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Conferencia en el
II Congreso Internacional de Mediación Familiar
en Portugal
por Dr. Daniel Bustelo Eliçabe Urriol
 

Ante todo quisiera agradecer muy sinceramente en nombre del Foro Mundial de Mediación que represento y en el de la AIEEF y el mío propio a la ANMF - Portugal, sus socios, su junta directiva y a su presidente Dr. Antonio Farinha por la realización de esta conferencia y por haber tenido la consideración de invitarnos a participar en ella.

Espero que la presente esté a la altura de sus finas atenciones y de todo el público que da razón a que yo esté aquí.

A lo largo de estos días hemos escuchado ponencias muy interesantes respecto de experiencias realizadas en otros países y aquí mismo en Portugal.  Cada una de ellas ha sido fruto de grandes esfuerzos y de muchas negociaciones, pues lo nuevo sólo se abre camino en base a una ardua y constante tarea por parte de quienes creen en el proyecto.  Luego cuando el proyecto esta consolidado y la eficacia probada, la etapa que le sigue es no menos trabajosa pero sí algo menos cansadora.

El Foro Mundial de Mediación quiere estar cerca de todos aquellos que como la ANMF, socia del Foro, hacen estos denodados esfuerzos por el avance de algo en lo que creen.

En la disertación de la Sra. Lisa Parkinson hemos podido escuchar algunos aspectos extremadamente interesantes sobre la mediación y su dilatada experiencia en la misma, por lo que me gustaría resaltar algunos aspectos que entiendo interesantes:
Expresa la Sra. Parkinson, que aún tenemos dificultad con el concepto de mediación.  Este tema, es decir esta dificultad ha campeado sobre toda esta II Conferencia y sin pretensión de aclarar el tema, que todavía necesita de mucha tinta para precisarse, me gustaría complementar lo dicho por la Dra. Lisa Parkinson con relación a esto.
Las líneas directrices que nosotros utilizamos y que ahora expondré nos sirven a nosotros para, siguiendo lo expresado por la digna ponente, “definir campos, identificar roles, trabajar en conjunto pero no confundidos”, es decir en lo que creemos que es una propuesta interdisciplinaria.

Todos estamos de acuerdo en general que la mediación requiere por lo menos dos personas, jurídicas o reales, en conflicto y que en algún momento del desarrollo de este conflicto eligen llamar a un tercero, que es independiente a ellas, para que les ayude a encontrar una solución al mismo.  Y desde allí se desprende que el mediador sólo controla  el proceso y no los contenidos.
Nace allí uno de los primeros problemas serios que hemos encontrado en estos años dedicados a la formación de mediadores familiares.  Como hacer para que la intervención del mediador no oculte en forma solapada, inconsciente, tras la mejor intención, una indicación no evidente sobre los contenidos.  Como hacer para que el mediador no utilice elementos manipuladores, sutiles o no tanto, para persuadir a las partes para que lleguen a un acuerdo.  Este es uno de los grandes temas que se están trabajando en estos momentos y en donde varias escuelas desde la sistémica de Palo Alto, la transformadora de Folger, la interdisciplinaria de la AIEEF y tantas otras, están procurando desarrollar técnicas de enseñanza para evitar estas situaciones y permitir al mediador adquirir sus habilidades esenciales.
Ser empático, ser flexible, ser creativo y tener capacidad de escucha activa.  Esto lo lleva a reconocerse, reconocer sus propios prejuicios y sus proyecciones en la tarea de mediador.

Decía también Lisa Parkinson que la gente llega a mediación familiar muy vulnerable. Todos aquellos que han trabajado con familias en crisis de separación o divorcio saben que esto es así.
Y que además de vulnerables están en general regresivos, defensivos y muy pero muy dolidos.  En esas circunstancia es muy fácil y tentador ofrecer ayudas, que nos llevan a saltarnos el control del proceso para entrar en el control de los contenidos, es decir proponer soluciones, inducirlos, pues estamos convencidos que nuestra propuesta es muy buena.  Puede que no sea la mejor pero al menos muy buena y sobre todo simple.  Pero lo que ocurre es que es la nuestra y no la de ellos.

Así llegamos en este mismo sentido a la exposición del Dr. Caetano Valadao Serpa, quien en forma muy clara pero profunda nos indicó sobre la complejidad de los problemas de la Mediación Escolar.
Hay conflictos por que somos diferentes. Trató sobre la importancia que tiene la escuela en el proceso de formación de un joven, de la cantidad de tiempo que allí se pasa y de lo importante que es poder generar un clima de menor violencia y un proceso de aprendizaje de que los conflictos pueden ser resueltos de otra manera, y para ello se aplica la mediación entre pares o mediación escolar. Comentó, cómo los propios estudiantes se ocupan entre ellos, como son elegidos y entrenados para realizar esta tarea con la colaboración de padres y profesores.  Hay resultados interesantísimos al respecto y que merecen ser profundizados como es la propuesta de la Sra. María Sao José Caldeira expuesta en el proyecto que se esta realizando en Lisboa.
A partir de allí nos encontramos con la mediación con menores infractores tratada por la Magistrado Mdme. Marie Claude Devois en donde ha descrito con gran sencillez y claridad los procesos judiciales en Francia con relación a los menores, y como se utiliza dentro del tribunal técnicas de mediación realizándose en las “Maison de la Justice” el encuentro con la víctima y el proceso de reparación como acto de aprendizaje del menor y por lo tanto de una mejor apropiación activa de la realidad al decir de Pichón Rivière.

El Dr. Pere Led nos muestra otro proyecto realizado en la materia con una concepción totalmente distinta, que es la de apartar la mediación del ámbito judicial lo más posible, siguiendo así la propuesta del Dr. Bonafe-Schmitt que propugna una alternativa de separación total.

Es oportuno traer aquí las intervenciones de los magistrados Brasileños quienes nos recuerdan de los límites e importancia de los conceptos judiciales de defensa, dignidad, y garantías procesales, si es que atento las diferencias de idiomas, les he entendido bien.

Llegamos así a la exposición del Dr. Eleid Wolfsen, quien además de demostrarnos que no estamos frente a nada nuevo, toda vez que en Holanda desde 1590 se tienen registro de la aparición de la mediación obligatoria prejudicial y que hasta la fecha han tenido varias experiencias aun cuando la imposición del Código de Napoleón llevó a pensar que el contacto con las partes podía crear subjetivismo en el juez, y que por lo tanto estos métodos de proximidad dejaron de ser aceptables.
Ya en la época actual, describió un proyecto en curso en virtud del cual en el campo familiar la mediación podrá ser realizada por cualquier profesional mediador, pero si no es abogado, deberá llevar la firma de un abogado mediador, pues éste debe dar asesoramiento jurídico, y debe por lo tanto con su firma, garantizar que las pares han tenido información jurídica y que por lo tanto gozaron de la libertad para realizar el acto que hicieron.  En estos casos dice que no habría ningún tipo de control, dejándose así en manos del mediador la total responsabilidad creándose el riesgo de convertirlo en un supra juez sin apelación.

Llegamos así a uno de los problemas serios en el ejercicio de la tarea de mediador.  Quién controla la capacidad del mediador para hacer una tarea tan difícil pues la gente con quien él trabaja está pasando un momento de gran vulnerabilidad, necesitada  que alguien tome por ellos sus decisiones, por mas que digan lo contrario.
El mediador se encuentra así ante un problema serio deontológico. Dado que independientemente de cual sea  en principio su profesión de origen es decir en el campo más general,  psicólogo, trabajador social o abogado, parte de  formaciones que se basan en la intervención desde su saber, fijando la dirección y contenidos que entiende es mejor y más conveniente para sus clientes como se garantizará una actuación dentro de los objetivos de la mediación.
Esta es otra de las asignaturas pendientes de la mediación y de las que se están haciendo grandes esfuerzos por cumplirlas.  Dado que en Portugal la actividad de la mediación recientemente se inicia con tanta fuerza, puede ser un campo a pensar para un mejor desarrollo de vuestro proyecto.

Por último me quisiera referir a la mesa sobre justicia de proximidad y la búsqueda afanosa por acercarse al justiciable pues perciben que cada vez más se les imputa ineficacia, ineficiencia, que los juicios son eternos etc.

Quisiera aquí mostrar sólo dos láminas en las que intento marcar algunas razones por las cuales la mediación es una cosa y las técnicas de mediación utilizadas en los tribunales es otra.  Se basan en el plano de intervención.
En cualquier accionar de la justicia, los caminos de comunicación son los siguientes (mostrados por flechas en los diagramas) los cuales con en el sistema de la proximidad se procura subir a los clientes a un plano de contacto más directo con los magistrados, poniendo de alguna manera en esos momentos a los clientes a la par de sus letrados.

No obstante los clientes siguen manteniendo respecto de sus letrados, de quienes se fían y son los que saben como ganar el proceso, una relación de un plano más bajo.
Cuando los abogados hacemos negociaciones tendientes a resolver conflictos, y esto lo hacemos muchas veces como bien lo decía ayer el colega Ferr, usamos alguno de los siguientes modelos de comunicación.

Cuando un negociador hace lo que se llama shutle negotiation lo que hace es ir de uno a otro reservándose el poder que le da dosificar lo que se dice y que por lo tanto, reservándose información procura acercar a las partes sólo diciendo lo que estima que las acercará, dejando lo que no, tal vez para más adelante o tal vez para nunca.  Él controla contenidos además del proceso y está en un lugar de poder, donde las partes tienen recelo y confianza a la vez.

La propuesta que hacemos para la mediación y para procurar traer claridad sobre estos temas, es una propuesta de trabajar en un mismo plano en donde las vías de comunicación se establecen primero en una dirección (3) para luego hacerlo en estas otras(4) y por fin se crea un tercer espacio (5) del interés común que es cuando ya se está en la tarea siendo este tercer espacio símbolo de los intereses de las partes y no de sus posiciones.

 

Dicho esto, y con lo que he tratado de alguna manera de resumir estas características de la mediación, vemos que al transportarlas en forma idéntica al Poder Judicial, resulta imposible por el plano de poder del sistema judicial y del juez, por lo que sugerimos hacer por medio de un esfuerzo interdisciplinar, introducir sus técnicas y experiencias, junto con los principios jurídicos largamente desarrollados y desde allí ir creando un nuevo orden jurisdiccional.

Estamos ante un momento crucial de la vida del estado moderna. En Europa los Estados han hecho cesiones importantísimas de sus poderes en aspectos que hasta hace no mucho tiempo era lo que les caracterizaba y esto a modificado substancialmente las reglas de juego y el poder de cada uno de ellos.
Ahora nomás, la emisión de la moneda, el control de la misma, la seguridad continental, las normas del parlamento europeo y sus recomendaciones, los tribunales de Estrasburgo y Luxemburgo, todo el fenómeno de la globalización, las políticas agrarias comunes, etcétera, indican que no está lejos el momento de producirse un cambio esencial en el concepto de Estado como lo hemos entendido hasta ahora. No sería extraño que las atribuciones judiciales sean delegadas en las comunidades autónomas, regiones, o parcelas territoriales más pequeñas en donde la proximidad entre justiciable y sistema tendrá que ser mayor.  ¿Dónde se instala el poder judicial en este nuevo orden de cosas? Privatizaremos la justicia en todo lo que se considere que no es esencial, quien considerará qué es esencial, que pasará con todos los conceptos acumulados en tantos siglos como los de  seguridad jurídica, necesidad de plena prueba para sentenciar sobre los hechos, la forma en que los jueces conocerán las causa etcétera.

La mediación es presentada como un sistema alternativo del poder judicial haciendo que parezca que la mediación sea buena y el sistema jurídico malo.  Desde esa perspectiva estamos en un modelo de competencia en una lucha ganador/perdedor.  Pienso todo lo contrario, la mediación y la justicia, pueden ir juntas resolviendo cada uno lo que es mas útil para dar el mejor servicio al ciudadano, permitiendo una complementación, manteniendo sus identidades sin confundir roles para que juntos, todos los preocupados por la resolución de conflictos, que no son sólo los licenciados en leyes, abogados jueces y procuradores, encontremos un camino de cooperación.

Espero con nuestra participación, haber podido cooperar con el esfuerzo de la ANMF en este objetivo.
 
Muchas gracias.
 

Lisboa, Portugal 9 de mayo de 1998. -

P.D. Solicito las disculpas de los restantes ponentes, toda vez que por motivos ajenos a mi voluntad no he podido participar en sus exposiciones y por ello no he podido hacer referencia a las mismas.
 
 
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