CONVOCATORIA

 

El Grupo Evangélico Universitario  GEU

 

 

Convoca a todos sus asociados activos a:

 

 

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

 

 

 

Lugar:  Sede del Grupo Evangélico Universitario

         11 Av.  30 – 23  zona  12   Santa  Rosa  II

 

Fecha:   Domingo 24 de Agosto del 2003.

 

Hora:    9:00 A. M.

 

Asuntos a tratar:

    

·        Informes del período 2002 – 2003

·        Plan de trabajo y presupuesto 2003 – 2004

·        Elección de 5 miembros de Junta Directiva

·        Presentación de Junta Directiva de USAC

·        Propuesta de revisión de los estatutos de la asociación

 

 

 

Si no hubiera Quórum a la hora indicada, la asamblea se llevará a cabo una hora después; con los miembros presentes.

 

                           

Junta Directiva 2002 – 2003.

 

 

 

Almuerzo al finalizar la asamblea.

 

 


 

INFORMACIÓN

 

 

¿QUÉ ES LA ASAMBLEA GENERAL?

 

                                                   CAPITULO II    

                                         La Asamblea Genera

Artículo 13.  Asamblea general. - La asamblea general es el órgano supremo de la Asociación.

Se integra. con los asociados activos legalmente convocados y reunidos.

Expresa la voluntad social de la Asociación en materias de su competencia.

Artículo 14.  Clases de asambleas. - Las asambleas generales de asociados

son ordinarias y extraordinarias.                                \

Artículo 15. Sesiones de asamblea general. -  La asamblea general se reunirá

en forma ordinaria:

a)    Por lo menos una (1) vez al año, dentro de los cuatro (4) meses que sigan al cierre del ejercicio social;

b)    En cualquier tiempo en que sea convocada.

La asamblea general se reunirá en forma extraordinaria  en cualquier tiempo cuando fuere convocada ya sea por la junta directiva o Por solicitud de por lo menos el veinte por ciento (20%) de los asociados activos.

De la celebración de las sesiones de asamblea general se llevará registro mediante un ( 1) libro de actas.

 

 

 

COMO SE REALIZA LA ASAMBLEA GENERAL:

 

Artículo 17.  Resoluciones. -  Las resoluciones se adoptarán por el voto favorable de la mitad más uno ( 1) de los asociados presentes y representados con derecho a voto en la sesión.     

Las resoluciones legalmente adoptadas por la asamblea general, tienen carácter obligatorio para todos los asociados quienes no podrán alegar desconocimiento de las mismas, no haber asistido a la sesión en que fueron acordadas, o haber votado en contra.

Artículo 20. Atribuciones de la asamblea general ordinaria. -  Son atribuciones de la asamblea general ordinaria:'

a)    Elegir y remover a los miembros de la junta directiva

b)    Establecer las cuotas ordinarias y extraordinarias que deben pagar los asociados;

c)    Discutir y aprobar o improbar los informes de actividades realizadas, los estados contables, financieros, planes de trabajo y presupuestos que le presente la junta directiva;

d)    d)  Adoptar las decisiones que sean necesarias y oportunas para la realización de las actividades de la Asociación;

e)    Aquellas otras que le correspondan de cuerdo a su calidad de órgano máximo de la Asociación.

.

 

PARA PARTICIPAR CON VOZ Y VOTO EN LA ASAMBLEA SE REQUIERE:

 

Articulo 8. Requisitos de ingreso.  Para ingresar a la Asociación se requiere:

a)       ser estudiante universitario o profesional egresado de un centro de estudios superiores;

b)       identificarse con los fines de la misma,  comprometiéndose a asistir a las sesione de la Asamblea, así como a desempeñar fielmente las responsabilidades que le fuesen asignadas;

b)    Sustentar las bases doctrinarias de la Asociación, así como mantener una conducta cristiana conforme a las normas establecidas en las Sagradas escrituras;

c)     Ser civilmente capaz;                 

d)    Tener Como mínimo seis (6) meses de asistencia regular a reuniones y sesiones de la Asociación;

e)    Tener el deseo de colaborar activamente y contribuir al sostenimiento económico y espiritual de la Asociación;

f)       Ser miembro de una Iglesia Evangélica Local.

Articulo 9. Derechos de los asociados. -  Son derechos de los Asociados:

a)     Elegir y ser electos para desempeñar cualquier cargo en la Asociación;

b)      Tener voz y voto en las asambleas generales;

c)      Mantenerse informados sobre los asuntos que se refieran a la Asociación;

d)     Representar a otro asociado en las sesiones de asamblea general;

e)     Presentar ponencias y solicitudes ante los órganos de la Asociación.

 

PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR A LA JUNTA DIRECTIVA:

 

Articulo 23. Elección.- El sistema de elección para integrar la junta directiva, será por cargo.

La votación se hará en forma secreta resultando electos quienes obtengan el

voto favorable, de la mitad más uno (1) de los miembros presentes y representados en la asamblea general en donde se elijan.

Articulo 24. Posesión.-  La junta directiva electa tomará posesión de sus cargos inmediatamente, en la misma sesión en que fueron electos.'

Articulo 25. Duración. - Los miembros de la junta directiva, ocuparán los cargos para los que fueron electos por período de dos (2) años,  pudiendo ser reelectos por un (1) período más.

 

 

 

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIRSE PARA MODOFICACION DE LOS ESTATUTOS:

 

Articulo 56. Modificaciones. -Los presentes estatutos únicamente podrán ser modificados o reformados por la asamblea general extraordinaria convocada especialmente para el efecto.    

Las modificaciones entrarán en vigor hasta que sean aprobadas por acuerdo ministerial debidamente publicado en el Diario Oficial.

Articulo 57. Solicitud.-  Los asociados pueden solicitar la modificación o reforma de los estatutos.

La solicitud debe ser presentada a la junta directiva por escrito por un mínimo del veinte por ciento (20%) del total de los asociados activos, razonándose adecuadamente la solicitud.      

Bisel: PRINCIPALBisel: EVENTOS EventosArticulo 58. Estudio.-  La junta directiva deberá realizar el estudio de la solicitud de modificación o reforma de los estatutos y presentará las observaciones y un (1) proyecto que contenga las mismas a la asamblea general extraordinaria correspondiente.