Asociación Andaluza de Filosofía.


La Asociación Andaluza de Filosofía sobre la asignación de Optativas en E.S.O. y Bachillerato.

En relación con el Protocolo de desarrollo para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía de las Disposiciones Adicionales y Transitorias del Real Decreto 1635/95 y materias relacionadas, firmado el 3 de Abril de 1997, por el Delegado de Educación de la Junta de Andalucía y los sindicatos F.E.T.E.-U.G.T., CC.OO. y C.S.I.-C.S.I.F., y con respecto a lo que en dicho acuerdo se refiere a la adscripción de Asignaturas Optativas de E.S.O. y Bachillerato a profesorado de diversas especialidades, los miembros de la Asociación Andaluza de Filosofía en Almería queremos dejar constancia de nuestra postura.

Dado que, hasta donde se nos alcanza, no tenemos conocimiento de que este Protocolo esté siendo aplicado en general de manera efectiva por la Administración educativa andaluza, y habiendo sido informados por representantes de los citados sindicatos de que se trata de un acuerdo que sigue abierto a posibles modificaciones, nos dirigimos a las centrales firmantes del acuerdo y a la Delegación de Educación de la Junta de Andalucía, para solicitar que se reúna la Mesa de Seguimiento del mencionado acuerdo, prevista en el punto 9º del mismo, y que se lleven a cabo las modificaciones pertinentes para que, considerando las razones que a continuación se exponen, sean adscritas al profesorado de Filosofía las asignaturas optativas siguientes: Antropología; Psicología; Ciencia, Técnica y Sociedad; Historia del Pensamiento Político; Historia del Pensamiento Científico; Ética y desarrollo científico-técnico y Metodología de la investigación científica.

La adscripción de la asignatura de Antropología que se acuerda en el citado Protocolo supone sustraer al profesorado de Filosofía la posibilidad de ofrecer una materia optativa, que los/las docentes de Filosofía son los/las más indicados/as para impartir; en primer lugar, por los contenidos específicos de la materia ("Indeterminación y libertad", "La dimensión temporal de la vida humana", "La persona humana", "Vida e historia", "La historicidad de las concepciones del hombre y de la cultura", "Etnocentrismo y relativismo cultural", "Identidad y diferencia", "El reconocimiento de la alteridad") y, en segundo lugar, por ser el tercer y último bloque temático, de los tres que forman el diseño curricular de la asignatura, el más filosófico, precisamente el que da coherencia al resto. (Para los contenidos curriculares de ésta y otras asignaturas optativas, véase BOJA, 25-8-95).

La adscripción que se acuerda en el mencionado Protocolo para la asignatura optativa de Psicología carece de sentido, por tener los/las titulados/as de Psicología y/o Pedagogía encomendada en los centros educativos una labor específica como orientadores/as; y que, por lo tanto, para la impartición de dicha optativa los/las docentes adecuadamente capacitados son los profesores y profesoras de Filosofía, que, de hecho, han venido impartiendo contenidos de dicha materia en las asignaturas propias del anterior Bachillerato; contenidos que, además, han cursado en su carrera y forman parte de sus temarios de oposición. Por lo demás, resulta sorprendente comprobar que, en la nota al pie aclaratoria sobre las titulaciones que podrían impartir dicha optativa, se menciona a todas las posibles especialidades, incluidas algunas de la titulación de "Filosofía y Letras", a excepción precisamente de la de Filosofía, siendo así que, de hecho, toda una larga serie de promociones de titulados/as en ésta son justamente "Licenciados en Filosofía y Ciencias de la Educación (Sección Filosofía)", habiendo cursado de hecho algunas asignaturas de Psicología, todo lo cual al parecer ha sido ignorado en el mencionado Protocolo de acuerdo.

La adscripción de la asignatura optativa Ciencia, Técnica y Sociedad a profesorado de especialidades diferentes a la de Filosofía desvirtúa por completo el significado de dicha materia, pues ésta, por su diseño curricular, su carácter transdisciplinar y por la mayor parte de sus contenidos ("El método científico", "El problema de la verificación", "La organización del saber", "Las concepciones del mundo y su relación con el desarrollo científico-técnico", "La dialéctica Naturaleza y Cultura", "Los mitos del progreso científico y técnico", "La técnica como proyecto del hombre", "La crítica de la razón instrumental", etc.) sólo puede ser entendida en relación con todo el esfuerzo de reflexión llevado a cabo por el pensamiento filosófico, sobre todo en el último siglo, para comprender el papel de los saberes científicos y del desarrollo tecnológico en la configuración del mundo que vivimos.

Las asignaturas optativas Ética y desarrollo científico-técnico, Historia del Pensamiento Científico e Historia del Pensamiento Político sólo pueden ser impartidas conforme a su significación más propia dentro del currículum, si son asignadas al profesorado de Filosofía, puesto que se trata de materias relacionadas, en el primer caso, con el esfuerzo intelectual por pensar la dimensión moral de la ciencia y la técnica o que, en los otros, reconstruyen la elaboración de los conceptos que nos permiten entender lo que hoy está en juego en los ámbitos del saber científico y de la acción política.

La asignatura optativa Metodología de la investigación científica, de E.S.O., también sería adecuadamente impartida por el profesorado de Filosofía, si se tiene en cuenta el carácter epistemológico y transdisciplinar de la materia.

En definitiva, creemos que el criterio general de que todas las asignaturas, troncales u optativas, han de ser impartidas por especialistas en las materias correspondientes es el más acorde con la calidad de la enseñanza y la profesionalidad del profesorado. Lo deseable, por tanto, sería que las adscripiciones fuesen más estrictas. Comprendemos, no obstante, que la asignación de determinadas asignaturas optativas a un abanico más o menos amplio de especialidades puede contribuir a una mayor flexibilidad en la organización docente de los Centros. En este sentido, podría resultar admisible la adscripción de algunas optativas a diversas especialidades posibles, como se ha decidido en el acuerdo, si se entiende que cualquiera de las especialidades mencionadas para cada optativa podría tener opción a impartirla, sin que importe el orden en el que aparecen designadas. Creemos, sin embargo, que, en este caso, el acuerdo no resultará demasiado clarificador en aquellos Centros donde realmente se planteen dudas sobre qué profesorado podrá o no ofertar una determinada optativa. De entenderse las tablas de asignación de este modo tan abierto, que es como se nos ha informado que ha de interpretarse el acuerdo, no vemos ningún inconveniente, p. ej., en que la asignatura de Derecho, también pueda ser asignada, junto a otras, a la especialidad de Filosofía, pues por currículum y por temario de oposición, el profesorado de Filosofía posee también conocimientos suficientes de introducción general y fundamentos del Derecho.

En el caso, sin embargo, de que, a pesar de todo, hubiera de entenderse que el orden en el que se mencionan las distintas especialidades en las tablas de adscripción de optativas, supone una prioridad estricta para poder ofertar una determinada asignatura por parte del profesorado, creemos que, por las razones indicadas, las mencionadas asignaturas de Antropología; Psicología; Ciencia, Técnica y Sociedad; Historia del Pensamiento Político; Historia del Pensamiento Científico; Ética y desarrollo científico-técnico y Metodología de la investigación científica deberían ser asignadas prioritariamente a profesores de la especialidad de Filosofía.


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