FAQ, Preguntas frecuentes
Selección de las preguntas que mas frecuentemente se plantean y las respuestas que han recibido relativas a:
Derechos de
autor, Copyright;
Pregunta: ¿Es violatorio del Copyright si se copia textual un
articulo de una
> prestigiosa Revista Científica en ingles, se lo traduce y se lo difunde en
> una Lista, para conocimiento de los suscriptores?
. Respuesta: Si quieres editar o publicar una traducción de un texto de un autor extranjero necesitas su autorización, aunque sea a titulo lucrativo y aunque le cites.
Pregunta:
Todos sabemos que en la elaboración de trabajos
doctrinales de naturaleza científica, raramente se aporta una originalidad que
exceda del 10% del trabajo, apareciendo con suma frecuencia trabajos que vienen
a ser una refundición de otros, a los que se suele remitir el autor. Aun así,
la duda que se me plantea es la de si cabe entender subsumible en el tipo del
art. 270 del Cp el comportamiento de incluso quien con absoluta honradez
científica cita a otros autores en su obra y publica la misma con ánimo de
lucro, es decir, la publica para su venta en el mercado.
Respuesta:
Quizá haya oído ese aforismo que circula por ahí según el cual copiar de uno es
plagio y copiar de muchos investigación. Quizá si lo refinamos, con sentido
común, sirva de respuesta. Si se copia una estructura, un planteamiento, estará
incurriendo en plagio, pero si citando al autor y el lugar de publicación y
dentro de su propio planteamiento investigador transcribe una o varias citas en
un contexto con otras, no habrá plagio.
Por otro lado, si se cita convenientemente, cualquier investigador interesado
en el tema irá a la fuente, de modo que, no se lesionan derechos de autor sino
que en cierta medida se está haciendo publicidad.
Delitos
informáticos, ciberdelitos:
Tribunal o Corte
Penal Internacional:
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