SISTEMA DE INFORMACION SCHENGEN

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Schengen Information System

 

Sistema de Información Schengen

Francia, Alemania, Bélgica, Luxemburgo y los Países Bajos decidieron en 1985 crear entre ellos un territorio sin fronteras, el espacio "Schengen", el nombre de la ciudad luxemburguesa donde se firmaron los primeros acuerdos. Esta cooperación intergubernamental se amplió a trece Estados en 1997 con ocasión de la firma del Tratado de Amsterdam. Gracias a este Tratado, las decisiones adoptadas desde 1985 por los miembros del espacio Schengen así como las estructuras de trabajo creadas se incorporaron al acervo de la Unión Europea a partir del 1 de mayo de 1999.

El desarrollo del espacio Schengen

El 14 de junio de 1985 se firmó pues el primer acuerdo entre los cinco países fundadores. Se elaboró un Convenio que fue firmado el 19 de enero de 1990. Desde su entrada en vigor en 1995, ha permitido suprimir las fronteras interiores entre los Estados signatarios y crear una única frontera exterior donde se efectúan los controles de entrada en el espacio Schengen con arreglo a procedimientos idénticos. Se han adoptado, por otra parte, algunas normas comunes en cuanto al visado, al derecho de asilo y control en las fronteras externas con el fin de permitir la libre circulación de personas en los países signatarios sin perturbar el orden público.

Desde este punto de vista, con el fin de reconciliar libertad y seguridad , esta libre circulación se acompañó de medidas llamadas "compensatorias". Se trataba de mejorar la coordinación entre los servicios de policía, aduanas y justicia y de adoptar las medidas necesarias para combatir, en particular, el terrorismo y la criminalidad organizada. Con este objetivo, se estableció un sistema de información complejo para intercambiar datos relativos a la identidad de las personas y la descripción de los objetos buscados, el Sistema de información Schengen (SIS).

Medidas Adoptadas por los estados Parte:

  • la abolición de los controles en las fronteras comunes y la realización de estos controles en las fronteras exteriores;

  • la definición común de las condiciones de paso a través de las fronteras exteriores;

  • la separación en las terminales y en los puertos entre los viajeros que viajan en el ámbito de Schengen y los procedentes del exterior de la zona;

  • la armonización de las condiciones de entrada y visados para las cortas estancias;

  • la coordinación entre administraciones para supervisar las fronteras (funcionarios de conexión, armonización de las instrucciones y la formación impartida al personal);

  • la definición del papel de los transportistas en la lucha contra la inmigración clandestina;

  • la obligación de declaración para todo nacional de terceros países que circula de un país a otro;

  • la definición de normas relativas a la responsabilidad de las solicitudes de asilo

  • la aplicación de un derecho de vigilancia y persecución de un país al otro;

  • el refuerzo de la cooperación judicial a través de un sistema de extradición más rápido y una mejor transmisión de la ejecución de sentencias penales;

  • la creación del sistema de información Schengen (SIS).

El Sistema de información Schengen SIS

Como parte fundamental del dispositivo Schengen, se creó, no sin dificultades a nivel técnico, una red automatizada que permitiera a todas las comisarías y los agentes consulares de los Estados que se adhiriesen al espacio Schengen disponer de datos sobre las personas, los objetos o vehículos buscados.

Los Estados miembros suministran datos al SIS mediante redes nacionales (N-SIS) conectadas a un sistema central (C-SIS). Además, esta infraestructura informática es completada por una red denominada SIRENE (información complementaria requerida a la entrada nacional), compuesta de representantes de la policía, la gendarmería, las aduanas y la justicia.

En el siguiente documento del consejo sobre recomendaciones y practicas idóneas, nos ofrece una visión completa del funcionamiento de este sistema, infraestructura, directivas técnicas y de seguridad, etc...

El sistema de información de Schengen de segunda generación SIS II

La ampliación de la Union Europea, obliga a reforma el SIS, aumentando sus capacidades y incorporando las ultimas tecnicas, ademas se estudia la posibilidad de confiar la parte central a una agencia. No obstante, se es consciente de que será necesaria una Unidad central con el fin de realizar algunas tareas (servicio de ayuda, garantizar la seguridad de los datos, etc.).

La gestión de un sistema tan complejo con un contenido altamente técnico podría suponer una externalización de algunas actividades en forma de:

  • descentralización: delegación de competencias de ejecución a organismos públicos nacionales que actúan en calidad de socios;

  • subcontratación: delegación de competencias a empresas del sector privado en virtud de contratos externos;

  • delegación: atribución de competencias de ejecución a agencias.

 

 

 

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