MERCADO MEXICANO DE DERIVADOS

 

ANTECEDENTES Y SURGIMIENTO DEL MEXDER

Con el objetivo de ofrecer un mercado de cobertura estandarizado en México, desde 1995, tanto las Autoridades Financieras como los intermediarios se dieron a la tarea de desarrollar un mercado de futuros y opciones. El MexDer, Mercado Mexicano de Derivados, surge como respuesta a la necesidad de contar con un mercado organizado.

Para ofrecer un sustento normativo a este nuevo proyecto, el 31 de diciembre de 1996 las Autoridades Financieras publicaron en el Diario Oficial de la Federación las "Reglas a las que habrán de sujetarse las Sociedades y Fideicomisos que intervengan en el establecimiento y operación de un Mercado de Futuros y Opciones cotizados en Bolsa" y el 16 de mayo de 1997, la Comisiòn Nacional Bancaria y de Valores emitió las "Disposiciones de carácter prudencial a las que se sujetarán en sus operaciones los participantes en el Mercado de Futuros y Opciones cotizados en Bolsa".

Las Reglas proveen el marco normativo para las funciones de los participantes del mercado en tanto que las Disposiciones ofrecen el marco regulatorio que obedecen los esquemas operativos, de control de riesgos, supervisión y vigilancia del mercado.

En observancia de la regulación anterior, tanto el MexDer como Asigna, Compensación y Liquidación emiten sus propios Reglamentos en noviembre de 1998 y Manuales en diciembre del mismo año. Y es bajo estos documentos que se autorizan los Socios Liquidadores y los Socios Operadores.

El 15 de diciembre de 1998, el MexDer inicia operaciones con cuatro Socios Liquidadores por cuenta propia operando el contrato de futuro sobre el dólar de Estados Unidos de América, con 4 series, marzo, junio, septiembre y diciembre de 1998.

El 15 de abril de ese mismo año, inicia la cotización de futuros sobre el Indice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa (IPC) junto con el inicio de funciones de los Socios Operadores.

Los contratos de futuros sobre Cetes a 91 días y Tiie a 28 se listan el 26 de mayo de 1998 y el 29 de julio los contratos sobre acciones: Banacci O, Cemex CPO, Femsa UBD, Gcarso A1, GFB O y Telmex L.

 

Antes de que existiera el MexDer, se habían desarrollado en México:

· Un mercado de coberturas cambiarias, puesto en operación por el Banco de México, el cual permitía fijar anticipadamente el tipo de cambio para operaciones contratadas pagaderas a futuro (créditos en dólares), y los participantes podían trasladar total o parcialmente el riesgo cambiario. Este mercado de coberturas cambiarias ya no opera en la actualidad y dio paso al surgimiento de los forwards (futuros).

· Un mercado de warrants (opciones), que aún opera dentro de la Bolsa Mexicana de Valores, que a cambio de pagar una prima como en los seguros permite elegir al vencimiento o en ciertas fechas señaladas previamente comprar a un precio determinado ciertas acciones o índices.

Posteriormente, el constante desarrollo de los mercados financieros (aparición de futuros y opciones sobre bienes en México pero en mercado extranjeros) ha tenido una continua evolución, tanto en los instrumentos y tecnologías como en los mismos mercados, y es por ello que nace en México el MexDer.

El MexDer es la Bolsa de Futuros y de Opciones, (diferente e independiente a la Bolsa Mexicana de Valores), la cual provee las instalaciones y servicios necesarios para cotizar y negociar contratos estandarizados de Futuros y de Opciones.

En relación con esto se debe precisar que:

· Al decir "Bolsa" significa que es un mercado organizado con ciertas reglas para comprar y vender, de modo que se de una correcta fijación de precios y existan mecanismos para que los participantes cumplan con sus obligaciones.

· La única relación que existe entre la Bolsa de Derivados (MexDer) y la Bolsa Mexicana de Valores (en adelante BMV), es que el MexDer celebra contratos de futuros sobre indicadores de la BMV como por ejemplo el Índice de Precios y Cotizaciones y sobre paquetes de acciones de las empresas más bursátiles que cotizan en bolsa. Por ejemplo: en el MexDer sólo se venden vales (por un costal de maíz) que se pueden cambiar el 15 de julio, mientras que en la BMV sólo se venden costales de maíz de ese día.

· Cuando se dice que los contratos son estandarizados, se refiere a que todos los contratos son iguales, la única variable es el precio.

 

¿QUE ES UN DERIVADO?

Se denominan productos "Derivados", a un conjunto de instrumentos financieros cuya principal característica es que su precio deriva (varía dependiendo) del precio de otro bien que se le llama usualmente subyacente o de referencia. Por ejemplo:

Alguien, me da un vale por un costal de maíz el día 15 de abril para entregar el 15 de julio, el bien (subyacente o de referencia) es el costal de maíz, y el vale sería el contrato de futuro (derivado). El precio o valor de ese vale por un costal de maíz va a cambiar según suba o baje el precio del maíz. El día de la entrega (15 de julio) tengo dos opciones, una de ellas es que pueden darme mi costal de maíz sin importar lo que valga pues ya tengo el vale por un costal de maíz o bien si necesito dinero, alguien me puede comprar el vale y yo lo vendería a lo que en ese momento valga el costal de maíz.

Los productos derivados por su subyacente se pueden clasificar en:

1) Financieros.- Tasas de interés, inflación, valores cotizados en bolsa, etc.

2) No financieros.- Oro, plata, maíz, petróleo, etc., generalmente bienes básicos llamados también commodities.

El objetivo primordial de lo derivados financieros, es que sirven para cubrir-eliminar riesgos financieros y disminuir la incertidumbre o inseguridad económica, que prevalece en épocas en donde la economía de un país no es estable. Por ejemplo:

Para protegerme ante un cambio brusco de precios, y siguiendo el caso del vale del costal de maíz, si al adquirir el vale éste me cuesta $100.00 y durante el tiempo de vigencia o al vencimiento del vale, ocurre un cambio en el precio, debido a fluctuaciones en el mercado, tendría las siguientes situaciones:

 

· Si subiera a $130.00 el precio, al vencimiento a mí me entregarán el costal de maíz independientemente del precio al que esté, ya que el precio para mí es fijo desde el momento en que adquiero el vale. Ese diferencial en precio de $30.00 para mí representa la protección que me generó el vale (derivado); también puede ser considerado como una ganancia ya que si quiero vender en el mercado el vale (antes del vencimiento) o el costal (al vencimiento) lo vendería a como está ($130.00) en ese momento el costal de maíz, que es el subyacente o bien de referencia.

· Si bajara a $80.00 el precio del costal, al vencimiento de todas maneras aseguro el obtener el costal pagando los $100.00 pesos que había planeado. En este caso la protección sería la disponibilidad del costal a un precio seguro que estaba dispuesto a pagar ($100.00), aunque no podría aprovechar el ahorro que se dio en el mercado.

 

CARACTERíSTICAS DE LOS INSTRUMENTOS QUE COTIZAN EN EL MEXDER

Los instrumentos derivados que hoy cotizan en el Mercado Mexicano de Derivados son: Futuros del dólar, Futuros de la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a 28 días, Futuros sobre los Certificados de la Tesorería de la Federación a 91 días, Futuros sobre el Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores y Futuros sobre las 6 acciones más bursátiles en la Bolsa mexicana de Valores.

· Futuro del Dólar.

El activo subyacente es el dólar, que es la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América. Las series establecidas para celebrar los contratos del Futuro sobre el dólar tienen una base de vencimientos trimestral, por lo que las fechas de vencimiento para este instrumento son los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. El símbolo o clave de pizarra es DEUA más la primera letra y la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos de ese año. La unidad de cotización del Precio del Futuro es la moneda de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos que es el peso. El horario de negociación será en días hábiles de las 8.30 a las 14.00 horas tiempo de la Ciudad de México, Distrito Federal. El precio de liquidación diaria será calculado al cierre de la sesión de negociación y se contempla un periodo para realizar operaciones a precio de liquidación entre las 14:40 y las 14:50 horas. El último día de negociación será dos días hábiles previos a la fecha de liquidación, la que ocurrirá el tercer miércoles del mes de vencimiento, o el día hábil anterior, si ese miércoles es inhábil. Cada contrato ampara 10,000 dólares.

 

· Futuro Tasa de Interés Interbancaria a 28 días (TIIE).

El activo subyacente son los depósitos a 28 días que tiene como rendimiento la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a 28 días. Las series establecidas para celebrar los contratos del Futuro sobre la TIIE a 28 días tienen una base de vencimientos mensual hasta por tres meses y sobre una base semestral hasta por dos años. El símbolo o clave de pizarra es TI más la primera letra y la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos de ese año. La unidad de cotización del Precio del Futuro es un índice de 100 menos la tasa porcentual de rendimiento anualizada. El horario de negociación será en días hábiles de las 8.30 a las 14.00 horas tiempo de la Ciudad de México, Distrito Federal. El precio de liquidación diaria será calculado al cierre de la sesión de negociación, el precio de liquidación con base en la presentación de posturas será determinado entre las 14:40 y las 14:50 horas. El último día de negociación y la fecha de vencimiento de una serie del contrato, será el tercer miércoles del mes de vencimiento. La fecha de liquidación al vencimiento de las obligaciones, será el día hábil siguiente a la fecha de vencimiento. Cada contrato ampara $100,000 pesos.

 

· Futuro del CETE a 91 días (CETES).

El activo subyacente son los Certificados de la Tesorería de la Federación con un plazo de 91 días denominados en moneda nacional a cargo del Gobierno Federal. Las series establecidas para celebrar los contratos del CETE a 91 días tienen una base de vencimiento trimestral para los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. El símbolo o clave de pizarra es CT más la primera letra y la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos de ese año. La unidad de cotización del Precio del Futuro es un índice de 100 menos la tasa porcentual de rendimiento anualizada. El horario de negociación será en días hábiles de las 8.30 a las 14.00 horas tiempo de la Ciudad de México, Distrito Federal. El precio de liquidación diaria será calculado al cierre de la sesión de negociación, el precio de liquidación con base en la presentación de posturas será determinado entre las 14:40 y las 14:50 horas. El último día de negociación es el tercer martes del mes de vencimiento. La fecha de liquidación al vencimiento de las obligaciones, será el día hábil siguiente a la fecha de Vencimiento. Cada contrato ampara 10,000 Cetes.

 

· Futuros sobre el Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores (IPC).

El activo subyacente es el Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa mexicana de Valores. Las series establecidas para celebrar los contratos del IPC tienen una base de vencimiento trimestral para los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. El símbolo o clave de pizarra es IPC más la primera letra y la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos de ese año. La unidad de cotización del Precio del Futuro es el valor del IPC. El horario de negociación será en días hábiles de las 8.30 a las 15.00 horas tiempo de la Ciudad de México, Distrito Federal. El precio de liquidación diaria será calculado al cierre de la sesión de negociación, el precio de liquidación con base en la presentación de posturas será determinado entre las 15:40 y las 15:50 horas. El último día de negociación es el cuarto martes del mes de vencimiento o el día hábil anterior si dicho martes es inhábil. La fecha de liquidación al vencimiento de las obligaciones, será el día hábil siguiente a la fecha de Vencimiento. Cada contrato ampara el valor del IPC multiplicado por $10 pesos.

 

· Futuro sobre acciones

Actualmente se encuentran listados contratos de futuros sobre las acciones representativas del capital social de Grupo Carso, S.A. de C.V. GCAA, Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V. GFBO, Teléfonos de México, S.A. de C.V. TLMX, Grupo Financiero Banamex-Accival, S.A. de C.V. BNCO, Cementos Mexicanos S.A. de C.V. CMXC, y Fomento Económico, S.A. de C.V. FEMSA UBD.

Como activo subyacente se tienen 1.000 acciones representativas del capital social de la empresa. Las series establecidas para celebrar los contratos de Futuros sobre acciones tienen una base de vencimiento trimestral para los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. El símbolo o clave de pizarra son cuatro letras que identifican a la emisora más la primera letra y la siguiente consonante del mes de vencimiento y los últimos dos dígitos de ese año. La unidad de cotización estará definida en pesos y centavos de peso por título accionario. El horario de negociación será en días hábiles de las 8.30 a las 15.00 horas tiempo de la Ciudad de México, Distrito Federal. El precio de liquidación diaria será calculado al cierre de la sesión de negociación, el precio de liquidación con base en la presentación de posturas será determinado entre las 15:40 y las 15:50 horas. El último día de negociación es el cuarto miércoles del mes de vencimiento o el día hábil anterior si dicho miércoles es inhábil. La fecha de liquidación al vencimiento de las obligaciones, será dos días hábiles posteriores a la fecha de Vencimiento.

 

Estructura de Mercado

El mercado estandarizado de futuros y opciones se integra por cuatro tipos de instituciones que son:

· La Bolsa de Futuros y Opciones (MexDer),

· la Cámara de Compensación (en adelante ASIGNA),

· los Socios Liquidadores (en adelante SL) y

· los Socios Operadores (en adelante SO).

 

Las instituciones que intervienen en la celebración de contratos de futuros y de opciones en el Mercado Mexicano de Derivados, Mexder, son:

· Las bolsas, que serán sociedades anónimas cuyo fin se centrará en proveer de instalaciones y demás servicios para que se coticen y negocien los contratos de futuros y opciones. Crearán los comités necesarios para atender todo asunto relacionado a la Cámara de Compensación, finanzas, admisión, ética, autoregulación y conciliación y arbitraje. Desarrollarán programas de auditoria aplicables a los socios de la bolsa, Socios Liquidadores y Socios Operadores. Vigilarán la transparencia, corrección e integridad de los procesos de formación de precios. Establecerán los requerimientos estatutarios que deberán cumplir los Socios Liquidadores. Vigilarán las operaciones en la bolsa y en la Cámara de Compensación. Llevarán registro de todas sus actividades, e informarán a las autoridades correspondientes sobre todas las operaciones realizadas en la Bolsa. Actualmente, esta función la cumple Mexder.

· Las Cámaras de Compensación serán fideicomisos constituidos por las personas que reciban la autorización correspondiente, y cuyo objetivo será actuar como contraparte de cada operación que se celebre en la bolsa, así como compensar y liquidar contratos de futuros y de opciones. Estos fideicomisos, únicamente podrán contar con dos tipos de fideicomitentes: los socios Liquidadores y aquellos que deseen invertir en tales fideicomisos. Actualmente, esta función la cumple Asigna, Compensación y Liquidación.

· Los Socios Liquidadores(SL) son fideicomisos cuyo objetivo es celebrar las operaciones en la bolsa y compensar y liquidar los contratos por cuenta de instituciones de banca múltiple, de casas de bolsa y de sus clientes. Estas instituciones responden como fiduciarias frente a la cámara de compensación. Los Socios Liquidadores podrán ser de dos clases: aquellos que no permitan la adhesión de terceros una vez constituidos, y los que prevean la posibilidad de que se adhieran terceros con el carácter tanto de fideicomitente, como fideicomisarios.

· Los Socios Operadores(SO) serán sociedades anónimas cuya actividad consistirá en ser comisionistas de los socios Liquidadores para la celebración de contratos de futuros y de opciones.

El MexDer está encargado de vigilar y regular a sus SO y a ASIGNA, los SO tendrán a los Operadores de Piso (ejecutivos que acuerdan las operaciones) como empleados mientras que ASIGNA está encargada de vigilar y regular a sus SL (encargadas de pagar y cobrar las diferencias de precio).

Entre las autoridades está la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que supervisa al MexDer y aprobará las reglas que emita, contando con la facultad discrecional de regular e inspeccionar todo el mercado, asimismo Banco de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, también son autoridades financieras.

A continuación se esquematiza la estructura del MexDer:

 

OPERACIONES QUE SE PUEDEN CELEBRAR

Actualmente el MexDer sólo cotiza (da precios) y negocia (realiza operaciones de compra y venta) de Contratos de Futuros.

Definido formalmente, un Contrato de Futuros es un acuerdo de compra-venta entre dos partes, que contiene derechos y obligaciones para ambas. El vendedor se compromete a entregar un producto al comprador a un precio determinado en una fecha futura. El comprador acuerda aceptar la entrega y pagar el precio estipulado. La función de dichos contratos es cubrir los riesgos que se presentan debido a movimientos inesperados en el precio del producto o en las principales variables económicas, como el tipo de cambio o las tasas de interés.

El MexDer, tiene a disposición del público únicamente Contratos de Futuros sobre los siguientes subyacentes:


Posteriormente se tiene previsto incorporar otros contratos; entre ellos los Contratos de Opciones.

Características de los contratos de futuros que se negocian en el MexDer:

Es importante que usted como usuario conozca las características de los contratos que adquiere (como comprador o vendedor), ya que esto le permite conocer las responsabilidades (las que adquiere al comprar o vender contratos), así como tener información suficiente para evaluar la estrategia de cobertura de riesgos.

A continuación se detallan algunas de las características básicas de los contratos de futuros:

(*) Para determinar el monto del contrato en el caso de acciones, sólo se deberá multiplicar el número de acciones por el precio respectivo.


¿Quiénes pueden participar?

IMPORTANTE: Es necesario aclarar que los Futuros no se pueden considerar como una forma de ahorro o una manera de inversión, sino que deben ser utilizados como: un medio de protección o cobertura, para asegurar precios futuros en mercados altamente variables, neutralizar riesgos contra tasas de interés, actuar contra riesgos que surgen por la especulación, etc.

 

¿Con quién debo acudir?

Se debe acudir con un SO por cuenta de terceros o un SL por cuenta de terceros, es decir con alguno de los intermediarios acreditados (registrado y autorizado ante el MexDer), quienes se encargarán de proporcionarle información suficiente acerca de lo que son los productos derivados, así como proponerle negociaciones claras y con niveles de riesgo tolerables en base a sus condiciones, necesidades y expectativas.

 

¿Que se debe hacer para negociar contratos de futuros?

El cliente que desea comprar o vender contratos de futuros deberá firmar un contrato de intermediación con el socio que elija (SO o SL) para poder llevar a cabo sus operaciones comerciales, también firmará un contrato de adhesión al fideicomiso correspondiente el cual sirve para liquidar las operaciones que se efectúen.

Antes de que dichos contratos se firmen el SO o el SL debe realizar una investigación y análisis del cliente para determinar si debe o no operar productos derivados y bajo que condiciones y límites (el SO o el SL asignarán cierta calidad crediticia). Si es apto lo registrarán con una cuenta única en el MexDer.

Una vez que el contrato está firmado y el cliente desee comprar o vender contratos de futuros, deberá entregar al SO o SL una cantidad de dinero (aportación para asegurar el compromiso y que será una cantidad que dependerá de la calificación crediticia asignada), que se compone de las Aportaciones Iniciales Mínimas (en adelante AIM’s) y los Excedentes de Aportaciones Iniciales Mínimas (en adelante EAIM’s) por cada contrato que mantenga en posición.

Además de las aportaciones señaladas anteriormente, el cliente debe considerar en el monto de su operación y posición que mantenga, las cuotas de operación, liquidación y compensación y las retenciones fiscales correspondientes.

¿Cómo comprar y vender en el MexDer?

Una vez realizado lo señalado en el punto anterior el cliente está en posibilidad de ordenar a su intermediario, el SO o el SL, que inicie las compras o ventas de contratos. Con esto se inicia una posición; la posición puede ser larga o corta, una posición larga significa que se tienen contratos de compra a fututro (CALL) y una posición corta significa que se tienen contratos de venta a futuro (PUT).

Como existen diferentes series de contratos (diferentes fechas de entrega) se pueden tener posiciones diferentes para diferentes fechas (diferentes series). Por ejemplo:

Posición:
Largo 5 para julio, y corto 2 para agosto.
Significa:
Compre 5 vales, que equivalen a recibir 5 sacos de maíz en julio, y
vendí 2 vales, que equivalen a entregar 2 sacos de maíz en agosto.

Iniciar una posición (operación de apertura) significa realizar una operación de compra o venta en alguna serie de la clase de contrato que me interese (maíz, dólares, IPyC, CETES, acciones de TELMEX, etc.) que me deje en una posición corta (que tenga que entregar el subyacente al vencimiento) o en una posición larga (que tenga que comprar el subyacente al vencimiento). Si vuelvo a operar (comprar o vender) la posición se incrementa, ya sea como corta o larga; por ejemplo:

Posición:

Largo 5 para julio, y
Corto 2 para agosto.

Operación:

Compro 2 vales para julio, y
vendo 1 vale para agosto.

Resultado en la posición:

Para la serie de julio: largo 5 y compro (largo) 2 = largo 7.
Para la serie de agosto: corto 2 y vendo (corto) 1 = corto 3.

Si lo que se desea es cancelar (no tener que entregar o comprar al vencimiento) una posición abierta (la cantidad de vales que compre o vendí) entonces se solicita un cierre o cancelación de la posición, para lograr esto se pide al SO o al SL que realice la operación contraria con la que tengo mi posición. Por ejemplo, continuo con los sacos de maíz:

Posición:

Largo 5 para julio, y
Corto 2 para agosto.

Desea quedar largo en 3 para julio (que me entreguen 3 sacos) y no quiero tener que entregar ninguno en agosto.

Operación:
Vendo 2 de los vales de julio al precio que estén en ese momento, y
comprar los 2 vales que vendí para agosto al precio que estén en ese momento.

Resultado en la posición:
Para julio: largo 5 y vendo (corto) 2 = largo 3.
Para agosto: corto 2 y compro (largo) 2 = 0 (posición cerrada).

¿Qué es la liquidación diaria de pérdidas y ganancias?

Con el propósito que los contratos de futuros (en el ejemplo los vales por sacos de maíz) mantengan una relación directa con las variaciones del precio que se den en el transcurso de un día, al finalizar el día de operaciones en el mercado la cámara de compensación, Asigna, realiza la liquidación de pérdidas y ganancias (a veces dicho como marcar a precio de mercado, o en inglés mark to market).

Lo anterior se explica mejor con un ejemplo:

Al finalizar el día de operación en el mercado (al cierre):
Tengo 3 vales para julio (posición larga 3 en julio) a $100 cada vale.
Vendí 3 vales para agosto (posición corta 3 en agosto) a $95 cada vale.

La última persona que compró un vale para julio pago $102 por su vale, y
la última persona que compró un vale para agosto pago $98 por su vale.

Estos últimos precios los podemos considerar como el precio de mercado al cierre y procedemos a hacer la valuación para liquidar las pérdidas y ganancias:
Por la posición larga:

Como me vendieron los vales para julio a $100, es decir yo debo pagar sólo $100 por el maíz cuando lo compré en julio, y en este momento los están vendiendo $2 más caros ($102) entonces la cámara de compensación me va a entregar, en la cuenta con el SO o el SL, $2 por cada vale que yo tenga para compensar la diferencia de precio y ahora cada vale queda registrado al precio de mercado de $102.
Mi cuenta con el SO o el SL queda: Largo 3 vales para julio a un precio de $102, más 6 pesos (3 vales X $2 pesos de diferencia c/u).

Por la posición corta:

Como yo vendí los vales para agosto a $95, es decir yo sólo debo recibir $95 por cada saco de maíz cuando lo venda en agosto, y en este momento se están vendiendo $3 más caros ($98) entonces ASIGNA me va a pedir que le devuelva la diferencia, a través de mi cuenta con el SO o el SL, $3 por cada vale que yo vendí para que queden registrados al precio de mercado de $98.
Mi cuenta con el SO o el SL queda: Corto 3 vales para agosto a un precio de $98, menos 9 pesos (3 vales X $3 pesos de diferencia c/u).

Debido a lo anterior el intermediario con quién tenga la cuenta única de MexDer (el SO o el SL) me va a pedir que le entregue 3 pesos ($6 - $9 = $3 que le debo), del neto de variaciones, para que mis contratos sigan vigentes y queden registrados a precio de mercado:

3 vales largo para julio a $102 cada saco de maíz.
3 vales corto para agosto a $98 cada saco de maíz.

Es muy importante cumplir con esta liquidación diaria, sino ASIGNA puede exigir al intermediario con el que se tenga la cuenta que cierre todas las posiciones. Por eso es importante que los clientes estén enterados en todo momento de las posiciones y el tipo de contratos que mantienen para evitarse sorpresas, ya que si no realizan los depósitos correctos que les indican el SO o SL, su(s) contrato(s) puede(n) ser cancelados.

¿Qué se hace cuando llega la fecha de vencimiento?

El cliente tiene dos opciones para las posiciones de sus contratos:

1.- Antes de la fecha de vencimiento puede realizar operaciones de cierre, para neutralizar sus contratos (vender los vales que compró y/o recomprar los vales que vendió al precio de mercado) y no tener que entregar o recibir el subyacente (los sacos de maíz) lo único que pierde o gana son los diferenciales por el precio que cobró o pagó, o bien

2.- Mantener su posición hasta el vencimiento y cumplir con la liquidación del subyacente del contrato que corresponda. En este caso, por la posición larga se recibe el subyacente o se compensa de forma definitiva un diferencial de precio para poder adquirirlo, y por la posición corta se tiene que entregar el subyacente o compensar de forma definitiva el precio que se hubiera cobrado.

 

CONSIDERACIONES QUE DEBEN TENER LOS USUARIOS ANTES DE USAR MEXDER

La participación en el MexDer requiere por parte de los clientes de su conocimiento y la capacidad de análisis para tomar decisiones. Asimismo se requiere que los clientes le den seguimiento constante a sus posiciones. Los Futuros son instrumentos que tienen altos riesgos si no se administran de manera adecuada.

El riesgo de mercado logra minimizarse, mediante estrategias que combinan dos o más operaciones simultáneas de distinta naturaleza, para lo cual se requiere asesoría especializada y gran experiencia en el análisis de este tipo de operaciones.

Se debe conocer perfectamente el contrato de intermediación y el convenio al fideicomiso correspondiente, ya que:

1.- La ignorancia no exime de la obligación.

2.- Debe actuar de forma preventiva y no correctiva.

3.- Tiene que mantenerse siempre informado del acontecer nacional e internacional para saber que efecto puede tener sobre los precios de sus posiciones.

 

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE, SO Y SL

Principales Derechos del Cliente:

1. Tiene usted los derechos especificados en la clase de contrato que compra o vende.

2. Tiene derecho a los servicios prometidos por los socios de MexDer, los socios liquidadores, fiduciarios, la propia bolsa, el fondo fiduciario (Asigna) establecido para asegurar la compensación a los vendedores y la entrega a los compradores.

3. Tiene el derecho a ser asesorado con honestidad y buena fe en la promoción de los productos ofrecidos.

4. Los socios y otros involucrados deben darle información completa y correcta (prospectos de información) sobre la cual basar sus decisiones de operación.

5. Debe recibir una información completa de los riesgos involucrados en cualquier transacción.

6. Tiene el derecho de reclamar y exigir al SO y SL que haya contratado que le atiendan de manera expedita, así como utilizar los medios previstos por el MexDer para denunciar actos incorrectos o prácticas insanas, apelar las decisiones adoptadas por órganos autorregulatorios y solucionar controversias con el SO o el SL.

Principales obligaciones de los clientes o derechos de los SO y SL:

1. Leer y entender la información contenida en el contrato que firma con su intermediario, así como la información contenida en los prospectos de los contratos que desee negociar . Además deberá suscribir un contrato de adhesión al fideicomiso para cumplir las condiciones de liquidación y entrega.

2. Proporcionar cierta información confidencial sobre sus datos personales y su situación financiera para poder evaluar su calificación crediticia, que se traduce en una aportación mayor (EAIM’s) al mínimo requerido (AIM’s). Asimismo se asignará a su cuenta una cantidad máxima de riesgo, que se basará en sus recursos financieros reportados.

3. Debe proporcionar información requerida sobre sus líneas de crédito con ciertos bancos.

4. No debe iniciar una transacción mientras no se le halla informado sobre todas las cuotas, derechos, comisiones y cargos de los que podrá hacerse responsable.

5. Al dar órdenes para una transacción, deberá pagar con prontitud las cuotas y comisiones que surjan de los servicios proporcionados por el SO y SL correspondiente.

6. Si es residente extranjero, deberá proporcionar la información requerida por las autoridades fiscales mexicanas.

Obligaciones de los SO y SL:

Los miembros de MexDer, en su calidad de intermediarios, están obligados a:

1.      Informar a sus clientes respecto a su organización, solvencia y procedimientos.

2.      Asesorar al cliente en cuanto a las características de las operaciones propuestas, sus riesgos y beneficios.

3.      Garantizar las condiciones de negociación, mediante un contrato de intermediación.

4.      Ejecutar las órdenes del cliente, que hayan sido expresamente formuladas y que no contravengan las disposiciones vigentes.

5.      Confirmar a cada cliente las operaciones ejecutadas y los avisos de variaciones de aportaciones. Si las órdenes no pudieron ser efectuadas, se deben explicar al cliente los motivos.

A cada cliente se le tiene que enviar información (estado de cuenta) mensual detallada de su cuenta con el intermediario, incluyendo:

1. Número de contratos abiertos, con sus precios.

2. Ganancia o pérdida neta.

3. Monto de las aportaciones recibidas y entregadas, su rendimiento y cualquier cantidad disponible.

4.Fecha de las operaciones, montos y volúmenes.

5.Posición al inicio y al final del período.

6.Cargos y comisiones cobradas.

7.Cualquier otra información relevante.

 

GLOSARIO DE TÉRMINOS MEXDER

 

Activo  Subyacente: Bien o índice de referencia,  objeto de un Contrato de Futuro o de un Contrato de Opción, concertado  en la Bolsa de Derivados.

Agente: Intermediario autorizado para responsabilizarse de la ejecución  de los procedimientos de ejercicio y liquidación de contratos de  futuros y opciones; función que en MexDer es efectuada por los  Socios Liquidadores.

Apalancamiento  Financiero: Operación con productos derivados, a través  de la cual el inversionista busca beneficiarse íntegramente de  la totalidad de la apreciación (en los calls) o de la depreciación  (en los puts) de los títulos de referencia, con una inversión  inferior al precio de mercado de dichos títulos.

Aportación  Inicial Mínima: Efectivo, valores o cualquier otro bien aprobado  por las Autoridades Financieras, que deberán entregar los Socios  Liquidadores a la Cámara de Compensación por cada contrato  abierto.

Aportación(es): Es el efectivo, valores o cualquier otro bien que aprueben las Autoridades, que deba entregarse a los Socios Liquidadores y, en su caso, a los Operadores, por cada Contrato Abierto, para procurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los Contratos de Futuros.

Arbitraje: En el mercado de opciones y otros productos derivados, el arbitraje  implica una estrategia que combina la compra de un contrato que se considera  subvaluado y la venta de otro considerado sobrevaluado; vinculados a dos  activos subyacentes relacionados; esperando obtener un beneficio libre  de riesgo, sin que medie una inversión.

Asigna: Fideicomiso administrado por Bancomer S.A., identificado como Asigna,  Compensación y Liquidación, cuyo fin es el de compensar  y liquidar contratos de Futuros y Contratos de opciones, y para actuar  como contraparte en cada operación que se celebre en MexDer.

Autoridades  Financieras: En el Mercado Mexicano de Derivados, conjunta o indistintamente,  la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión  Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México.

Boletín: Es el medio de difusión de la información de mercado generada en las sesiones de negociación de la Bolsa, así como de la información relativa a los Activos Subyacentes, a los Socios Liquidadores y Operadores, y a la Cámara de Compensación.

Bolsa: Es la sociedad anónima denominada MexDer, Mercado Mexicano de Derivados, S.A. de C.V., que tiene por objeto proveer las instalaciones y demás servicios para que se coticen y negocien los Contratos de Futuros. Véase MexDer.

Cámara de Compensación: Es la negociación mercantil que establecerá la fiduciaria con cargo al patrimonio del Fideicomiso número F/30,430 que tiene por fin compensar y liquidar Contratos de Futuros, así como actuar como contraparte en cada operación que se celebre en la Bolsa, la cual se identifica con el nombre comercial de "Asigna Compensación y Liquidación". Véase Asigna.

Canasta  Accionaria: Conjunto de acciones de diferentes series y emisoras que  constituye una unidad de referencia para la emisión de contratos  de derivados.

Capacidad Financiera: Al resultado del análisis efectuado a un Cliente que determina el total de obligaciones que puede asumir en la celebración de Contratos.

Clase: Todos los contratos de futuros y contratos de opciones que tienen como  objeto o referencia un mismo activo subyacente.

Clave(s) de Acceso: Al código alfanumérico único, intransferible y personal que digita el usuario en la terminal del Sistema Electrónico de Negociación para obtener el acceso al mismo y que constituye la firma electrónica de las operaciones celebradas en la Bolsa.

Clave(s) de Registro: A los códigos que la Bolsa asigna a cada Socio Liquidador u Operador, Formador de Mercado y, en su caso, a aquellos sujetos a los Términos y Condiciones de Liquidez para identificar sus operaciones en el Sistema Electrónico de Negociación.

Cliente: Es la persona que celebra contratos de futuros y/o contratos de opciones  en MexDer, a través de un Socio Liquidador o de un Operador  que actúe como comisionista de un Socio Liquidador, y cuya contraparte  es la Cámara de Compensación.

Comisionado  de Ejecución: Persona designada por el Comité Técnico  para asumir la administración de un Socio Liquidador, cuando se  presente cualquiera de los supuestos de intervención previstos  en el Reglamento.

Comité de auditoria: Es el órgano colegiado de la Bolsa encargado de auxiliar al Consejo en sus facultades de auditoria.

Comité  de Certificación: Organo colegiado de MexDer encargado de auxiliar  al Consejo en sus facultades de certificación al personal responsable  de cada Miembro.

Comité  Disciplinario y Arbitral: Organo colegiado de MexDer encargado de  auxiliar al Consejo en sus facultades disciplinarias.

Comité  Normativo y de Ética: Organo colegiado de MexDer encargado de auxiliar  al Consejo en sus facultades normativas.

Comité  de Admisión y Nuevos Productos: Es el órgano colegiado de la Bolsa encargado de auxiliar al Consejo en sus facultades técnicas de instrumentación y desarrollo de nuevos productos y mecánicas operativas, así como de admisión y aprobación de accionistas de la Bolsa, de Socios Liquidadores y Operadores, y de acreditación del personal de los mismos.

Comité  Técnico: Organo de gobierno de un fideicomiso.

Comité  de la Cámara de Compensación: Organo colegiado para  vigilar la prestación de servicios contratados entre MexDer y Asigna,  así como las comisiones y tarifas cobradas por los mismos.

Commodities: Palabra inglesa que se utiliza para nombrar al conjunto de mercaderías  como metales, productos agrícolas, etc., negociados en una bolsa  o en el mercado spot.

Comprador(es): En un Contrato de Futuro, es la parte que se obliga a pagar a la contraparte en la Fecha de Liquidación el Saldo de Liquidación al Vencimiento.

Conciliador: Persona que ha sido designada en términos del Reglamento para desempeñar  el cargo de conciliador entre las partes, en caso de controversia.

Condiciones Especiales de Operación: Son los requisitos estandarizados de operación de los Formadores de Mercado, que forman parte integrante de las Condiciones Generales de Contratación.

Condiciones  Generales de Contratación: Características estandarizadas  para cada uno de los contratos de futuros y contratos de opciones.

Consejo  de Administración de MexDer: Organo de gobierno de MexDer,  elegido por la Asamblea de Accionistas.

Contralor Normativo: Es la persona que ha sido designada en términos de los estatutos sociales de la Bolsa y autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, responsable de vigilar que se observen las Reglas, Disposiciones, normas de autorregulación que expidan la Bolsa y la Cámara de Compensación, así como las demás disposiciones que emitan las Autoridades aplicables al mercado y de proponer al Consejo modificaciones a las normas de autorregulación.

Contrato  Abierto: Operación celebrada en MexDer por un cliente a través  de un Socio Liquidador, que no haya sido cancelada por el mismo cliente,  por la celebración de una operación de naturaleza contraria  de la misma Serie, a través del mismo Socio Liquidador.

Contrato  de Futuro: Contrato estandarizado en plazo, monto, cantidad y calidad,  entre otros, para comprar o vender un activo subyacente, a un cierto precio,  cuya liquidación se realizará en una fecha futura. Si en  el contrato de futuro se pacta el pago por diferencias, no se realizará  la entrega del activo subyacente. De acuerdo con el subyacente es como  se determina el tipo de futuro, así se tiene que un futuro sobre  divisas se está refiriendo a que el valor subyacente objeto del  contrato es una cantidad determinada de cierta moneda extranjera.

Contrato  de Opción: Contrato estandarizado, en el cual el comprador,  mediante el pago de una prima, adquiere del vendedor el derecho, pero  no la obligación, de comprar (call) o vender (put) un activo subyacente  a un precio pactado (precio de ejercicio) en una fecha futura, y el vendedor  se obliga a vender o comprar, según corresponda, el activo subyacente  al precio convenido. El comprador puede ejercer dicho derecho, según  se haya acordado en el contrato respectivo. Si en el contrato de opción  se pacta el pago por diferencias, no se realizará la entrega del  activo subyacente.

Contrato  forward: El realizado por dos partes que acuerdan comprar o vender  un artículo específico en una fecha futura. Difiere de un  futuro en que es contratado directamente entre las partes, sin intervención  de una cámara de compensación y sólo puede realizarse  hasta su vencimiento.

Contrato: Instrumento legal en el que se establecen las partes que se obligan y  sus respectivos derechos y obligaciones.

Cuenta  Propia: Registro de las operaciones con base en el cual se realiza  la compensación y el cálculo de Aportaciones Iniciales Mínimas,  aportaciones al Fondo de Compensación y demás conceptos  objeto de compensación y liquidación que la Cámara  de Compensación lleva de cada Socio Liquidador de Posición  Propia.

Cuentas: Conjunto de registros de las operaciones con base al cual Asigna realiza  la compensación y el cálculo de Aportaciones Iniciales Mínimas,  aportaciones al Fondo de Compensación y demás conceptos  objeto de compensación y liquidación que la Cámara  de Compensación llevará por cada Socio Liquidador.

Cuenta de Clientes de Operador: Es el registro de las Operaciones que la Cámara de Compensación lleva para el conjunto de Clientes del Socio Liquidador de Posición de Terceros derivados de la función de comisionista de cada Operador, con excepción de éstos últimos, en base al cual se realiza la compensación y liquidación.

Cuenta de Conciliación: Es el registro de las Operaciones que la Cámara de Compensación lleva para las Operaciones derivadas de errores operativos de los Socios Liquidadores de Posición de Terceros.

Cuenta de Formador de Mercado: Es el registro de las Operaciones que la Cámara de Compensación lleva por cada uno de los Operadores que actúen como Formadores de Mercado, en términos del reglamento de la Bolsa, en base al cual se realiza la compensación y liquidación.

Cuenta de Operador: Es el registro de las Operaciones que la Cámara de Compensación lleva para cada Operador que opere en posición propia, incluyendo aquellas operaciones realizadas al amparo de los Términos y Condiciones de Liquidez o de las Condiciones Especiales de Operación que establezca la Bolsa.

Cuenta General de Operaciones: Es la cuenta de depósito de dinero a la vista que lleva una institución de crédito cuyo titular es la Cámara de Compensación, en la cual se realizan los depósitos y retiros de efectivo de los saldos netos diarios y de los Saldos de Liquidación al Vencimiento.

Cuenta General de Valores: A la cuenta de valores que lleva una institución para el depósito de valores, cuyo titular es la Cámara de Compensación, en la cual se realizan los depósitos y retiros de valores entregados como Aportaciones Iniciales Mínimas.

Cuenta MexDer: Es el número de cuenta individual que asigna la Bolsa a cada Cliente a solicitud del Socio Liquidador, en base al cuál se identificarán las operaciones por Cliente, independientemente de que dichas operaciones sean realizadas a través de uno o más Socios Liquidadores.

Cuenta Propia: Es el registro de las Operaciones que la Cámara de Compensación lleva de la institución de banca múltiple y/o casa de bolsa fideicomitentes de un Socio Liquidador de Posición Propia en base al cual se realiza la compensación y liquidación, incluyendo aquellas operaciones realizadas al amparo de los Términos y Condiciones de Liquidez o de las Condiciones Especiales de Operación que establezca la Bolsa.

Día  Hábil: Cualquier día en que las instituciones de crédito  y las casas de bolsa deben mantener abiertas su oficinas y celebrar operaciones  en términos de la regulación vigente.

Director General: Es la persona que ha sido designada en términos de los estatutos sociales de la Bolsa y aprobada por las Autoridades para desempeñar el cargo de Director General de la misma.

Disposiciones: "Disposiciones de carácter prudencial a las que se sujetarán  en sus operaciones los participantes en el mercado de futuros y opciones  cotizados en Bolsa", publicadas en el Diario Oficial de la Federación  de fecha 26 de mayo de 1997, así como las modificaciones, adiciones  y aquellas disposiciones que sustituyan a las antes mencionadas.

Ejecución de Garantías: Venta extrajudicial de los valores dados en garantía  a través de un ejecutor de la caución bursátil, designado  de común acuerdo por las partes.

Ejercicio  en Efectivo: Especificación en el contrato de derivados, cuya  liquidación no requiere la entrega física del valor de referencia.

Ejercicio  en Especie: Especificación en el contrato de derivados, cuya  liquidación implica la entrega física del valor de referencia.

Entrega: Transportación de un activo (real o financiero) a un destino específico,  indicado en el contrato, debido a que un futuro se realiza y debe ser  saldado. En opciones se procede a la entrega cuando ésta es ejercida  al precio de ejercicio pactado.

Evaluación Financiera: Al análisis respecto a la forma en que un Cliente acredita su capacidad económica para celebrar operaciones con Contratos.

Excedente  de la Aportación Inicial Mínima: Diferencia entre la  aportación solicitada al Cliente por el Socio Liquidador y la Aportación  Inicial Mínima solicitada al Socio Liquidador por la Cámara  de Compensación, que administra el Socio Liquidador correspondiente.

Fecha  de Cancelación: Día en que se extingue una operación  que hubiere sido celebrada por un Cliente, a través de un Socio  Liquidador, por haber vencido el plazo de tal operación, o por  la celebración de una operación contraria del mismo tipo  por dicho Cliente, a través del mismo Socio Liquidador.

Fecha  de Liquidación: Es el Día Hábil en que son exigibles las obligaciones derivadas de un Contrato conforme a las Condiciones Generales de Contratación.

Fecha  de Vencimiento: Es el Día Hábil en que expira el plazo de un Contrato conforme a las Condiciones Generales de Contratación.

Fideicomiso: Figura jurídica que ampara la entrega de determinados bienes por  parte de una persona física o moral (el fideicomitente) a una institución  que garantice su adecuada administración y conservación  (el fiduciario) y cuyos beneficios serán recibidos por la persona  que se designe (el fideicomisario) en las condiciones y términos  establecidos en el contrato de fideicomiso.

Fideicomitente: Persona que ordena la creación de un fideicomiso.

Fideicomitente  de la Cámara de Compensación: Persona que afecte recursos  al patrimonio de la Cámara de Compensación.

Fiduciario: Banco, casa de bolsa u otra institución bancaria de desarrollo  autorizada para realizar operaciones de fideicomiso, en los términos  jurídicos correspondientes. Institución encargada de cumplir  las instrucciones del mandante o fideicomitente, con respecto a bienes  puestos a su nombre y beneficio del mismo o de terceros.

Fondo  de Aportaciones: Fondo constituido en la Cámara de Compensación  con las Aportaciones Iniciales Mínimas entregadas por los Socios  Liquidadores, por cada contrato abierto.

Fondo  de Compensación: Fondo constituido en la Cámara de Compensación  con, al menos, el porcentaje de la suma de todas las Aportaciones Iniciales  Mínimas que fijen las Autoridades en las disposiciones legales  aplicables y que la Cámara de Compensación le solicite al  Socio Liquidador, así como por cualquier otra cantidad solicitada  por la Cámara de Compensación para este fondo.

Grupo Producto: Es el grupo de Contratos aprobado por las Autoridades que integra a dos o más Clases y que permite a los Socios Liquidadores reducir las Aportaciones Iniciales Mínimas, en virtud del nivel de correlación entre las mismas.

Formador(es) de Mercado: Al Operador que obtenga la aprobación por parte de la Bolsa para actuar con tal carácter y que deberá mantener en forma permanente y por cuenta propia, Posturas de compra y venta de Contratos de Futuros.

Indice de Precios y Cotizaciones (IPC): Es el principal  indicador del mercado accionario mexicano, el cual ilustra el comportamiento  de una muestra de emisoras representativas del universo de empresas que  cotizan en Bolsa, con respecto a su valor de capitalización.

Liquidación: Cerrar una posición cualquiera que ella sea, larga o corta. Para  una posición larga abierta, se puede liquidar la posición  vendiendo el contrato. Para una posición corta, se logra mediante  compra de un contrato de futuro de la misma serie.

Liquidaciones  Diarias: Sumas de dinero que deban solicitarse, recibirse y entregarse  diariamente, según corresponda, y que resulten de la valuación  diaria que realice la Cámara de Compensación por aportaciones  iniciales mínimas, Fondo de Compensación y por variaciones  en el precio de cierre de cada contrato abierto, con respecto al precio  de cierre del día hábil inmediato anterior o, en su caso,  con respecto al precio de concertación.

Liquidación  Extraordinaria: Cantidad de dinero que la Cámara de Compensación  exige a cada Socio Liquidador, en las situaciones de emergencia previstas  en el Reglamento Interior de la Cámara de Compensación.

Manual Operativo: Es el Manual de Políticas y Procedimientos, en el cual se establecen los procedimientos y especificaciones a los que deben ajustarse la Bolsa, los Socios Liquidadores y Operadores y la Cámara de Compensación en el cumplimiento de sus funciones.

Mark-to-Market: Práctica de acreditar o disminuir la cuenta de margen de los agentes,  debido a los movimientos diarios en el precio de cierre del subyacente  del futuro.

Mercado  Spot: Aquel en que la entrega y pago del bien negociado se efectúan  al momento de la concertación. El precio al cual se negocian se  le conoce como precio spot o de contado.

MexDer: Sociedad anónima denominada MexDer, Mercado Mexicano de Derivados,  S.A. de C.V., que tiene por objeto proveer las instalaciones y demás  servicios para que se coticen y negocien los contratos de futuros y contratos  de opciones.

Miembro: Socio de MexDer autorizado para celebrar contratos de futuros y contratos  de opciones, ya sea en el carácter de Socio Liquidador o de Socio  Operador. Derogado (Marzo 30, 2001).

Operación: Acto mediante el cual se celebra indistintamente un Contrato de Futuro  o un Contrato de Opción en MexDer, por virtud del cual, un cliente  y la Cámara de Compensación se adhieren a los términos  establecidos en las Condiciones Generales de Contratación.

Operación en Firme: A aquella transacción consistente en la presentación de una Postura de compra o de venta en el Sistema Electrónico de Negociación que se perfecciona cuando el precio de una Postura de compra sea igual o mayor que el de una Postura de venta o cuando el precio de una Postura de venta sea igual o menor que el de una Postura de compra.

Operación  de Apertura: Para efectos de registro, es aquella operación  por la cual se crea o incrementa la posición abierta de un Cliente  en una Serie de Contratos de Futuro. Para la parte que compra, la operación  de apertura crea o incrementa la posición larga; para la parte  que vende, la operación de apertura crea o incrementa la posición  corta.

Operación de Autoentrada: A aquella transacción celebrada a través de la presentación de una Postura de compra y una Postura de venta en el Sistema Electrónico de Negociación por parte del mismo Socio Liquidador u Operador, siempre y cuando una de las Posturas proceda de la cuenta propia de un Socio Liquidador o de un Operador.

Operación de Cierre o Cancelación: Para efectos de registro, es aquella  operación por virtud de la cual se reduce o cancela la posición  abierta de un Cliente en una Serie de Contratos, a través de la  celebración de una operación contraria. Para la parte que  compra, la operación de cierre reduce o cancela la posición  corta; para la parte que vende, la operación de cierre reduce o  cancela la posición larga.

Operación de Cruce: A aquella transacción celebrada a través de la presentación de una Postura de compra y una Postura de venta en el Sistema Electrónico de Negociación por parte del mismo Socio Liquidador u Operador, siempre y cuando las Posturas provengan de Clientes.

Operación de Profundidad: A aquella transacción que realicen los Formadores de Mercado a través del servicio de operación vía telefónica, consistente en la presentación de Posturas de compra o venta, durante un periodo específico dentro de una sesión de negociación, al mismo precio al de la última operación registrada para esa Serie y siempre y cuando se haya perfeccionado la totalidad del volumen de la Postura desplegada en el Sistema Electrónico de Negociación.

Operaciones por Cuenta Propia: A las que liquiden y, en su caso, celebren los Socios Liquidadores exclusivamente por cuenta de sus fideicomitentes institución de banca múltiple, casa de bolsa y demás entidades financieras que formen parte del grupo financiero al que pertenezca dicha institución de banca múltiple o casa de bolsa en los términos de las Reglas, así como las que celebren los Operadores como Clientes de un Socio Liquidador.

Operaciones por Cuenta de Terceros: A las que liquiden, y en su caso, celebren los Socios Liquidadores por cuenta de personas distintas a la institución de crédito y/o casa de bolsa fideicomitente, así como las que celebren los Operadores actuando como comisionistas de un Socio Liquidador.

Operador(es): A las instituciones de crédito, casas de bolsa y demás personas físicas y morales que pueden o no ser socios de la Bolsa, cuya función sea actuar como comisionista de uno o más Socios Liquidadores, en la celebración de Contratos de Futuros y que pueden tener acceso al Sistema Electrónico de Negociación de la Bolsa para la celebración de dichos contratos.

Cuando los Operadores celebren Contratos de Futuros y Contratos de Opciones por cuenta propia, actuarán como Clientes.

Operador(es) de Mesa: A la persona física contratada por un Operador o por un Socio Liquidador, para ejecutar órdenes para la celebración de Contratos de Futuros y Contratos de Opciones por medio de los sistemas electrónicos de negociación de la Bolsa.

Operador  de Piso: Persona física contratada por un Socio Operador o  por un Socio Liquidador, para ejecutar órdenes contratos de futuros  y contratos de opciones, en las instalaciones de MexDer. Derogado (Mayo 8, 2000).

Orden(es): Son las instrucciones de compra o de venta de una Serie determinada giradas por parte de un Cliente.

Over  the Counter (OTC): Es el término que se utiliza para denominar  a todas aquellas operaciones o productos que se negocian fuera de una  bolsa organizada de valores. En Estados Unidos existe un mercado conocido  como OTC en el cual se negocian bonos, productos derivados y acciones  de empresas, el cual tiene requisitos de cotización más  flexibles que las grandes bolsas de valores.

En  México se refiere principalmente a la compra-venta a futuro de  dólares, tasas de interés y otros instrumentos autorizados,  que se realizan directamente entre participantes e intermediarios, entendiéndose  como participantes a las personas físicas nacionales y extranjeras  y los intermediarios a las instituciones de crédito o casas de  bolsa que obtienen autorización por escrito del Banco de México  para realizar operaciones de compra-venta con otros intermediarios y participantes.

Panel Arbitral: Es el órgano colegiado auxiliar del Comité Disciplinario y Arbitral encargado de resolver por medio del arbitraje las controversias que se susciten entre Socios Liquidadores u Operadores o entre Clientes y Socios Liquidadores y Operadores.

Panel Disciplinario: Es el órgano colegiado auxiliar del Comité Disciplinario y Arbitral encargado de resolver los casos de incumplimiento a las obligaciones establecidas en el presente Reglamento y en el Manual Operativo.

Participación: Es el acto por virtud del cual un Socio Liquidador u Operador interviene en una operación de cruce o de autoentrada, aceptando los términos del ofrecimiento del Socio Liquidador u Operador que se encuentre realizando dicha operación.

Patrimonio  Mínimo: Es el fondo que los fideicomitentes del Fideicomiso  deben mantener constituido, cuyo monto en ningún momento deberá  ser menor al establecido por las Autoridades Financieras.

Personal Acreditado: Son aquellas personas que han sido designadas por los Socios Liquidadores y Operadores como Promotores, Operadores de Mesa, administradores de riesgos y administradores de cuentas, y que han sido acreditadas por la Bolsa.

Posición  Corta sobre un Futuro: Posición que mantiene un inversionista  que se compromete a vender un bien subyacente, mediante un contrato de  futuro. Número de Contratos de cada una de las Series respecto  de las cuales el Cliente actúa como Vendedor.

Posición  Individual: Para efecto de la constitución de las Aportaciones  Iniciales Mínimas, es la Posición Larga o la Posición  Corta en contratos pertenecientes a una misma Serie que no forman parte  de una Posición Opuesta.

Posición Intragrupo: Para efecto de la constitución de las Aportaciones Iniciales Mínimas, es la posición que se integra con un cierto número de Contratos en Posiciones Cortas en una Clase y con cierto número de Posiciones Largas en otra Clase, que formen parte del Grupo Producto y pertenezcan a una misma cuenta MexDer.

Posición  Larga Sobre un Futuro: Posición que mantiene el comprador de  un futuro. número de contratos de cada una de las Series, respecto  de los cuales el Cliente actúa como comprador.

Posición(es) Límite(s): Es el número máximo de Contratos Abiertos de una misma Clase o Serie que podrá tener un Cliente.

Posición  Opuesta: Para efecto de la constitución de Aportaciones Iniciales  Mínimas, es la posición que se integra con un número  de contratos en posición larga de una Serie con igual número  de contratos en posición corta de otra Serie, cuando ambas Series  son de una misma Clase. Las posiciones opuestas se formarán sucesivamente  con los contratos pertenecientes a las Series cuyas fechas de vencimiento  sean las más próximas.

Postura: Es la oferta para comprar o vender un número de Contratos de una Serie a un precio determinado, realizada por un Socio Liquidador u Operador a través del Sistema Electrónico de Negociación.

Precio  de Liquidación Diaria o Precio de Cierre a Presidente: Precio de referencia  por unidad de activo subyacente que MexDer da a conocer a la Cámara  de Compensación, para efectos del cálculo de aportaciones  y la liquidación diaria de los contratos de futuros y/o contratos  de opciones.

Precio  de Liquidación al Vencimiento: Precio de referencia que da  a conocer MexDer y con base al cual Asigna realiza la liquidación  de los contratos de futuros y/o contratos de opciones en la fecha de liquidación.  El precio de liquidación al vencimiento se determina por unidad  de activo subyacente.

Precio  Futuro: Precio por unidad de activo subyacente acordado en un Contrato  de Futuro en la fecha de celebración. Este se ajustará diariamente  para efecto de reflejar las pérdidas y ganancias.

Productos  Derivados: Familia o conjunto de instrumentos financieros, cuya principal  característica es que están vinculados a un valor subyacente  o de referencia. Los principales productos derivados son los futuros,  las opciones, los warrants, las opciones sobre futuros y los swaps.

Promotor: Es aquella persona facultada por un Socio Liquidador u Operador para atender las instrucciones que reciba de parte de sus Clientes para la celebración de operaciones en Bolsa.

Prospecto: Documento que contiene la información relativa a una emisión  de títulos opcionales, preparado por el emisor para la colocación  del instrumento.

Puja: Variación mínima permitida en el movimiento del precio de  una Serie de contratos de futuros o contratos de opciones.

Reglamento: Es el Reglamento Interior de la Bolsa y de la Cámara de Compensación.

Reglas: Son las "Reglas a las que habrán de sujetarse las sociedades y  fideicomisos que intervengan en el establecimiento y operación  de un mercado de futuros y opciones cotizados en Bolsa", publicadas en  el Diario Oficial de la Federación, de fecha 31 de diciembre de  1996, así como las modificaciones, adiciones y aquellas reglas  que sustituyan a las antes mencionadas.

Riesgo  Contraparte: Se produce cuando no hay una Cámara de Compensación  que actúe como contraparte de todas las posiciones.

Riesgo  Crédito: Conocido también como riesgo de incumplimiento  y se refiere al incumplimiento de la obligación adquirida con el  comprador de un contrato de opción.

Riesgo  de Mercado: Es el que afecta al tenedor de cualquier tipo de valor,  ante las fluctuaciones de precio ocasionadas por los movimientos normales  del mercado.

Riesgo  Precio: Es el riesgo asociado con movimientos adversos en el precio  del activo o valor sobre el cual se mantiene alguna posición.

Saldo  de Liquidación al Vencimiento: En caso  de una Posición Larga liquidable en especie, es la cantidad que  resulte de multiplicar el precio de liquidación al vencimiento  por el número de unidades del activo subyacente que ampare un Contrato  de Futuro. En caso de una posición corta liquidable en especie,  es el número de unidades del activo subyacente que ampara un Contrato  de Futuro. En caso de una posición larga o una posición  corta liquidable en efectivo, es la diferencia entre el precio de liquidación  diaria del día anterior a la fecha de vencimiento y el precio de  liquidación al vencimiento, multiplicado por el número de  unidades del Activo Subyacente que ampara el Contrato de Futuro.

SAVAP: Es el Sistema de Administración de Aportaciones en Valores para Derivados, a través del cual se realiza la administración de los valores aportados que reciban la Cámara de Compensación y los Socios Liquidadores. A través del SAVAP, la Cámara de Compensación podrá recibir y registrar los valores al fondo de Patrimonio Mínimo y al Fondo de Aportaciones, mientras que los Socios Liquidadores podrán recibir y registrar valores aportados como patrimonio mínimo y como Excedentes de Aportaciones Iniciales Mínimas.

Serie: Tratándose de contratos de futuros, son todos los Contratos pertenecientes  a una misma Clase con igual fecha de vencimiento. Todas las opciones de  la misma Clase, con igual precio y fecha de vencimiento.

SIDV: Es el Sistema Interactivo para el Depósito de Valores de la S.D. Indeval, S.A. de C.V., a través del cual se realiza la administración y registro de valores.

Sistema Electrónico de Negociación: Al sistema que provee la Bolsa para la celebración de Contratos por parte de los Socios Liquidadores y Operadores.

Sistema Electrónico para la Recepción y Registro de Ordenes y Asignación de Operaciones o SRA: Al sistema electrónico que cada Socio Liquidador u Operador que celebre Operaciones por Cuenta de Terceros debe utilizar para registrar las Ordenes de sus Clientes y para la asignación de las operaciones que resulten con motivo de la ejecución de dichas Ordenes en el Sistema Electrónico de Negociación.

Socio  Liquidador: Fideicomiso que participa en el patrimonio  de la Cámara de Compensación, teniendo como finalidad celebrar  y liquidar, por cuenta propia o de clientes, contratos de futuros y contratos  de opciones operados en Bolsa.

Socio Liquidador de Posición Propia: Es el fideicomiso que tenga como fin compensar y liquidar exclusivamente operaciones por cuenta de sus fideicomitentes institución de banca múltiple, casa de bolsa y demás entidades del grupo financiero al que éstas pertenezcan, así como del Operador en cuyo capital participen cualquiera de las instituciones antes señaladas.

Socio  Operador: Es el miembro de MexDer, cuya función es actuar como  comisionista de uno o más Socios Liquidadores, en la celebración  de Contratos de Futuros y Contratos de Opciones y que puede tener acceso  a las instalaciones de MexDer, para la celebración de dichos contratos. Derogado (Marzo 30, 2001).

Subasta: Medio de concertación de Contratos de Futuros bajo la modalidad de doble mercado, en la que todos los Socios Liquidadores, Operadores y Clientes tienen el derecho de participar simultáneamente como Comprador y como Vendedor. El precio al que se realiza la subasta es aquél que se obtiene de las Posturas de compra y venta que logra el mayor número de Contratos negociados.

Subcomité de Admisión y Administración de Riesgos: Es el órgano colegiado encargado de auxiliar al Comité Técnico en sus facultades técnicas, de admisión de fideicomitentes, de aprobación de Socios Liquidadores, de acreditación del personal de los mismos y de administración de riesgos.

Subcomité de auditoria: Es el órgano colegiado encargado de auxiliar al Comité Técnico en sus facultades de auditoria.

Subcomité Disciplinario y Arbitral: Es el órgano colegiado encargado de auxiliar al Comité Técnico en sus facultades disciplinarias y de árbitro.

Subcomité Normativo y de Ética: Es el órgano colegiado encargado de auxiliar al Comité Técnico en sus facultades normativas y de ética.

Subcuenta de Conciliación: Es el registro de las Operaciones que la Cámara de Compensación lleva para las Operaciones derivadas de errores operativos.

Términos y Condiciones de Liquidez: A los requisitos de operación que establezca la Bolsa a los cuales se sometan las instituciones de crédito y casas de bolsa autorizadas por el Consejo, para la celebración de operaciones en la misma y considerándose para ese efecto como Formadores de Mercado, obligándose a presentar Posturas de compra o venta para la celebración de un número determinado de Operaciones por Cuenta Propia y dentro de un diferencial de precios, a efecto de otorgar mayor liquidez al mercado.

Títulos  Opcionales (warrants): Es la denominación que las Autoridades  Financieras le dieron a los instrumentos que internacionalmente se denominan  como warrants. Son instrumentos que conceden a su tenedor, pero no la  obligación, de comprar o vender otro título o canasta de  títulos o un índice de precios, denominado como valor subyacente  a un precio establecido con anticipación y durante un periodo determinado.  Al igual que las opciones, pueden ser títulos opcionales de venta  (put) o de compra (call) y se ejercen en especie o efectivo, de acuerdo  con las estipulaciones del acta de emisión.

Unidad  de Inversión (UDI): Unida de cuenta, cuyo valor en moneda nacional  publica el Banco de México, en el Diario Oficial de la Federación.

Valor  de Capitalización del Mercado Accionario: Valor total del conjunto  de empresas inscritas en la Bolsa Mexicana de Valores, el cual se deriva  de la interacción de oferentes y demandantes.

Valor  de Capitalización o Valor de Mercado de una Empresa: Valor  que los oferentes y demandantes determinan para una compañía  cotizada en Bolsa y se calcula por el precio de cada acción en  una determinada fecha, multiplicado por el total de acciones en circulación.

Valor  de Referencia: Véase Activo Subyacente.

Valuación  Diaria a Precio de Mercado (Mark to market): Práctica de acreditar  o disminuir la cuenta de margen de los agentes, debido a los movimientos  diarios en el precio de cierre del subyacente del futuro.

Vendedor(es): En un Contrato de Futuro, es la parte que se obliga a entregar a la contraparte en la Fecha de Liquidación el Saldo de Liquidación al Vencimiento.

Volatilidad: Grado de fluctuación que manifiesta el precio del subyacente a  través del tiempo.

WARRANTS: UNA APROXIMACION GENERAL

CONCEPTO

Los Títulos Opcionales (Warrants) son títulos nominativos susceptibles de oferta pública y de intermediación en el Mercado de Valores. Confieren a sus tenedores, a cambio del pago de una prima de emisión, el derecho de comprar (Call) o el derecho de vender (put) al emisor un determinado número de acciones a las que se encuentran referidos (acciones de referencia), de un grupo o canasta de acciones o de un índice, o bien de recibir del emisor una determinada suma de dinero resultante de la variación de un índice de precios (índice de referencia), a un cierto precio (precio del ejercicio) y durante un período o en una fecha establecidos al realizarse la emisión.

Los títulos opcionales están catalogados como productos derivados, ya que su principal característica es que su valor está asociado al valor de otro instrumento financiero, al que se denomina valor subyacente. Precio de Ejercicio.- Es el precio estandarizado al cual se denota la compra o la venta de título opcional. Valor intrínseco es la diferencia entre el precio corriente de mercado de los valores de referencia o valores subyacentes (sean acciones, canasta o índice de referencia) y el precio del ejercicio, tratándose de títulos opcionales de compra; en el caso de títulos opcionales de venta, se refiere a la diferencia entre el precio del ejercicio y el precio corriente de mercado de dichos valores de referencia o valores subyacentes.

En la emisión de Títulos Opcionales participan:

· EL EMISOR:
Es la persona moral que al emitir títulos opcionales contrae la obligación de comprar o vender títulos a un precio preestablecido, a cambio del pago de un precio de emisión o prima.

· EL TENEDOR:
Es el inversionista que obtiene el derecho descrito en el título opcional, mediante el pago de una prima al emisor.

· EL AGENTE DEL TITULO OPCIONAL:
Es la Casa de Bolsa que realiza el ejercicio y liquidación a través de la S.D. Indeval.

· EL AGENTE COLOCADOR:
El Agente del título opcional (Casa de Bolsa) puede ser a su vez Agente colocador, pero en ningún caso podrá actuar como representante común.

· EL REPRESENTANTE COMUN:
Es el Banco o Casa de Bolsa que asume la responsabilidad de ejercitar las acciones o derechos que correspondan al conjunto de tenedores por incumplimiento del Emisor o del Agente. La designación no podrá recaer en el Agente del título opcional, la Casa de Bolsa o Banco que pertenezca al mismo Grupo Financiero del Emisor, o al Agente Colocador.

ANTECEDENTES

Los Productos Derivados tienen su origen en 1973 con la aparición de contratos de Opciones como instrumentos en los mercados financieros internacionales. Posteriormente aparecieron los Títulos Opcionales o Warrants.


En noviembre de 1991 la Comisión Nacional de Valores (CNV) concluyó un estudio de factibilidad para establecer un mercado de productos derivados en México, en el cual se recomendó instrumentar un mercado de Opciones iniciando con títulos opcionales. En julio de 1992 la junta de gobierno de la CNV aprobó las disposiciones de carácter general aplicables a estos, mismas que fueron publicadas en su Circular 10-157 (Diario Oficial de la Federación del 3 de septiembre de 1992).


La primera emisión de títulos opcionales en México tuvo lugar el 22 de octubre de 1992, fecha en la cual la Casa de Bolsa Acciones y Valores ofertó públicamente 435,000 títulos opcionales de compra en efectivo, referidos a acciones de la serie <L> emitidas por Telmex. El mercado de compraventa de acciones en México tiene su origen en 1880, cuando inversionistas nacionales y extranjeros se reunían en las oficinas de la Compañía Mexicana de Gas para comerciar con acciones mineras, principalmente. En 1894 se fundó la primera Bolsa de Valores de México, que sólo cotizaba tres emisiones públicas y ocho privadas. A partir de 1975, con la entrada en vigor de la Ley del Mercado de Valores, el mercado accionario comenzó a crecer rápidamente hasta adquirir su importancia actual.

OBJETIVOS Y TIPOS

El propósito fundamental de los títulos opcionales es ofrecer un mecanismo de cobertura en condiciones de alta volatilidad, pero también constituyen un mecanismo de especulación. Su introducción en los mercados bursátiles permite ofrecer nuevas alternativas financieras, brindando a los administradores de portafolios de inversión la posibilidad de realizar estrategias de cobertura de riesgo, planeación de sus inversiones y financiamiento.

Clasificación con base en los Derechos que Confieren

· TITULOS OPCIONALES DE COMPRA (Call): Otorgan a sus tenedores el derecho de: Adquirir del emisor las acciones de canasta de referencia o índices; recibir del emisor la suma de dinero que resulte de la diferencia positiva determinada en la fecha del ejercicio, entre el precio corriente de mercado de la acción de referencia o del conjunto de acciones de la canasta de referencia, según sea el caso, y el precio de ejercicio; o recibir del emisor la suma de dinero que resulte de la diferencia positiva determinada en la fecha de ejercicio, entre el valor de mercado del índice de referencia expresado en términos monetarios y el precio de ejercicio.

· TITULOS OPCIONALES DE VENTA (Put): Otorgan a sus tenedores el derecho de: Vender al emisor las acciones o canasta de referencia o índices; o recibir del emisor la suma de dinero que resulte de la diferencia positiva determinada en la fecha de ejercicio, entre el precio de ejercicio y el precio corriente de mercado de la acción de referencia o el conjunto de acciones de la canasta de referencia, según sea el caso; o recibir del emisor la suma de dinero que resulte de la diferencia positiva determinada en la fecha de ejercicio, entre el precio del ejercicio y el precio corriente de mercado de la acción de referencia o del conjunto de acciones de la canasta de referencia, según sea el caso.

 

Clasificación con base en su forma de liquidación:

· EN ESPECIE. Se liquidan mediante la entrega de las acciones de referencia o de la canasta de referencia, al precio de ejercicio.

· EN EFECTIVO. Se liquidan mediante el pago de una suma de dinero que nace de la diferencia entre el precio del bien subyacente y el de mercado.

Clasificación con base en su fecha de liquidación:

· TIPO AMERICANO. Cuando el tenedor puede ejercer su derecho en cualquier momento durante la vigencia del Título Opcional.

· TIPO EUROPEO. Cuando el tenedor sólo puede ejercer su derecho al vencimiento del Título Opcional.

· TIPO BERMUDAS: El derecho que incorporan se puede ejercitar en varias fechas determinadas a lo largo de la vida del warrant, incluida la fecha de su vencimiento.

CARACTERÍSTICAS GENERALES

REGIMEN FISCAL

VENTAJAS

· La máxima pérdida que el inversionista puede obtener al adquirir títulos opcionales es el equivalente al costo de la prima que paga para adquirir el derecho de ejercer (o no) la compra o la venta del Título.

· Especula con apalancamiento.

· Implican un derecho más no una obligación.

· La existencia de productos derivados, como los Títulos Opcionales, permite el diseño de instrumentos de cobertura con los que los inversionistas puedan graduar el riesgo y participar en el mercado con la mayor certidumbre generada por la transferencia de riesgos, por lo que tienen una sección de mercado con mayor riesgo y una oportunidad para aplicar una administración profesional de riesgos, incentivada por el atractivo de una posible generación de ganancias extraordinarias.

DESVENTAJAS

· No otorgan a sus tenedores ningún derecho corporativo.

 

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