|
Schengen
Information System

Sistema de Información Schengen
Francia, Alemania, Bélgica, Luxemburgo y los Países Bajos decidieron en 1985
crear entre ellos un territorio sin fronteras, el espacio "Schengen", el
nombre de la ciudad luxemburguesa donde se firmaron los primeros acuerdos.
Esta cooperación intergubernamental se amplió a trece Estados en 1997 con
ocasión de la firma del Tratado de Amsterdam. Gracias a este Tratado, las
decisiones adoptadas desde 1985 por los miembros del espacio Schengen así
como las estructuras de trabajo creadas se incorporaron al acervo de la
Unión Europea a partir del 1 de mayo de 1999.
El desarrollo del espacio Schengen
El 14 de junio de 1985 se firmó pues el primer acuerdo entre los cinco
países fundadores. Se elaboró un Convenio que fue firmado el 19 de enero de
1990. Desde su entrada en vigor en 1995, ha permitido suprimir las fronteras
interiores entre los Estados signatarios y crear una única frontera exterior
donde se efectúan los controles de entrada en el espacio Schengen con
arreglo a procedimientos idénticos. Se han adoptado, por otra parte, algunas
normas comunes en cuanto al visado, al derecho de asilo y control en las
fronteras externas con el fin de permitir la libre circulación de personas
en los países signatarios sin perturbar el orden público.
Desde este punto de vista, con el fin de reconciliar libertad y seguridad ,
esta libre circulación se acompañó de medidas llamadas "compensatorias". Se
trataba de mejorar la coordinación entre los servicios de policía, aduanas y
justicia y de adoptar las medidas necesarias para combatir, en particular,
el terrorismo y la criminalidad organizada. Con este objetivo, se estableció
un sistema de información complejo para intercambiar datos relativos a la
identidad de las personas y la descripción de los objetos buscados, el
Sistema de información Schengen (SIS).
Medidas Adoptadas por los estados Parte:
-
la abolición de los controles en las
fronteras comunes y la realización de estos controles en las fronteras
exteriores;
-
la definición común de las condiciones de
paso a través de las fronteras exteriores;
-
la separación en las terminales y en los
puertos entre los viajeros que viajan en el ámbito de Schengen y los
procedentes del exterior de la zona;
-
la armonización de las condiciones de
entrada y visados para las cortas estancias;
-
la coordinación entre administraciones para
supervisar las fronteras (funcionarios de conexión, armonización de las
instrucciones y la formación impartida al personal);
-
la definición del papel de los
transportistas en la lucha contra la inmigración clandestina;
-
la obligación de declaración para todo
nacional de terceros países que circula de un país a otro;
-
la definición de normas relativas a la
responsabilidad de las solicitudes de asilo
-
la aplicación de un derecho de vigilancia y
persecución de un país al otro;
-
el refuerzo de la cooperación judicial a
través de un sistema de extradición más rápido y una mejor transmisión de
la ejecución de sentencias penales;
-
la creación del sistema de información
Schengen (SIS).
El Sistema de información Schengen SIS
Como parte fundamental del dispositivo Schengen, se creó, no sin
dificultades a nivel técnico, una red automatizada que permitiera a todas
las comisarías y los agentes consulares de los Estados que se adhiriesen al
espacio Schengen disponer de datos sobre las personas, los objetos o
vehículos buscados.
Los Estados miembros suministran datos al SIS mediante redes nacionales (N-SIS)
conectadas a un sistema central (C-SIS). Además, esta infraestructura
informática es completada por una red denominada SIRENE (información
complementaria requerida a la entrada nacional), compuesta de representantes
de la policía, la gendarmería, las aduanas y la justicia.
En el siguiente documento del consejo sobre recomendaciones y practicas
idóneas, nos ofrece una visión completa del funcionamiento de este sistema,
infraestructura, directivas técnicas y de seguridad, etc...
El sistema de información de Schengen de
segunda generación SIS II
La ampliación de la Union Europea, obliga a reforma el SIS, aumentando sus
capacidades y incorporando las ultimas tecnicas, ademas se estudia la
posibilidad de confiar la parte central a una agencia. No obstante, se es
consciente de que será necesaria una Unidad central con el fin de realizar
algunas tareas (servicio de ayuda, garantizar la seguridad de los datos,
etc.).
La gestión de un sistema tan complejo con un contenido altamente técnico
podría suponer una externalización de algunas actividades en forma de:
-
descentralización: delegación de competencias de ejecución a
organismos públicos nacionales que actúan en calidad de socios;
-
subcontratación: delegación de competencias a empresas del sector
privado en virtud de contratos externos;
-
delegación: atribución de competencias de ejecución a agencias.
|