172 - FIRMADO POR JUEZ
Y SECRETARIO - SELLO INTERJURIDICCIONAL (RELIEVE)- (DEBEN CONSTAR DEL MISMO:
MEDIDAS, LINDEROS, SUPERFICIE, INSCRIPCION DEL BIEN, PARTIDO, NOMENCLATURA
CATASTRAL, PARTIDA INMOBILIARIA, DATOS FILIATORIOS COMPLETOS DE LOS HEREDEROS Y
LOS AUTOS CORRESPONDIENTES)
B) NOTA AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INMUEBLE ( FIRMADO POR EL PROFESIONAL AUTORIZADO) EN DONDE DEBEN CONSTAR LOS
DATOS COMPLETOS DEL INMUEBLE; LOS DATOS COMPLETOS DE LOS HEREDEROS, EL CAUSANTE,
Y LA PARTE PERTINENTE DE LOS AUTOS, LOS DATOS DEL PROFESIONAL AUTORIZADO,
CARÁTULA DEL JUICIO, JUZGADO Y SECRETARIA.
C)
NOTA A LA CAJA DE PREVISION SOCIAL. Y BOLETA DE PAGO.-
(PARA EFECTUAR EL VISADO QUE CORRESPONDE) - Oblea del profesional
que da la Caja de Previsión - Personalizada - Sellada y firmada por el
profesional.-
D)
CATASTRO (CERT. 1 Y LIQUIDACIÓN DE DEUDAS INMOBILIARIA)COMO ASÍ TAMBIÉN LAS
BOLETAS PAGAS DE AQUELLAS CUOTAS
QUE FIGUREN EN EL INFORME COMO IMPAGAS. (PARA PODER EFECTUAR LA LIBERACIÓN
CORRESPONDIENTE)
E)
FORMULARIO DE PAGO DE TASA DE INSCRIPCION .-
F)
CONSIGNAR EN OFICIOS (NOTAS AL REGISTRO) LOS DOMICILIOS IMPOSITIVOS SEGUN DISP/ 1/94 QUE SE
ADJUNTA y número de CUIT - CUIL o CDI .- Como así también los datos
filiatorios completos de herederos etc.
PARA
EL CASO DE MEDIDAS CAUTELARES:
A)
OFICIO LEY 22172. (DEBE CONTENER PARTE PERTINENTE DE AUTOS; DESCRIPCION DEL
BIEN; NOMENCLATURA; INSCRIPCION; PARTIDO; Y TITULAR REGISTRAL)
B)
OFICIO PRESENTACION FIRMADA POR PROFESIONAL AUTORIZADO (INSCRIPTO EN COL DE
ABOG. DE PCIA DE BS. AS.)
C)
NOTA A LA CAJA DE PREVISION SOCIAL (FDO. POR PROF.
AUTORIZADO)
D)
NRO DE AFILIADO EN LA CAJA DE PREV. SOC. DE ABOG. DE LA PCIA. DE BS.
AS.
PARA
EL CASO DE LEVANTAMIENTOS: IDEM PUNTO A); B); C) y D) (ANTERIORES); debe
consignarse en oficio ley 22172; él número y fecha con que se efectuó la traba,
aparte de la correspondiente inscripción dominial (matricula, legajo especial, o
folio protocolizado y año) y datos
catastrales del bien.-
En
levantamientos al solo efecto de
escriturar: debe consignar aparte de los datos antes mencionados: Escribano
interviniente; número de Registro; domicilio de escribanía; tipo de operación;
monto de operación; quien resulta comprador.-
(#)
EN TODOS LOS CASOS LA DOCUMENTACION DEBE SER PRESENTADA CON ORIGINAL Y TRES
JUEGO DE FOTOCOPIAS.
MODELOS
DE NOTAS DE REGISTRO Y CAJA DE PREVISION
OFICIO
DE PRESENTACION
(LUGAR Y FECHA)
SEÑOR
DIRECTOR DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S
/
D
EL QUE SUSCRIBE... ABOGADO, INSCRIPTO AL TOMO... FOLIO... DEL PARTIDO DE
(LUGAR DE ASIENTO DEL COLEGIO DE ABOGADOS EN QUE ESTA INSCRIPTO)...
CONSTITUYENDO DOMICILIO EN... LA PLATA, AUTORIZADO JUDICIALMENTE EN EL ADJUNTO
TESTIMONIO LEY 22172; TIENE EL AGRADO DE DIRIGIRSE A USTED A FIN DE REQUERIRLE
SE SIRVA DISPONER LO QUE CORRESPONDE CONFORME A DERECHO A EFECTOS DE QUE SE
PROCEDA A LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO A SU CARGO, DEL PRESENTE TESTIMONIO CON
AJUSTE A LAS PAUTAS QUE A CONTINUACION SE DETALLAN: 1) ESPECIE DE DERECHO: ...
2) CARATULA DEL JUICIO:
... 3) FUERO: ... JUZGADO : ... SECRETARIA:
... DE
...
CAP. FED. 4)
PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSCRIPCION: (SI EXISTIERAN
CESIONES Y/O AUTOS DE IDENTIDAD - TAMBIEN SE TRANSCRIBEN) -
5) CAUSANTE/
TRANSMITENTE. 6)
HEREDEROS: (CON TODOS LOS DATOS COMPLETOS Y PROPORCION EN QUE
HEREDAN) 7) PARTIDO: ... INSCRIPCION
DOMINIAL: ... 8)
PARTIDA INMOBILIARIA: ...
VALUACION FISCAL: ... 9) NOMENCLATURA CATASTRAL. ... 10)
MEDIDAS, LINDDEROS Y SUPERFICIE DEL BIEN. ...
SIN OTRO
PARTICULAR, SALUDO A USTED ATENTAMENTE
PARA
EL CASO DE TRABAS Y/O LEVANTAMIENTOS ADECUAR LA NOTA.-
NOTA
A LA CAJA DE PREVISION SOCIAL DE ABOGAOS
SEÑOR
PRESIDENTE DE LA CAJA DE PREVISION SOCIAL
PARA
ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
S
/
D
... ABOGADO, INSCRIPTO EN LA MATRICULA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DEL
DEPARTAMENTO JUDICIAL DE... AL TOMO... FOLIO... CON DOMICILIO EN... EN VIRTUD DE
LA OPCION PREVISTA EN EL ART. 4 DE LA REGLAMENTACION DEL DEC. 541/81, VIGENTE
POR RESOLUCION DE FECHA 20-11-81, PRESTO EXPRESA CONFORMIDAD CON ÉL
HONORARIO PRESUNTO, DETERMINADO POR LA APLICACION DEL ART. 2 DE LA MISMA, EN MI
CARACTER DE PROFESIONAL AUTORIZADO PARA LA INSCRIPCION ANTE EL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD INMUEBLE DE LA MEDIDA ORDENADA EN LOS AUTOS... JUZGADO... SEC.... DE
CAP.FED. CONSISTENTE EN INSCRIPCION DE... ...
A LOS FINES DE LA VISACION REQUERIDA, ACOMPAÑO COMPROBANTE DE DEPOSITO DE
LOS APORTES CORRESPONDIENTES A TALES HONORARIOS PRESUNTOS Y COPIAS DE LA
SIGUIENTE DOCUMENTACION REGISTRABLE... ...
SALUDO A USTED ATENTAMENTE.
Provincia de Buenos Aires
LEY
14.394-
I)
CONSTITUYENTE Solo el titular registral que puede ser casado,
divorciado, viudo o
soltero.
Condóminos:
Deben solicitarlo todos y existir entre ellos el parentesco del Art.36 de la Ley
14.394 o sea: cónyuges, ascendientes, descendientes y colaterales hasta tercer
grado.
Copropietario
"unidos de hecho" NO pueden afectar, salvo
hijos comunes.
El
poder General es suficiente cuando contenga facultades para vender o gravar el
inmueble o afectar a Bien de Familia.
II)
BENEFICIARIOS - El propio constituyente. - El cónyuge. -
Ascendientes (padres-abuelos)
-
Descendientes(hijos) - Colaterales hasta 3 grado de
consanguinidad(hermanastros) Los mencionados en este punto necesitan convivir en
el inmueble.
El número de beneficiarios puede ser ampliado con posterioridad.
III)
INMUEBLE - Puede ser uno o más, siempre que formen una unidad
de
vivienda o explotación. La explotación debe efectuarla el
afectante por cuenta propia(Art.14-Ley 14.394)
-Puede estar embargado o hipotecado.
IV)
DOCUMENTACION -
1) Titulo de propiedad o certificado de resguardo. -
2) Acta de Matrimonio o Libreta de Familia.-
3) Actas de nacimiento o Libreta de Familia. -Todas las actas si son
de otra provincia deben estar legalizadas. -4) Documentos de
Identidad de los constituyentes. - 5) certificado de la valuaci6n fiscal en
caso de "explotar por
cuenta propia el inmueble o la industria en ~1 existente"(Art.41-
Ley 14.394)
V)
DATOS DEL CONSTITUYENTE Apellido/s y Nombre/s. - Documento de
Identidad. -Nacionalidad. Fecha de Nacimiento. Estado
Civil. Domicilio.
VI}
DATOS DE LOS BENEFICIARIOS Apellido/s y Nombre/s.
Parentesco. Si conviven con el constituyente en el caso del punto
II
inc. 5a.
VII)
TRAMITE INTERNO POR ACTA ADMINISTRATIVA - Esta inscripción es CONSTITUTIVA,
la fecha la da el ingreso al Registro ya sea la afectación se formalice por Acta
Administrativa o por escritura Pública. Es por eso que el Certificado
de Dominio
solicitado para tal fin no tiene reserva de prioridad, ni se inscribe
provisionalmente.
NO
necesita asentimiento conyugal para Afectar. SI lo necesita para
Desafectar.
Firmada
el Acta se coloca el Asiento de inscripción en el rubro "B" de la matrícula de
Folio Real y la plancha en el título.
VIII}
AMPLIACION BENEFICIARIOS La puede efectuar “solo” el constituyente
acompañando el título de propiedad o Certificado de resguardo de institución
oficial en el que conste la afectación; la documentación necesaria para
acreditar el vinculo y documento de identidad de los nuevos beneficiarios y se
procede de la misma forma que para la constitución original.
Se
coloca el asiento en la Matricula
de folio real con su vinculación. En el folio original colocar nota
marginal vinculante a la Afectación.
IX)
DESAFECTACION
Procede:
A
solicitud del titular registral con la conformidad de su cónyuge. A pedido
de la mayoría de los condominios computada en proporción a sus respectivas
partes. Recordar que la” afectación” requiere la conformidad de todos los
condominios. A requerimiento de la mayoría de los herederos cuando se
hubiere constituido por testamento, excepto que existiera oposición de la
cónyuge supérstite o Incapaces, en cuyo caso el Juez del sucesorio o la
autoridad competente resolverá teniendo en cuenta el interés familiar.
De oficio o a pedido de cualquier interesado cuando hubieran fallecido todos los
beneficiarios o cuando se violaran los requisitos previstos por los artículos
34, 36 y 41 de la Ley 14.394. En caso de expropiación, reivindicación, venta
Judicial en lo supuesto autorizados por la Ley 14.394 o cuando a Juicio de la
autoridad competente existan causas graves que Justifiquen la afectación.
Próximamente
brindaremos mas información de interés.