El que suscribe, Ricardo Alegre Bojórquez, en su carácter de diputado federal perteneciente a la LIX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrante de la fracción parlamentaria del Partido de Acción Nacional, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la siguiente iniciativa, al tenor de la consecuente
Exposición de Motivos
El análisis ético sobre los honorarios médicos presenta actualmente una complejidad acorde con las múltiples variables que caracterizan a la sociedad y cultura en la cual la actividad médica está inserta. En efecto el médico desarrolla su actividad en una sociedad pluralista, con concepciones tanto materialistas en sus diversas acepciones como otras espiritualistas extremas, que se complica además con un sistema mixto de salud pública y privada, la cual trasciende en el tema económico y social referente a los pacientes, por la estrecha relación existente entre ellos.
Por ello la dicotomía, tema ya considerado anteriormente, tema cuya insistencia se refiere a una correcta legislación a esta práctica, entendida en su generalidad como la participación del médico en los ingresos que el laboratorio clínico y gabinetes obtienen y que es debida al envío de pacientes, esto es, una deformación o patología del convenio entre el médico y su paciente. Este convenio materializado en el acto médico se fundamenta en la relación médico-paciente, que por ser una relación de interdependencia entre dos personas humanas, exige el respeto a la dignidad de ambos, por un lado el paciente se pone en las manos del médico con la expectativa de restablecer su salud dañada, y por otro lado el médico solicita una remuneración a cambio de su servicio y de su ciencia.
Dentro de esa relación médico-paciente se encuentran los laboratorios clínicos y los gabinetes de diagnóstico que tienen como misión contribuir al diagnóstico médico, la cual al ser manipulada dicha interrelación, al existir una necesidad por parte del paciente para saber cuál es su estado de salud y los medios para su tratamiento, es donde surge de forma antiética la ya mencionada dicotomía, dando lugar a la partición oculta de los honorarios entre dos o más médicos o entre médicos y miembros de otras profesiones sanitarias, con el objeto de obtener ganancias económicas.
Las formas en que es posible la presentación de la dicotomía:
Directa es cuando el laboratorio entrega el dinero o equivalente a un médico a cambio de que le solicite estudios a sus pacientes. Presenta dos modalidades, obvia y disimulada: obvia puede ser una participación en dinero calculada en un tanto por ciento, una participación en bienes o servicios que pueden ser calculados por puntos o metas; o bien puede ser disimulada, por ejemplo como un pago simbólico y exentarlo del pago de arrendamiento del consultorio, un préstamo de automóvil o de equipo médico, pago de viajes o cursos médicos, etcétera. En ambas formas, generalmente esta participación es proporcional al volumen de trabajo que es referido por el médico y es un ingreso que, por su origen inmoral, el médico oculta, tanto al paciente, como a las autoridades y a la sociedad en general.
La dicotomía se presenta en forma de cohecho, ya sea en una institución oficial o en una empresa privada, cuando el funcionario o empleado responsable de seleccionar el laboratorio en que deben llevarse a cabo los exámenes pagados por la empresa para la cual trabaja, pide o recibe una participación para él, asigna el contrato de prestación de servicios o de subrogación según su beneficio económico particular, oculta el ingreso y además evade al fisco.
La dicotomía está presente en México desde hace muchos años. Se estima que al menos 30% de todos los laboratorios y gabinetes la proporcionan a los médicos. La gran mayoría de los médicos de prestigio no aceptan la dicotomía, sin embargo en la vida de cada laboratorio de análisis clínicos se conocen casos muy sorprendentes de médicos de gran renombre que no sólo aceptan la dicotomía, sino que la piden y la exigen al laboratorio y que señaladamente dirigen a sus pacientes hacia laboratorios que son ampliamente conocidos por practicar la dicotomía.
El porcentaje que estos laboratorios y gabinetes ofrecen entregar al médico oscila entre 20% y 50 % de lo que el laboratorio cobra al paciente.
Esta situación tiene graves consecuencias:
Al anteponer al interés del laboratorio y del médico en obtener beneficios puramente de lucro al interés de contribuir al diagnóstico del paciente, aminora o nulifica la capacidad de contribuir al diagnóstico y afecta éste, demorándolo o alterándolo y al realizarse esta práctica impide al médico exigir calidad.
Con ello se da lugar a la realización de una infinidad de exámenes, haciendo creer al paciente, quebrantando la confianza conferida al médico, que todos ellos son necesarios para lograr un análisis completo de la enfermedad o padecimiento del cual se esté sufriendo, y que en el momento de darse cuenta del engaño directo del médico, que da lugar a la inseguridad del público en general hacia los profesionales de salud como consecuencia de ese ambiente de corrupción provocado por los que prefieren obtener ganancias cuantiosas a cambio de la salud y bienestar de sus pacientes.
Eso naturalmente daña la economía de la institución o empresa, que puede incrementar los precios o hacer que el laboratorio proveedor tenga menor margen de utilidad, el que invariablemente compensa esta merma disminuyendo la calidad del servicio por el que la empresa o institución paga, donde de igual forma el funcionario no objeta la deficiencia en la calidad del servicio.
El fundamento de la condena a la dicotomía está en el carácter mercantilista del reparto de los honorarios, es decir, se reprueba por ser una comisión sobre la persona, que se da y se recibe por traficar con acciones médicas. En la actual actividad interdisciplinaria es normal que exista una participación proporcional de los profesionales que participan, llámense otros médicos u otros profesionales de la salud, siempre que halla transparencia hacia el paciente. Los honorarios expresan la independencia personal del médico y simbolizan su responsabilidad personal, por ello no pueden ser compartidos por quienes no han colaborado en la atención médica del enfermo.
Si bien es cierto que el Código de Comercio no contempla la prestación de servicio en materia de salud, en razón de ello no se pueden sancionar dentro de este ordenamiento tales actividades, pero no hay que dejar de lado la necesidad en cuanto a la contemplación dentro de ese Código, de establecer que los laboratorios clínicos o farmacias como comerciantes, los cuales deben desempeñar sus actividades de acuerdo a los usos honestos. Así también el de constituir una fuerte distinción entre la comisión mercantil y la dicotomía para evitar el disfrazamiento de esa actividad en una figura jurídica legal, donde tal participación oculta de honorarios es injusta que tiende a una elevación de los gastos al paciente por la comisión cobrada.
Casi siempre, la partición oculta de honorarios es, en su estructura ética, una injusticia. Lo es, en primer lugar, si provoca una elevación de los honorarios ordinarios en una cantidad suplementaria: la que se entrega precisamente como comisión al colega. La injusticia es todavía mayor si se ocasiona un exceso de prescripción, o se sientan indicaciones superfluas de procedimientos diagnósticos (de laboratorio, radiológicos, de especialidades diversas) o terapéuticos (quirúrgicos, rehabilitadores, psicoterápicos).
El resultado práctico de la dicotomía, que nos atañe hoy en día, en donde obliga a cirujanos que pagan por el envío de pacientes a elevar sus tarifas para dividirlas con el médico que los envía y que deriva en los pacientes, deteriorando la consulta privada de los médicos y cirujanos, tomando en consideración que los pacientes que son afectados por la práctica de la dicotomía, y aunado a ello, el de no tener más recursos para continuar con los tratamientos reales y necesarios para su salud, por los gastos excesivos erogados anteriormente, la misma se ve mermada, o en su caso la incertidumbre en la realidad de los resultados de análisis clínicos practicados.
Y es así que en este acto exhorto a las Legislaturas de los estados para que en sus respectivos códigos penalicen esta práctica deshonesta que infringe en la salud y economía tanto de los pacientes como de la nación, por la notable evasión al fisco, por la forma en que opera la dicotomía, aspectos que como representantes debemos considerar y buscando siempre soluciones para la erradicación de estos problemas.
Por lo tanto, esta actividad debe ser sancionada de tal forma que se pueda erradicar la corrupción existente en la práctica médica, y recobrar el interés fundamental en los profesionistas de la salud debe ser siempre el bien de su paciente, delimitando con ello la ética y profesionalismo que requiere su actividad.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, atendiendo a la iniciativa previa sobre el mismo tema, me permito someter a consideración de este honorable Congreso la siguiente iniciativa de decreto:
Artículo Primero.- Se reforma el artículo 6 en sus fracciones IV y V, y adiciona un artículo 308 Bis en su Título Tercero, referente a la Comisión Mercantil, en su Capítulo Primero "De los Comisionistas", al Código de Comercio. Para quedar como sigue:
Artículo 6. Los comerciantes deberán realizar su actividad de acuerdo a los usos honestos en materia industrial o comercial, por lo que se abstendrán de realizar actos de competencia desleal que:
I. a III. ...
IV. Antepongan el beneficio puramente lucrativo, al de contribuir a un verdadero y correcto diagnóstico médico de pacientes, respecto de los establecimientos de laboratorios clínicos o farmacia, creando una incertidumbre en dichos estudios clínicos.
V. Se encuentren previstos en otras leyes.
Artículo 308 Bis . No se reputa comisión el reparto de honorarios o la participación económica que se da y se recibe por el envío de pacientes a otros médicos o laboratorios clínico u otros servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, bajo pena de indemnización de daños y perjuicio a los participantes de la presente práctica.
No se tendrá por dicotomía cuando en igualdad de condiciones técnicas y de calidad profesional, la derivación de pacientes se haga por motivos de compañerismo profesional, incluso cuando los médicos tienen participación económica como accionistas o propietarios, siempre y cuando sea con el consentimiento del paciente, quien puede elegir en todo momento el laboratorio clínico u otro servicio auxiliare de diagnóstico de su preferencia.
El laboratorio clínico u otros servicios auxiliares de diagnóstico que reiteren en la práctica de la dicotomía, tendrán como sanción la clausura de su establecimiento, y para el caso de los profesionales de la salud, la suspensión para ejercer la profesión hasta por tres años.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en le Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 16 de febrero de 2006.
Dip. Ricardo Alegre Bojorquez (rúbrica)
Regularán a Médicos sus ganancias extra
El Norte
22 febrero 2006
Buscan Diputados normar relación entre doctores y laboratorios.
MËXICO.- Una iniciativa que busca regular las ganancias extra en las consultas de los médicos por el simple hecho de recomendar un laboratorio para los análisis de sus pacientes fue presentada ayer en San Lázaro.
Según estimaciones de la Asociación Mexicana de Propietarios de Laboratorios Clínicos, un tercio de los ocho mil laboratorios que hay en México realiza esta práctica.
Por ello el Diputado panista Ricardo Alegre presentó ayer esta propuesta por la que se busca incluir en el Código de Comercio de la Normatividad Ética de los más de 250 mil médicos inscritos en la Secretaria de Salud: la beneficencia.
Alegre propuso también un bis al artículo 308 para determinar la suspensión del ejercicio profesional o la clausura de los laboratorios, por participar en la transferencia de comisiones o referenciar pacientes entre médicos o a establecimientos de análisis clínicos u otros servicios de diagnóstico o tratamiento.
“Esto nos lleva a que los profesionales de la salud pongan por encima el cuidado de tan preciado bien en las personas antes que cualquier beneficio económico”, digo Alegre.
El panista urgió a la Cámara de Diputados y a los congresos locales a legislar en la materia.
En la exposición de motivos de la iniciativa turnada a las comisiones unidas de Economía y de Salud se explica que existen modalidades obvias que involucran dinero y otras disimuladas que puede ser un préstamo de automóvil o pago de viajes.
Francisco Biagi Filizola, Presidente del Consejo de la Academia Mexicana de Medicina, explicó que esta modalidad entre laboratorios y médicos está fuera de la norma ética y les genera ganacias del 30 al 50 por ciento del costo de los análisis.
“Hay laboratorios que dan hasta el 50 por ciento (de comisión) al doctor.
“Pero hay otros que dan puntos a cambio de servicios, como le hacen los supermercados; el médico va acumulando puntos y un día piden congresos, pago de asistentes o secretarias, gastos de hotel y por que no, también fines de semana en la playa”, explicó.