RESOLUTIVO DEL 11° PLENO ORDINARIO
DEL V CONSEJO NACIONAL SOBRE EL PUNTO DE ACUERDO SOBRE LOS LINEAMIENTOS
DE LOS TRABAJOS DE LA COMISIÓN DE AUDITORIA DEL CONSEJO NACIONAL

En la ciudad de México,
Distrito Federal; reunido el 11° Pleno Ordinario del V Consejo Nacional
del Partido de la Revolución Democrática, los días
9 y 10 de agosto del 2003; en las instalaciones que ocupa el Hotel Aristos
ubicado en Avenida Paseo de la Reforma No. 276 de la Colonia Juárez,
con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido por los artículos
9 numeral 2 y 3 del Estatuto.
Considerando
1.- El presente resolutivo esta
fundamentado está fundamentado en el Estatuto del Partido de la
Revolución Democrática, así como en el reglamento
del Consejo Nacional, que establece en términos generales los objetivos
de esta comisión. A continuación se cita lo correspondiente:
Artículo 26°, numeral 8 del Estatuto; Artículo 3°,
inciso j, Artículo 18°, Artículo 19°, Artículo
20°, Artículo 21°, Artículo 22°, Artículo
25°, y Artículo 72° del Reglamento del Consejo Nacional
2.- Adicionalmente a lo establecido en nuestra
normatividad interna, es importante mencionar que como partido estamos
obligados a observar el marco normativo de los partidos políticos
establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales (COFIPE), el Reglamento del Consejo General del Instituto
Federal Electoral y los lineamientos, formatos, instructivos, catálogo
de cuentas y guía contabilizadora aplicables a los partidos políticos
nacionales en el registro de sus ingresos y egresos y la presentación
de sus informes.
3.- Con el objeto de mantener correctamente
informado al pleno del Consejo Nacional y cumplir con los trabajos de
la comisión de auditoria se presenta el proyecto de lineamientos
para la realización de auditorias periódicas y específicas
por parte del Consejo Nacional.
4.- Estos lineamientos buscan avanzar en
la transparencia del manejo de los recursos del partido, en la corrección
oportuna de deficiencias, en la prevención de problemas de comprobación
con el IFE y, en general, en el mejoramiento continuo de la administración
de los bienes y los recursos del partido.
Por lo anteriormente expuesto, el 11°
Pleno Ordinario del V Consejo Nacional
RESUELVE
I. DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMES
A LA COMISIÓN DE AUDITORÍA
a. La comisión de auditoria solicitará
información presupuestal, administrativa, financiera y contable
a la secretaría de finanzas en forma escrita, la que será
presentada en la forma requerida. Esta comisión podrá
elaborar formatos específicos para facilitar su revisión.
b. La secretaría de finanzas deberá
entregar a la comisión de auditoria del consejo nacional, los
informes del origen y monto de los ingresos que se reciban por cualquier
modalidad de financiamiento, así como su empleo y aplicación,
y estarán divididos según su naturaleza en informes ordinarios
e informes extraordinarios.
c. Se establecerán como informes
ordinarios los comprendidos dentro de un período trimestral (enero-marzo,
abriljunio, julio-septiembre, octubre-diciembre) y el informe
anual; e informes extraordinarios los que se presenten a la mesa directiva
del Consejo Nacional y sean turnadas a la Comisión de Auditoría
por solicitud de algún consejero, o miembro del partido.
d. La Secretaría de Finanzas tendrá
como plazo 15 días naturales una vez solicitada la información
en periodos ordinarios y 10 días naturales los informes extraordinarios
a partir de la fecha solicitada.
e. Se establece como tiempos de auditoria
el periodo comprendido en un plazo de 60 días hábiles
a partir de la entrega de la información completa por parte de
la secretaría de finanzas por trimestre.
f. Los informes deberán ser presentados
debidamente suscritos por el o los responsables del órgano de
finanzas del partido.
g. La secretaría de finanzas deberá
presentar los informes ordinarios con los reportes que a continuación
se detallan:
i. Presupuesto aprobado por el consejo
nacional
ii. Presupuesto ejercido
iii. Conciliaciones Bancarias
iv. Estados de resultados
v. Catalogo de cuentas
vi. Balance general
vii. Balanza de comprobación
viii. Auxiliares detallando el contenido del ingreso y egreso por
póliza impresa
ix. Reporte de pasivos detallado por factura
x. Reporte de compras o adquisiciones detallado por factura
xi. Reporte de activos detallado por concepto
xii. Manual de Operación
xiii. Reporte de nomina detallado por asignación y nombres
Toda la información será entregada
de forma impresa y en disco electrónico
II. DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES
a. La Comisión de Auditoria del
Consejo Nacional contara con 120 días para revisar los informes
anuales para la presentación del dictamen correspondiente, así
como 60 días para el caso de los informes trimestrales y los
extraordinarios.
b. La comisión de auditoria tendrá
en todo momento la facultad de solicitar a los responsables del manejo,
aplicación y uso de los recursos, la documentación necesaria
para comprobar la veracidad de lo reportado en los informes durante
el periodo de revisión de los informes, con la obligación
de permitir a la comisión de auditoria del Consejo Nacional el
acceso a todos los documentos originales que soporten sus ingresos y
egresos, así como la contabilidad, incluidos sus estados financieros.
c. La comisión de Auditoria podrá
determinar la realización de verificaciones selectivas de la
documentación comprobatoria de los ingresos y gastos, a partir
de criterios objetivos emanados de las normas y procedimientos de auditoria.
Dichas verificaciones podrán ser totales o muestrales en uno
o varios rubros.
d. Si durante la revisión de los
informes la comisión advierte la existencia de errores u omisiones
técnicas, lo notificara a la Secretaria de Finanzas u órgano
responsable que hubiere incurrido en ellos, para que en un plazo de
diez días contados a partir de dicha notificación, presente
las aclaraciones o rectificaciones que estime pertinentes.
III. DE LA ELABORACIÓN DE LOS DICTÁMENES
Y PRESENTACIÓN AL CONSEJO NACIONAL
a. La comisión de auditoria del
consejo nacional tendrá como obligación la presentación
de los resultados dictaminados,
b. El vencimiento del plazo para la revisión
de los informes, o bien la rectificación de errores u omisiones,
la comisión dispondrá de un plazo de 60 y 120 dias para
elaborar un dictamen consolidado por trimestre y anual como corresponda,
con base en los informes de auditoria que se hayan elaborado.
c. El dictamen consolidado deberá
ser presentado al consejo nacional en el pleno inmediato posterior a
su conclusión, y deberá tener por lo menos lo siguiente:
i. Los procedimientos y formas de revisión
aplicados;
ii. El Resultado y las conclusiones de la revisión del informe
ordinario y/o extraordinario, y de la comprobación correspondiente,
señalando las aclaraciones y rectificaciones que haya presentado
la secretaría de finanzas y la valoración correspondiente;
iii. Los resultados de todas las prácticas de auditoría
realizadas en relación con lo reportado en los informe; y propuetas
de mejora administrativa.
iv. En su caso, la mención de los errores o irregularidades
encontradas en los informes o generadas con motivo de su revisión
IV En su caso, sugerencias para el mejoramiento administrativo del
partido.
Así lo resolvió, el 11°
Pleno Ordinario del V Consejo Nacional, en sesión efectuada los
días 9 y 10 de agosto de 2003.
¡Democracia ya, Patria
para todos!
Elpidio Tovar de la Cruz
Presidente
Saúl Vicente
Vásquez
Vicepresidente
María de la
Cruz López
Secretaria
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Gerardo Fernández
Noroña
Secretario
Mariela Vargas Navarrete
Secretaria
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