En Prevaricaciones Españolas en el Caso Pinochet (I) y en Prevaricaciones Españolas en el Caso Pinochet (II) se estudian las acusaciones de Garzón contra Pinochet por genocidio y por terrorismo, respectivamente, y se llega a la conclusión de que no se sostienen de pie jurídicamente.
Este estudio fue corroborado por la primera decisión de Jack Straw, el Ministro británico de Interior, como decía yo en un artículo que envié a "ABC" y que este diario no ha publicado:
"Que un Sumario por los delitos de tortura y genocidio sea examinado por un político británico izquierdista y antipinochetista, Mr. Jack Straw, que recibe antes de decidir si da lugar o no a la posible extradicción de Pinochet una carta de ciento veinte diputados de su propio Partido advirtiéndole implícitamente que si no da lugar a tal posible extradición, ya puede dar por acabada su carrera política, y aun así no da lugar a una posible extradición por terrorismo ni por genocidio, puede dar una idea de lo mal planteado que está tal Sumario jurídicamente: es una chapuza increíble.
"No he leído la segunda resolución -más rigurosamente dicho, "las siete segundas resoluciones"- de los Lores, pero tengo entendido que limita la posible extradición a unas supuestas torturas cometidas a partir de diciembre de 1988 y a una supuesta conspiración para cometerlas. En el célebre artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece la jurisdicción española en determinados delitos cometidos en el extranjero, no figura específicamente la tortura. Para hacerla entrar, hay que recurrir al apartado g) -la puerta trasera, para entendernos-, que dice:
"Y cualquier otro (delito) que, según los tratados o convenios internacionales, deba ser perseguido en España.
"Nótese el deba; no dice pueda.
"El artículo 5 del Convenio Internacional contra la Tortura dice:
"1. Todo Estado Parte dispondrá lo que sea necesario para instituir su jurisdicción sobre los delitos a que se refiere el artículo 4 en los siguientes casos:
"a) Cuando los delitos se cometan en cualquier territorio bajo su jurisdicción o a bordo de una aeronave o un buque matriculados en ese Estado;
"b) Cuando el presunto delincuente sea nacional de ese Estado;
"c) Cuando la víctima sea nacional de ese Estado y éste lo considere apropiado.
"Obviamente, no es el caso a), ya que las pretendidas torturas no se han cometido en España ni a bordo de aeronaves o buques matriculados en España; ni el b), ya que Pinochet no es español. Y en cuanto al c), sigue la chapuza garzoniana sacando de debajo de las piedras docenas y docenas de nuevas pretendidas torturas ...de chilenos
"Da la impresión de que si el artículo 23.4 citado diera jurisdicción a Garzón para perseguir a los carteristas, aparecerían en su Juzgado todas las docenas, los centenares y, si fuera preciso, los millares de víctimas y/o testigos que jurarían, por los clavos de Cristo, que Pinochet en persona, con su uniforme de gala, sable incluido, y el pecho recubierto de condecoraciones, les había robado la cartera, el bolso o el monedero en los tranvías o autobuses de Santiago.
"Y sería inútil que 'encontrara' Garzón centenares o millares de pretendidas víctimas de torturas, en el Chile de 1988 a 1990, de nacionalidad española, porque el apartado g) obliga a que el Estado español 'lo considere apropiado', mejor dicho, lo hubiese considerado apropiado cuando se cometieron tales torturas, lo que no hizo ni ha hecho el poder ejecutivo pidiendo al poder legislativo -o actuando éste motu proprio- la inclusión de la tortura entre los delitos comprendidos en el artículo 23.4 citado.
"Alguien tendría que decir a Garzón que dejara de perder su tiempo -que pagamos los contribuyentes- con esta su guerrita particular que tiene declarada a Pinochet. ¡Y si fuera sólo perder el tiempo!: entrometerse en asuntos chilenos, perjudicar gravemente nuestras antes excelentes relaciones de hermandad, recalentar los ánimos de los chilenos pinochetistas y antipinochetistas que ya estaban sosegándose, hacer que los españoles nos pongamos colorados como tomates cuando los hermanos chilenos nos acusan de abusar de su país porque es pequeño y de tener todavía ínfulas colonialistas; etc..
Finalmente, hacía yo un balance de la iniciativa de Garzón, y decía: "Basta recordar lo que manifestó Castro cuando se enteró de la detención de Pinochet, y su reacción legislativa en Cuba: endurecer aún más la represión de la libertad de expresión. Es decir, enrocar a los dictadores.". Más tarde me enteré de que Felipe González tuvo que salir precipitadamente de Chile, según unas fuentes, o abstenerse de ir allí, según otras fuentes, porque unos proetarras pretendían que fuera detenido a lo Pinochet en el Reino Unido en Chile, por torturas.
Summary:
Article 5 of the International Convention against Torture says:
1. Each State Party shall take such measures as may be necessary to establish its jurisdiction over the offences referred to in article 4 in the following cases:
(a) When the offences are committed in any territory under its jurisdiction or on board a ship or aircraft registered in that State;
(b) When the alleged offender is a national of that State;
(c) When the victim is a national of that State if that State considers it appropriate.
In the Pinochet's case, a) is not applicable because the alleged offences were not commited neither in Spain nor on board a ship or aircraft registered in Spain; and b) is neither applicable because Pinochet is not a Spaniard. Referring to c), even if the victims of the alleged tortures were Spaniards -which is not the case-, the condition could not be met because in the article 23.4 of the law that can give jurisdiction to the Spanish Courts for crimes commited out of the Spanish territory there is no provision for the case of the victim of torture being a Spaniard, i.e., the State of Spain had not -in 1988 or even today- considered appropiate to establish the jurisdiction of the Spanish Courts in the case of Spanish victim/s of torture out of the Spanish territory.
If you can translate the Spanish explanation into English, don't be egoist and let those who don't understand Spanish to rejoice with the botches of Judge Garzón.