|
Las ZEEEX tienen ya su proyecto
Según el proyecto de ley para reglamentar las Zonas Económicas Especiales de Exportación, presentado por un comité técnico de alto nivel, de la cual hace parte la Cámara de Comercio de Ipiales, las ZEEEX tendrían vigencia en el país durante los próximos de 50 años, renovables según los resultados y el interés del gobierno de turno.
El comité técnico de alto nivel de las Zonas Económicas Especiales de Integración, del cual ha formado parte activa la Cámara de Comercio de Ipiales, elaboró el proyecto de ley para reglamentar las ZEEEX y radicó la iniciativa de manera formal ante el Senado de la República, con el apoyo de un grupo de parlamentarios de los departamentos que albergan a los cuatro municipios declarados como tales.
El objetivo de la ley es crear las condiciones legales especiales por un período de 50 años para la promoción, desarrollo y ejecución de exportaciones de bienes y servicios.
Buenaventura, Cúcuta, Valledupar e Ipiales, fueron designadas por el gobierno como ZEEEX, de acuerdo con el decreto 049 del 2000 y funcionarán como territorios donde se aplica un régimen jurídico especial en materia económica y social para promover su desarrollo, en beneficio del progreso nacional, mediante la exportación de bienes y servicios.
Su finalidad es atraer inversiones para fortalecer el proceso de exportación nacional mediante la creación de condiciones especiales que favorezcan la concurrencia del capital privado y que estimule y faciliten la exportación de bienes y servicios.
Licencia de admisión
A través del Ministerio de Comercio Exterior se expedirá, dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la solicitud, la licencia de admisión el régimen de las ZEEEX, a las empresas que cumplan con los requisitos previamente requeridos por esa entidad. Si en ese tiempo no hay respuesta oficial, se aplicará a favor del solicitante, el silencio administrativo positivo y se deberá proceder a suscribir el contrato de admisión.
El usuario no requerirá ninguna otra licencia o permiso de carácter administrativo, ambiental, sanitario o de cualquier otra índole, para desarrollar todas las actividades propias de su objeto social para el cumplimiento de contrato de admisión.
Una vez otorgada la licencia, los titulares de la misma deberán celebrar un contrato de admisión cuyo objeto es definir los compromisos que asumen el titular y el Estado dentro de la zona. El documento deberá ser suscrito en los 30 días siguientes al otorgamiento de la licencia de admisión y se regirá por el derecho privado y por lo previsto en la presente ley. Su duración se acordará entre las partes, pero no podrá ser inferior a cinco años ni superior a 25.
Ámbito de Aplicación
Las actividades económicas beneficiadas pueden pertenecer a cualquier sector y ser de cualquier naturaleza, siempre que agreguen valor para alcanzar la finalidad señalada.
Se entenderá que la conexión es indirecta cuando la actividad no sea propiamente de inversión o exportación, pero sea indispensable para el desarrollo de ellas o contribuya significativamente a su realización, por lo que el régimen especial también se aplicará a:
Los servicios de seguridad, salud, seguridad social y educación, así como los demás servicios públicos y sociales necesarios para apoyar la inversión privada nacional y extranjera. A las actividades requeridas para prestar el soporte necesario y adecuado tales como investigación y desarrollo, asesoría económica, jurídica, administrativa financiera y de mercados, capacitación, promoción de la zona y de los proyectos que cumplan con sus objetivos, entre otros. A las actividades de construcción y mantenimiento de la infraestructura de transporte, de servicios públicos, telecomunicaciones, capacitación, educación, salud y de cualquier otra naturaleza necesaria para el cumplimiento de los anteriores fines.
Principios de Funcionamiento
Los beneficios del régimen especial se harán efectivos respecto de los usuarios que en el contrato se comprometan a alcanzar metas específicas en plazos determinados. Si incumple podrá pedir un plazo adicional y vuelve a reincidir, el gobierno le cancelará el contrato y el incumplido deberá resarcir el valor equivalente a los beneficios recibidos, si los hubiere, en los plazos y forma previamente estipulados. El goce de los beneficios también podrá ser condicionado en el contrato, al cumplimiento de metas fijadas en el mismo para promover la realización de los fines de la ZEEEX y podrán ser complementados por otros establecidos en leyes, ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, etc. Se respetará la distribución de competencias entre las entidades territoriales, y en especial la autonomía municipal. Los controles serán de carácter posterior y estarán dirigidos a evaluar periódicamente los resultados, con la intervención de auditorias externas privadas.
Los trámites requeridos para el buen funcionamiento de la ZEEEX deberán realizarse de manera continua las 24 horas y en los 7 días de la semana.
Condiciones
En el caso de personas que realicen procesos de producción.
La inversión debe ser nueva. No se aplican los beneficios a relocalizaciones de una industria nacional. Si se cobijará a las empresas que realicen una nueva inversión, siempre y cuando ello no signifique el cierre de alguna de sus plantas en el resto del país. La inversión debe generar, dentro del plazo acordado en el contrato correspondiente, por lo menos 50 empleos nacionales directos. Se deberá firmar una póliza de cumplimiento. Al menos el 80% de sus ventas debe ser destinado a la exportación.
En el caso de personas que presten servicios, sólo se aplicarán los requisitos previstos en los literales a y c.
Régimen Cambiario
Será determinado por el Banco de la República para favorecer la libre convertibilidad, posesión, negociación y circulación de toda clase de divisas. Se facilitará la colocación de depósitos y el manejo de cuentas corrientes y de ahorros en cualquier moneda, dentro de la ZEEEX. Las entidades bancarias podrán prestar dinero en monedas extranjeras destinadas a financiar las actividades de las empresas.
|
|