CONSEJO NACIONAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA
DICTAMEN DE LA COMISION DE PRESUPUESTO APROBADO POR EL 10° PLENO CON CARÁCTER DE EXTRAORDINARIO

Con fundamento en el artículo 9, fracción 2 inciso j del Estatuto del Partido de la Revolución Democrática, y 18, 19, 20, 21, 24, 29 y 31 del Reglamento del Consejo Nacional, y

Considerando

1.- Que en su sesión extraordinaria del 30 de enero del 2003, el Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de presupuesto del 2003, presentado por la Secretaria de Finanzas, a través de la Coordinación General de Administración y Finanzas;

2. Que dicho proyecto se entrego a la Mesa Directiva del Consejo Nacional y esta lo turno a la Comisión de Presupuesto el 31 de enero 2003 para su estudio y dictamen;

3. Que la comisión de presupuesto, sesionó los días 31 de enero y 1 de febrero del 2003, y conoció y debatió el proyecto de presupuesto 2003, presentado por el CEN y;

4 . Que el Comité Ejecutivo Nacional, resolvió algunas modificaciones a dicho proyecto de presupuesto razón por la cual, la Comisión de Presupuesto del Consejo Nacional, sesionó el día 11 de marzo para estudiar y dictaminar dichas modificaciones.

Esta Comisión, resolvió ELABORAR Y SOMETER AL PLENO DEL CONSEJO NACIONAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA, PARA SU APROBACION, EL SIGUIENTE:

DICTAMEN

I. Los ingresos totales para el 2003, tienen un monto estimado de $739,977,000.00 (setecientos treinta y nueve millones novecientos setenta y siete mil pesos 00/100 M.N.)

Estos ingresos, se componen de:

A. Financiamiento público para actividades permanentes por $282,852,000.00 (doscientos ochenta y dos millones ochocientos cincuenta y dos mil pesos 00/100M.N.)
B. Financiamiento público para producción de radio y televisión $180,000.00 (ciento ochenta mil pesos 00/100.M.N)
C. Financiamiento público por actividades específicas por $8,600.000.00 (ocho millones seiscientos mil pesos 00/100.M.N)
D. Financiamiento privado por $165,493,000.00 (ciento sesenta y cinco millones cuatrocientos noventa y tres mil pesos 00/100.M.N). Este rubro se compone a su vez de:

1. Financiamiento por la militancia equivalente a $5,600,000.00 (cinco millones seiscientos mil pesos 00/100.M.N.)
2. Autofinanciamiento por $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/10.M.N.)
3. Rendimientos financieros por $790,000.00 (setecientos noventa mil pesos 00/100.M.N)
4. Financiamiento bancario por $95,000,000.00 (noventa y cinco millones de pesos 00/100 M. N). Esta cifra representa una reestructuración de los créditos bancarios obtenidos con mejores tasas de interés.
5. Otros financiamientos por $62,103,000.00 (sesenta y dos millones ciento tres mil pesos 00/100 M.N.), que provienen de la autorización del Consejo Nacional de junio del 2002, por $69,506,272.00 (sesenta y nueve millones quinientos seis mil doscientos setenta y dos pesos 00/100.M.N.), cifras que gracias a economías realizadas se redujo a la cantidad señalada.


E. Financiamiento público para gastos de campaña federal 2003 por $282,852,000.00 (doscientos ochenta y dos millones ochocientos cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.).

II los egresos se programaron en primer lugar de acuerdo a las normas legales y disposiciones del Instituto Federal Electoral, que estipulan un tope de financiamiento de las campañas para diputados federales del 2003, por un total de $254,700,000.00 (doscientos cincuenta y cuatro millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.) En segundo lugar, tomando en consideración los estatutos del partido, los acuerdos y resolutivos del Consejo Nacional, en particular lo señalado en el artículo 24, numeral 3, que a la letra dice: "El Partido, en cada nivel, destinará, por lo menos, el 15% de su gasto al financiamiento de la educación y la formación política" y del articulo 26, numeral 9, inciso a), que señala textualmente: " Los recursos por concepto de financiamiento público ordinario, serán distribuidos de la siguiente manera: a) al menos un 40% del financiamiento electoral federal, se destinará a los Comités Ejecutivos Estatales...

III. Por otro lado, el proyecto de presupuesto, incluye un monto de $112,092,000.00 (ciento doce millones noventa y dos mil pesos 00/100 M. N.) para el financiamiento de campañas locales, por lo que, en total, el Partido de la Revolución Democrática erogará un monto equivalente al 64% de los recursos totales presupuestados en las campañas electorales federales y locales del financiamiento público total.

Dada la importancia de estos procesos, la mayoría de ellos concurrentes y partes integrales de una misma realidad política, pues incluso algunos de ellos se realizarán de manera simultánea el 6 de julio. La Comisión de Presupuesto considera que dicho monto debe ser aprobado, pero recomienda que se establezca en el plan global del partido, mecanismos que permitan una efectiva colaboración entre el Comité Ejecutivo Nacional y los Comités Ejecutivos Estatales para coordinar las campañas electorales y, se evite la duplicación y se obtenga la máxima eficiencia en su ampliación. Para la planeación del gasto, se deberá tomar en cuenta, el numero de electores, según los datos del I.F.E. así como la calidad de importancia de los diversos procesos electorales.

Por su parte, el monto de 18,780,000.00 (dieciocho millones setecientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.) destinados a sufragar los procesos electivos internos, podrán ser reajustados, si la cantidad efectivamente es inferior a la cifra, tomando en cuenta los lineamientos de este Consejo, y los acuerdos que al efecto emita el Comité Ejecutivo Nacional.

IV. El proyecto de presupuesto entregado por el CEN, considera un total de 17,532.000.00 (diecisiete millones quinientos treinta y dos mil pesos 00/100 M. N.), para los programas nacionales de Plan Global; Elaboración Programática y Formación Política, organización y desarrollo institucional; vinculación a gobiernos y representantes populares perredistas; y vinculación, alianzas y enlaces con grupos y sectores sociales.

Así mismo, el proyecto asigna una cantidad de $94,061,000.00 (noventa y cuatro millones y un mil pesos 00/100 M. N.) para gastos de operación del CEN, por lo que en total, para los rubros considerados, se designarán $111, 595,000.00 (ciento once millones quinientos noventa y cinco mil pesos 00/100 M. N.), es decir, el 38.3% del total del financiamiento público por actividades ordinarias permanentes.

La Comisión de Presupuesto, considera adecuado dicho monto pero recomienda al Comité Ejecutivo Nacional que la cantidad destinada a juventud democrática por $449,.000.00 (cuatrocientos cuarenta y nueve mil pesos 00/100 M.N.), se integra a los programas nacionales en el plan global para su adecuada vigilancia, transparencia y evaluación.

V. El proyecto de presupuesto destina un monto de 26, 927,000.00 (veintiséis millones novecientos veintisiete mil pesos 00/100 M. N.) para los organismos desconcentrados, de los cuales $14,546,000.00 (catorce millones quinientos cuarenta y seis mil pesos 00/100 M.N.) se asignará a las Instancias Autónomas, $8,633,000.00 (ocho millones seiscientos treinta y tres mil pesos 00/100 M. N.) para los Centros de Estudios e Investigación y $3,748,000.00 (tres millones setecientos cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.) para organismos afines y movimientos sociales.

Esta Comisión considera que dicho monto es adecuado pero que en caso de haber economías que permitieran una mayor asignación de recursos para estos organismos deberá hacerse en función de sus necesidades reales, tomando en cuenta las metas asignadas así como su operatividad y eficiencia.

VI El proyecto del CEN contempla la cantidad de $48,967,000.00 (cuarenta y ocho millones novecientos sesenta y siete mil pesos 00/100 M.N.) para los Comités Ejecutivos Estatales y Municipales.

Antes de analizar si se cumple con la disposición estatutaria contemplada en el articulo 26, numeral 9 la comisión desea expresar una seria preocupación sobre la distribución de los recursos, a los Comités Ejecutivos Estatales. Considera que esta distribución, debe obedecer a una formula que contemple al menos los siguientes factores:

a) El número total de ciudadanos inscritos en la lista nominal del I.F.E. para cada entidad de la república.
b) La importancia política de dicha entidad;
c) La eficacia y transparencia con que cada Comité Ejecutivo Estatal maneja los recursos; y
d) Los recursos propios de los Comités Ejecutivos Estatales provenientes del financiamiento público estatal.

Por ello sugiere al Comité Ejecutivo Nacional que elabore un factor de distribución que permita una mayor equidad en la distribución de los recursos pero al mismo tiempo estimule y premie el desarrollo político del partido en las distintas regiones del país, así como la eficacia y transparencia administrativa con que se desempeñan los Organos de Dirección Estatales.

Esta Comisión, solicita al CEN, que presente en el décimo pleno de este Consejo Nacional, un esquema de distribución de los recursos equivalentes a los $48,967,000.00 (cuarenta y ocho millones novecientos sesenta y siete mil pesos 00/100 M. N.), que se entregaran a los C:E.E.

Recomienda también que se mantenga la puntualidad en la entrega de los recursos a los Comités Estatales atendiendo a la comprobación del gasto que estos realicen.

Recomienda igualmente al CEN que fije los montos para las campañas federales y locales que se destinarán a las entidades del país.

La Comisión considera también que, con base en el acuerdo del séptimo Pleno del Consejo Nacional del febrero de 2003, se debe de incluir a los Comités Estatales del Partido en los Estados Unidos de América como parte de la entidades a las que se distribuirán los recursos pero para ello se deberá aplicar la normatividad vigente en la materia.

VII Por otra parte el proyecto del CEN, considera que el 40% a que se refiere el articulo 26 inciso 9, subinciso b de los Estatutos del Partido debe aclararse, para evaluar su cumplimiento, incluyendo no sólo la cantidad de $48,967,.000.00 (cuarenta y ocho millones novecientos sesenta y siete mil pesos 00/100 M.N.),que se distribuirán a los Comités Ejecutivos Estatales, sino además el monto destinado a las campañas electorales locales, es decir, $112,092,000.00 (ciento doce millones noventa y dos mil pesos00/100 M.N.). Por ello, según la propuesta del CEN, se distribuirán, en realidad, a los estados una cantidad total de $161,059,000.00 (ciento sesenta y un millones cincuenta y nueve mil pesos 00/100 M.N.)

La Comisión de Presupuesto coincide en que el monto presupuestado total, cumple con la disposición estatutaria del 40% ya que la cantidad citada, representa el 56.94% del total del financiamiento público para actividades permanentes.

VIII En lo que se refiere al porcentaje que señala el articulo 24 inciso 3, del Estatuto que se refiere a la obligación de destinar en cada nivel por lo menos el 15% de su gasto al financiamiento de la educación y formación política, el proyecto del CEN señala que los recursos a los Centros de Estudio e Investigación Política suman $8,633,000.00 (ocho millones seiscientos treinta y tres mil pesos 00/100 M.N.), a ello se agregan las cantidades destinadas a los Comités Ejecutivos Estatales etiquetadas para estos conceptos por $7,345,000.00 (siete millones trescientos cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) y, un monto equivalentes $26,500,000.00 (veintiséis millones quinientos mil pesos 00/100 M. N.) para capacitación electoral.

La Comisión de Presupuesto, recomienda al CEN se asegure que las partidas que se transfieran a los estados por el rubro de formación política, sea ejercida efectivamente y comprobadas bajo este concepto.

Recomienda también, que en coordinación con el CEN se estimule la formación de Institutos Estatales de Formación Política de acuerdo a lo señalado en la fracción VI del articulo 24 de los estatutos.

Se recomienda además que el Comité Ejecutivo Nacional defina con claridad los lineamientos para el ejercicio del monto destinado a capacitación electoral de tal manera que se obtenga el rendimiento de esos recursos con la colaboración de los Comités Ejecutivos Estatales

IX El presupuesto contempla un gasto por servicio de la deuda equivalente $9,058,000.00 (nueve millones cincuenta y ocho mil pesos 00/100 M. N.), que representa el pago estimado por concepto de intereses y comisiones de la deuda acumulada del partido. Así mismo, contempla el pago de pasivos por $154,260,000.00 (ciento cincuenta y cuatro millones doscientos sesenta mil pesos 00/100 M. N.), lo que incluye un estimado de $89,980,000,00 (ochenta y nueve millones novecientos ochenta mil pesos 00/100 M. N.), por el pago de adeudos que deberán cubrirse este año. La Comisión recomienda mantener las negociaciones con los bancos acreedores para tratar de disminuir estos montos.


X En lo que se refiere a la compra del inmueble de la avenida Chapultepec N° 284, en la medida en que esta operación comercial no impactará el proyecto de presupuesto de 2003, la comisión toma nota del informe correspondiente y recomienda al Comité Ejecutivo Nacional tome las provisiones necesarias para evitar cualquier impacto que pudiera dañar en futuro, el patrimonio del partido.


XI La Comisión de Presupuesto, recomienda al Comité Ejecutivo Nacional recurra al Organo Central de Fiscalización del Partido de la Revolución Democrática para establecer lineamientos cada vez más claros y transparentes que permitan un ejercicio del gasto austero y eficiente.

Con base en lo anterior, la Comisión de Presupuesto del Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, propone a este pleno:

PRIMERO. La aprobación en lo general del proyecto de presupuesto 2003 presentado por el Comité Ejecutivo Nacional y aprobado por este órgano en su sesión extraordinaria del 30 de enero del presente año y, revisado el 6 de marzo.


SEGUNDO. Enviar al Comité Ejecutivo Nacional, para su seguimiento y evaluación y aprobación en su caso, las recomendaciones contenidas en este dictamen e informarlo a la Comisión de Presupuesto del Consejo. Solicita al CEN que informe en el Décimo Pleno del Consejo, el esquema de distribución de los recursos a los C:E:E.


TERCERO. En el caso, que el Comité Ejecutivo Nacional modifique el presupuesto, aprobado, deberá informar al Consejo Nacional en la primera sesión que se realice inmediatamente después que se apruebe dicha modificación, y de acuerdo a lo establecido en el articulo 9, numeral 6 inciso b del estatuto.


CUARTO. Dar vista del presupuesto aprobado y de este dictamen al Órgano Central de Fiscalización del PRD para los efectos procedentes de acuerdo a las facultades estatutarias reservadas a ese órgano del Partido.


La Comisión de Presupuesto del Partido de la Revolución Democrática.

México, D. F. a 11 de marzo de 2003.


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