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Comité Directivo Nacional, Comisiones Nacionales
Permanentes y de Apoyo.
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Comités Directivos Seccionales y Subcomisiones
de Vigilancia y de Honor y Justicia.
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Base trabajadora incluidos Técnicos Docentes
y Técnicos Superiores.
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Delegados del INEA o Directores de los Institutos
Estatales de Educación para Adultos.
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Medios de Comunicación.
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Secretaria o Dirección de Seguridad Pública
en el estado.
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El Comité Directivo Nacional, las Comisiones
Nacionales Permanentes y de Apoyo, son los órganos de gobierno
sindical que coordinarán a nivel nacional el paro de labores
a través de sus integrantes y de los Comités Directivos
Seccionales, además de ser las facultad as conforme a Estatutos
(Art. 37 Fracción XXIV).
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El Comité Directivo Seccional de cada entidad
federativa y las respectivas Subcomisiones de Honor y Justicia, son
los órganos de gobierno sindical que coordinarán a nivel
local el paro de labores en base al acuerdo de asamblea extraordinaria
realizada con ese fin, procurando permanentemente comunicación
con el Comité Directivo Nacional, a fin de resolver los imponderables
que se generen durante el paro.
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La base trabajadora ejecutará los acuerdos
particulares o específicos tomados en la asamblea extraordinaria
con base al presente escrito. Su participación activa y continua
será determinante para el éxito de los objetivos a alcanzar.
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A los Delegados o Directores de los Institutos de
Educación para Adultos en base al pliego de peticiones con emplazamiento
a huelga estregado, se les informará que el movimiento es de
carácter nacional y con motivo de revisión de salarios
contractuales, por lo que cualquier negociación será exclusivamente
entre el Comité Directivo Nacional y la Dirección General
del INEA.
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Medios de Comunicación.- Se recomienda no
convocar a los medios de comunicación y en caso de que estos
se presenten a las instalaciones del Instituto, solo se les proporcionará
información verbal contenida en el presente comunicado especificando
que el movimiento es de carácter nacional, así como el
emplazamiento a huelga para las 12:00 horas del día 3 de marzo
del dos mil cuatro.
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Secretaria o Dirección de Seguridad Pública
del estado. Su intervención será a invitación expresa
del Comité Directivo Seccional formulada el mismo día
de la movilización a fin de que otorgue la seguridad que el caso
amerita y se tomen las medidas necesarias para no afectar el tránsito
de vehículos en la vía pública.