UNIVERSIDAD YACAMBÚ

DIRECCIÓN DE POSTGRADOS VIRTUALES

MATERIA: PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y TOMA DE DECISIONES

PROFESOR: JOSE LUIS PÉREZ HERNANDEZ

E-MAIL: jlph57@telcel.net.ve  petd@eListas.net

ALUMNA: Sonia Moreno soniamoreno@cantv.net 

 

 

 

 

 

PLANIFICACION INDICATIVA vs PLANIFICACION NORMATIVA

 

INTRODUCCIÓN

 

”La planificación se refiere al método o técnica para intervenir sobre el sistema social y lograr determinados objetivos”.

“Las técnicas de planificación abordan generalmente el problema por instancias. Se supone que el proceso comienza con el diagnóstico que hace el planificador de la realidad, sobre el cual deberá intervenir”.

En este trabajo pretendemos abarcar lo que es la planificación indicativa o normativa, haciendo una reseña de lo que en sí y sus postulados, un análisis crítico que refleja la idea de los que es la planificación normativa o indicativa y unas conclusiones que ha su vez nos llevarán a recomendaciones sobre el tema. 

 

MARCO TEÓRICO

 

La planificación indicativa, es una planificación social y económica, la cual es obligante para el sector público y es como una especie de guía para el sector privado, “esta actúa dentro de un régimen en el cual trabajan coordinadamente  y de común acuerdo, el Estado y la iniciativa Privada”.

 

La planificación indicativa “tiene como finalidad principal, el mejoramiento de las condiciones de vida de la población y de planes económicos orientados a recomendar programas de acción y formas de financiamiento para el desarrollo de tales funciones”.

 

El plan Normativo “es aquel  donde un solo actor planifica y gobierna el sistema. Alguien planifica y todos los demás solo reaccionan de manera predecible ante sus planes.

 

Este modelo se podría describir con las siguientes características:

 

1-         Un actor planifica y dirige, los demás son simples agentes económicos, con reacciones predecibles.

2-         Las acciones que producen los agentes económicos son previsibles y enumerables, porque responden a una teoría del comportamiento social y aun sistema que sigue leyes.

3-         El sistema genera incertidumbre, pero ésta se refiere exclusivamente a la probabilidad de ocurrencia y efectos de las acciones previsibles, no existe lo no enumerable y lo inimaginable.

4-         El actor que planifica y dirige, no controla algunas variables, pero las variables no controladas, no tienen conducción inteligente creativa porque no responde a otros actores que hacen planes.

En este caso el sistema es aparentemente de una alta gobernabilidad y opera bajo los siguientes supuestos:

 

A-        Toda acción es producto de un comportamiento, excepto la acción propia que produce planes,

B-        Las variables fuera de control, no tienen un autor inteligente y creativo que persigue otros objetivos, simplemente constituyen movimientos que no sabemos explicar.

C-        La incertidumbre,  es una incertidumbre bien  definidas las posibilidades son enumerables y es posible asignarle probabilidades.

D-        La teoría que requiere ese tipo de planificación es una teoría del comportamiento social que se apoya en las relaciones sistémicas causa-efecto, asumiendo que el efecto es predecible y constituye un comportamiento.

La planificación económica normativa sigue aproximadamente este tipo de razonamiento hipersimplificante. En ella se distingue como variables del modelo las siguientes:

 

1. "YO", como el actor-sujeto que gobierna, planifica y monopoliza la     

       creatividad en la acción. Y

2. "EL SISTEMA", como el objeto planificado comprensivo de agentes     

      económicos y comportamientos sociales.

 

Este modelo normativo de planificación se caracteriza justamente por un reduccionismo ilegítimo de todas las acciones a comportamientos. A su vez, la eliminación artificial del otro, devela que como supuesto escondido, la planificación económica normativa asume la existencia del "YO" con poder absoluto".     

 

Esta revolución en la teoría de la planificación puede explicarse a partir del cuestionamiento de un supuesto básico en que descansa todo el edificio teórico de la planificación tradicional. Este supuesto es el siguiente: el actor que planifica está fuera o sobre la realidad planificada y en consecuencia, no coexiste en esa realidad con otros actores que también planifican.

 

Normalmente, los planificadores normativos no aceptan de buenas a primeras que su teoría descansa en este supuesto básico. En efecto, éste supuesto está implícito o se deduce de las consecuencias teóricas que constituyen las características salientes de la planificación económicas tradicional. A partir de este supuesto toda la planificación normativa se deduce con una lógica consistente.

 

Sí nos apoyamos en este supuesto, podemos ahora deducir como consecuencia todos los postulados de la planificación normativa, que a modo de síntesis podemos expresar como sigue:

 

 

POSTULADO 1: La planificación supone un "sujeto" que planifica un "objeto". El sujeto es el Estado y el objeto es la Realidad Económica-Social. El sujeto y el objeto seleccionado, son independientes y el primero puede controlar el segundo.

 

POSTULADO 2: El sujeto que planifica, debe previamente "diagnosticar" la realidad para conocerla. Ese diagnostico se guía por la búsqueda de la verdad objetiva, y en consecuencia debe ser único. A un solo actor que planifica corresponde un solo diagnostico, un solo concepto del tiempo y una verdad única y absoluta.

 

POSTULADO 3:Para comprender la realidad y adquirir  capacidad de previsión de su evolución futura, es necesario descubrir sus "leyes" de funcionamiento. Ahora bien, sí la realidad es  un objetivo social, su funcionamiento es reducible a "comportamiento sociales", vale decir a la relación del hombre con las cosas  expresadas como una asociación estable entre conductas resultantes y variables asociadas y condicionantes de tales conductas rutinarias. En consecuencia, toda la realidad social es explicable por medio del diseño de "modelos analíticos" basados en las relaciones sistémicas causa-efecto. Previsión y predicción son la misma cosa. La potencia del método se verifica por su capacidad de predicción. Toda acción es una acción-comportamiento, excepto la acción del sujeto único que planifica.

 

 

POSTULADO 4: Sí el actor que planifica no comparte la realidad con otros actores de equivalentes capacidades, entonces no existen oponentes y la planificación puede referirse sólo a lo económico - social, su criterio de eficacia puede ser sólo económico, y su cálculo restringirse a un cálculo económico. En consecuencia, la planificación puede identificarse con el cálculo normativo de "diseño" de un "debe ser", que discrepa del "tiende a ser", que revela el diagnóstico. El cálculo estratégico sobra, porque sólo es Estado planifica en la búsqueda de alterar los comportamientos de los agentes económicos. El contexto del plan es la armonía y la concertación central desde el Estado. El objeto planificado no contiene actores sociales capaces de producir acciones estratégicas, sino agentes económicos sujetos a comportamientos previsibles.

 

 

POSTULADO 5: Si la planificación se refiere al diseño de un "debe ser", entonces ésta puede referirse a una normativa económico - social cierta, dónde está desterrada la incertidumbre y los eventos probabilísticos mal definidos, y dónde lo político puede considerarse como un marco restrictivo externo al plan económico - social; no pueden existir los "problemas cuasiestructurados", y

 

POSTULADO 6:  El plan es producto de una capacidad exclusiva del Estado, se refiere a un conjunto de objetivos propios y en el papel tiene "final cerrado", porque la situación terminal es conocida, al igual que los medios para alcanzarla. Dada la certidumbre de los efectos causales, todo se reduce a cumplir el plan para alcanzar los objetivos. La racionalidad técnica debe imponerse para encontrar una solución óptima a los problemas.

 

 

 

ANÁLISIS CRITICO

 

 

De acuerdo a  tanta información suministrada por diferentes vías, tanto de libros, Internet, conversaciones, puedo decir que la planificación se fundamenta en varios enfoques y teorías según sea la naturaleza de su problemas.

 

 

La planificación indicativa o para muchos autores normativa, es la contraria a la planificación imperativa, ésta básicamente se utiliza en países democráticos. Ahora haciendo un análisis puedo decir que los planes no deben ser indicativos sino compartidos, es decir, de varios actores y además no deben ser estáticos sino cambiantes, muy dinámicos de acuerdo a la realidad.

Debe ser un plan que lo tengamos en una computadora donde que necesitemos hacer un cambio solo lo llamemos y hagamos las correcciones pertinentes encima.

En el plan indicativo o normativo podría haber una escasez o falta de control de variables debido a su centralización. También como un error de centralización puede atribuirse al mal manejo “YO” de las teorías o a su aplicación inadecuada o a ignorar la influencias de las teorías y los métodos que son la base para la acción y el conocimiento.

 

 

CONCLUSIONES

 

   Finalmente concluyo que se espera que el siguiente trabajo sea útil tanto para quienes desean aprender  alguna técnica o método específico, como para quienes quieran dominar el procedimiento integral sobre lo que es la planificación indicativa o normativa. También es importante señalar que los actuales y futuros gerentes sociales encontrarán en este trabajo una herramienta básica para aplicar la planificación indicativa o normativa en  su trabajo diario.

 

 

 

            BIBLIOGRAFÍA

 

 

-         Jiménez Castro, Wilburg  Introducción al estudio de la teoría administrativa. México:

Limusa, 1995. p. 133-135

 

Matus, Carlos  Adiós señor presidente. Caracas: Altadir, 1987. p. 75-78

 

 

Matus, Carlos  Política y plan. Caracas: Publicaciones de IVEPLAN, 1982. p. 5

 

 

Problemática En La Ejecución De Modelos De Planificación Estratégica Desarrollados

En Otros Países Para Aplicarlos En Venezuela                        http://www.monografias.com/trabajos3/planestra/planestra.shtml

 

 

 

Normativa de Planificación Docente y de la Organización de Exámenes   http://www.ugr.es/~dcceduc/ge/normativa.html