Convoca a todos sus asociados activos a:
Lugar: Sede del Grupo Evangélico Universitario
11 Av. 30 – 23 zona
12 Santa Rosa
II
Fecha: Domingo
24 de Agosto del 2003.
Hora: 9:00
A. M.
Asuntos a tratar:
·
Informes del
período 2002 – 2003
·
Plan de trabajo y
presupuesto 2003 – 2004
·
Elección de 5
miembros de Junta Directiva
·
Presentación de
Junta Directiva de USAC
·
Propuesta de
revisión de los estatutos de la asociación
Si no hubiera Quórum a
la hora indicada, la asamblea se llevará a cabo una hora después; con los
miembros presentes.
Junta
Directiva 2002 – 2003.
Almuerzo al finalizar la asamblea.
¿QUÉ ES LA ASAMBLEA GENERAL?
CAPITULO II
La Asamblea
Genera
Artículo 13. Asamblea general. - La asamblea
general es el órgano supremo de la Asociación.
Se integra. con los asociados
activos legalmente convocados y reunidos.
Expresa la voluntad social de la
Asociación en materias de su competencia.
Artículo 14. Clases de
asambleas. - Las asambleas generales de asociados
son ordinarias y
extraordinarias. \
Artículo 15. Sesiones de asamblea general.
- La asamblea general se reunirá
en forma ordinaria:
a)
Por
lo menos una (1) vez
al año, dentro de los cuatro (4) meses que sigan al cierre del ejercicio
social;
b)
En
cualquier tiempo en que sea convocada.
La asamblea general
se reunirá en forma extraordinaria en cualquier
tiempo cuando fuere convocada ya sea por la junta directiva o Por
solicitud de por lo menos el veinte por ciento (20%) de los asociados
activos.
De la celebración de las sesiones de asamblea general se llevará
registro mediante un ( 1) libro de actas.
COMO SE REALIZA LA ASAMBLEA GENERAL:
Artículo 17. Resoluciones.
- Las resoluciones se adoptarán
por el voto favorable de la mitad más uno ( 1) de los asociados
presentes y representados con derecho a voto en la sesión.
Las resoluciones legalmente adoptadas por la asamblea general, tienen
carácter obligatorio para todos los asociados quienes no podrán alegar
desconocimiento de las mismas, no haber asistido a la sesión en
que fueron acordadas, o haber votado en contra.
Artículo 20. Atribuciones de la asamblea general ordinaria.
- Son atribuciones de la asamblea general ordinaria:'
a)
Elegir
y remover a los miembros de la junta directiva
b)
Establecer
las cuotas ordinarias y extraordinarias que deben pagar los asociados;
c) Discutir y
aprobar o improbar los informes de actividades realizadas, los estados
contables, financieros, planes de trabajo y presupuestos que le presente la
junta directiva;
d) d) Adoptar las decisiones que sean necesarias y
oportunas para la realización de las actividades de la Asociación;
e) Aquellas
otras que le correspondan de cuerdo a su calidad de órgano máximo de la
Asociación.
.
PARA PARTICIPAR CON VOZ Y VOTO EN LA ASAMBLEA SE REQUIERE:
Articulo 8. Requisitos de ingreso. Para ingresar a la Asociación se requiere:
a)
ser estudiante universitario o profesional egresado
de un centro de estudios superiores;
b)
identificarse
con los fines de la
misma, comprometiéndose a asistir
a las sesione de la Asamblea, así como a desempeñar fielmente las
responsabilidades que le fuesen asignadas;
b)
Sustentar
las bases doctrinarias de la Asociación, así como mantener una conducta
cristiana conforme
a las normas establecidas en las Sagradas escrituras;
c)
Ser civilmente capaz;
d)
Tener
Como mínimo seis (6)
meses de asistencia regular a reuniones y sesiones de la
Asociación;
e)
Tener
el deseo de colaborar
activamente y contribuir al sostenimiento económico y espiritual de
la Asociación;
f)
Ser
miembro de una
Iglesia Evangélica Local.
Articulo 9. Derechos de los asociados. - Son derechos de los Asociados:
a)
Elegir
y ser electos para
desempeñar cualquier cargo en la Asociación;
b)
Tener voz y voto en las asambleas generales;
c)
Mantenerse
informados sobre los asuntos que se refieran a la Asociación;
d)
Representar
a otro asociado en
las sesiones de asamblea general;
e)
Presentar
ponencias y solicitudes
ante los órganos de la Asociación.
PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR A LA JUNTA DIRECTIVA:
Articulo 23. Elección.- El sistema de elección para
integrar la junta directiva, será por cargo.
La votación se hará en forma secreta
resultando electos quienes obtengan el
voto favorable, de la mitad más uno (1) de los
miembros presentes y representados en la asamblea general en donde
se elijan.
Articulo 24. Posesión.- La junta directiva electa tomará posesión
de sus cargos inmediatamente, en la misma sesión en que
fueron electos.'
Articulo
25. Duración. -
Los miembros de la junta directiva, ocuparán los cargos para los que
fueron electos por período de dos (2) años, pudiendo ser reelectos por un (1)
período más.
REQUISITOS QUE DEBE
CUMPLIRSE PARA MODOFICACION DE LOS ESTATUTOS:
Articulo 56. Modificaciones. -Los presentes estatutos únicamente
podrán ser modificados o reformados por la asamblea general
extraordinaria convocada especialmente para el efecto.
Las modificaciones entrarán en vigor hasta que sean aprobadas por acuerdo
ministerial debidamente publicado en el Diario Oficial.
Articulo 57. Solicitud.-
Los asociados pueden solicitar la modificación o reforma
de los estatutos.
La solicitud debe ser presentada a la junta directiva por
escrito por un mínimo del veinte por ciento (20%) del total de los asociados
activos, razonándose adecuadamente la solicitud.
Articulo 58. Estudio.- La junta directiva deberá realizar el estudio
de la solicitud de modificación o reforma de los estatutos y
presentará las observaciones y un (1) proyecto que contenga las mismas a
la asamblea general extraordinaria correspondiente.