Reformas al sistema Financiero Mexicano (1995)

 

Operaciones celebradas por el Banco de México a fin de disminuir las presiones ejercidas por los Bonos de la Tesorería de la Federación (TESOBONOS) en el mercado cambiario: Se permitió liquidar anticipadamente créditos que el Banco Central hubiere otorgado mediante subastas a instituciones distintas a aquéllas que hubieren entregado en pago TESOBONOS. Con el propósito de que las instituciones de crédito que decidieren liquidar créditos y/o depósitos pudieren mantener equilibradas sus posiciones de divisas, el Banco Central les vendió cobertura cambiaria de corto plazo. Estas y otras disposiciones permitieron que las instituciones de crédito y las casas de bolsa disminuyeran las obligaciones que tenían con el Banco de México, y que se redujeran las presiones que los TESOBONOS ejercían sobre el mercado cambiario.

Admisión de pasivos en moneda extranjera: A fin de otorgar mayores opciones de inversión a las instituciones de banca múltiple en lo relativo al régimen de inversión de sus pasivos en moneda extranjera, a partir del mes de enero, se les permitió que invirtieran hasta un tres por ciento de su "pasivo invertible" en papel comercial emitido por el Banco Latinoamericano de Exportaciones.

Mercados de Compraventa de Dólares a Futuro y de Opciones de Compra y Venta de Dólares: se creó así un mecanismo eficiente para la administración, distribución de riesgos y determinación de precios o tipos de cambio.

Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE): Con el objeto de contar con una tasa de interés interbancaria que reflejara las condiciones del mercado en forma más precisa que la Tasa de Interés Interbancaria Promedio (TIIP), el Banco de México, en marzo de 1995 expidió las disposiciones para calcular la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE).

Unidades de Inversión (UDIS): la finalidad fue ofrecer un instrumento que contribuyera a mitigar los problemas ocasionados por la inflación en ahorradores y acreditados.

Tasas de interés en operaciones activas: Se efectuaron cambios substanciales a las disposiciones relativas a tasas de interés en operaciones activas, con el propósito de que el público contara con elementos que le faciliten conocer y comparar el costo efectivo de los financiamientos que ofrecen las instituciones de banca múltiple.

Garantías otorgadas en favor del Banco de México: Se amplió la gama de títulos de crédito con los que las instituciones de banca múltiple pueden garantizar obligaciones a su cargo y a favor del Banco de México para incluir a los Certificados de la Tesorería de la Federación emitidos al amparo de programas de reestructuración de créditos en unidades de inversión (CETES ESPECIALES).

Programas de Apoyo Crediticio: A lo largo de 1995 se implementaron múltiples Programas de Apoyo Crediticio acordados entre el Gobierno Federal y las instituciones de crédito y otros intermediarios financieros, con la finalidad de reducir la creciente problemática de la cartera vencida de esas instituciones e intermediarios, permitiéndoles la reestructuración en UDIS de créditos otorgados en moneda nacional y en dólares de los EE.UU.A., la disminución de las tasas de interés de dichos créditos, la ampliación del plazo del crédito, y en ocasiones, el diferimiento del pago del principal durante períodos razonables. Destacó el Acuerdo de Apoyo a los Deudores de la Banca (ADE): su principal objetivo fue otorgar apoyo financiero de manera prioritaria a deudores medianos y pequeños de tarjetas de crédito, créditos para la adquisición de bienes al consumo duradero y personales, créditos para vivienda, créditos empresariales y créditos agropecuarios.

Préstamo de Valores: considerando que a través del préstamo de valores se aumenta la liquidez en el mercado de éstos, y se reducen los incumplimientos en la liquidación de operaciones con valores que se efectúan en instituciones para el depósito de valores, el Banco de México permitió que las instituciones de crédito, las casas de bolsa y las sociedades de inversión comunes y en instrumentos de deuda realizaran operaciones de préstamo de valores.

Reformas a leyes financieras: tuvieron como objeto el fortalecimiento de la estructura de las entidades financieras, mejorar su organización y funcionamiento y coordinar las políticas de estabilización y crecimiento. Los puntos se centraron en modificarla estructura del capital social y accionario, combatir el lavado de dinero; se hizo necesario consolidar en un solo órgano las funciones atribuidas a la Comisión Nacional Bancaria y a la Comisión Nacional de Valores, se expidió la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Préstamo de valores: a finales de abril de 1996, el Banco de México autorizó a las instituciones de crédito del país a realizar préstamos de acciones, por cuenta propia, sin intermediación de casas de bolsa y a dar en garantía de estas operaciones efectivo o valores. En lo que respecta a las casas de bolsa, se les permitió celebrar operaciones de préstamo de valores con acciones de baja bursatilidad.

Certificados de la Tesorería de la federación y Bonos de Desarrollo del gobierno federal denominados en Unidades de Inversión: el Banco de México realizó adecuaciones a diversas disposiciones para incluir UDIBONOS y los Certificados de la Tesorería de la Federación denominados en unidades de inversión (UDICETES) en las operaciones que pueden realizar las instituciones de crédito y las casas de bolsa.

Operaciones a futuro con "Bonos Brady" negociadas en mercados reconocidos por el Banco de México: fue permitido a las instituciones de crédito celebrar operaciones a futuro con valores emitidos por el gobierno federal en dólares de los EE.UU., conocidos como "Bonos Brady" en Chicago Mercantile Exchange y en Mid America Commodity Exchange of the Chicago Board of Trade.

Subastas de opciones de venta de dólares de los EE.UU: La Comisión de Cambios, integrada por funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Banco de México, determinó la conveniencia de que, sin alterar el régimen cambiario, el Banco de México aumente el nivel de sus reservas de divisas lo cual contribuye a mejorar las condiciones de contratación de nuevos créditos. Adicionalmente también advirtió la importancia de que ello se logre mediante un esquema que favorezca las compras del instituto emisor cuando el mercado esté ofrecido y las inhiba cuando esté demandado. Se logró mediante una fórmula que no alteró la naturaleza del régimen vigente de flotación, una de cuyas características principales fue no predeterminar el nivel del tipo de cambio. Para alcanzar los propósitos señalados, el Banco de México determinó llevar a cabo subastas de opciones de venta de dólares el último día hábil de cada mes. El monto de cada subasta en un principio fue de 130 millones de dólares.

Aportaciones iniciales al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (FOBAPROA): Con fecha 1 de noviembre de 1996, el Banco de México dio a conocer el oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el que se determinó la cantidad inicial que deberán aportar al referido fideicomiso las instituciones de banca múltiple a que se refiere el artículo 122, fracción VI de la Ley de Instituciones de Crédito, así como los términos establecidos por el Comité Técnico de ese fideicomiso en que debe cubrirse la referida cantidad inicial.

Depósitos de regulación monetaria: con el propósito de reforzar los instrumentos de política monetaria del Banco de México, y debido a que sólo mediante un manejo flexible y oportuno de ésta política es como podría contenerse el efecto de los choques externos sobre el tipo de cambio, las expectativas inflacionarias y las tasas de interés a mediano y a largo plazos, se estableció la obligación para las instituciones de banca múltiple de constituir a partir del 2 de septiembre de 1998, depósitos de regulación monetaria en el Banco Central por un importe conjunto total de $25,000’000,000.

Operaciones financieras de derivados: con el objeto de que las instituciones de banca múltiple pudieren celebrar en los mercados bursátiles las mismas operaciones que llevan a cabo en los mercados extrabursátiles y a fin de ampliar la gama de contratos que las instituciones pueden celebrar en el mercado de derivados, el Banco de México estimó conveniente permitirles realizar operaciones con futuros y opciones en mercados bursátiles y extrabursátiles, sobre los activos subyacentes siguientes: Metales preciosos; Moneda nacional y divisas; Valores gubernamentales emitidos, avalados o garantizados por el Gobierno Federal o Gobiernos Extranjeros; Tasas de interés reales o nominales; Indices de bolsas de valores, un grupo de acciones o una acción, cotizados en dichas bolsas; Unidades de inversión, e Intercambio de flujos de dinero (swaps).

Permuta de BONDES: El Banco de México estableció el procedimiento para permutar Bonos de Desarrollo cuya tasa de interés estuviera referida a la de los Certificados de la Tesorería de la Federación a plazo de 28 días, por Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal con pago trimestral de intereses, protección contra la inflación y cuya tasa de interés estuviera referida a la de los Certificados de la Tesorería de la Federación a plazo de 91 días. La convocatoria se dio a conocer el 24 de marzo de 1998.

Ley de protección al ahorro bancario: El IPAB es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal que garantiza los depósitos bancarios de dinero, así como los préstamos y créditos a cargo de las instituciones. El IPAB pagará el saldo de las referidas obligaciones garantizadas, hasta por una cantidad equivalente a 400 mil Unidades de Inversión (UDIS) por persona, cualquiera que sea el número y clase de dichas obligaciones a su favor y a cargo de una misma institución, subrogándose en los derechos de cobro respectivos.

Depósitos de regulación monetaria: Con el objeto de reforzar la efectividad de la política monetaria del Banco de México para influir en el nivel de las tasas de interés de corto plazo, el Banco Central dispuso que las instituciones de banca múltiple constituyeran en el propio Banco, a partir del 15 de febrero de 1999, depósitos de regulación monetaria, con las características siguientes: Importe conjunto de veinticinco mil millones de pesos; Monto individual de cada depósito; plazo indefinido; rendimiento a 28 días.

Modificación a las reglas que deberán ajustarse a las casas de bolsa en operaciones con divisas: considerando la necesidad de que las casas de bolsa puedan equilibrar sus Posiciones de Riesgo Cambiario y cumplir sus obligaciones en moneda extranjera resultantes de las operaciones que tienen autorizadas a celebrar, el 14 de abril de 1999 se expidieron las Reglas a las deben sujetarse las mencionadas casas de bolsa en sus operaciones con divisas.

Bonos de regulación monetaria : la Junta de Gobierno del Banco de México acordó emitir Bonos de Regulación Monetaria (BREMS) con el fin de ampliar la gama de valores que, al ser colocados entre el gran público inversionista, permitan al Banco de México realizar operaciones de mercado abierto.

Bonos de Protección al Ahorro: se autorizó al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) a emitir valores con el único objeto de canjear o refinanciar sus obligaciones financieras a fin de hacer frente a sus obligaciones de pago, otorgar liquidez a sus títulos y, en general, mejorar los términos y condiciones de dichas obligaciones financieras.