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8.10. DE LAS
INSTALACIONES ELECTRICAS Y DE ASCENSORES AD 630.136/140
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8.10.2.8. Poleas. Tambor de arrastre. En ascensores y montacargas
a) Poleas:
Las poleas que se usan en ascensores y montacargas serán de fundición de hierro y deben tener, para la conducción de los cables, gargantas torneadas, lisas y conformadas de modo que no haya deslizamiento apreciable entre cable y polea, considerándose para ello el movimiento del coche vacío y con la carga máxima que puede transportar:
(1) Poleas de arrastre o tracción:
El diámetro D de la polea de arrastre o de tracción no será menor que 40 veces el diámetro d del cable que cuelga de ella.
En caso que la polea tenga llanta postiza en la que van talladas las gargantas, dicha llanta se fijará al alma con fuerte ajuste y, además, con 6 bulones como mínimo de diámetro no inferior a 12,7 mm.
(2) Poleas de reenvío y de desvío:
El diámetro D de las poleas de desvío o reenvío, siendo d el diámetro del cable, no será menor que:
I) 40 d para las de reenvío; y
II) 30 d para las de desvío o deflectoras. No obstante puede ser de 25 d, cuando el arco de contacto puede ser de 25 d, cuando el arco de contacto entre el cable y la polea no supera los 30º.
La polea de reenvío que se coloca en la parte superior del coche estará defendida de contactos casuales de operarios si la velocidad de marcha Vn es mayor que 25 m por minuto.
b) Tambor de arrastre:
El tambor de arrastre de los cables de accionamiento puede ser de acero o de fundición de hierro sin sopladuras y en cuya superficie se tallan las gargantas en hélice para el arrollamiento correcto de los cables.
La longitud de la generatriz del tambor y su diámetro permitirán que al fin del recorrido del coche y del respectivo contrapeso, queden al menos envueltas en el tambor, una vuelta y media del cable.
El tambor tendrá las aberturas (ojales) necesarios para el paso de los cables hacia el amarre interior y dispuestos de forma que no trabajen al corte. El eje de estas aberturas estará a 45º respecto del diámetro del cilindro del tambor, el amarre de los cables al interior del tambor garantizará su sólida fijación sin que queden degollados.
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8.10.2.9.
Huelgo entre el coche o el contrapeso y los planos verticales de la caja en
ascensores y montacargas
En el coche o entre el contrapeso y los planos verticales de la caja (paredes, limón de escalera, vigas o cualquier otro elemento fijo o móvil que pertenezca a la instalación del ascensor o al montacargas) habrá una distancia o huelgo no menor que 30 mm.
El huelgo entre el borde del umbral de la puerta del coche y el filo de la solía de las puertas del rellano, no será mayor que 25 mm. Este huelgo puede alcanzar los 34 mm en caso de puertas automáticas de coche y de rellano.
8.10.2.10.
Coche en ascensores y montacargas
El coche de un ascensor o de un montacargas está compuesto por el bastidor, la plataforma y la cabina.
El centro geométrico del coche estará aproximadamente en el plano medio del bastidor o con un desplazamiento máximo de 100 mm.
a) Bastidor:
El bastidor es la estructura que sirve para sostener la plataforma y la cabina. Se compone fundamentalmente por dos montantes laterales unidos en forma rígida a los travesaños inferior y superior para construir un cuadro indeformable.
La estructura del bastidor se dimensionará para soportar los esfuerzos de trabajo de funcionamiento normal del coche y, en las partes correspondientes, el impacto contra el paragolpe, como asimismo para resistir las tensiones que se originan al entrar en acción el paracaídas.
Los distintos elementos que integran el bastidor serán de acero cuya tensión de trabajo no será mayor que 1/5 de la tensión de rotura del material.
Se pueden usar otros materiales distintos que el acero en la estructura del bastidor siempre que se comporten, por lo menos, en forma equivalente al acero.
En el bastidor se fijarán los cables de suspensión (o poleas para éstos), los guiadores, los implementos de seguridad y eventualmente en el travesaño inferior, el paragolpe o elementos de compensación.
Cuando en la compensación se usa cadena, el extremo de ésta se amarrará rígidamente al bastidor y, además, se colgará de un gancho ex profeso como muestra la figura.

F - 8.10.2.10 a)
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b) Plataforma:
La plataforma es la estructura capaz de soportar la carga máxima, uniformemente repartida en su superficie, que el coche puede transportar.
La armadura de la plataforma puede ser de acero o de madera. En este último caso, en su parte inferior, se la resguardará con material incombustible.
c) Cabina:
La cabina es la “caja” donde se ubican las personas o las cosas a transportar por el coche.
La cabina será metálica y puede tener revestimiento interior no metálico salvo lo especificado en el Inciso f) de “Requisitos para la cabina de ascensores”.
La altura interior de la cabina, entre solado y cielo raso terminados, no será menor que 2,00 m.
El techo de la cabina será ciego capaz de soportar dos cargas estáticas de prueba de 75 kg, cada una en cualquier parte de su superficie.
d) Pantalla de defensa en el coche:
En la parte inferior del coche, como extensión hacia abajo en el plano vertical del umbral de la puerta de la cabina, habrá una pantalla metálica de 1,2 mm de espesor mínimo, de largo igual a la luz libre de entrada de la puerta. El borde inferior de la pantalla se doblará hacia el interior de la caja formando un chaflán de 50 mm a 30º respecto del plano de la pantalla. La deformación elástica de esta pantalla no será mayor que 7 mm producida por una fuerza concentrada de 70 kg aplicada perpendicularmente a ella en cualquier punto de su superficie. El alto de la pantalla, medido entre el plano del solado del coche y su filo inferior, será como mínimo 300 mm y nunca menor a la distancia máxima de nivelación con puertas abiertas.
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8.10.2.11. Requisitos para la cabina de ascensores
La cabina de ascensor que transporta personas, como asimismo cuando se prevea llevar camilla, cumplirá los siguientes requisitos:
a) Dimensiones:
(1) Sección transversal:
La sección transversal (a x b) de la cabina se dimensionará en función de la cantidad de personas a transportar según lo que sigue:
| Cantidad máxima de personas (*) | Sección transversal |
| Hasta 3 | 0.70 m2 |
| De 4 a 6 | 0.70 m2 más 0.20
m2 por persona que exceda de tres |
| Más de 6 | 1.30 m2 más 0.15 m2
por persona que exceda de seis |
(*) N. de la R.

F - 8.10.2.11 a) (1)
La sección transversal de la cabina en ascensor que sirve a una sola unidad de vivienda, cualquiera sea el número de personas, no será inferior a 0,50 m2.
(2) Lado:
El lado mínimo interior de la cabina será:

El lado interior de la cabina en ascensor que sirve a una sola unidad de vivienda, cualquiera sea el número de personas, no será inferior a 0,70 m.
(3) Capacidad de Transporte:
La mínima capacidad de transporte (carga) se determinará, en todos los casos, a razón de 75 kg por persona.
Si el coche transporta cosas junto con personas que deben manipularlas, se dejará constancia de ello en los planos del proyecto.
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(4) Tabulación aplicando los ítem (1), (2) y (3):

(5) Dentro de la cabina, en lugar visible, habrá un letrero indicando la cantidad de personas y los kilogramos que el coche puede transportar.
b) Iluminación:
La iluminación de la cabina será a electricidad mediante circuitos de luz:
(1) Un circuito conectado al de la luz de los pasillos corredores generales o públicos, con interruptor en el panel de la botonera y en el cuarto de máquinas.
(2) Otro circuito, sin interruptor a disposición del usuario en el ascensor, conectado a la entrada de la fuerza motriz en el cuarto de máquinas con su correspondiente interruptor y fusibles.
Los circuitos mencionados en los ítem (1) y (2) se colocarán, cada uno, en cañería independiente, como asimismo independiente de los circuitos de la maniobra.
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c) Ventilación:
Si la puerta de la cabina es llena o ciega, la ventilación se hará con:
1) Aberturas de área total no menor que el 2% de la sección transversal de la cabina ubicadas respecto del solado no más altas que 0,30 m y no más bajas que 1,80 m. Estas aberturas no permitirán el paso de una esfera de 30 mm de diámetro; y con,
2) Ventilación mecánica forzada.
Cuando la puerta de la cabina no es llena ni ciega, no se requiere cumplimentar los ítem (1) y (2).
d) Timbres de alarma y teléfono de emergencia:
1) Timbres de alarma:
En la cabina habrá un botón o pulsador que accione a:
I) Un timbre de alarma colocado a mitad del Recorrido si éste tiene hasta 30 m de alto.
II) Dos timbres de alarma colocados a distancias de un tercio del Recorrido si éste tiene hasta 75 m de alto.
III) Tres timbres de alarma colocados a distancias de un cuarto del Recorrido si éste tiene más que 75 m de alto.
El circuito de los timbres de alarma, que se conectará en el cuarto de máquinas, será distinto del de la fuerza motriz.
2) Teléfono de emergencia:
En los edificios o en las estructuras, como a título de ejemplo se cita: casa de escritorios u oficinas, comercio, industria, espectáculo, que tengan ascensor y que fuera del horario de labor queda en la finca alguna persona como cuidador o sereno, cada cabina tendrá un teléfono interno conectable a la red de servicio público al cesar las actividades del día en esos edificios o estructuras.
e) Espejos y vidrios:
1) Espejos:
En la cabina se puede colocar espejos de vidrio o de cristal común a condición de que estén adosados a los paños de las paredes y siempre que la superficie de cada uno no exceda de 0,50 m2 con lado no mayor que 1,00 m. El borde inferior del paño distará no menos que 0,90 m del solado de la cabina.
2) Vidrios:
En la cabina se pueden colocar vidrios siempre que sean armados o inastillables y únicamente para proteger los artefactos de iluminación, dispositivos de maniobra o de señalización. Cualquier lado del paño no excederá de 0,40 m.
En reemplazo del vidrio puede usarse plástico en paños de cualquier medida a condición de que su espesor no sea inferior a 3 mm y el artefacto tenga adecuada ventilación.
3) Vidrios templados:
Los lados o paños laterales de la cabina pueden ser de vidrio templado de 10 mm de espesor mínimo. En este caso se interpondrá una defensa de barras separadas entre sí de no más que 0,10 m unidas en su extremo superior a una baranda o faja de 0,10 m de ancho. El alto de la defensa no será menor que 1,00 m medidos desde el solado.
La defensa será capaz de soportar un esfuerzo horizontal de 70 kg.
f) Medios de escape de la cabina:
Las cabinas de ascensores agrupados en una caja común pueden tener puertas laterales de escape o socorro, siempre que:
1) Se enfrenten las puertas de las cabinas adyacentes.
2) la distancia entre plataforma de cabinas no exceda de 0,50 m.
3) No haya obstáculos fijos o móviles en correspondencia con esas puertas, excepto vigas.
4) La dimensión del vano de las puertas no será inferior a 1,50 m de alto y 0,35 m de ancho.
5) La hoja de las puertas rote hacia el interior de las cabinas, se abra con llave herramienta desde dicho interior y con manija fija desde el exterior. Esta llave herramienta no se mantendrá en las cabinas.
6) Las puertas de socorro estén equipadas con contactos que interrumpan la marcha de los coches, cuando están abiertas.
Si el ascensor se halla en una caja única, ciega, con paredes consecutivas distantes entre sí 8,40 m (tres pisos de M = 2,80 m) debe contar en esos tramos con una puerta de auxilio coincidente con la cabina, individualizable desde el exterior de la caja, que se abra sólo con herramientas y equipada con contactos que impidan la marcha del coche si no está cerrada.
La puerta de auxilio no será necesaria en recorridos extensos como a título de ejemplo se cita torre de reloj, torre de tanque, mirador, estructuras industriales.
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8.10.2.12. Puertas de cabina y de rellano de ascensores (1)
(1) Modificado por Ley (G.C.B.A.) Nº 161 (B.O. 8/4/99)
Las puertas de cabina y de rellano de un ascensor existente
pueden ser:
| TIPO DE PUERTAS | COLOCAR EN: | |
| CABINA | CABINA RELLANO | |
| "Corredizo" (desliza
horizontal) De uno o dos paños, llenos o ciegos |
SI | SI |
| "Plegadizo" (desliza
horizontal) De hojas o paños, llenos o ciegos |
SI1 | SI |
| "Telescópica" (desliza
horizontal) De hojas o paños, llenos o ciegos |
SI | SI |
| "Giratorio" (rota en bisagras o
goznes) De hojas o de paños, llenos o ciegos |
NO | SI2 |
| "Guillotina" (desliza
vertical) De hojas o de paños, llenos o ciegos. Uso excepcional cuando predomina el transporte de carga |
SI | SI |
| "Bus automática" (desliza
horizontal) De hojas o paños llenos o ciegos |
SI | SI3 |
| "Tijeras" (desliza
horizontal) De varillas metálicas articuladas |
SI4 | SI |
1 Sólo se permitirá en los casos en que la puerta abierta deje un ancho útil de paso igual o mayor de 0,80 mts. y una profundidad de 1,22 mts.
2 Se autorizará sólo en casos donde las dimensiones de rellano son iguales o superiores a las siguientes: cuando la aproximación al ascensor es frontal: 1,80 mts. en el sentido del recorrido de aproximación y 1,10 mts. en el sentido transversal; cuando la aproximación al ascensor es lateral y en el recorrido se encuentra primero el herraje de movimiento de puerta: 2,80 mts. en el sentido de aproximación y 1,10 mts en el sentido transversal.
3 Sólo se permitirá en los casos en que la puerta abierta deje un ancho útil de paso igual o mayor de 0,80 mts y una profundidad de 1,22 mts.
4 Se aceptarán exclusivamente con recubrimiento.
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Apoyadas perpendicularmente en el centro del paño, las puertas serán capaces de soportar:
a) Una fuerza horizontal de 45 kg. sin que la deformación exceda el plomo del filo del umbral de la puerta.
b) Una fuerza horizontal de 100 kg sin que se produzca deformación permanente ni escape de los carriles.
Las puertas de madera pueden ser:
De tipo tablero, de espesor mínimo 40 mm., en los largueros y traveseros; del tipo “placa”, de espesor mínimo 40 mm. en toda la hoja. Los elementos constitutivos formarán un conjunto compacto.
En estas puertas, donde se aplique el gancho o traba mecánica, debe preverse una sujeción que sea capaz de resistir el esfuerzo mencionado en el inciso b).
Las puertas que se deslizan horizontalmente deben estar guiadas en las partes inferior y superior. El nivel superior de las guías inferiores no rebasará el plano del respectivo solado.
Las puertas de rellano y cabina accionables manualmente, tendrán en todos los casos mirilla de eje vertical, cuyo borde inferior estará ubicado a 0,80 m del nivel del solado, a saber:
— cuando sean plegadizas o corredizas, con hojas con paños llenos o ciegos, el ancho mínimo de la mirilla será de 0,05 m y el largo mínimo será de 1,00 m (incluida la defensa).
— en las puertas de rellano corredizas o giratorias, la abertura de mirilla (incluida la defensa) tendrá 1 m de alto y ancho no menor a los 0,05 m.
Los centros de ambas mirlllas deben coincidir. Si sus dimensiones son diferentes, en ningún caso, estando la cabina frente a un rellano, las visuales de la mirilla de menor superficie pueden ser obstaculizadas por el plano ciego en la otra puerta.
La abertura contará con una defensa indeformable (barras o malla) que no permita el paso de una esfera de 15 mm de diámetro. En reemplazo de la defensa puede haber vidrio armado.
La puerta de rellano que corresponda a sótano no habitable será ciega e incombustible.
La altura de paso de las puertas de cabina y de rellano no será inferior a 2,00 m y el ancho mínimo de paso, según lo siguiente:
| Nro. PERSONAS | ANCHO (m) |
| Desde 3 a 10.............. | 0,80 |
| Más de 10............ | 0,90 |
1. Las cabinas de ascensores existentes inferiores a 0,80 m de luz libre de acceso y 1,22 m de profundidad, no podrán reducir las dimensiones existentes.
2. Las cabinas de ascensores existentes de dimensiones superiores a 0,80 m de luz libre de acceso y 1,22 m de profundidad, no podrán reducir sus dimensiones, sino hasta dichas medidas.
3. En ningún caso la puerta de cabina, esté abierta, cerrada o durante su accionamiento, podrá invadir el espacio útil interior de la misma.
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a) Separación entre puertas de cabina y rellano:
La separación entre puertas enfrentadas de cabina y de rellano no será mayor de 0,12 m. Esta separación se entiende entre planos materializados que comprenden la totalidad de los paños de las puertas. Queda prohibida cualquier variación que amplíe dicha medida.
b) Contactos eléctricos y trabas mecánicas de puertas:
Todas las puertas, tanto de coche como de rellano, poseerán contactos eléctricos intercalados en el circuito de la maniobra, el que será protegido con los correspondientes fusibles. La apertura del circuito provocará la inmediata detención del coche, no obstante la detención puede no ser inmediata en el período o zona de nivelación.
Queda prohibido, como disipadores de chispa, el uso de capacitores en paralelo con los contactos de puertas. Las puertas de rellano tendrán traba mecánica capaz de resistir una fuerza horizontal de 100 kg sin sufrir deformación permanente.
(1) Puertas de accionamiento manual:
l) En el coche:
El contacto eléctrico de la puerta estará fijo en el coche. La apertura y el cierre del circuito se realizará por medio de una leva u otro dispositivo colocado en la puerta que no dependa únicamente de la acción de resortes o de la gravedad. A efecto del cierre del circuito se considera que la puerta está cerrada, cuando entre el borde de dicha puerta y la jamba correspondiente del vano la distancia no es mayor de 10 mm.
ll) En los rellanos:
El contacto eléctrico y la traba mecánica de las puertas de rellano constituirán un enclavamiento combinado, cuyo objeto es:
— No permitir el funcionamiento de la máquina motriz si todas las puertas no están cerradas y trabadas mecánicamente;
— No permitir la apertura de las puertas desde los rellanos a menos que el coche esté detenido.
La apertura o el cierre del circuito se realizará por medio de elementos colocados en la puerta accionados por una leva u otro dispositivo.
La traba mecánica será de doble gancho o uña. Cuando el segundo gancho o uña está en posición de trabado, recién se producirá el cierre del circuito.
— El destrabe se hará mediante un sistema que no permita la apertura de la puerta al pasar el coche frente al rellano. Sólo puede usarse patín fijo en las paradas extremas.
Por lo menos, en las paradas extremas y para casos de emergencia, el destrabe debe poder ser efectuado mediante herramientas, a través de un orificio practicado en la jamba o en la puerta.
A efecto del cierre del circuito se considera que la puerta está cerrada, cuando entre el borde de dicha puerta y la jamba correspondiente la distancia no es mayor que 10 mm. La puerta no podrá abrirse aunque tenga juego vertical, ni tampoco existiendo entre los solados de la cabina y del rellano desnivel mayor que 0,05 m.
Las citadas puertas a fin de su apertura en las condiciones antedichas, se realizarán a través de una transmisión de esfuerzo al usuario no mayor a los 36 (treinta y seis) Newtons.
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(2) Puertas de accionamiento automático:
l) En el coche:
Se cumplirá lo establecido en el apartado I) del ítem (1)
II) En los rellanos:
Se cumplirá lo establecido en el apartado II) del ítem (1) excepto:
Que el desnivel entre los solados de la cabina y del rellano mencionado en el último párrafo del Apartado II) del ítem 1) puede alcanzar un máximo de 0,75 m siempre que el filo inferior de la pantalla de defensa del coche no diste más que 0,20 m del nivel del rellano;
III) Si en la operación de cierre de las puertas se interpone un obstáculo, la fuerza estática que puede ejercerse presionando contra éste, no será mayor de 14 kg.
La energía cinética (fuerza viva) de cierre, no excederá de 10,50 kg. La puerta del coche poseerá un dispositivo electromecánico de apertura inmediata al presionarse contra éste. Sin perjuicio de cumplimentar lo antedicho, la apertura puede, además, producirse por célula fotoeléctrica.
El tiempo mínimo durante el cual las puertas permanecerán abiertas será de 5 segundos. Este lapso se puede acortar o prolongar si se accionan los correspondientes botones de comando de puertas desde la cabina.
El promedio de la velocidad de cierre de las puertas se determina registrando el tiempo de cierre como sigue:
—Para puertas unilaterales de una hoja o de dos hojas, midiendo el recorrido del borde después de haber marchado 50 mm del punto inicial hasta 50 mm antes de llegar a la jamba;
— Para puertas bilaterales de dos o de cuatro hojas, midiendo el recorrido del borde después de haber marchado 25 mm del punto inicial hasta 25 mm antes de la línea central del encuentro.
IV) Ninguna puerta automática de coche o de rellano poseerá elemento que permita asirla para abrirla manualmente.
V) Nivelación entre el piso de la cabina y el solado del rellano.
En todas las paradas, la diferencia de nivel entre el solado terminado del rellano y el piso de la cabina será como máximo de 0,02 m.
VI) Separación horizontal entre el piso de la cabina y el solado del rellano.
La separación horizontal máxima admitida entre el piso de la cabina y el solado del rellano será de 0,02 m.
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8.10.2.13. Guiadores en ascensores y montacargas
Los guiadores son elementos solidarios con el bastidor del coche o del contrapeso, según corresponde, que deslizan en contacto permanente con las guías. Habrá como mínimo dos guiadores en cada lado del bastidor (uno arriba y otro abajo).
a) Guiadores del coche:
Los guiadores del coche serán capaces de resistir los esfuerzos resultantes del peso propio del coche más la carga máxima que éste puede transportar.
Cada guiador estará compuesto por un soporte y un patín de deslizamiento con su correspondiente vástago y sistema de amortiguación. Esto último puede no colocarse en aparejado distinto de 1:1.
El guiador debe ajustarse de modo que:
(1) Permita regular la tensión del resorte para que haya huelgo entre el patín y la guía.
(2) Impida desplazamientos transversales.
(3) Sea posible el cambio del patín gastado debido al continuo roce contra las guías y evite su descarrilamiento por tal causa.
El tipo de guiador anteriormente descripto, es permitido hasta una velocidad Vn del coche de 150 m por minuto. Para mayor velocidad, el guiador será a ruedas con llanta no metálica que corran en contacto con las guías.
b) Guiadores de contrapeso:
Los guiadores del contrapeso pueden ser fijos hasta una velocidad Vn de 60 m por minuto satisfaciendo lo especificado en los ítem (2) y (3) del inciso a). Para mayor velocidad se cumplimentará lo establecido en el inciso a).
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8.10.2.14. Contrapeso en ascensores y montacargas
El contrapeso se colocará dentro de la caja y en la zona de su correspondiente coche. Sin embargo puede instalarse fuera de los límites de ésta siempre que el emplazamiento sea aprobado por la Dirección.
Si en una caja funcionan agrupados varios ascensores o montacargas y el contrapeso se coloca en la forma indicada en la figura, habrá entre dos coches adyacentes una defensa de malla metálica desde el fondo hasta el cielo de la caja.
El peso total del contrapeso (bastidor más lastre) debe ser igual al peso P del coche más un exceso variable comprendido entre 0,4 y 0,5 de la carga máxima C que el coche puede transportar:
![]()
En máquinas de fricción el peso de los cables de accionamiento debe ser compensado cuando excede los 75 kg en la longitud de recorrido R.

F - 8.10.2.14
Sea por falta de alineación de los componentes del lastre, sea por el juego transversal debido a la marcha, el contrapeso conservará siempre, en las situaciones más críticas, una separación mínima de:
30 mm respecto del plano de desplazamiento vertical del coche.
20 mm respecto del paramento o de salidizo de la pared de la caja.
El contrapeso estará compuesto por el bastidor y el lastre:
a) Bastidor:
La armadura del bastidor será de acero calculada para resistir los esfuerzos provocados por el paracaídas cuando lo haya, como asimismo aguantar el choque eventual contra el paragolpe.
Al bastidor se amarrarán los cables de accionamiento, los guiadores, el paragolpe si va en el contrapeso y los elementos de compensación.

F - 8.10.2.14 b)
b) Lastre:
El lastre puede estar constituido por:
(1) Varias piezas superpuestas.
Las piezas pueden ser enteramente metálicas o bien formando cajas rellenas con material conglomerado.
En los dos casos la pieza superior se fijará al bastidor mediante un elemento removible con herramienta.
(2) Una sola pieza formando un bloque.
El bloque será un cajón relleno con material conglomerado. Este tipo sólo es permitido hasta una velocidad Vn de 60 m por minuto y un peso máximo de contrapeso de 800 kg.
Las cajas o el cajón, mencionados en los ítem (1) y (2), serán chapa metálica de 1,50 mm de espesor mínimo con refuerzos que eviten la expansión de los costados. El relleno será de inertes pesados incluidos en un conglomerado de cemento portland de manera que el continente y el contenido sea un conjunto rígido.
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8.10.2.15. Paracaídas y regulador de velocidad en ascensores
a) Paracaídas:
El paracaídas es un dispositivo solidario con el bastidor del coche, y eventualmente con el del contrapeso que sirve para detenerlo actuando contra las guías en caso de descenso accidental acelerado.
El paracaídas es obligatorio en el coche.
El paracaídas es accionado por el cable del regulador de velocidad cuando la velocidad de bajada del coche, o del contrapeso, excede respecto de la velocidad Vn los valores siguientes:

Vr = Vn + e V1 = Vn (1 + e) = x. Vn
Vr = Velocidad de accionamiento del regulador.
El paracaídas es:
1) De acción instantánea: Cuando se aplica en las guías a través de excéntricos, rodillos o cuñas sin ningún medio flexible que limite la fuerza retardatriz y que no permite aumentar la distancia de detención.
Este tipo de paracaídas es autorizado:
I) Hasta una velocidad Vn de 60 m por minuto en coche con cualquier carga.
II) Hasta una velocidad Vn de 75 m por minuto en coche con carga de 600 kg máximo.
2) De acción progresiva: Cuando se aplica en las guías a través de un medio flexible que, limitando la fuerza retardatriz, permita aumentar la distancia de frenado hasta la detención total.
Este tipo de paracaídas es obligatorio si se rebasan los valores indicados para el paracaídas de acción instantánea y es optativo para reemplazar el sistema mencionado en el ítem (1).
El paracaídas debe:
- actuar mecánicamente;
- ejercer al mismo tiempo esfuerzos de frenado sensiblemente iguales en las dos guías;
- abrir de inmediato el circuito eléctrico de la maniobra;
- detener el coche con la carga máxima que ésta puede transportar.
El paracaídas se ubicará en la parte inferior del bastidor (en el coche, debajo del nivel de la plataforma). Puede emplearse otro paracaídas en la parte superior del bastidor.
El bloque del paracaídas será de acero y la caja no será de fundición gris.
b) Regulador de velocidad:
El regulador de velocidad es el dispositivo encargado de accionar el paracaídas mediante un cable cuya sección será la adecuada a fin de que no se afecten las condiciones resistentes de dicho cable al aplicarse el mencionado paracaídas.
El regulador de velocidad se reemplazará en el cuarto de máquinas o en la casilla de poleas, en lugar accesible y sin vínculos con la máquina motriz.
Las poleas (inferior y superior) del regulador de velocidad tendrán un diámetro D no inferior a 40 veces el diámetro d del cable:
D
40 d
Las gargantas de las poleas serán mecanizadas y no deberán ser pintadas.
La fijación de los extremos del cable del regulador al mecanismo que opera al paracaídas, se hará por manguito cónico o por prensacables conformados en un mínimo de dos por cada extremo.
Si el contrapeso tiene paracaídas, su regulador de velocidad será independiente del que corresponda al coche.
El sistema que mantiene tenso el cable del regulador de velocidad ejercerá un esfuerzo constante.
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8.10.2.16.
Paragolpes. Luz libre entre el coche o el contrapeso y el paragolpe en
ascensores y montacargas
a) Paragolpes:
El paragolpe es obligatorio en ascensores y montacargas y se colocará fijo en el bastidor o en el fondo de la caja, para amortiguar el desplazamiento del coche cuando se rebasan las distancias h o f mencionadas en el Inciso b) (ver también la figura) de "Caja del ascensor o del montacargas Características y dimensiones".
Si hay un solo paragolpe, éste se colocará en coincidencia con el eje central del movimiento. Si hay dos, se ubicarán equidistantes de dicho eje con una tolerancia de 50 mm.
La carrera del paragolpe es el recorrido de la extremidad libre entre dos posiciones, una cuando está sin comprimir y otra cuando está totalmente comprimido. El recorrido o carrera es e en correspondencia con el contrapeso e i si los es respecto del coche.
El paragolpe puede ser:
1) A resorte:
El paragolpe a resorte sólo se permite en máquinas de velocidad nominal Vn hasta 90 m por minuto.
Las carreras mínimas serán:

El paragolpe será capaz de soportar una carga estática igual a:
I) Para el coche: Al doble del peso propio P del coche más la carga máxima C que éste puede transportar:
2 (P + C);
II) Para el contrapeso: Al doble del peso propio P del contrapeso 2P.
En los dos casos, sin que las espiras se compriman o toquen de modo que el resorte se comporte como un sólido.
2) Hidráulico (émbolo):
El paragolpe hidráulico es obligatorio en máquinas cuya velocidad nominal Vn es mayor que 90 m por minuto.
Las carreras mínimas e ó i se calcularán con la fórmula:
e ó i =
donde Vc = 1.15 Vn
El paragolpe reaccionando contra el coche sin carga, o contra el contrapeso, cumplirá su carrera de compresión con una desaceleración promedio igual o mayor que la de la gravedad (g = 9,81 m/seg2).
Cuando se utilicen dispositivos electromecánicos para provocar la desaceleración del coche y del contrapeso, la carrera mínima del paragolpe se calculará en base a la menor velocidad reducida Vred consecuencia de esa desaceleración, según lo siguiente:
e ó i =
b) Luz libre entre el coche o el contrapeso y el paragolpe:
Las luces libres son las distancias f ó h que al término del recorrido quedan entre el coche o el contrapeso y la extremidad libre del correspondiente paragolpe (ver figura de "Caja del ascensor o del montacargas. Características y dimensiones").
Las distintas f ó h serán:
1) Para resortes:

(
) f ó h = 600 mm máx.
2) Para hidráulicos:
f ó h
150 mm;
f
900 mm para el
contrapeso;
.....h
600 mm para el coche.
Puede suprimirse la luz libre aceptando una comprensión para el pistón hasta el 25% de e ó i cuando el coche está a nivel de las paradas extremas.
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8.10.2.17.
Velocidad de funcionamiento del ascensor o del montacargas
La velocidad nominal Vn de funcionamiento de un ascensor o de un montacargas es la declarada en los documentos del proyecto de instalación.
La velocidad efectiva Ve de funcionamiento, en subida, con la carga máxima prevista a transportar por el coche, es la que resulta realmente y se admite un valor y, en más o en menos, respecto de la nominal según:
Ve = Vn ± y
donde:
y = 0,15 Vn para máquinas con control por tensión constante;
y = 0,10 Vn para máquinas con control por tensión variable.
Para casos fortuitos de producirse excesos de velocidad que rebasen los valores antedichos:
a) En máquinas alimentadas con corriente continua, debe colocarse:
1) Un dispositivo que mantenga la velocidad de funcionamiento dentro de los límites previstos; o bien,
2) Un interruptor de la corriente de maniobra.
b) En máquinas alimentadas con corriente alternada de velocidad nominal Vn mayor que 90 m por minuto, debe cumplirse lo indicado en los ítem (1) y (2) del Inciso a).
8.10.2.18. Interruptores de seguridad en ascensores y montacargas
Todo ascensor y todo montacargas estará provisto de interruptores de seguridad:
a) Para abrir el circuito de la maniobra cuando el coche rebasa el nivel de las paradas extremas en una distancia U/2.
Puede opcionalmente colocarse un interruptor fijo en el coche o bien dos fijos en la caja, uno en cada extremo del recorrido.
b) Para abrir el circuito de las tres fases de la corriente de fuerza motriz cuando el coche rebasa el nivel de las paradas extremas en una distancia U.
El interruptor puede opcionalmente ser accionado por el coche o por el cable regulador de velocidad.
La distancia U es función de la velocidad nominal Vn, según lo siguiente:

El valor de U puede variar en un 10%, en más o en menos de los apuntados más arriba. En las máquinas con selector de pisos accionado por cable, cinta, alambre, cadena o similar habrá un interruptor que abra el circuito de la maniobra en caso de rotura de esos elementos.
Las máquinas de tambor contarán, además, con un interruptor de "cable flojo" que abra el circuito de la maniobra, si los cables de accionamiento se aflojan por cualquier causa.
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8.10.2.19. Máquina motriz en ascensores y montacargas
La máquina motriz de un ascensor o de un montacargas es el conjunto compuesto por uno o más motores, ejes, acoples, engranajes y freno.
La máquina motriz puede ser a fricción o a tambor.
La máquina motriz es a fricción cuando los cables de accionamiento del coche y del contrapeso son arrastrados por las gargantas de una polea de la cual penden esos cables. Esta polea puede ser movida directamente por el eje del motor (tracción directa) o bien, por medio de un sistema reductor de la velocidad de dicho eje (tracción con reductor).
La máquina motriz es a tambor cuando posee un cilindro (tambor) donde se arrollan los cables de accionamiento del coche y los del contrapeso en canales siguiendo hélices talladas en la superficie del tambor. Este tipo de máquina sólo es permitido en los montacargas.
Cada unidad motriz debe poseer un sistema de frenado compuesto por dos zapatas como mínimo, aplicadas contra un cilindro o campana, capaz de detener por rozamiento al coche con la carga máxima que puede transportar y sostenerlo quieto con esa carga incrementada en un 25%. Una sola de las zapatas deberá sostener quieto el coche.
Las zapatas se mantendrán aplicadas a un cilindro o campana por la acción de uno o más resortes que actúen por compresión. La liberación de las zapatas se hará mediante electroimán.
Las zapatas serán metálicas provistas de cintas antideslizantes de material ex profeso para el trabajo de frenado. Las cintas se fijarán a las zapatas con remaches de metal no ferroso o con adhesivo especial.
La liberación o la aplicación de las zapatas del freno debe ser simultánea con el cierre o apertura del circuito del motor.
En las máquinas con reductor, el freno debe emplazarse en el eje de mayor giro. El cilindro o campana estará del lado del eje del tornillo sinfín.
El funcionamiento de un ascensor o de un montacargas se hará mediante uno o más motores. En la carcasa de cada motor, en lugar visible, contará:
· Marca y número de fabricación;
· Potencia, en Kw, CV o HP;
· Tensión de alimentación, en voltios;
· Intensidad, en amperios;
· Ciclos o frecuencia de la corriente;
· Revoluciones por minuto.
La máquina motriz a fricción puede ser:
a) A tracción directa:
La máquina motriz a tracción directa es la que tiene la polea de arrastre de los cables y el freno montados solidariamente en un eje común con el del motor.
b) Tracción con reductor:
La máquina motriz a tracción con reductor es la que tiene la polea de arrastre de los cables movida por una rueda con dientes helicoidales engranada a un tornillo sinfín acoplado al eje del motor. El empleo de estas máquinas es posible con motor de una velocidad hasta Vn de 15 m por minuto y con motor de dos o más velocidades hasta Vn de 110 m por minuto.
La punta del eje del motor o del sinfín que sobresalga de su caja, será protegida de contactos casuales de operarios.
El reductor de velocidad lo constituye el tornillo sinfín y la rueda con corona a dientes helicoidales alojados (tornillo y rueda) en una caja común.
El tornillo sinfín será labrado en una sola pieza de acero.
La rueda o portacorona será de alma llena, de acero o de hierro fundido.
La corona será de bronce fosforoso y otro material de calidad y resistencia similares.
Si, entre el conjunto sinfín-rueda dentada y la polea de arrastre, se intercala un tren de engranajes para disminuir aún más la velocidad del motor, este tren estará protegido de contactos casuales de operarios. Las ruedas de los engranajes pueden ser de materiales de resistencia adecuada para el trabajo a que están sometidas quedando prohibido el hierro fundido.
c) Accionamiento manual:
La máquina motriz estará provista de un dispositivo que permita su movimiento en forma manual. Cuando hay varios equipos motrices en un mismo cuarto de máquinas bastará uno de esos dispositivos de uso indistinto para todos ellos.
En el plano se indicará la ubicación del accionamiento manual, el que se hallará a una altura del solado.
- no menor que 0,25 m y no mayor que 1,00 m en máquinas con motor de eje horizontal;
- no mayor de 1,40 m en máquinas con motor de eje vertical.
Desde el accionamiento manual debe verse una señal o indicación colocada en la polea de arrastre, en el motor o en otro lugar que aclare sin dudas, el sentido de marcha para el ascenso del coche.
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8.10.2.20. Instalación eléctrica en ascensores y montacargas
Las partes de la instalación eléctrica no especificadas en "Instalación eléctrica en ascensores y montacargas", deben satisfacer, en lo que sea aplicable, lo establecido en "Instalaciones eléctricas".
a) Circuitos de fuerza motriz:
Los circuitos para fuerza motriz serán independientes de los de cualquier otro del edificio o de la estructura donde se instalan ascensores o montacargas e irá, cada circuito, en conducto propio. Los circuitos de alimentación de la fuerza motriz partirán del tablero general de entrada de la electricidad a la finca y del cual pueden derivarse, según se lo prefiera:
1) El o los circuitos correspondientes a los tableros (de cada ascensor o de cada montacargas) emplazados en el cuarto de máquinas. Cada uno de esos circuitos se colocará en su respectivo conducto.
2) Un único circuito a un tablero secundario del cual derivarán, en sendos conductos los circuitos que alimentan a los tableros de cada ascensor o de cada montacarga del inmueble.
b) Tableros de fuerza motriz:
El tablero general de la fuerza motriz (y el tablero secundario cuando lo haya) estará protegido en todo su perímetro, tendrá fusibles y llave blindada para el corte de la corriente. Este conjunto será identificado con la leyenda "ASCENSOR" o "MONTACARGAS" según el caso.
El o los tableros individuales de fuerza motriz de cada ascensor o de cada montacargas, con protecciones y blindajes iguales a los mencionados en el párrafo anterior, estarán emplazados en el cuarto de máquinas y ubicados en el lado opuesto a los goznes o bisagras de la puerta de entrada y distante de ésta no más que 1,00 m.
Los tableros individuales de la fuerza motriz contarán con:
1) Fusibles y llave de acción rápida que corte la corriente. Cuando desde esta llave no se divise la máquina correspondiente habrá, en serie, una segunda llave desde cuyo sitio se vea esa máquina.
2) Fusibles y llave de corte de los circuitos de luz de la cabina y de la alarma.
3) Marcas y leyendas que aclaren la función de los implementos mencionados en los ítem (1) y (2).
c) Tablero de control de la maniobra:
1) Contactores:
En el tablero de control de la maniobra, los contactores direccionales se colocarán en línea o en columna, con las leyendas aclaratorias según lo siguiente:

Los contactores que actúan en la inversión de marcha tendrán bloqueo eléctrico y mecánico:
2) Fusibles:
El circuito de la maniobra será protegido con fusibles. En cada fusible se indicará el valor nominal de la intensidad de la corriente que puede pasar por él.
3) Otras protecciones:
Habrá una protección del motor de tracción que, por falta de una de las fases o elevación de la intensidad, abra el circuito de la fuerza motriz.
En caso de control de la maniobra alimentado con corriente alternada rectificada, uno de los bornes del rectificador estará puesto a tierra.
4) Identificación de conductores:
Los conductores de los circuitos de puertas del coche y los de puertas de los rellanos llegarán al tablero de control de la maniobra identificados así:
LPC para líneas de puertas de coche;
LPR para líneas de puertas de rellano.
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d) Individualización de tableros y máquinas:
Cuando hay varias máquinas en un mismo cuarto con sus respectivos tableros de la fuerza motriz y de control de la maniobra, cada máquina y sus tableros serán individualizados con un mismo número o letra claramente dibujados.
e) Tensión o fuerza electromotriz en ciertos circuitos:
La tensión en los circuitos del tablero de control de la maniobra, de señalización, de mecanismos de puertas y demás equipos auxiliares no rebasará los 220 V contra tierra. No obstante, pueden emplearse tensiones mayores para el motor de tracción, para el freno, equipos electrónicos y de obtención de energía en grupos electrógenos.
f) Conductores y conductos:
Los conductores pueden ser de sección de cualquier forma. El aluminio puede emplearse como conductor siempre que satisfaga las condiciones técnicas adecuadas.
Todos los conductores, sea para la alimentación de fuerza motriz sea para la maniobra, deben colocarse dentro de conductos siempre que no constituyan haces de conductores incluidos en una vaina o camisa aislante común.
En reemplazo del conducto de sección circular pueden emplearse canaletas metálicas de sección rectangular con tapa. En tal caso, sólo es ocupable con conductores el 75% de la sección transversal. En el cuarto de máquinas ubicado debajo de la caja del ascensor o del montacargas (piso bajo o sótano) no deben embutirse conductos en el solado ni adosados a éste. Si es imprescindible esta solución se usará conductor adecuado para instalación subterránea.
g) Puesta a tierra:
Todas las partes metálicas del ascensor o del montacargas, tanto las emplazadas en el cuarto de máquinas como en la caja, tendrán conexión de puesta a tierra según lo establecido en "Normas de seguridad en instalaciones eléctricas".
h) Toma de corriente en el coche:
Al exterior del coche y en sus partes inferior y superior habrá sendos tomas de corriente en lugar bien visible y accesible.
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