bullet1 El Término Procesal


    Introducción

    • Los Términos En el Juicio de Amparo

      Este tema es muy importante por que en el se trata de términos prejudiciales , términos judiciales , términos prorrogables o improrrogables o fatales.

    • Como es esto de la improrrogabilidad encierra una cuestion fatal.

      porque se comenta el hecho de ser fatal implica consecuencias muy severas en perjuicio del gobernado porque la sanción como cuando se ve respecto al principio de definitividad.

    • Qué pasa si no se agota un recurso ordinario , no basta que existan las violaciones a las garantías individuales ?

      El hecho implica una sanción que es el sobreseimiento del juicio.
    • El hecho de no interponer la demanda de amparo dentro de un término que prevee la ley implica una sanción muy severa muy grave en perjuicio del gobernado como es el sobreseimiento.

    • ¿Cuando es un Término prejudicial?

      Aquel que se da antes del juicio.
      Sin embargo este término es improrrogable y puede ser fatal.

    • ¿Que pasa cuando a nosotros se nos pasa el término genérico para la presentación de la demanda de amparo ?

      El gobernado puede decirle al juez que acaba de tener conocimiento del acto de autoridad , en este momento que estoy presentando la demanda.

    • Quién se da cuenta realmente si ha primera mano si el quejoso le está diciendo la verdad o no ?

      La autoridad responsable, porque fué la que le notificó aquel acto autoritario que ha juicio del quejoso es violatorio de garantías individuales , y es el que precisamente marca la pauta como para ejercitar posteriormente la acción de amparo.

    • Cuando presentamos una demanda de amparo lo único que nos exige el legislador es que cumplamos con los requisitos de la demanda y la demanda es admitida.
      El hecho de ser admitida no quiere decir que va ha ser conseguida, que se vaya ha conseguir la protección de la justicia federal , porque el juicio de amparo es un proceso contencioso

    • En este procedimiento sus protagonistas son los sujetos Activo y pasivo , sujetos del ejercicio de la acción de amparo , el quejoso es el que se siente víctima con respecto a la violación de sus garantías individuales, y el sujeto pasivo es el que emitio la determinación que ha juicio del gobernado presumidamente es violatoria de garantías individules, el determina ejercitar la acción de amparo.
      Lo único que le dice el juzgador es que cuando Ud. ejercite la acción de amparo digame bajo protesta de lo que me dice es verdad.

    • El gobernado dice protesto de decir verdad le manifiesto de que acabo de tener conocimiento del acto de autoridad..... la demanda se admite ,y no solo se admite sino que se ordena suspender el acto reclamado etc. Después viene el informe justificado , el señalamiento para la celebración de la audiencia constitucional.

    • Cuando se rinde el informe justificado de la autoridad responsable, el juzgador del amparo se empieza ha dar cuenta de lo que verdaderamente existe en ese procedimiento porque que va ha decir la autoridad responsable;

    • No es cierto que el quejoso tuvo conocimiento de este acto autoritario en la fecha que puso en su demanda, la realidad es que el tuvo conocimiento en tal fecha que yo le notifique en su domicilio a través del actuario o mediante una cita , y puedo demostrarlo.

    • ¿Como lo puede demostrar ? con la actuación misma , ahi la tiene y eso desvirtua el juicio del quejoso.

      Cuales son los objetivos que busca el quejoso? dentro del juicio de amparo , busca que se le protega la justicia federal ,

    • ¿Que objetivos busca el tercero perjudicado o la autoridad responsable ? un objetivo completamente contrario al que busca el quejoso, busca que se le niegue la protección de la justicia federal y en últilma instansia que se sobresea el juicio de amparo.

    • Para que se sobresea el juicio de amparo hay que justificar la operancia de una causal de improcedencia, aquí por ejemplo en los término genérico para el juicio de amparo es de quince días , el juzgador dice 15 días hábiles , este término prejudicial es de tres semanas y es un término más que prudente para que se pueda escudriñar los conceptos de violación , para que puedas demostrar que efectivamente existen la violación de las garantías individuales para que me convenza a mi juzgador del amparo de que si existieron esas violaciones a las garantías individuales y concederle la protección de la justicia federal.

      Aqui es importante señalar que en las causales de improcedencia se dice que .

    • " Las causas de improcedencia son de orden público y de estudio preferente "

      Si hace valer una causal de improcedencia, esas causales deben ser ana los conceptos de violación.

      Si esas causales después de ser analizadas a juicio del juzgador considera que son fundadas, que son operantes, ¿que irá ha pasar ?

      Ya no va ha leer los conceptos de violación y esa es la sanción que va ha decretar es el sobreseimiento del juicio.
    • Donde se demuestra las violaciones a las Garantías Individuales en los conceptos de violación , por lo que se debe tener mucho cuidado de no encuadrar dentro de una causal de improcedencia.

      Una causal de improcedencia en que se refiere con el transcurso del tiempo el dejar pasar el tiempo , significa un conocimiento tácito aunque no expreso aquellas violaciones que pudieron haber cometido por no interponer el juicio de amparo dentro del término que prevee la Ley.

      Para promover el juicio de amparo no es al albitrio de la persona que lo quiera promover , sino que hay una condicionante ,
    • La demanda de amparo deberá promoverse 15 días contados a partir de que se tuvo conocimiento del acto , 15 días hábiles.

      Es el tercero perjudicado y la autoridad responsable que van ha decir esta demanda que esta promoviendo el quejoso es improcedente, ¿porqué ?

    • Porque se le pasó el término para promoverla y como los objetivos que se buscan por parte del tercero perjudicado y la autoridad responsable al que busca el quejoso, son totalmente contrarios y opuestos al que busca el quejoso, el juzgador del amparo tiene que analizar las causas de improcedencia y al analizarlas se va ha dar cuenta de que efectivamente la declara operante o la declara inoperante.

    • Si la declara inoperante entra al estudio de los conceptos de violación , pero para un juzgador del juicio de amparo es más sencillo sobreseer un juicio de amparo que entrar a l estudio de los conceptos de violación.

    • Entrar al estudio de los conceptos de violación es entrar a estudiar , analizar lo que el quejoso esta mencionando como violación a las garantías individules cuando sobreseea el juicio de amparo solamente revisa la causal y si considera que es procedente , así lo determina y concluye con el sobreseimiento del juicio.

    • Sobreseer el juicio significa dejar sin efecto el juicio, el juicio no procede, aún que existan las violaciones a las garantías individuales.