TORRENUEVA (GRANADA)
ACUERDOS RECIENTES DE MAYOR RELEVANCIA
Con el voto favorable de los Presidentes de las Comunidades de Propietarios de los bloques II, III y V, que a efectos de las mayorías cualificadas previstas en el artículo 15 y 17 de la LPH representan el 75,06% de las cuotas de participación con derecho a voto en esta reunión y 3 de los 4 de los votos posibles, con el voto en contra del bloque I ( 21% de cuota) y estando privado del derecho de voto el bloque IV ( 15,80% de cuota), se acuerdo APELAR ante la Audiencia Provincial de Granada la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Motril nro. 5 en el procedimiento de menor cuantía nro. 159/2000 seguido contra esta Agrupación de Comunidades de Propietarios de la Urbanización Acapulco, a cuyo efecto el Presidente cursará las urgentes y oportunas instrucciones que procedan para la presentación del recurso en el plazo y forma.
Con el voto favorable de los Presidentes de las Comunidades de Propietarios de los bloques II, III y V, que a efectos de las mayorías cualificadas previstas en el artículo 15 y 17 de la LPH representan el 75,06% de las cuotas de participación con derecho a voto en esta reunión y 3 de los 4 de los votos posibles, con el voto en contra del bloque I ( 21% de cuota) y estando privado del derecho de voto el bloque IV ( 15,80% de cuota), se acuerda nombrar Presidente de la Agrupación de Comunidades de Propietarios de la Urbanización ACAPULCO a Marciano Morales Castillo, Presidente de la C.P. del Bloque II. Asimismo, con el voto favorable de los Presidentes de las Comunidades de Propietarios de los bloques II, III y V, que a efectos de las mayorías cualificadas previstas en el artículo 15 y 17 de la LPH representan el 75,06% de las cuotas de participación con derecho a voto en esta reunión y 3 de los 4 de los votos posibles, con la abstención del bloque I ( 21% de cuota) y estando privado del derecho de voto el bloque IV ( 15,80% de cuota), se acuerda nombrar Vicepresidente de la Agrupación de Comunidades de Propietarios de la Urbanización ACAPULCO a Miguel Civantos Olmedo, presidente de la C.P. del Bloque III. Finalmente, con el voto favorable de los Presidentes de las Comunidades de Propietarios de los bloques II, III y V, que a efectos de las mayorías cualificadas previstas en el artículo 15 y 17 de la LPH representan el 75,06% de las cuotas de participación con derecho a voto en esta reunión y 3 de los 4 de los votos posibles, con la abstención del bloque I ( 21% de cuota) y estando privado del derecho de voto el bloque IV ( 15,80% de cuota), se acuerda nombrar Secretario-Administrador de la Agrupación de Comunidades de Propietarios de la Urbanización ACAPULCO a Manuel Martín Gallardo, presidente de la C.P. del Bloque V. Los elegidos, por sí o por sus representantes en este acto, manifiestan su conformidad y aceptación de los cargos para que han sido designados y toman en este mismo acto posesión de los mismos, cesando en ellos quienes hasta hoy los ostentaban en funciones.
Contestación a la solicitud de enganche de los bloques IV y I
Con el voto favorable de los Presidentes de las Comunidades de Propietarios de los bloques II, III y V, que suman el 63,20% de las cuotas de participación (a efectos de cómputo, cien por cien de votos y cuotas computables, por encontrarse privados de su derecho a voto los otros dos presidentes), se acuerda cursar escrito a las comunidades de los bloques I y IV informándoles de que para su enganche a red municipal de agua potable es necesario suscribir previamente con la empresa concesionaria el contrato de suministro correspondiente; que esperamos abonen las deudas pendientes, cortando así los gastos financieros que se están devengando a su cargo; y que, por una cuestión de coherencia y para evitar malos entendidos, les rogamos retiren la demanda judicial planteada, en cuyo caso y como gesto de buena voluntad, la urbanización asumiría los gastos provocados por la defensa de sus intereses en el litigio, siendo el resto de gastos por cuenta de los demandantes.
Nota: este acuerdo es consecuencia del amplio debate mantenido en la reunión de 28-2-01 que, por su interés, recomendamos consulte en el punto 3 del acta correspondiente.
Con el voto favorable de los Presidentes de las Comunidades de Propietarios de los bloques II, III y V, que suman el 63,20% de las cuotas de participación (a efectos de cómputo, el cien por cien de votos y cuotas computables, por encontrarse privados de su derecho a voto los presidentes de los bloques I y IV) y de conformidad con lo previsto en el punto 3.a) y punto 4 del art. 24 y demás reglas concordantes de la Ley de Propiedad Horizontal vigente, se ratifica el acuerdo de adoptado el 30 de octubre de 1999 sobre la Junta de Propietarios de la Agrupación, más conocida como Junta de Presidentes de la Agrupación de Comunidades de Propietarios de la Urbanización "Acapulco", (ACP Acapulco, abreviadamente), en cuanto se refiere a su composición, cuotas de participación y derecho de voto de las comunidades de propietarios de los cinco edificios que integran este complejo inmobiliario.
De igual modo se acuerda que, cumplido ya el mandato para el que fueron elegidos, cesen como miembros de la Junta de Presidentes de la Agrupación de Comunidades de Propietarios de la Urbanización "Acapulco" las siguientes personas: Rafaela López Caballero, Presidenta del Bloque I; Manuel Castellanos Corcuera, Vicepresidente del Bloque I; Marciano Morales Castillo, Presidente bloque II; Silverio Sánchez Escudero, Vicepresidente del Bloque II; Francisco Javier Ramírez Ortiz, Presidente bloque III; Francisco Navarro Rivera, Vicepresidente del Bloque III; Antonio Martínez Flores, Presidente del Bloque IV; Enrique Sánchez Pérez, Vicepresidente del Bloque IV; José Martínez Calabria, Presidente bloque V; Ignacio Requena Ramos, Vicepresidente del Bloque V.
Seguidamente, vistos los ceses y nuevos nombramientos que han tenido lugar para los cargos de las cinco comunidades, se procede a la constitución de la Junta de Propietarios de la Agrupación, que queda integrada por los diez miembros siguientes:
![]() | Rafaela López Caballero, Presidenta del bloque I |
![]() | Juan Antonio Martín Arantave, Vicepresidente del bloque I |
![]() | Marciano Morales Castillo, Presidente bloque II. |
![]() | Silverio Sánchez Escudero, Vicepresidente del Bloque II. |
![]() | Miguel Civantos Olmedo, Presidente del bloque, III |
![]() | Enrique Muros García, Vicepresidente del bloque, III |
![]() | Antonio Martínez Flores, Presidente del Bloque IV. |
![]() | Enrique Sánchez Pérez, Vicepresidente del Bloque IV |
![]() | Manuel Martín Gallardo, Presidente del bloque V |
![]() | María de la Capilla Argote García, Vicepresidenta del bloque V. |
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Con el voto favorable de los Presidentes de las Comunidades de Propietarios de los bloques II, III y V, que suman el 63,20% de las cuotas de participación (a efectos de cómputo, el cien por cien de votos y cuotas computables, por encontrarse privados de su derecho a voto los otros dos presidentes), y con el fin de que los bloques I y IV ingresen las deudas pendientes y puedan así recuperar su derecho de voto, se acuerda aplazar la designación de las personas que hayan de ocupar los órganos unipersonales de gobierno entre los miembros que ahora componen la Junta hasta el día 14 de abril próximo, en cuya fecha se celebrará una nueva reunión extraordinaria. Hasta tanto, los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario seguirán desempeñándose en funciones por las mismas personas que ahora los ostentan, hasta que se produzca su relevo de manera efectiva.
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Con el voto favorable de los Presidentes de los bloques II, III y V, que representan más de los 3/5 de los votos y más de los 3/5 de las cuotas de participación (los bloques I y IV están privados del derecho de voto), se acuerda aprobar las cuentas del ejercicio cerradas a 31 de mayo de 2000, y más concretamente el balance de situación a dicha fecha y la liquidación del presupuesto 1.999/00, que presenta un déficit de 1.454.426 pesetas, que deberá ser enjugado en el ejercicio siguiente.
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Aprobación del presupuesto económico para el ejercicio 2000/2001. |
Con el voto favorable de los Presidentes de los bloques II, III y V, que representan más de los 3/5 de los votos y más de los 3/5 de las cuotas de participación (los bloques I y IV están privados del derecho de voto), se acuerda aprobar el presupuesto económico de la Urbanización para el ejercicio 2000/2001.
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ACUERDO: con el voto favorable de los Presidentes de los bloques II, III y V (los bloques I y IV están privados del derecho de voto), se acuerda aprobar provisionalmente las cuentas de la obra de conexión a la red municipal de agua potable, ya finalizadas, con unos ingresos y gastos que ascienden a 8.948.370 pesetas, a falta de las liquidaciones y ajustes de algunos gastos que se encuentran pendientes, cuyo neto se estima no será significativo, por lo que el posible déficit deberá enjugarse, en su caso, con cargo al presupuesto ordinario del ejercicio 2000/2001 evitando así la emisión de nuevas cuotas extraordinarias. Asimismo se acuerda que si el impago de cuotas extras emitidas obligara a buscar financiación ajena para atender las obligaciones de pago comprometidas por la ACP Acapulco, los gastos financieros y los demás resultantes que de dicho impago se deriven serán por cuenta de los bloques que dieran lugar a ello.
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Mantenimiento del servicio de agua del pozo para las viviendas del bloque I y IV ACUERDO: con el voto favorable de los Presidentes de los bloques II, III y V (los bloques I y IV están privados del derecho de voto), se acuerda acceder a la petición que formulan los representantes de los bloques I y IV en el sentido de que se mantenga la captación, cloración y distribución de agua del pozo para uso exclusivo de sus viviendas, con carácter provisional hasta que se resuelva sobre el la conexión a la red, quedando condicionado este suministro a lo siguiente: el coste del servicio de agua del pozo para los bloques I y IV será en adelante exclusivamente a cargo de estas dos comunidades; que a efectos de lo dispuesto en los artículos 14 y 26 del R.D.1138/90 por la que se aprueba el Reglamento Sanitario para el abastecimiento y control de aguas potables para consumo público, la responsabilidad de cualquier tipo a que hubiere lugar como consecuencia de la prolongación de dicho suministro sea también exclusivamente de las dos comunidades de propietarios que la solicitan; y que el mantenimiento del suministro de agua del pozo se supedite al consentimiento de la Alcaldía de Torrenueva, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas en materia de sanidad y salubridad pública. |
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ACUERDO: con el voto favorable de los Presidentes de los bloques II, III y V (los bloques I y IV están privados del derecho de voto), se acuerda aprobar la deuda por atrasos de alcantarillado con la empresa AGUAS Y SERVICIOS DE LA COSTA TROPICAL DE GRANADA A.I.E. que asciende a 4.651.214 pesetas, una vez descontadas las 900,000 ptas ya pagadas a cuenta. Esta cantidad, en la parte que a cada bloque corresponde, podrá abonarse en un plazo máximo de 30 meses, siendo su imputación por bloques, con arreglo a la cuota de participación la siguiente:
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Acuerdo 1º: con el voto favorable de los
Presidentes de los bloques II, III y V (los bloques I y IV están privados
del derecho de voto), y a efectos de lo previsto en el artículo 21 de la
vigente Ley 49/1960 reformada por la Ley 8/1999, se aprueba la liquidación
de la deuda que mantiene pendiente de pago la Comunidad de Propietarios
del Bloque I de la Urbanización “Acapulco” por importe de un millón
doscientas sesenta mil novecientas noventa y cinco (1.260.995) pesetas,
correspondiente al segundo recibo emitido a su cargo por cuotas extras
relativas a las obra de conexión a la red municipal de agua potable, así
como su reclamación por vía judicial. Acuerdo 2º: con el voto favorable de los
Presidentes de los bloques II, III y V (los bloques I y IV están privados
del derecho de voto), y a efectos de lo previsto en el artículo 21 de la
vigente Ley 49/1960 reformada por la Ley 8/1999, se aprueba la liquidación
de la deuda que mantiene pendiente de pago la Comunidad de Propietarios
del Bloque IV de la Urbanización “Acapulco” por importe de
novecientas cuarenta y ocho mil setecientas cuarenta y siete (948.747)
pesetas, correspondiente al segundo recibo emitido a su cargo por cuotas
extras relativas a las obra de conexión a la red municipal de agua
potable, así como su reclamación por vía judicial.
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