Señor
Juan Francisco Puerta Ibarra
Medellín - Colombia
Asunto: Licitación N° 001 2005.
De acuerdo con las condiciones estipuladas en los Pliegos de Condiciones de Marzo de 2005, el suscrito habiendo examinado cuidadosamente las condiciones y especificaciones de esta Solicitud, sus adendos y recibidas las aclaraciones solicitadas, declaro haber entendido y aceptado en todas sus partes el contenido de dichos documentos y me comprometo a ejecutar por los precios y bajo las condiciones anotadas en el formulario de precios todo el trabajo requerido.
Toda documentación e información presentada, corresponde a las especificaciones señaladas en los pliegos de condiciones, en las aclaraciones y en los adendos.
La información, catálogos, instructivos, descripciones y demás documentos adjuntos a la propuesta son de carácter general; por lo tanto, toda modificación a las condiciones expresadas en la carta de invitación a presentar ofertas está expresamente indicada en nuestra oferta.
Esta oferta es válida por sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha de presentación de la oferta, comprometiéndome por lo tanto a suscribir el contrato respectivo en caso de que mi propuesta sea aceptada, la cual está garantizada con la póliza de seriedad que se adjunta a la misma.
Igualmente manifiesto, bajo la gravedad de juramento, que no me encuentro comprendido en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad consagradas en las leyes para contratar con SMGP. En especial, declaro que no tengo parentesco que me inhabilite con los integrantes de la Junta Directiva de la Empresa o con empleados de la misma que posean jurisdicción o mando.
Certifico además que para la adjudicación del contrato objeto del presente proceso de contratación, no he solicitado ni entregado dinero por tal concepto.
Declaro igualmente que he examinado detenidamente los Pliegos de Condiciones, que he obtenido las aclaraciones satisfactorias sobre cualquier punto incierto o dudoso y que acepto todo lo que contiene dichos Términos.
Me permito designar a Santiago Arcila Vásquez como mi apoderado según poder que se adjunta, para todos los efectos atinentes a esta solicitud, cuya dirección es Diagonal 29 # 25 sur 80 Envigado, a la cual pueden enviarse todas las comunicaciones referentes a esta oferta.
Se acusa recibo de adendos Nro. 004, remitidos por SMGP y que fueron tenidos en cuenta antes de la presentación de esta oferta o cotización.
Atentamente,
Gabriel J. Botero_____________ _____________________________
c.c Firma comercial del proponente
Andres F. Lopez _____________
c.c Firma del Representante Legal
_____________________________ _____________________________
Firma de las personas autorizadas para presentar esta propuesta
Por delegación del gobierno nacional, la Cámara asumió la función de llevar el registro legal de las empresas y los hombres de negocios de los 5 municipios que integran su jurisdicción. Igualmente lleva el registro de las empresas que desean celebrar contratos de suministro, construcción o consultoría con el Estado. Y más recientemente el Registro de las Entidades Sin Animo de Lucro.
Este Registro quedó bajo responsabilidad de las Cámaras a partir de la Ley 28 de 1931. Por medio de la cual “se matrícula a… los comerciantes, personas naturales o jurídicas y que dan publicidad a su condición”. La matrícula es obligatoria; debe solicitarse dentro del mes siguiente al momento en que se inicie la actividad mercantil y debe renovarse anualmente durante los tres primeros meses del año, entre el 1º de Enero y el 31 de Marzo correspondientes.
Además de las matrículas de los comerciantes, establecimientos y sucursales, el Registro Público Mercantil comprende la inscripción de actos y documentos de los comerciantes, para darles publicidad, autenticidad y valor frente a las partes y los terceros.
La publicidad de los actos y documentos comerciales se hace a través de su inscripción en el registro, con el fin de hacerlos oponibles o valederos frente a terceros. La divulgación de estos actos les otorga certeza y seguridad. Otro de los objetivos del Registro Público Mercantil es proteger el nombre comercial, teniendo en cuenta que, según lo dispuesto por el Código de Comercio en su Artículo 35, las cámaras deben abstenerse de matricular un comerciante o establecimiento con el mismo nombre de otro ya inscrito.
El Registro facilita la prueba de los documentos en él inscritos, porque corresponde a las cámaras expedir certificaciones sobre los mismos, de acuerdo con los artículos 30 y 86 del numeral 3o del Código de Comercio.
TARIFAS DEL REGISTRO MERCANTIL PARA EL AÑO 2005
El Decreto 393 que rige a partir del junio 5 de 2002, fija las tarifas por concepto de matriculas, sus renovaciones, inscripción de los actos, libros y documentos que por mandato legal deben efectuarse en el Registro Mercantil, así como el valor de los certificados.
FORMULARIOS |
2,700 |
MUTACIONES |
5,300 |
REGISTRO LIBROS |
20,000 |
REGISTRO ACTO |
20.000 |
REGISTRO PRENDA |
25,000 |
CERTIFICADO MERCANTIL |
1,300 |
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN |
2,700 |
DEPÓSITOS ESTADOS FINANCIEROS |
46.400 |
Este Registro nació en el marco de la Ley 80 de 1993 y comenzó a operar, a través de las Cámaras, a partir del 28 de Octubre de 1994. Éste Registro ha servido para hacer más transparente y ágil la contratación del Estado con los particulares en materia de construcción de obras civiles, consultoría y suministro, y compraventa de bienes muebles.
La inscripción de los Proponentes debe hacerse ante la Cámara de Comercio de la jurisdicción de la persona natural o jurídica que aspira a contratar con el Estado. Dicha inscripción deberá ser renovada anualmente dentro del mes anterior al vencimiento del año de vigencia de la misma. Si el interesado no solicita la renovación dentro del término citado, cesarán los efectos de la inscripción.
Clasificación: Es la determinación por parte del proponente, de la o las
actividades, especializadas y grupos que le correspondan, según la naturaleza de
las actividades que específicamente haya realizado y de acuerdo a ella determine
pueda contratar con las entidades.
Inscripción: Es aquella que se realiza por primera vez o cuando la inscripción
anterior ha sido cancelada, diligenciando el Formulario Único que para el efecto
ha adoptado a nivel nacional y aprobado por la Superintendencia de Industria y
Comercio y anexando los documentos indispensables que las Cámaras de Comercio
podrán exigir para realizar la inscripción.
Calificación: Es la asignación por parte del proponente del puntaje que le
corresponde, según lo previsto en el Decreto 092 de 1998, y la fijación
consecuente del monto máximo de contratación (K), que será respetada por las
entidades contratantes en el todo el proceso de adjudicación de los contratos (
Articulo 1 Decreto 092 de 1998).
TARIFAS DEL REGISTRO DE PROPONENTES PARA EL AÑO 2005
El Gobierno Nacional
mediante el Decreto 393 de 2002, fijó las tarifas que deben sufragarse en favor
de las Cámaras de Comercio, por concepto del Registro de Proponentes.
De acuerdo con el Decreto 393 de 2002, las tarifas expresadas en porcentaje menor o igual el 3% del s.m.m.l.v serán aproximadas al múltiplo de cien (100) más cercano, las demás se aproximarán al múltiplo de mil (1.000) más cercano.
Teniendo en cuenta que el salario mínimo fijado por el Gobierno Nacional para el año 2005 es de $381.500.oo, las tarifas vigentes a partir de enero 3 de 2005 son las siguientes:
1. Inscripción y renovación, por cada proponente |
191.000 |
2. Actualización o modificación de la inscripción |
101.000 |
3. Formulario |
2.700 |
4. Certificados |
17.000 |
5. Boletín de Licitaciones o Concursos |
28.000 |
6. Impugnación de la clasificación o calificación |
160.000 |
7. Expedición de copias |
1.300 |
ESTADOS FINANCIEROS
Quien en forma natural y voluntaria, como persona natural o jurídica, en consorcio o unión temporal, quiera presentarse en una licitación publica, deberá presentar los Estados Financieros de los dos (2) años anteriores a la presentación de dicha licitación (Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio, Estado de Cambios en la Situación Financiera y Estado de Flujos de Efectivo), así como el dictamen del revisor fiscal si ésta estuviere obligada a tenerlo
Los estados financieros deben ser certificados de conformidad con el artículo 37 de la ley 222 de 1995 y presentados de acuerdo con la estructura del Plan Único de Cuentas–PUC.
Se obliga también la empresa a presentar la declaración de renta del año anterior firmado por el revisor fiscal, si lo tuviese, o en su defecto por un contador titulado, en ejercicio y con libreta profesional vigente.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Quien preste los servicios deberá otorgar una garantía de seriedad de la propuesta que podrá consistir en un Aval bancario o Póliza de Seguros.
La póliza de seriedad de la oferta deberá ser constituida por una cuantía del diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta y por una vigencia de sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha establecida para la recepción de la oferta.
La garantía deberá estar acompañada de los anexos del contrato de seguro o del aval bancario según el caso, del recibo de pago correspondiente y deberá ser suscrita por el representante legal del oferente.
Con esta póliza el oferente garantizará que mantendrá la totalidad de su oferta sin modificaciones de ninguna índole, y en caso de ser aceptada ésta, firmará el contrato y aportará toda la documentación requerida para la legalización del mismo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al envío del contrato para la firma.
Las propuestas que se presenten en consorcio o unión temporal deberán anexar la garantía de seriedad de ésta, donde aparezca el consorcio o la unión temporal como tomador y deberá ser suscrita por el representante de aquél o ésta, según el caso.
CERTIFICADO DE ASEGURAMIENTO DEL SISTEMA DE CALIDAD
El Certificado de Aseguramiento de la Calidad es el sistema internacional más moderno que existe para demostrar la confiabilidad los sistemas de producción y de las estructuras de calidad de una empresa. Es una herramienta de competitividad disponible para el éxito de quienes deseen exportar, gracias a la red internacional de organismos de certificación IQNET, aceptada en 28 países del mundo y de la cual hace parte el ICONTEC, por Colombia.
EL PROPONENTE debe presentar el certificado de aseguramiento de calidad con base en la norma ISO 9001 versión 2000 del fabricante de los equipos, otorgado por una institución debidamente acreditada como organismo certificador.
Este certificado debe estar vigente a la fecha de cierre del proceso de contratación y durante la ejecución del contrato.
AUTORIZACIÓN DEL ORGANO SOCIAL COMPETENTE
Debe presentarse la autorización del órgano social competente, cuando se requiera, para que el representante legal pueda conformar consorcios o uniones temporales, presentar propuestas, suscribir el contrato y los demás documentos que resulten de la ejecución del mismo, si resultare favorecido con la aceptación de la oferta.
Santiago Arcila V
Andrés López B
Gabriel Jaime Botero.
Juan Esteban Moreno.
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