CONSEJO NACIONAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION
DEMOCRATICA
DICTAMEN DE LA COMISION DE PRESUPUESTO APROBADO POR EL 10° PLENO CON
CARÁCTER DE EXTRAORDINARIO

Con fundamento en el artículo
9, fracción 2 inciso j del Estatuto del Partido de la Revolución
Democrática, y 18, 19, 20, 21, 24, 29 y 31 del Reglamento del Consejo
Nacional, y
Considerando
1.- Que en su sesión extraordinaria
del 30 de enero del 2003, el Comité Ejecutivo Nacional del Partido
de la Revolución Democrática aprobó en lo general
y en lo particular el proyecto de presupuesto del 2003, presentado por
la Secretaria de Finanzas, a través de la Coordinación General
de Administración y Finanzas;
2. Que dicho proyecto se entrego a la Mesa
Directiva del Consejo Nacional y esta lo turno a la Comisión de
Presupuesto el 31 de enero 2003 para su estudio y dictamen;
3. Que la comisión de presupuesto,
sesionó los días 31 de enero y 1 de febrero del 2003, y
conoció y debatió el proyecto de presupuesto 2003, presentado
por el CEN y;
4 . Que el Comité Ejecutivo Nacional,
resolvió algunas modificaciones a dicho proyecto de presupuesto
razón por la cual, la Comisión de Presupuesto del Consejo
Nacional, sesionó el día 11 de marzo para estudiar y dictaminar
dichas modificaciones.
Esta Comisión, resolvió ELABORAR
Y SOMETER AL PLENO DEL CONSEJO NACIONAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA,
PARA SU APROBACION, EL SIGUIENTE:
DICTAMEN
I. Los ingresos totales para el 2003, tienen
un monto estimado de $739,977,000.00 (setecientos treinta y nueve millones
novecientos setenta y siete mil pesos 00/100 M.N.)
Estos ingresos, se componen de:
A. Financiamiento público para actividades
permanentes por $282,852,000.00 (doscientos ochenta y dos millones ochocientos
cincuenta y dos mil pesos 00/100M.N.)
B. Financiamiento público para producción de radio y televisión
$180,000.00 (ciento ochenta mil pesos 00/100.M.N)
C. Financiamiento público por actividades específicas por
$8,600.000.00 (ocho millones seiscientos mil pesos 00/100.M.N)
D. Financiamiento privado por $165,493,000.00 (ciento sesenta y cinco
millones cuatrocientos noventa y tres mil pesos 00/100.M.N). Este rubro
se compone a su vez de:
1. Financiamiento por la militancia equivalente
a $5,600,000.00 (cinco millones seiscientos mil pesos 00/100.M.N.)
2. Autofinanciamiento por $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/10.M.N.)
3. Rendimientos financieros por $790,000.00 (setecientos noventa mil pesos
00/100.M.N)
4. Financiamiento bancario por $95,000,000.00 (noventa y cinco millones
de pesos 00/100 M. N). Esta cifra representa una reestructuración
de los créditos bancarios obtenidos con mejores tasas de interés.
5. Otros financiamientos por $62,103,000.00 (sesenta y dos millones ciento
tres mil pesos 00/100 M.N.), que provienen de la autorización del
Consejo Nacional de junio del 2002, por $69,506,272.00 (sesenta y nueve
millones quinientos seis mil doscientos setenta y dos pesos 00/100.M.N.),
cifras que gracias a economías realizadas se redujo a la cantidad
señalada.
E. Financiamiento público para gastos de campaña federal
2003 por $282,852,000.00 (doscientos ochenta y dos millones ochocientos
cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.).
II los egresos se programaron en primer lugar
de acuerdo a las normas legales y disposiciones del Instituto Federal
Electoral, que estipulan un tope de financiamiento de las campañas
para diputados federales del 2003, por un total de $254,700,000.00 (doscientos
cincuenta y cuatro millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.) En segundo
lugar, tomando en consideración los estatutos del partido, los
acuerdos y resolutivos del Consejo Nacional, en particular lo señalado
en el artículo 24, numeral 3, que a la letra dice: "El Partido,
en cada nivel, destinará, por lo menos, el 15% de su gasto al financiamiento
de la educación y la formación política" y del
articulo 26, numeral 9, inciso a), que señala textualmente: "
Los recursos por concepto de financiamiento público ordinario,
serán distribuidos de la siguiente manera: a) al menos un 40% del
financiamiento electoral federal, se destinará a los Comités
Ejecutivos Estatales...
III. Por otro lado, el proyecto de presupuesto,
incluye un monto de $112,092,000.00 (ciento doce millones noventa y dos
mil pesos 00/100 M. N.) para el financiamiento de campañas locales,
por lo que, en total, el Partido de la Revolución Democrática
erogará un monto equivalente al 64% de los recursos totales presupuestados
en las campañas electorales federales y locales del financiamiento
público total.
Dada la importancia de estos procesos, la
mayoría de ellos concurrentes y partes integrales de una misma
realidad política, pues incluso algunos de ellos se realizarán
de manera simultánea el 6 de julio. La Comisión de Presupuesto
considera que dicho monto debe ser aprobado, pero recomienda que se establezca
en el plan global del partido, mecanismos que permitan una efectiva colaboración
entre el Comité Ejecutivo Nacional y los Comités Ejecutivos
Estatales para coordinar las campañas electorales y, se evite la
duplicación y se obtenga la máxima eficiencia en su ampliación.
Para la planeación del gasto, se deberá tomar en cuenta,
el numero de electores, según los datos del I.F.E. así como
la calidad de importancia de los diversos procesos electorales.
Por su parte, el monto de 18,780,000.00 (dieciocho
millones setecientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.) destinados a sufragar
los procesos electivos internos, podrán ser reajustados, si la
cantidad efectivamente es inferior a la cifra, tomando en cuenta los lineamientos
de este Consejo, y los acuerdos que al efecto emita el Comité Ejecutivo
Nacional.
IV. El proyecto de presupuesto entregado
por el CEN, considera un total de 17,532.000.00 (diecisiete millones quinientos
treinta y dos mil pesos 00/100 M. N.), para los programas nacionales de
Plan Global; Elaboración Programática y Formación
Política, organización y desarrollo institucional; vinculación
a gobiernos y representantes populares perredistas; y vinculación,
alianzas y enlaces con grupos y sectores sociales.
Así mismo, el proyecto asigna una
cantidad de $94,061,000.00 (noventa y cuatro millones y un mil pesos 00/100
M. N.) para gastos de operación del CEN, por lo que en total, para
los rubros considerados, se designarán $111, 595,000.00 (ciento
once millones quinientos noventa y cinco mil pesos 00/100 M. N.), es decir,
el 38.3% del total del financiamiento público por actividades ordinarias
permanentes.
La Comisión de Presupuesto, considera
adecuado dicho monto pero recomienda al Comité Ejecutivo Nacional
que la cantidad destinada a juventud democrática por $449,.000.00
(cuatrocientos cuarenta y nueve mil pesos 00/100 M.N.), se integra a los
programas nacionales en el plan global para su adecuada vigilancia, transparencia
y evaluación.
V. El proyecto de presupuesto destina un
monto de 26, 927,000.00 (veintiséis millones novecientos veintisiete
mil pesos 00/100 M. N.) para los organismos desconcentrados, de los cuales
$14,546,000.00 (catorce millones quinientos cuarenta y seis mil pesos
00/100 M.N.) se asignará a las Instancias Autónomas, $8,633,000.00
(ocho millones seiscientos treinta y tres mil pesos 00/100 M. N.) para
los Centros de Estudios e Investigación y $3,748,000.00 (tres millones
setecientos cuarenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.) para organismos afines
y movimientos sociales.
Esta Comisión considera que dicho
monto es adecuado pero que en caso de haber economías que permitieran
una mayor asignación de recursos para estos organismos deberá
hacerse en función de sus necesidades reales, tomando en cuenta
las metas asignadas así como su operatividad y eficiencia.
VI El proyecto del CEN contempla la cantidad
de $48,967,000.00 (cuarenta y ocho millones novecientos sesenta y siete
mil pesos 00/100 M.N.) para los Comités Ejecutivos Estatales y
Municipales.
Antes de analizar si se cumple con la disposición
estatutaria contemplada en el articulo 26, numeral 9 la comisión
desea expresar una seria preocupación sobre la distribución
de los recursos, a los Comités Ejecutivos Estatales. Considera
que esta distribución, debe obedecer a una formula que contemple
al menos los siguientes factores:
a) El número total de ciudadanos inscritos
en la lista nominal del I.F.E. para cada entidad de la república.
b) La importancia política de dicha entidad;
c) La eficacia y transparencia con que cada Comité Ejecutivo Estatal
maneja los recursos; y
d) Los recursos propios de los Comités Ejecutivos Estatales provenientes
del financiamiento público estatal.
Por ello sugiere al Comité Ejecutivo
Nacional que elabore un factor de distribución que permita una
mayor equidad en la distribución de los recursos pero al mismo
tiempo estimule y premie el desarrollo político del partido en
las distintas regiones del país, así como la eficacia y
transparencia administrativa con que se desempeñan los Organos
de Dirección Estatales.
Esta Comisión, solicita al CEN, que
presente en el décimo pleno de este Consejo Nacional, un esquema
de distribución de los recursos equivalentes a los $48,967,000.00
(cuarenta y ocho millones novecientos sesenta y siete mil pesos 00/100
M. N.), que se entregaran a los C:E.E.
Recomienda también que se mantenga
la puntualidad en la entrega de los recursos a los Comités Estatales
atendiendo a la comprobación del gasto que estos realicen.
Recomienda igualmente al CEN que fije los
montos para las campañas federales y locales que se destinarán
a las entidades del país.
La Comisión considera también
que, con base en el acuerdo del séptimo Pleno del Consejo Nacional
del febrero de 2003, se debe de incluir a los Comités Estatales
del Partido en los Estados Unidos de América como parte de la entidades
a las que se distribuirán los recursos pero para ello se deberá
aplicar la normatividad vigente en la materia.
VII Por otra parte el proyecto del CEN, considera
que el 40% a que se refiere el articulo 26 inciso 9, subinciso b de los
Estatutos del Partido debe aclararse, para evaluar su cumplimiento, incluyendo
no sólo la cantidad de $48,967,.000.00 (cuarenta y ocho millones
novecientos sesenta y siete mil pesos 00/100 M.N.),que se distribuirán
a los Comités Ejecutivos Estatales, sino además el monto
destinado a las campañas electorales locales, es decir, $112,092,000.00
(ciento doce millones noventa y dos mil pesos00/100 M.N.). Por ello, según
la propuesta del CEN, se distribuirán, en realidad, a los estados
una cantidad total de $161,059,000.00 (ciento sesenta y un millones cincuenta
y nueve mil pesos 00/100 M.N.)
La Comisión de Presupuesto coincide
en que el monto presupuestado total, cumple con la disposición
estatutaria del 40% ya que la cantidad citada, representa el 56.94% del
total del financiamiento público para actividades permanentes.
VIII En lo que se refiere al porcentaje que
señala el articulo 24 inciso 3, del Estatuto que se refiere a la
obligación de destinar en cada nivel por lo menos el 15% de su
gasto al financiamiento de la educación y formación política,
el proyecto del CEN señala que los recursos a los Centros de Estudio
e Investigación Política suman $8,633,000.00 (ocho millones
seiscientos treinta y tres mil pesos 00/100 M.N.), a ello se agregan las
cantidades destinadas a los Comités Ejecutivos Estatales etiquetadas
para estos conceptos por $7,345,000.00 (siete millones trescientos cuarenta
y cinco mil pesos 00/100 M.N.) y, un monto equivalentes $26,500,000.00
(veintiséis millones quinientos mil pesos 00/100 M. N.) para capacitación
electoral.
La Comisión de Presupuesto, recomienda
al CEN se asegure que las partidas que se transfieran a los estados por
el rubro de formación política, sea ejercida efectivamente
y comprobadas bajo este concepto.
Recomienda también, que en coordinación
con el CEN se estimule la formación de Institutos Estatales de
Formación Política de acuerdo a lo señalado en la
fracción VI del articulo 24 de los estatutos.
Se recomienda además que el Comité
Ejecutivo Nacional defina con claridad los lineamientos para el ejercicio
del monto destinado a capacitación electoral de tal manera que
se obtenga el rendimiento de esos recursos con la colaboración
de los Comités Ejecutivos Estatales
IX El presupuesto contempla un gasto por
servicio de la deuda equivalente $9,058,000.00 (nueve millones cincuenta
y ocho mil pesos 00/100 M. N.), que representa el pago estimado por concepto
de intereses y comisiones de la deuda acumulada del partido. Así
mismo, contempla el pago de pasivos por $154,260,000.00 (ciento cincuenta
y cuatro millones doscientos sesenta mil pesos 00/100 M. N.), lo que incluye
un estimado de $89,980,000,00 (ochenta y nueve millones novecientos ochenta
mil pesos 00/100 M. N.), por el pago de adeudos que deberán cubrirse
este año. La Comisión recomienda mantener las negociaciones
con los bancos acreedores para tratar de disminuir estos montos.
X En lo que se refiere a la compra del inmueble de la avenida Chapultepec
N° 284, en la medida en que esta operación comercial no impactará
el proyecto de presupuesto de 2003, la comisión toma nota del informe
correspondiente y recomienda al Comité Ejecutivo Nacional tome
las provisiones necesarias para evitar cualquier impacto que pudiera dañar
en futuro, el patrimonio del partido.
XI La Comisión de Presupuesto, recomienda al Comité Ejecutivo
Nacional recurra al Organo Central de Fiscalización del Partido
de la Revolución Democrática para establecer lineamientos
cada vez más claros y transparentes que permitan un ejercicio del
gasto austero y eficiente.
Con base en lo anterior, la Comisión
de Presupuesto del Consejo Nacional del Partido de la Revolución
Democrática, propone a este pleno:
PRIMERO. La aprobación en lo
general del proyecto de presupuesto 2003 presentado por el Comité
Ejecutivo Nacional y aprobado por este órgano en su sesión
extraordinaria del 30 de enero del presente año y, revisado el
6 de marzo.
SEGUNDO. Enviar al Comité Ejecutivo Nacional, para su seguimiento
y evaluación y aprobación en su caso, las recomendaciones
contenidas en este dictamen e informarlo a la Comisión de Presupuesto
del Consejo. Solicita al CEN que informe en el Décimo Pleno del
Consejo, el esquema de distribución de los recursos a los C:E:E.
TERCERO. En el caso, que el Comité Ejecutivo Nacional modifique
el presupuesto, aprobado, deberá informar al Consejo Nacional en
la primera sesión que se realice inmediatamente después
que se apruebe dicha modificación, y de acuerdo a lo establecido
en el articulo 9, numeral 6 inciso b del estatuto.
CUARTO. Dar vista del presupuesto aprobado y de este dictamen al
Órgano Central de Fiscalización del PRD para los efectos
procedentes de acuerdo a las facultades estatutarias reservadas a ese
órgano del Partido.
La Comisión de Presupuesto del Partido de la Revolución
Democrática.
México, D. F. a 11 de
marzo de 2003.
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