Leyes laborales de Bolivia

 

Contenido

 

 

 

 

 

PRIMERA ETAPA: DE 1825 A 1900

Decreto del 9 de febrero de 1825 de Antonio José de Sucre

Ley de enganche 16 noviembre. 1896

 

 

 

 

 

 

SEGUNDA ETAPA: DE 1900 A 1924

Ley Del Descanso Dominical (23 noviembre 1915).DR (30 agosto 1927).

Ley De Atención Dental Gratuito  (9 enero 1920).

Ley De Servicio Médico Gratuito (20 febrero 1920).

DS De Reglamentación De La Huelga (24 septiembre 1920)

Ley Sobre Enfermedades Profesionales (18 enero 1924).

Ley De Accidentes De Trabajo (19 enero 1924).

Ley Del Ahorro Obrero Obligatorio (25 enero 1924)

Ley De Protección A Empleados De Comercio E Industria (21 noviembre 1924).

 

 

 

 

 

 

 

TERCERA ETAPA: DE 1925 A 1935

Se reglamenta las disposiciones anteriores

Ley Del Departamento Nacional De Trabajo (18 marzo 1926).

DS de Prevención De Accidentes (18 mayo 1927).

DS De Protección Del Niño Y La Mujer (21 septiembre 1929).

 

 

 

 

 

 

CUARTA ETAPA: DE 1936 A 1956

Ley general del trabajo (LGT).

Decreto Reglamentario  de la LGT del 23 de agosto de 1943

Ley De Seguro de Riesgos Profesionales (15 noviembre 1950).

Código De Seguridad Social (15 diciembre 1956)

 

 

 

© MMV por Ermo Quisbert, Jorge Machicado y Margot Mariaca. Derechos reservados

PRIMERA ETAPA: DE 1825 A 1900

Una economía débil, una estructura social conformada por la burguesía minera y terrateniente, la clase media y los campesinos y una política de dejar hacer y dejar pasar, sintetizan la Bolivia del siglo XIX.

Las relaciones laborales de la escara actividad económica no esta sujeta norma especial, sino que cualquier contingencia emergente del trabajo, como un accidente, estaban reguladas por la ley civil de reparación de daños causados a una persona.

La cuantía de esta reparación se encontraba normada por dos principios fundamentales que estructuraban toda Teoría de los daños y perjuicios: el daño emergente (el perjuicio material ocasionado por un hecho) y el  lucro cesante (Lo que ha dejado de ganar al haberse producido el hecho); su calificación y determinación estaban atribuidos a la jurisdicción ordinaria.

Decreto del 9 de febrero de 1825 de Antonio José de Sucre

Persiguiendo al General realista Pedro Antonio Olañeta, Sucre cruza el río Desaguadero. No fue necesario alcanzarlo. Olañeta es vencido por los chicheños (Chichas, Potosí) en Tumusla el 1 de abril de 1825. Fue la última batalla de los realistas.

Sucre, una vez en la ciudad de La Paz dicta su Decreto reconociendo en los pueblos el derecho a constituirse, según su propia voluntad, en Estados. El Decreto convocaba la reunión de un Congreso encargado de fijar la suerte de las cuatro provincias altoperuanas. Bolívar al principio, no aceptó el contenido del Decreto, ya que iba contra la idea de la Gran Colombia, y que ese decreto—pensaba Bolívar—sólo crearía pequeños núcleos donde habrían de arraigar caudillos personalistas y ambiciosos. En eso Bolívar, no se equivocó.

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