Lo que vale, aquí, la ley

León Núñez

(Publicado en La Prensa, 18 Octubre 2004 - Reproducido sin autorización, pero no esperamos censura!)

 

Casi es unánime la percepción de que en Nicaragua los jueces sandinistas dicen que la ley dice lo que Daniel Ortega dice que dice, y la misma percepción existe con relación a los jueces arnoldistas de quienes se dice que también dicen que la ley dice lo que don Arnoldo dice que dice.

Si esta percepción fuera cierta se podría afirmar que es más amplia y profunda la capacidad de interpretación jurídica de don Daniel que la de don Arnoldo toda vez que el ochenta por ciento de los jueces del país pertenecen al frentismo y el veinte por ciento al arnoldismo.

Por consiguiente, en buena hermenéutica jurídica, el principio de que nadie está por encima de la ley debe ser interpretado en el sentido de que nadie está por encima de lo que dice jurídica y políticamente don Daniel y en menor medida —dada la diferencia porcentual apuntada— de lo que dice don Arnoldo.

Naturalmente que cuando la interpretación jurídica de don Daniel y de don Arnoldo coinciden se vuelve “unánime” la defensa de la “tesis constitucional” — parafraseando el artículo 32 de nuestra Constitución Política— de que ningún nicaragüense está obligado a hacer lo que don Daniel y don Arnoldo no manden, ni impedidos de hacer lo que ellos no prohíben.

En consecuencia, esta unanimidad interpretativa del danielismo y del arnoldismo nos coloca frente al tema de las leyes preceptivas y prohibitivas, las cuales deben ser entendidas, en su dimensión sancionadora, de conformidad con lo establecido en el artículo X del Título Preliminar de nuestro Código Civil el cual debe leerse de la siguiente manera: “Los actos ejecutados contra lo que manden o prohiban don Arnoldo y don Daniel son de ningún valor....”. Se trata lógicamente de ningún valor jurídico ni político.

Ahora bien, a veces se producen momentos de tensión cuando la interpretación jurídico-política de don Arnoldo y don Daniel no coinciden. Pero para eso está el diálogo, para superar situaciones de tensión. Es importante destacar que a pesar de que en Nicaragua don Daniel es el supremo intérprete de la ley, éste, como hombre amante del consenso, prefiere la armonía interpretativa, armonía tan necesaria para pactar, en forma democrática y patriótica, lo que va a ser objeto del repacto y del reparto.

El sandinoarnoldismo dialéctico en que se fundamenta la justicia y la política de este país parte de la premisa filosófica —con el perdón de Hegel— de que aquí lo racional no es real y de que lo real —la realidad ética— no es racional. En Nicaragua lo que prevalece es la lógica de la irracionalidad. Todas las apelaciones a la ley que nacen de la dialéctica del sandinoarnoldismo son recursos líricos, jurídicamente estéticos, con que se alimenta la tragicomedia que vivimos.

Yo soy pesimista. Yo creo que en un país todo puede andar mal, pero mientras tenga un Poder Judicial independiente e imparcial, habrá esperanza de que lo torcido se enderece, y aquí no hay esperanza. En este país la inseguridad jurídica y el atropello político seguirán campantes.

La alegría entusiasta y desbordante de los diputados y jueces del frentismo al aprobarse la Ley de Carrera Judicial produjo la impresión —una impresión cierta— de que en Nicaragua la inmensa mayoría de sus jueces, que son sandinistas, fortalecieron sus posiciones para seguir diciendo, con mayor apariencia de legalidad, que la ley dice lo que don Daniel dice que dice.

Los diputados liberales saben que por medio de la Ley de Carrera Judicial —producto del repacto— al arnoldismo le van quedar la sobras del banquete judicial, sin embargo, se les pudo observar un semblante de alegría con el que dieron a entender que el traslado de don Arnoldo a El Chile estaba cercano. No hay duda que para el arnoldismo El Chile bien vale una misa.

* El autor es analista político. .