REGLAMENTO DE IAESTE ESPAÑA
Titulo 2. Del Inicio de Campaña
Articulo 2.1. Envio de Informacion Basica
Articulo 2.2. Envio de Informacion de los Centros
Articulo 2.3. Envio de Informacion de las Delegaciones
Articulo 2.4. Envio del Listado General
Titulo 3. De la Campaña de Captacion de Becas
Titulo 4. De la Puntuacion de las Becas
Titulo 5. Del Intercambio Internacional
Articulo 5.1. La Comision de Intercambio
Articulo 5.2. Filtrado de Becas
Articulo 5.3. Prioridades del Intercambio
Articulo 5.4. Caracteristicas de las Becas Extranjeras Obtenidas
Articulo 5.5. Becas con español obligatorio nivel 1 y 2
Titulo 6. Del Reparto de Especialidades
Articulo 6.1. Cuadro de Asignacion de Becas por especialidades
Articulo 6.2. Acotacion del termino "d"
Articulo 6.3. El Termino "R"
Articulo 6.4. Reparto del Superavit
Articulo 6.5. Reparto de Becas a America Latina
Articulo 6.6. Reparto de Especialidades
Articulo 7.1. Organizacion de la Subasta
Articulo 7.2. Orden de Eleccion
Articulo 7.3. Puntuacion de las Bonificaciones y Penalizaciones
Titulo 8. Del Proceso de Asignacion y Aceptacion
Articulo 8.1. Asignacion de Estudiantes Españoles
Articulo 8.2. Cancelacion de Estudiantes Españoles
Articulo 8.3. No Aceptacion de Estudiantes Españoles
Articulo 8.4. Renuncia de Estudiantes Españoles
Articulo 8.5. Cancelacion de un Estudiante Español por Errores de Intercambio o de Tramite
Articulo 8.6. Renominacion de un Estudiante Español
Articulo 8.7. Recolocacion de un Estudiante Español
Articulo 8.8. Asignacion de Estudiantes Extranjeros
Articulo 8.9. Cancelacion de Estudiantes Extranjeros
Articulo 8.10. No Aceptacion de Estudiantes Extranjeros
Articulo 8.11. Renuncia de Estudiantes Extranjeros
Articulo 8.12. Renominacion de un Estudiante Extranjero
Articulo 8.13. Recolocacion de un Estudiante Extranjero
Titulo 9. Del Desarrollo de las Becas
Articulo 9.1. Recepcion y Alojamiento del Estudiante Extranjero
Articulo 9.2. Seguimiento de las Becas
Articulo 9.3. Duracion de las Becas
Titulo 10. De las Becas Reservadas
Articulo 10.1. Concepto de Beca Reservada
Articulo 10.2. Becas Reservadas a Estudiantes Españoles
Articulo 10.3. Becas Reservadas a Estudiantes Extranjeros
Titulo 11. De la Asamblea General
Articulo 11.1. Desarrollo de la Asamblea General
Titulo 12. De los Centros Universitarios
Titulo 13. De las Especialidades
Articulo 13.1. Definiciones
Articulo 13.2. Alta de una nueva especialidad en IAESTE-INTERNATIONAL
Articulo 13.3. Alta de una nueva especialidad en la Subasta
Titulo 14. Del Calendario de actividades
Articulo 14.1. Calendario de actividades de IAESTE España
ANEXO II (CUADRO DE VALORACION DE BECAS)
ANEXO III (MODELO DEL CUADRO DE BONIFICACIONES Y PENALIZACIONES)
ANEXO IV (MODELO DE CUADRO DE ASIGNACION DE BECAS POR ESPECIALIDADES)
ANEXO V (MODELO DEL ORDEN DE ELECCION DE SUBASTA)
ANEXO VI (DOCUMENTO "COMPROMISO DE COLABORACION")
Articulo 1.1. Objetivo del Reglamento
El presente Reglamento tiene su origen en la elaboracion de un compendio unico y exhaustivo de toda la Normativa y con el objetivo de regular el funcionamiento de las actividades propias del Comite Español para el Intercambio de Estudiantes Tecnicos destinadas a cumplir con los objetivos establecidos en sus Estatutos.
Articulo 1.2. Sujetos del Reglamento
El presente Reglamento sera de obligado cumplimiento por parte de todos los sujetos que de una manera u otra forman parte del Comite Español para el Intercambio de Estudiantes Tecnicos:
Articulo 1.3. Normativa Anterior al Reglamento
El presente Reglamento derroga cualquier norma de rango igual o inferior a la entrada en vigor del presente Reglamento. De este modo, los unicos textos normativos del Comite Español para el Intercambio de Estudiantes Tecnicos seran sus Estatutos y el Reglamento. Asi mismo, se establece que sera la Comision Permanente el organo encargado de interpretar los Articulos del mismo en caso de duda.
Articulo 1.4. Aprobacion del Reglamento
El presente Reglamento debera ser aprobado por la Asamblea General del Comite Español para el Intercambio de Estudiantes Tecnicos a propuesta de la Comision Permanente. Para su aprobacion se requeriran los 2/3 de los votos presentes o representados.
Articulo 1.5. Modificacion del Reglamento
El presente Reglamento podra ser modificado por la Asamblea General por 2/3 de los votos presentes o representados. Las propuestas para su modificacion seran presentadas a la Comision Permanente, y deberan constar obligatoriamente de los siguientes articulos:
La Comision Permanente verificara que cualquier propuesta de revision del Reglamento cumple con todos los requisitos, y que los cambios propuestos en la redaccion del Reglamento cumplen con la descripcion y la motivacion de la revision.
En el caso en que la Comision Permanente considerara insuficientes, contrarias a los Estatutos o inconvenientes las modificaciones del Reglamento, se devolvera la propuesta de revision a su autor, indicando que cambios adicionales deberian realizarse para mantener la coherencia del Reglamento o los motivos de su inconveniencia.
Las propuestas de revision del Reglamento que la Comision Permanente considere completas seran incluidas para su aprobacion en el Orden del Dia de la siguiente Asamblea General, y deberan enviarse conjuntamente con la Convocatoria de la Asamblea General.
Cualquier miembro de la Asamblea General, desde el momento de la Convocatoria hasta la celebracion de la Asamblea General podra recusar aquellas propuestas de revision del Reglamento que considere incompletas, justificandolo debidamente, ante la Comision Permanente. Con anterioridad a la Asamblea, la Comision Permanente decidira en ultima instancia si la propuesta se retira del Orden del Dia de la Asamblea General.
Articulo 1.6. Contenido del Reglamento
El presente Reglamento esta formado por los siguientes documentos:
Articulo 1.7. Distribucion del Reglamento
La distribucion del presente Reglamento correra a cargo de la Secretaria General del Comite Español para el Intercambio de Estudiantes Tecnicos. Recibiran una copia del Reglamento:
La distribucion se realizara:
Titulo 2. Del Inicio de Campaña
Articulo 2.1. Envio de Informacion Basica
La Secretaria General enviara a todos los Centros no Adscritos y a las Delegaciones en el transcurso del mes de Setiembre la siguiente documentacion minima en formato papel por correo postal:
Articulo 2.2. Envio de Informacion de los Centros
Cada uno de los Centros miembros debera cumplimentar el impreso denominado "formulario de datos identificativos" enviado por la Secretaria General en el que, como minimo, deberan incluirse los siguientes datos:
Los Centros no Adscritos a Delegacion deberan enviar este impreso a Secretaria General. Las Delegaciones recopilaran los impresos de sus miembros y los enviaran a Secretaria General.
Los impresos correspondientes a todos los Centros deberan estar en Secretaria General antes de finalizar el mes de Octubre.
Articulo 2.3. Envio de Informacion de las Delegaciones
Cada una de las Delegaciones debera cumplimentar un impreso en el que, como minimo, deberan incluirse los siguientes datos:
Los impresos correspondientes a todas las Delegaciones deberan estar en Secretaria General antes de finalizar el mes de Octubre.
Articulo 2.4. Envio del Listado General
Durante la primera quincena del mes de noviembre la Secretaria General hara llegar a todos los Centros no Adscritos y Delegaciones la recopilacion de los datos enviados por los Centros y Delegaciones. Las Delegaciones reenviaran el listado a sus Centros miembros. Este envio se realizara por correo electronico.
Titulo 3. De la Campaña de Captacion de Becas
Articulo 3.1. Derecho a Renovacion
A principio de campaña, IAESTE España debera realizar un listado de todas las Empresas que colaboraron con IAESTE en la campaña anterior, poblacion de la empresa y nombre del Centro que las consiguio. Esta lista sera enviada a todos los Centros de IAESTE. Ademas se debe aconsejar a todas las Delegaciones la realizacion de la misma lista dentro del ambito de su territorio con las becas de los Centros adscritos a la propia Delegacion.
Se entiende por empresa prohibida aquella empresa que haya concedido una o mas becas a un determinado Centro, y que por tanto figure en la lista. Tienen el derecho y la obligacion de renovar la/las beca/s aquel Centro que la consiguio en la campaña anterior.
Se entiende por derecho de renovacion, la potestad de contactar con la empresa en cuestion unicamente por el Centro que la consiguio la campaña anterior.
En caso de conflicto entre centros, dar el poder de decision a las Delegaciones (Comisiones Permanentes) y a la Comision de IAESTE España para resolverlos, de la siguiente forma:
Que en el caso de que algunas Delegaciones dispongan ya de normas sobre el tema de renovacion, solo seran aplicables dentro de su territorio, es decir, en conflictos internos. En los otros casos de conflicto las normas que regiran los conflictos de renovacion seran las que IAESTE España dictamine.
Una empresa o delegacion provincial que haya concedido una o mas becas a un centro de IAESTE no podra ser sondeada por ningun otro centro. (Observacion: renovacion = ampliacion = reduccion). Sin caracter retroactivo para centros que comparten empresas.
Sanciones: (usurpacion de beca por otro centro)
Organo decisorio sera la Comision Permanente con decision inapelable.
Pruebas:
Hoja amarilla (numerada) en poder de la empresa con el sello de la misma.
Se entiende por becas de renovacion aquella conseguida por un centro de IAESTE en la campaña anterior y presentada la campaña corriente con la misma empresa (prueba: el sello)
Las becas a renovar seran aquellas que aparecen en el listado de becas españolas de IAESTE España de la campaña anterior. Por tanto, estas becas no podran ser tocadas por ningun otro centro.
Se entiende por becas de ampliacion las obtenidas de mas respecto a la campaña anterior en una misma empresa. Si estas becas son generadas por iniciativa de la empresa o el centro original (de la campaña anterior) se suman a las de renovacion.
Si una entidad diera mas becas respecto a la campaña anterior (becas nuevas) y estas becas nuevas se ofrecieran a un Centro distinto del que originalmente las consiguio, estas becas nuevas se repartiran segun el siguiente criterio:
Si el numero de becas que oferta la empresa para la campaña tratada, una vez descontadas las de renovacion (intocables para el centro con ese derecho), es mayor que una, estas becas se repartiran una a una entre los dos centros, comenzando por el centro nuevo.
Si al año siguiente la empresa sigue concediendo una beca mas que las de renovacion, esta ira a parar al centro nuevo, pero si vuelve al numero de becas de renovacion (las que siempre se habian dado al centro con derecho a renovacion), el centro nuevo se quedara sin beca. Es decir, se hara valer la antigüedad.
Articulo 3.2. Renovacion de Becas Canceladas
Un Centro puede negociar la renovacion de una beca en una Entidad que cancelo al estudiante la campaña anterior, siempre y cuando la empresa o el Centro deposite una fianza por cada una de las becas canceladas. Esta fianza sera establecida por la Comision Permanente, y sera devuelta a la Entidad en los siguientes casos:
Articulo 3.3. ambito subjetivo
Todas las becas para estudiantes extranjeros que consigan los Centros deberan cumplir los siguientes requisitos:
Articulo 3.4. Ambito territorial
Los Centros podran negociar con cualquier Entidad implantada en el Estado Español. Las practicas deberan realizarse en España, y los Centros deberan gestionar la recepcion y el alojamiento de los estudiantes extranjeros que se beneficien de las becas tramitadas por ese Centro. Los Centros podran llegar a acuerdos con otros Centros o Delegaciones mas cercanos al lugar de trabajo para que estos realicen las gestiones, e integren al estudiante en su plan de recepcion.
Un centro que quiera obtener una beca en cualquier punto de España, se debera hacer cargo directamente de toda la labor que a esta le corresponda, quedando desvinculados por principio el resto de comites de la necesidad de realizar labor alguna (R.O....).
Todo centro que no sea capaz de asumir esto en todas sus consecuencias, no debera optar a conseguir beca en esa zona (a la que no alcanza), y caso de hacerlo y desvincularse de sus responsabilidades, sera penalizado con el doble de las becas que desatendio.
Articulo 3.5. Colaboracion entre Centros
Los Centros podran colaborar entre si para afrontar con mayores garantias de exito la negociacion de becas. Para ello, los Centros deberan firmar un Acuerdo de Colaboracion, en el que se expresaran las becas a las que afecta el Acuerdo, la forma de reparto de esas becas entre los Centros y la vigencia del Acuerdo, remitiendo copia del Acuerdo a los Centros y Delegaciones implicados, a la Secretaria General.
La Comision Permanente velara por el cumplimiento del Acuerdo, y resolvera cualquier conflicto que surja entre los firmantes y que no se contemple en el Acuerdo.
Articulo 3.6. Periodo de Obtencion de Becas
La Comision Permanente fijara la fecha limite para el primer plazo de la entrega de becas en Secretaria General. A partir de esa fecha, se abre un segundo plazo de entrega de becas hasta una fecha anterior a la Conferencia Internacional que tambien fijara la Comision Permanente. Durante este segundo plazo se podran seguir recibiendo becas que seran penalizadas segun lo expuesto en el articulo de puntuacion de becas del presente Reglamento.
Articulo 3.7. Asignacion de las Becas a Especialidades
Cada una de las becas que obtiene un Centro debera ser asignada a una de las Especialidades reconocidas por IAESTE España. Las becas obtenidas por un Centro pueden agruparse todas en una misma Especialidad, o bien repartirlas entre varias Especialidades, dependiendo de los Planes de Estudios de cada Centro y de los estudios que cursan los estudiantes miembros de IAESTE en ese Centro.
Titulo 4. De la Puntuacion de las Becas
Articulo 4.1. Puntuacion por Practica Conseguida
Se valorara cada practica aportada por cada Centro con una puntuacion, que se aumentara o disminuira en funcion de las condiciones de la practica. Estas puntuaciones se podran revisar solo antes del inicio de cada campaña en la Asamblea General a propuesta de la Comision Permanente. A titulo informativo se adjunta el Anexo II con los actuales criterios vigentes para la proxima campaña.
Titulo 5. Del Intercambio Internacional
Articulo 5.1. La Comision de Intercambio
La Comision de Intercambio sera la encargada de realizar el intercambio de becas con los demas paises miembros de IAESTE-Internacional en el transcurso de la Conferencia Internacional.
La Comision de Intercambio, siempre que sea posible, estara formada por personas vinculadas a diferentes especialidades a las que optan los Centros de IAESTE España y territorios de procedencia de las becas, y se procurara que exista un balance entre personas con experiencia en Intercambios Internacionales anteriores, y personas que acuden por primera vez.
La Asamblea General, a propuesta de la Comision Permanente, aprobara la composicion de la Comision de Intercambio.
Articulo 5.2. Filtrado de Becas
Con anterioridad al desplazamiento a la Conferencia Internacional, la Secretaria General debera verificar que la informacion contenida en los impresos Form ‘O’ es copia fiel de la informacion que la empresa suministro en los impresos amarillos ‘Oferta de una beca para practicas’. Asimismo, analizara que las becas que se lleven al Intercambio Internacional cumplan los requisitos que se exigen en una beca reflejados en el
Articulo 3.3 del presente Reglamento.Desde la recepcion de la practica en la Secretaria General, hasta el momento del intercambio, la Secretaria General, la Comision Permanente y la Comision de Intercambio, podran retirar del paquete de Intercambio, Y SIN NINGUN DERECHO A RECTIFICACION por parte del Centro que aporta la practica, aquellas practicas con las siguientes caracteristicas:
Estas practicas retiradas del paquete de intercambio se consideraran NULAS A TODOS LOS EFECTOS.
En el caso de que una practica con las anteriores caracteristicas fuera intercambiada, y se detectara posteriormente, se añadira automaticamente una penalizacion al Centro, sin perjuicio de las que pudieran aplicarsele por cancelacion sin motivo de la empresa española al candidato.
Articulo 5.3. Prioridades del Intercambio
La Comision de Intercambio debera velar por los siguientes objetivos durante el Intercambio Internacional:
Articulo 5.4. Caracteristicas de las Becas Extranjeras Obtenidas
Las becas que se obtengan en el Intercambio Internacional iran destinadas a estudiantes de 1º y 2º ciclo con las siguientes caracteristicas:
Articulo 5.5. Becas con español obligatorio nivel 1 y 2
Las becas que solicitan el español como idioma obligatorio (niveles 1,2) se intercambiaran todas ellas con paises latinoamericanos (fundamentalmente Brasil pues es el que aporta un volumen de becas considerable frente al resto).
Esto implicara que no se aceptaran becas solicitando el español como idioma obligatorio de menos de 6 semanas, ni restringiendo otra nacionalidad que no sea la de estos paises como grupo (Latinoamerica).
Esto no descarta que becas con español nivel 3 obligatorio puedan ser intercambiadas con estos paises mencionados aunque en principio podrian ser intercambiadas con otros europeos.
Ahora bien, las becas de renovacion con español (nivel 1,2) que se vienen intercambiando con exito con paises no latinoamericanos, conservaran el derecho a que se intente de nuevo el intercambio con dichos paises en estas mismas condiciones.
Se contempla una excepcion, la de la Disposicion Transitoria 1, hasta su desaparicion.
Titulo 6. Del Reparto de Especialidades
Articulo 6.1. Cuadro de Asignacion de Becas por especialidades.
Una vez concluido el Intercambio Internacional, podra completarse el Cuadro de Asignacion de Becas por Especialidades. Dicho Cuadro permitira conocer cuantas becas corresponden a cada Centro, agrupados por especialidades.
Para cada especialidad, se listaran los Centros que optan a becas de esta especialidad. Para cada uno de estos Centros se aplicara la formula:
n = a – y – b – c + d + f + s
siendo cada uno de los factores de la formula:
n: numero total de becas correspondientes a cada Centro
a: numero de becas aportadas por cada Centro
y: numero de becas de cada Centro que no han sido intercambiadas
b: numero de cancelaciones de empresas españolas negociadas por el Centro en la campaña anterior
c: numero de renuncias de estudiantes del Centro y estudiantes del Centro no aceptados por la Entidad extranjera
d: numero de cancelaciones a estudiantes del Centro por empresas extranjeras (termino acotable)
f: bonificacion por errores de tramitacion de IAESTE España
s: numero de becas asignadas por superavit
Una vez conocidos todos los terminos, se calculara el termino "n" para cada Centro, y la agregacion de todos los Centros que optan a una especialidad, determinaran la cantidad de becas que deberan asignarse a esa especialidad en el Reparto de Especialidades.
Articulo 6.2. Acotacion del termino "d"
El termino "d" debera acotarse cuando el numero de becas obtenidas en el Intercambio Internacional sea insuficiente para cubrir el numero total de becas correspondientes a los Centros. Esta situacion se dara siempre que el numero de bonificaciones "d+f" acumuladas en todos los Centros sea superior al numero de penalizaciones "-b-c".
El termino "d" se acotara al valor maximo que permita que el numero de becas obtenidas en el Intercambio Internacional sea igual o mayor que el numero total de becas correspondientes a los Centros.
Se define el termino "R" como la suma de:
Articulo 6.4. Reparto del Superavit
Se debera proceder al reparto del Superavit cuando se den las siguientes condiciones:
En el primer caso, se diferenciara entre los siguientes dos casos:
Al asignar una beca de superavit a un Centro, se reducira el numero de becas que dejo de percibir el Centro en una unidad.
En el segundo caso (acotacion del termino "d" en la presente campaña) se seguira el procedimiento seguido en el parrafo anterior, utilizando el numero de becas que deja de percibir un Centro por causa de la acotacion del termino "d" en la campaña actual, y el factor "R" de la campaña actual.
Articulo 6.5. Reparto de Becas a America Latina.
A cada una de las especialidades debera asignarse tantas becas a paises de America Latina como becas se hayan intercambiado de los Centros que participan de esa especialidad en las que exista la exigencia del idioma castellano de nivel 1 o 2 obligatorio. En el caso en que no coincidieran ambos numeros, se mantendran las proporciones entre las especialidades.
Aclaraciones: Se mantendran los niveles de español 1, 2 y 3 puesto que el español no es el idioma de Brasil.
Articulo 6.6. Reparto de Especialidades
Con posterioridad al Intercambio Internacional y a la construccion del Cuadro de Asignacion de Becas por Especialidades, se reuniran la Comision de Intercambio y un representante de cada una de las especialidades a las que optan los Centros miembros del Comite Español para el Intercambio de Estudiantes Tecnicos. En esta reunion se procedera a asignar cada una de las becas a un paquete de especialidades, acorde con el Cuadro, y con la asignacion de becas a America Latina en la medida de lo posible.
En el caso de que haya deficit, es decir, menos becas a repartir que las que correspondan, se acotara el termino "d" de todos los Centros en cada una de las especialidades hasta que el deficit sea subsanado, independientemente de las especialidades a las que afecte.
Si existe superavit, tanto desde un principio como despues de haber acotado "d", este se repartira segun el
Articulo 6.4.
Articulo 7.1. Organizacion de la Subasta
La Subasta consiste en la organizacion de diferentes reuniones, una para cada Especialidad, en las que estaran presentes representantes de cada uno de los Centros que optan a becas de esa Especialidad. En el caso de no asistir ningun representante de algun Centro sera el Secretario General quien los represente.
Articulo 7.2. Orden de Eleccion
El orden de eleccion de beca en la Subasta se realiza siguiendo los siguientes criterios, en orden descendente, sirviendo los inferiores para dirimir los casos de empate en el nivel inmediatamente superior.
Una vez haya sido publicado el orden definitivo de la eleccion de la subasta no habra lugar a ningun tipo de modificacion.
Articulo 7.3. Puntuacion de las Bonificaciones y Penalizaciones.
A aquellos Centros que hayan presentado menos becas a la Especialidad en la que participan que a las que tienen derecho (es decir, tienen mas bonificaciones que penalizaciones) se les valorara las becas ficticias que suponen las bonificaciones con la media de las puntuaciones de las becas del Centro intercambiadas correspondientes a esa especialidad.
A aquellos Centros que hayan presentado mas becas a la Especialidad en la que participan que a las que tienen derecho (es decir, tienen mas penalizaciones que bonificaciones) se les anulara la cantidad de becas necesaria para equilibrar ambas cantidades. Las becas que se anularan seran aquellas con puntuacion mas cercana a la media de las puntuaciones de las becas del Centro intercambiadas correspondientes a esa especialidad. En el caso de empate se quitara la beca de puntuacion inferior.
Titulo 8. Del Proceso de Asignacion y Aceptacion
Articulo 8.1. Asignacion de Estudiantes Españoles
Tras la Subasta, los Centros deberan asignar uno de sus estudiantes a cada una de las Becas obtenidas en la Subasta. La informacion que debera enviarse de cada una de las becas a la Secretaria General dentro de un plazo decretado por la Comision Permanente, es la siguiente:
Los Centros no Adscritos a Delegacion enviaran la documentacion directamente a la Secretaria General, y los demas Centros lo haran a traves de sus respectivas Delegaciones.
La cuota que debera pagar el estudiante para optar a la beca sera fijada por la Comision Permanente y aprobada por la Asamblea General.
Articulo 8.2. Cancelacion de Estudiantes Españoles
Un estudiante español se considerara CANCELADO cuando la Entidad extranjera que ofrecio la beca a la que opta deniega la oferta de beca por cualquier motivo diferente a la adecuacion del estudiante al perfil requerido.
En este caso, el estudiante recibira un reembolso del 100% de la cuota de estudiante, y el Centro contara con una bonificacion dentro del termino "d" para la siguiente campaña.
Si quince dias antes del comienzo de su practica, el estudiante español no ha recibido respuesta del pais de destino, podra optar por darse de baja reintegrandosele el total de la cuota pagada, y considerandose la oferta de practicas "cancelada sin motivo por el pais" a efectos de estadisticas y del calculo de practicas que corresponden a cada Centro para el siguiente ejercicio.
Esta renuncia debera comunicarse por escrito a la Secretaria General de AIESTE España en el plazo anteriormente citado. En el caso contrario, el estudiante aceptara el riesgo de ser o no aceptado, y en el caso de ser aceptado y no realizar la practica, se considerara esta como una renuncia no dando lugar a devolucion alguna y penalizando al Centro correspondiente.
Articulo 8.3. No Aceptacion de Estudiantes Españoles
Un estudiante español se considerara NO ACEPTADO cuando la Entidad extranjera que ofrecio la beca a la que opta considera que el estudiante no cumple los requisitos exigidos en el Form ‘O’.
En este caso, el estudiante no recibira reembolso alguno de la cuota de estudiante, y el Centro se vera perjudicado con una penalizacion dentro del termino "c" para la siguiente campaña.
Articulo 8.4. Renuncia de Estudiantes Españoles
Un estudiante español RENUNCIA a la beca cuando el estudiante comunica a la Secretaria General su decision de no realizar la practica a la que habia optado.
En este caso, el estudiante recibira un reembolso del 50% de la cuota de estudiante en el caso de que la renuncia se produzca con 45 dias o mas de antelacion sobre la fecha de inicio de la practica propuesta por el estudiante en el Form ‘O’. Si la renuncia se produce con menor antelacion, el estudiante no recibira ningun reembolso de la cuota de estudiante.
En el caso de renuncia, el Centro se vera perjudicado con una penalizacion dentro del termino "c" para la siguiente campaña.
Articulo 8.5. Cancelacion de un Estudiante Español por Errores de Intercambio o de Tramite
Se considerara CANCELACION POR ERROR DE INTERCAMBIO a aquellas becas cuyos requisitos no pueden ser cumplidos por estudiantes de los Centros miembros de IAESTE España, y que hayan sido canceladas por la Entidad extranjera por no adecuacion del estudiante.
Se considerara CANCELACION POR ERRORES DE TRAMITE a aquellas becas en las que se pueda demostrar que la cancelacion se ha producido por un error administrativo ajeno al Centro, al Estudiante y a la Entidad en el transcurso de la tramitacion de la beca.
En cualquiera de estos casos, el estudiante recibira un reembolso del 100% de la cuota de estudiante, y el Centro contara con una bonificacion dentro del termino "f" para la siguiente campaña.
Articulo 8.6. Renominacion de un Estudiante Español.
En el caso de no aceptacion de un estudiante español, IAESTE España podra permitir la renominacion de la beca, es decir, permitir al Centro que presente un nuevo candidato a optar a la beca, siempre y cuando se haga con 45 dias de antelacion a la nueva fecha de inicio de la practica. En este caso, el nuevo candidato debera presentar toda la documentacion exigida en el Articulo 8.1. del presente Reglamento, pagando la cuota de estudiante correspondiente. Si el segundo candidato es aceptado o cancelado, se anulara el negativo causado por el primer estudiante. Si el segundo candidato es nuevamente no aceptado, o bien renuncia, se mantendra el negativo dentro del termino "c" causado por el primer estudiante. Las posibles devoluciones a la cuota de estudiante del segundo candidato se regiran por la normativa expresada en los Articulos anteriores.
En el caso de renuncia de un estudiante español, el Centro podra solicitar a la Entidad extranjera la renominacion de la beca, siempre y cuando lo haga 45 dias antes de la nueva fecha de inicio de dicha practica. Si la Entidad da su visto bueno, el nuevo candidato debera presentar toda la documentacion exigida en el Articulo 8.1. del presente Reglamento, pagando la cuota de estudiante correspondiente. Si el segundo candidato es aceptado o cancelado, se anulara el negativo causado por el primer estudiante. Si el segundo candidato es no aceptado, o tambien renuncia, se mantendra el negativo dentro del termino "c" causado por el primer estudiante. Las posibles devoluciones a la cuota de estudiante del segundo candidato se regiran por la normativa expresada en los Articulos anteriores.
Articulo 8.7. Recolocacion de un Estudiante Español
Un estudiante español que haya sido cancelado por la Entidad extranjera podra recibir una oferta por parte del Comite de IAESTE en el pais de origen de la Entidad para realizar otra practica en otra Entidad del mismo pais. El estudiante tendra la opcion de aceptar esta recolocacion.
Si el estudiante recolocado es aceptado, el estudiante perdera la devolucion del 100% de la cuota de estudiante, y se anulara la bonificacion dentro del termino "d" que correspondia por la cancelacion inicial.
En cualquier otro caso, se mantendra la devolucion del 100% de la cuota de estudiante, y se mantendra la bonificacion dentro del termino "d" que correspondia por la cancelacion inicial.
Articulo 8.8. Asignacion de Estudiantes Extranjeros
Tras el intercambio internacional la Secretaria General devolvera a los Centros las becas que no fueron intercambiadas. Los Centros podran permitir a Secretaria General:
A partir del mes de Febrero se recibiran en la Secretaria General los "curricula" de los estudiantes extranjeros que optan a beca. La Secretaria General remitira a las Delegaciones Regionales los expedientes de los Centros adscritos a cada una de dichas Delegaciones. Seran los Centros o la Delegacion los encargados de tramitar la aceptacion del estudiante.
En el caso de los Centros no adscritos a Delegacion, sera la Secretaria General la encargada de la tramitacion anterior.
Articulo 8.9. Cancelacion de Estudiantes Extranjeros
Un estudiante extranjero se considerara CANCELADO cuando la Entidad española que ofrecio la beca a la que opta deniega la oferta de beca por cualquier motivo diferente a la adecuacion del estudiante al perfil requerido.
En este caso, el Centro se vera perjudicado con una penalizacion dentro del termino "b" para siguiente campaña.
Articulo 8.10. No Aceptacion de Estudiantes Extranjeros
Un estudiante extranjero se considerara NO ACEPTADO cuando la Entidad española que ofrecio la beca a la que opta considera que el estudiante no cumple los requisitos exigidos en el Form ‘O’.
Articulo 8.11. Renuncia de Estudiantes Extranjeros
Un estudiante extranjero RENUNCIA a la beca cuando el estudiante comunica a la Secretaria General de IAESTE España a traves del Comite de IAESTE en su pais de origen su decision de no realizar la practica a la que habia optado.
Articulo 8.12. Renominacion de un Estudiante Extranjero
En el caso de no aceptacion de un estudiante extranjero, la Entidad española podra permitir la renominacion de la beca, es decir, permitir al Comite de IAESTE del pais de origen que presente otro candidato a optar a la beca. En este caso, si el nuevo candidato renominado es cancelado, el Centro se vera perjudicado con una penalizacion dentro del termino "b" para siguiente campaña.
En el caso de renuncia de un estudiante extranjero, la Entidad española podra permitir la renominacion de la beca. En este caso, si el nuevo candidato renominado es cancelado y el candidato anterior hubiera sido aceptado anteriormente, el Centro no se vera perjudicado con una penalizacion dentro del termino "b" para siguiente campaña. Si por el contrario, el primer candidato no hubiese sido aceptado se producira la penalizacion del termino "b" para la siguiente campaña.
En ambos casos, si el pais de origen del estudiante que renuncia o no es aceptado no puede renominar la beca, se solicitara a la Entidad la posibilidad de recolocar en la beca a un estudiante extranjero cancelado por otra Entidad española.
Articulo 8.13. Recolocacion de un Estudiante Extranjero
Un estudiante extranjero que haya sido cancelado por una Entidad española a la que optaba para realizar una beca podra recibir una oferta por parte de IAESTE España para realizar otra practica en otra Entidad española que haya permitido la recolocacion de estudiantes, siempre que el perfil del estudiante se adapte a los requisitos del Form ‘O’.
Si el estudiante recolocado es cancelado, esto no supondra ninguna penalizacion para el Centro que negocio la beca de recolocacion.
La primera beca que fue cancelada, si sufrira penalizacion para la siguiente campaña.
Titulo 9. Del Desarrollo de las Becas
Articulo 9.1. Recepcion y Alojamiento del Estudiante Extranjero
Todos los Centros estaran obligados a gestionar la recepcion del estudiante extranjero a su llegada a España y la gestion del alojamiento del estudiante, independientemente del lugar de realizacion de la practica.
Un Centro podra pedir la colaboracion de otros Centros o Delegaciones que se encuentren mas cercanos al lugar de desarrollo de la practica para gestionar la recepcion y alojamiento del estudiante, debiendo primar la buena voluntad y el espiritu de colaboracion entre todos los miembros de IAESTE España. La responsabilidad ultima de cualquier deficiencia en la recepcion o gestion del alojamiento del estudiante sera del Centro que negocio la beca.
Todo Centro que no sea capaz de asumir esto en todas sus consecuencias, no debera optar a conseguir beca en esa zona (a la que no alcanza), y caso de hacerlo y desvincularse de sus responsabilidades, sera penalizado con el doble de las becas que desatendio. Todo acuerdo personal que adquieran diferentes Comites, sobre alguna beca concreta, sera ajeno a estas medidas.
Articulo 9.2. Seguimiento de las Becas
Los Centros estaran obligados a efectuar un seguimiento del desarrollo de las becas que negociaron, mediando en los posibles conflictos y resolviendo cualquier consulta que pudieran efectuar tanto la Entidad como el Estudiante.
Articulo 9.3. Duracion de las Becas
Las becas no podran prolongarse mas alla de la fecha establecida en el impreso N-5a emitido por IAESTE España.
La entidad y el estudiante tendran la posibilidad de prolongar su relacion mediante la emision de una Beca Reservada por parte de la Entidad a nombre del Estudiante, que debera cumplir todos los requisitos necesarios para la tramitacion de una Beca Reservada para un estudiante extranjero segun el Articulo 10.3.
Titulo 10. De las Becas Reservadas
Articulo 10.1. Concepto de Beca Reservada
Una Beca Reservada es una beca emitida por una Entidad establecida en un pais con un Comite de IAESTE, dirigida a un estudiante particular de otro pais, tambien con Comite de IAESTE.
Estas Becas Reservadas funcionan al margen de las becas normales o abiertas que se asignan por Intercambio, pudiendo tramitarse en cualquier epoca del año, al margen de calendarios.
Articulo 10.2. Becas Reservadas a Estudiantes Españoles
Los estudiantes de los Centros miembros de IAESTE-España podran beneficiarse de Becas Reservadas emitidas por Entidades extranjeras.
Los Centros recibiran la documentacion de la Beca Reservada enviada por el Comite de IAESTE del pais de origen de la beca. El estudiante debera cumplimentar la documentacion, y adjuntar cualquier otra documentacion solicitada. Esta documentacion, juntamente con un justificante de pago de cuota de beca reservada, debera enviarse a la Secretaria General.
La cuota de beca reservada se establece por la Comision Permanente.
Para la tramitacion de una beca reservada se exigira su tramitacion de la practica con una antelacion minima de un mes antes del inicio.
Articulo 10.3. Becas Reservadas a Estudiantes Extranjeros
Las Entidades españolas podran tramitar a traves de IAESTE España becas reservadas para estudiantes residentes en paises con Comite de IAESTE.
Las Entidades deberan enviar a la Secretaria General un Impreso Amarillo "Oferta de una beca para practicas" indicando los datos del estudiante a quien va dirigida la beca, juntamente con un justificante de pago de cuota de beca reservada.
La cuota de beca reservada se establece por la Comision Permanente.
Para la tramitacion de una beca reservada se exigira su tramitacion de la practica con una antelacion minima de un mes antes del inicio.
Titulo 11. De la Asamblea General
Articulo 11.1. Desarrollo de la Asamblea General
En relacion con la Asamblea General, su funcionamiento se ajustara a los siguientes requisitos:
En caso de existir mas de una enmienda a una misma propuesta, se realizara, en primer lugar, una votacion entre las distintas enmiendas y la mas votada sera incorporada o no a la propuesta original de acuerdo al mecanismo expuesto en el parrafo anterior.
Articulo 11.2. Delegacion de Voto
Junto con la convocatoria de cada una de las Asambleas se adjuntara un impreso especifico de Delegacion de Voto.
Para considerar valida la delegacion de voto en la Asamblea General, sera necesario que se reciba en la Secretaria General de IAESTE el impreso (se consideraran validos faxes y correos electronicos) al menos 1 dia antes de la celebracion de dicha Asamblea General, no obstante sera obligatorio la presentacion del original del impreso de delegacion de voto el mismo dia de la Asamblea al principio de la sesion.
Titulo 12. De los Centros Universitarios
Tal y como recogen los Estatutos del Comite para Intercambio de Estudiantes Tecnicos, el Centro es uno de los miembros constitutivos del mismo. A efectos practicos, el Centro se identificara con un centro universitario, o bien con una asociacion de estudiantes legalmente constituida.
El Centro es el nivel organizativo minimo sobre el que se organiza el funcionamiento de IAESTE.
El Centro podra englobar una o varias especialidades, circunstancia cuya relevancia en la normativa debera especificarse en cada caso.
El Centro podra formar parte de una Delegacion que englobe a varios centros, o bien no estar adscrito a ninguna delegacion, en cuyo caso sera un "Centro No Adscrito".
El Centro debera tener, como minimo, a dos representantes: un Profesor Responsable y un Delegado del Centro, siendo el resto de miembros del mismo elegido y determinado por sus propios estatutos.
Cada Centro se organizara como mejor determinen sus necesidades y particularidades, siempre dentro del marco proporcionado por los Estatutos de IAESTE España el presente reglamento y las decisiones adoptadas por los organos decisorios del Comite.
Articulo 12. 2. Sobre la Cuota de Centro
Esta Cuota es obligatoria para todo centro de IAESTE y es independiente de que el centro consiga practicas o no, o del numero que se consiga. Su cuantia sera propuesta por la Secretaria General a la Comision Permanente para su estudio, modificacion y ratificacion.
Las practicas conseguidas por un Centro se tendran en cuenta a partir de la fecha del pago de la cuota del mismo. Si el pago de la cuota del centro se produce con posterioridad a los plazos establecidos de entrega de practicas, sus practicas sufriran las penalizaciones estipuladas en articulos anteriores.
La fecha limite para el pago de la cuota de centro de esa campaña sera el dia fijado como ultimo para que las practicas sean llevadas al Intercambio Internacional. Pasada esa fecha, las cuotas seran para la campaña del curso siguiente.
Se considerara impagada la cuota de centro si esta no ha sido hecha efectiva a IAESTE España antes de la fecha limite. El impago de la cuota de centro supondra la perdida de la cualidad de miembro de IAESTE del Centro en cuestion mientras no se haga efectiva.
No se consideraran como presentadas las practicas del Centro que no haya pagado la cuota antes de la fecha limite, ni se llevaran al Intercambio Internacional, ni constaran, a ningun efecto, en los cuadros de puntuaciones de esa campaña.
Articulo 12.3. Obligaciones de los Centros
Todos los centros deberan cumplir con las siguientes obligaciones:
Articulo 12.4. Derechos de los Centros Universitarios
Los Centros miembros tendran los siguientes derechos dentro del ambito organizativo de IAESTE:
- Cada Centro tendra derecho a un voto en las Asambleas Generales. En caso de no poder estar uno de los representantes del Centro, estos deberan hacer constar la delegacion de su voto al comienzo de la Asamblea, en un documento en el que figure el nombre del centro, el nombre de uno de los representantes del centro, su DNI, fecha y sello de la Secretaria del Centro, el nombre de la persona en la que se delega el voto y su DNI.
- Asistencia a las reuniones de la Comision Permanente, donde figuraran como invitados con voz pero sin voto.
- Presentacion de propuestas, reclamaciones, ruegos y preguntas a la Comision Permanente, la cual, con arreglo a sus atribuciones, determinara su resolucion o bien su presentacion a la Asamblea General como se determina en el Articulo 1.5.
- Solicitar informacion y ayuda a la Secretaria General de IAESTE-SPAIN.
- Que sus practicas sean llevadas al Intercambio Internacional, bajo las normas expresadas en el Titulo 5.
Articulo 12.5. Admision de nuevos Centros que nunca hayan pertenecido a IAESTE
Las propuestas de Admision de nuevos Centros podran ser recibidas en cualquier momento por la Secretaria General. Se informara a cualquier Centro que quiera presentar la Propuesta de Admision sobre los plazos vigentes para la campaña en curso, la cuota de centro, y cualquier otra informacion de interes sobre el funcionamiento de IAESTE.
La solicitud de Propuesta de Admision para formar parte del Comite para Intercambio de Estudiantes Tecnicos se hara mediante una carta dirigida a la Secretaria General de IAESTE en la que se hagan constar los siguientes datos:
- Nombre del Centro
- Especialidades que engloba
- Razon Social
- Universidad a la que pertenece
- Delegacion a la que se adscribe, o si es un Centro No Adscrito
- Datos del Profesor Responsable:
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De la siguiente informacion, si ya dispone de los siguientes medios:
- Datos de la delegacion de IAESTE en el Centro:
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- Fecha, firma y sello de la Secretaria del Centro.
La aceptacion o rechazo de la propuesta de admision del nuevo centro se dejara a criterio de la Comision Permanente previa consulta a la Secretaria General.
Si la propuesta resulta aceptada, la Secretaria General dirigira una carta al nuevo Centro para anunciarle su admision, enviarle la documentacion indicada en el Articulo 2.1 "Envio de informacion basica" y de la formula de pago de cuota de centro. Asimismo la Secretaria General le asignara un codigo de centro asi como un rango de numeros para las practicas que obtenga, solicitando dicha inclusion en el sistema de informacion e informatico de IAESTE. Las practicas que presente seran tenidas en cuenta, a todos los efectos, desde la fecha de pago de su cuota de centro.
Si la propuesta resulta rechazada, la Secretaria General dirigira una carta al Centro explicandole los motivos por los cuales no se los acepto.
Se citaran, como parte del orden del dia, los Centros admitidos en la siguiente Asamblea General.
Articulo 12.6. Baja de Centros
Los Centros podran solicitar su baja en cualquier momento a la Secretaria General de IAESTE.
Para solicitarla, deberan escribir una carta a la Secretaria General de IAESTE donde expresen su voluntad de darse de baja como miembros de la Asociacion, firmada por el Profesor Responsable y el Delegado, con la fecha, firma de ambos y el sello.
Sus empresas quedaran liberadas para ser visitadas por otros centros el dia que Secretaria General anuncie su baja.
No se devolvera el importe de la cuota de centro, entendiendolo como gastos necesarios para la modificacion del sistema de informacion e informatico de IAESTE España que registre la baja del centro.
Si el Centro que se de de baja tiene puntos negativos en su haber, estos negativos se mantendran durante la campaña del curso siguiente.
Se citaran, como parte del orden del dia, los Centros que se den de baja en la siguiente Asamblea General.
Articulo 12.7. Expulsion de Centros
En el caso de no haber pagado la cuota de centro sin justificacion alguna ni haberse dado de baja, ni de responder a las comunicaciones de Secretaria General, la Secretaria General propondra a la Comision Permanente la expulsion del Centro, que estudiara el caso y expondra la solicitud de expulsion, si hubiera lugar, a la siguiente Asamblea General para que adopte una resolucion definitiva.
Se considerara la expulsion de aquellos Centros que hayan faltado gravemente a los Estatutos, Reglamento, o decisiones adoptadas por los organos decisorios de IAESTE o hayan causado, con sus actitudes o hechos, un grave perjuicio al prestigio de IAESTE. Estos hechos podran ser denunciados por cualquier miembro de IAESTE español o extranjero u otro Comite Extranjero a la Comision Permanente, quien los estudiara, solicitando cuanta ayuda pudiera necesitar de las partes implicadas, y expondra la solicitud de expulsion, si hubiera lugar, a la siguiente Asamblea General para que adopte una resolucion definitiva.
No se devolvera el importe de la cuota de centro, entendiendolo como gastos necesarios para la modificacion del sistema de informacion e informatico de IAESTE España que registre la expulsion del centro.
Sus empresas quedaran liberadas para ser visitados por otros centros el dia de la publicacion del Acta de la Asamblea General en la que se ratifique su expulsion.
Si el Centro expulsado tiene puntos negativos en su haber, estos negativos se mantendran durante la campaña del curso siguiente.
Tanto el Profesor Responsable como el Delegado quedaran inhabilitados para tener cargo o representacion alguna en IAESTE.
Articulo 12.8. Readmision de Centros
Un Centro podra solicitar su readmision a IAESTE siguiendo el mismo procedimiento que el seguido para solicitar una nueva incorporacion, con las siguientes salvedades:
- Se exigira un Profesor Responsable y un Delegado distintos de los anteriores. Ningun miembro de la anterior ejecutiva del centro podra formar parte de la nueva ejecutiva, ni ostentar cargo alguno de representacion en IAESTE, ni solicitar una practica IAESTE.
- Si el centro se dio de baja o fue expulsado con puntos negativos en su haber, esos negativos se mantendran durante la campaña siguiente. Si el centro solicita la readmision en la campaña siguiente a esta ultima, sera penalizado por cada uno de los puntos negativos del año anterior con -40 puntos que seran aplicados a las becas mas proximas a la media de su paquete.
- La cuota de centro debera estar pagada en el plazo de un mes desde la fecha de inicio de campaña.
Titulo 13. De las Especialidades Articulo 13.1. Definiciones
Se entiende por especialidad cualquiera de las ramas de estudio cientifico-tecnico universitario reconocidas por IAESTE-INTERNACIONAL.
En funcion de si engloban una o mas especialidades, el Centro que las acoja sera mono o multiespecialidad. La relevancia de esta caracteristica debera especificarse en cada punto de la normativa en la que sea necesario distinguir entre Centro y Especialidad.
Articulo 13.2. Alta de una nueva especialidad en IAESTE-INTERNATIONAL
El alta de las nuevas especialidades debera ser solicitadas por los Centros a la Secretaria General de IAESTE para que sigan el tramite de reconocimiento por parte de IAESTE-INTERNATIONAL.
Para ello, deberan presentar una carta dirigida a Secretaria General por el Centro firmada por el Profesor Responsable y el Delegado, con fecha, firma y cuño, justificando la peticion de la nueva especialidad, y respaldandola con peticiones de alumnos de dicha especialidad o con peticiones concretas de empresas españolas o extranjeras que necesiten esa especialidad.
IAESTE-SPAIN efectuara una consulta a escala internacional para determinar, a priori, la aceptacion y disponibilidad internacional de practicas de esta nueva especialidad, y si este resultara positivo, iniciara los tramites para su reconocimiento segun los cauces indicados por IAESTE-INTERNATIONAL.
La Secretaria General informara a los Centros del resultado de las gestiones.
Una vez reconocida la especialidad, debera modificarse el sistema de informacion y el sistema informatico de IAESTE España para recoger dicha especialidad.
Articulo 13.3. Alta de una nueva especialidad en la Subasta
El alta de nuevas especialidades para la Subasta debera ser solicitado por los Centros a IAESTE España. Para ello, deberan presentar una carta dirigida a Secretaria General por el Centro firmada por el Profesor Responsable y el Delegado, con fecha, firma y cuño, justificando la peticion de la nueva especialidad.
En el caso de ser una nueva especialidad ya reconocida por IAESTE y que no este incluida o no dependa de alguna subasta anterior, se reconocera automaticamente y se modificara el sistema de informacion y el sistema informatico de IAESTE España para recoger la nueva especialidad de subasta. Asimismo se informara a los Centros de la existencia de esta nueva especialidad de subasta. El plazo de solicitud sera el mismo que el de aceptacion de nuevos centros para esa campaña, de forma que puedan tenerse en cuenta antes del reparto de especialidades. Una vez superada esa fecha, la nueva especialidad de subasta sera tenida en cuenta para la campaña siguiente.
En el caso de ser una especialidad que estuviera incluida hasta entonces en una subasta mas general, el Centro que solicite la segregacion como especialidad diferente debera exponer sus razones a la Secretaria General, la cual aceptara o no la propuesta. Si esta es reconocida se modificara el sistema de informacion y el sistema informatico de IAESTE España para recoger la nueva especialidad de subasta. Asimismo se informara a los Centros de la segregacion de esta nueva especialidad de subasta y de que subasta se segrega. El plazo de solicitud sera hasta un mes antes de la fecha del reparto de especialidades para que de tiempo a incluirla en los calculos relativos al mismo y se puedan efectuar las reclamaciones pertinentes. Una vez superada esa fecha, la nueva especialidad de subasta sera tenida en cuenta para la campaña siguiente.
Titulo 14. Del Calendario de actividades
Articulo 14.1. Calendario de actividades de IAESTE España
Con el inicio de la campaña la Secretaria General enviara un calendario de la proxima campaña, que incluira las fechas de los siguientes eventos:
Con el inicio de la campaña la Secretaría General enviará un calendario de la próxima campaña, que incluirá las fechas de los siguientes eventos:
Asamblea General Ordinaria
Fecha tope para las reclamaciones relativas a la campaña anterior
Fecha tope para el pago de la cuota de Centro
Entrega de becas con carácter general
Entrega de becas de Centros ubicados en el mismo lugar que la Secretaría General
Conferencia Internacional
Envío de las puntuaciones de las becas aportadas por los Centros
Reclamaciones puntuaciones de las becas
Envío del orden de subasta
Reclamaciones relativas al orden de subasta de becas
Publicación del orden definitivo de elección para la subasta de becas
Reunión de reparto de becas por especialidades
Subasta Nacional de becas
Recepción de candidaturas de estudiantes españoles con carácter general
Recepción de candidaturas de estudiantes españoles de Centros ubicados en el mismo lugar que la Secretaría General
Reunion de reparto de becas por especialidades
Subasta Nacional de becas
Recepcion de candidaturas de estudiantes españoles con caracter general
Recepcion de candidaturas de estudiantes españoles de Centros ubicados en el mismo lugar que la Secretaria General
Disposición transitoria sobre las becas con español 1 y 2 y de duración de 4 semanas existentes con anterioridad a la nueva normativa
En lo referente a las becas de duracion inferior a 6 semanas y que requieren un conocimiento de Español nivel 1 o 2, se establece un periodo transitorio para los casos de becas que se ofrecian antes de la introduccion de la restriccion y que la empresa desea renovar.
Por lo tanto, se aceptaran aquellas becas de duracion inferior a 6 semanas y español nivel 1 o 2 que sean una renovacion de una beca que haya sido concedida en años anteriores por la empresa. Este derecho se perdera el año que la empresa no renueve la beca y no se recuperara. Es decir, si un año la empresa deja de ofrecer esa beca, no lo podra volver a hacer, salvo cambio de normativa.
Las empresas que mantienen la excepcion referida y los Centros con derecho a renovacion son los siguientes:
EMPRESAS:
ENDESACENTROS:
ANEXO II (CUADRO DE VALORACION DE BECAS)
BECA ENTREGADA.................................................................................................. |
200 ptos |
IDIOMAS: |
|
OR............................................................................................................... |
el mas favorable |
AND............................................................................................................. |
suma |
INGLES....................................................................................................... |
0 ptos |
FRANCES.................................................................................................... |
-30 ptos |
ESPAÑOL: |
|
NIVEL 1 (excelente)......................................................... |
-40 ptos |
NIVEL 2 (bueno)............................................................... |
-30 ptos |
NIVEL 3 (regular).............................................................. |
-20 ptos |
ALEMAN, PORTUGUES.............................................................................. |
-30 ptos |
no se admitiran mas de dos idiomas |
|
PERIODO EN SEMANAS: |
|
4 a 5................................................................................................ |
-20 ptos |
6 a 7................................................................................................ |
0 ptos |
8 a 13.............................................................................................. |
+20 ptos |
14 a 16............................................................................................ |
+10 ptos |
17 a 20............................................................................................ |
0 ptos |
21 a 26............................................................................................ |
-10 ptos |
mas de 27........................................................................................ |
-20 ptos |
TIPO DE PERIODO: |
|
Todo en Julio, Agosto, Septiembre................................................. |
+30 ptos |
Otros................................................................................................ |
0 ptos |
SUELDO: |
|
120-125,99 Є................................................................................... |
0 ptos |
126- 131,99 Є.................................................................................. |
1 pto |
132- 137,99 Є.................................................................................. |
2 ptos |
....... |
...... |
174- 179,99 Є.................................................................................. |
9 ptos |
180 ó más Є.................................................................................... |
10 ptos |
ESPECIALIDADES: |
|
Manual............................................................................................ |
-30 ptos |
Profesional o Cientifico................................................................... |
0 ptos |
SEXO |
No esta permitida la restriccion de sexo |
SE ELIMINARA EL TERMINO EDAD |
|
PAiSES: |
|
Restriccion a un solo pais................................................................ |
-40 ptos |
Union Europea................................................................................ |
-20 ptos |
Europa............................................................................................ |
-20 ptos |
Latinoamerica (Brasil, Mexico, Uruguay, Argentina, Colombia)...... |
-20 ptos |
Otros grupos de paises diferentes de los anteriores......................... |
-40 ptos |
Solo se aceptaran paises miembros de IAESTE |
Se incluira un cuadro indicando el orden de preferencia sin que esto implique restriccion |
COMPENSACION POR MANUTENCION: |
|
Alojamiento.................................................................................... |
42 Є/semana |
7 dias/semana: |
|
Desayuno+2 comidas............................................ |
54 Є |
2 comidas............................................................. |
48 Є |
1 comida.............................................................. |
24 Є |
5 dias/semana: |
|
Desayuno+2 comidas............................................ |
42 Є |
2 comidas............................................................. |
36 Є |
1 comida.............................................................. |
18 Є |
ANEXO III (MODELO DEL CUADRO DE BONIFICACIONES Y PENALIZACIONES)
ESPECIALIDAD CENTRO CODIGO a y b c d f h Dif s n INFORMATICA 23 (2 de Latinoamerica) Barcelona Lleida(Tec.) Malaga Mataro(Tec.) Zaragoza Valencia ICAI Madrid IFBA EULL IFML EUMT ESZA IFVA IDIC 1 3 6 7 0 3 0 -1 +1 +1 +1 +1 1 4 6 7 1 3 1 MINAS 6 (1 de Latinoamerica) Oviedo MIOV 5 +1 6 QUIMICAS 25 (9 de Latinoamerica) Barcelona Alicante Malaga Santiago Vigo Madrid U.Aut. QMBA CIAL QMML QMSC QMVG CIAM 8 6 3 5 3 1 -2 -1 -1 +2 +1 8 6 2 5 3 1 INGENIERiA QUiMICA 4 ( 1 de Latinoamerica) Zaragoza Industriales Vcia. ESZA IDVA 4 1 -1 3 1 FORMULA DE REPARTO DE BECAS: n= a-y-b-c+d+f+h+s n: numero total de becas correspondientes a cada Centro a: numero de becas aportadas por cada Centro y: numero de becas de cada Centro que no han sido intercambiadas b: numero de cancelaciones de empresas españolas c: numero de renuncias de estudiantes españoles y estudiantes españoles no aceptados d: numero de cancelaciones de empresas extranjeras f: bonificaciones por errores de tramitacion de IAESTE España h: becas entregadas por el Centro fuera de plazo que no cuentan como becas
aportadas pero si que contrarrestan los puntos negativos del mismo ( en caso de
que los tenga) s: numero de becas asignadas por superavit.
(MODELO DE CUADRO DE ASIGNACION DE BECAS POR ESPECIALIDADES)
Derechos iniciales |
No intercambiadas |
Total |
Derechos * Coeficiente |
Enteros |
Asignacion becas sobrantes |
Total becas |
|
Aeronauticos |
8 |
|
8 |
7.61 |
7 |
|
7 |
Agronomos |
1 |
|
1 |
1 |
1 |
|
1 |
Arquitectura |
55 |
|
55 |
52.25 |
52 |
|
52 |
Aparejador |
4 |
|
4 |
4 |
4 |
|
4 |
Biologia |
2 |
|
2 |
2 |
2 |
|
2 |
Caminos |
58 |
|
58 |
55.2 |
55 |
1 |
56 |
Fisicas |
2 |
|
2 |
2 |
2 |
|
2 |
Forestales |
3 |
|
3 |
3 |
3 |
|
3 |
Geodesia |
2 |
|
2 |
2 |
2 |
|
2 |
Industriales |
124 |
7 |
117 |
111.15 |
111 |
1 |
112 |
Informatica |
23 |
1 |
22 |
20.9 |
20 |
|
20 |
Ing. Quimica |
4 |
|
4 |
4 |
4 |
|
4 |
Minas |
6 |
|
6 |
6 |
6 |
|
6 |
Quimicas |
25 |
|
25 |
23.75 |
23 |
|
23 |
Telecomunicaciones |
66 |
|
66 |
62.7 |
62 |
1 |
63 |
SUMA |
383 |
8 |
375 |
357 |
354 |
3 |
357 |
Llevadas |
364 |
|
|
|
|
|
|
No interc. |
8 |
|
|
|
|
|
|
Intercam. |
356 |
|
|
|
|
|
|
Regalo |
1 |
|
|
|
|
|
|
Traidas |
357 |
|
|
|
|
|
|
Derechos |
375 |
|
|
|
|
|
|
Coeficiente |
0.952 |
|
|
|
|
|
ANEXO V (MODELO DEL ORDEN DE ELECCION DE SUBASTA) Coeficiente relativo Coeficiente absoluto Beca actual Centro Media Codigo beca 260 Puntos 1º. ESZA 1 3 1 237 9005 240 Puntos 2º. ESZA 0.67 2 2 237 9002 213 Puntos 3º. ESZA 0.33 1 3 237 9012 193 Puntos 4º. IDVA 1 1 1 193 7304
ANEXO VI
Este documento tiene como objeto dejar constancia de los acuerdos entre los diferentes centros o delegaciones que tengan algun estudiante que ya ha sido aceptado y vaya a trabajar a una ciudad distinta de la del centro.
Si en esta ciudad o en los alrededores hay un comite de IAESTE y el centro que ha conseguido la practica no puede responsabilizarse del estudiante (busqueda de alojamiento, recepcion, seguimiento de la practica,...), debera remitir este documento cumplimentado, junto con una copia de la informacion enviada por el estudiante (Form-0, C.V., carta de presentacion, Reception Card, etc.), al centro potencialmente receptor, quien si lo juzga oportuno lo acabara de cumplimentar y lo remitira a la Secretaria General. Alli se corroborara el Compromiso de Colaboracion con la firma y sello, y se mandaran sendas copias a los centros afectados.
Una vez recibidas, el centro que consiguio la practica se compromete a informar al estudiante de los datos del centro que a partir de entonces se hara cargo y como ponerse en contacto con ellos, asi como a la empresa. La Secretaria General debera remitir a AMBOS centros la documentacion acerca de la llegada del estudiante.
Este documento habra de remitirse al centro potencialmente receptor lo antes posible, una vez se haya confirmado la aceptacion del estudiante extranjero.
COMPROMISO DE COLABORACION
Centro que ha conseguido la practica: (Nombre)
Persona responsable en el Centro/ Delegacion:
Telefono en el centro: |
|
Fax: |
|
Telefono particular: |
|
e-mail: |
|
Referencia de la practica:
Empresa: (Nombre)
Direccion de trabajo:
Ciudad:
Telefono: |
|
Fax : |
|
Responsable de la empresa en el lugar de trabajo:
Centro/ Delegacion receptor: (Nombre)
Persona responsable en el Centro/ Delegacion:
Telefono en el centro: |
|
Fax: |
|
Telefono particular: |
|
e-mail: |
|
Datos del estudiante
Nombre del estudiante:
Pais de procedencia:
Periodo de trabajo:
Otros:
Adjuntar una copia de toda la documentacion aportada por el estudiante, incluida, si la hubiera, su Reception Card.
Por la presente el Centro receptor se compromete a la atencion del estudiante.
Ciudad, Fecha
Firma y sello: IAESTE- Centro Emisor |
Firma y sello: IAESTE- Centro Receptor |
Firma y sello: IAESTE España |
Centro que ha conseguido la practica: (Nombre)
Persona responsable en el Centro/ Delegacion:
Telefono en el centro: |
|
Fax: |
|
Telefono particular: |
|
e-mail: |
|
Referencia de la practica:
Empresa: (Nombre)Direccion de trabajo:
Ciudad:
Telefono: |
|
Fax: |
|
Responsable de la empresa en el lugar de trabajo:
Centro/ Delegacion receptor: (Nombre)Persona responsable en el Centro/ Delegacion:
Telefono en el centro: |
|
Fax: |
|
Telefono particular: |
|
e-mail: |
|
Nombre del estudiante:
Pais de procedencia:
Periodo de trabajo:
Otros:
Por la presente el Centro receptor se compromete a la atencion del estudiante.
Ciudad, Fecha
Firma y sello: IAESTE- Centro Emisor |
Firma y sello: IAESTE- Centro Receptor |
Firma y sello: IAESTE España |
Última actualización: Octubre
Webmaster:
Cris Obeso