FAQ, Preguntas frecuentes

Selección de las preguntas que mas frecuentemente se plantean y las respuestas que han recibido relativas a:

 Derechos de autor, Copyright;

Pregunta: ¿Es violatorio del Copyright si se copia textual un articulo de una
> prestigiosa Revista Científica en ingles, se lo traduce y se lo difunde en
> una Lista, para conocimiento de los suscriptores?

. Respuesta: Si quieres editar o publicar una traducción de un texto de un autor extranjero necesitas su autorización, aunque sea a titulo lucrativo y aunque le cites.

Pregunta:
Todos sabemos que en la elaboración de trabajos doctrinales de naturaleza científica, raramente se aporta una originalidad que exceda del 10% del trabajo, apareciendo con suma frecuencia trabajos que vienen a ser una refundición de otros, a los que se suele remitir el autor. Aun así, la duda que se me plantea es la de si cabe entender subsumible en el tipo del art. 270 del Cp el comportamiento de incluso quien con absoluta honradez científica cita a otros autores en su obra y publica la misma con ánimo de lucro, es decir, la publica para su venta en el mercado.

Respuesta: Quizá haya oído ese aforismo que circula por ahí según el cual copiar de uno es plagio y copiar de muchos investigación. Quizá si lo refinamos, con sentido común, sirva de respuesta. Si se copia una estructura, un planteamiento, estará incurriendo en plagio, pero si citando al autor y el lugar de publicación y dentro de su propio planteamiento investigador transcribe una o varias citas en un contexto con otras, no habrá plagio.
Por otro lado, si se cita convenientemente, cualquier investigador interesado en el tema irá a la fuente, de modo que, no se lesionan derechos de autor sino que en cierta medida se está haciendo publicidad.

 Delitos informáticos, ciberdelitos:

 Tribunal o Corte Penal Internacional:

 De las citas

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