INGRESO A ITALIA CON UN CONTRATO DE TRABAJO

 

El Contrato de Trabajo puede darse despues de El Decreto que permitirá la inscripción de los  postulantes al ingreso por Garantia o Contrato de Trabajo y  cuando un patrón este interesado en contratar una persona extranjera que se encuentra en su pais de origen. Despues de 

  1. El posible patrón, debe acercarse a la oficina de trabajo en Via Lapetit 8 y solicitar la "nulla osta" de trabajo para ciudadanos extracomunitarios. La oficina verificará que la solicitud presentada responda a todos los requisitos y que ofrezca una condición de trabajo no inferior al contrato colectivo nacional italiano. Una vez efectuado el control de la documentación presentada, la oficina otorgará la "Nulla Osta" dentro de 20 días de haber recibido la solicitud.
  1. El patron con esta autorización de la Oficina de Trabajo debe presentarse a la "Questura" llevando todos los documentos necesarios en original y dos fotocopias, que son los mismos que se han presentado en la oficina de Trabajo, llenando un formulario donde se pedirá el "nulla osta provisorio al visto de ingreso". Si el pedido ha estado documentado correctamente, la "Questura" esta obligada a dar el nulla osta dentro de los 2o días de la fecha en la cual se ha presentado el pedido.
  1. Una vez ambas autorizaciones, el patron debe enviarlos al posible trabajador que se encuentra en su país de origen.
  1. El ciudadano extranjero que recibe esta documentación en el pais de origen- la autorización de trabajo junto con el nulla osta de la Questura - debe presentarse al Consulado o a la Embajada Italiana de su pais, llevando su pasaporte para solicitar la visa de ingreso a italia por trabajo subordinado. La visa le será dada dentro de 30 días de la fecha de presentación del pedido. La autorización de ingreso debe ser utilizada dentro y no después de los 6 meses de la fecha de la presentación del pedido.
  1. Una vez en Italia, el ciudadano extranjero deberá presentarse a la "Questura" (de la ciudad donde ha estado hecho el pedido para su ingreso) dentro de los 8 días sucesivos a su ingreso a Italia, para solicitar la entrega del permiso de "soggiorno" por trabajo, que tendrá una duración de dos años renobables.
  1. El patrón debe comunicar a la oficina de trabajo, la actividad laborativa dentro de los primeros cinco días de inicio (si se trata de trabajo doméstico se comunicará al INPS).
  1. El patrón solicita a la Oficina del Trabajo el "libreto di laboro" para su nuevo trabajado

INGRESO CON PERMISO DE ESTADIA

A Italia se puede ingresar con un permiso de estadia a travez  de una garantia de una persona sea italiana o extranjera que este en regla, esta persona debe justificar alojamiento, alimentación y salud  por el tiempo que dure el permiso de permanencia además depositar una garantía de 10 millones de liras (5.000 dolares aproximadamente) que serán reembolsadas cuando el asumido empiece a trabajar y tenga el permiso  correspondiente