Herrería Ricardo Rodríguez
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Castillo Ayerza, Castelar

 

 
LA NACIÓN
 
No se solucionó en Morón el pleito por el reemplazo del intendente

 

El Sr. Carlos Norberto Vega, de la Unión Popular, en su frustrado intento por entrar en el Palacio Municipal

 

“Se mantiene la expectación pública en el pleito planteado por el Concejo Deliberante sobre quién debe reemplazar al intendente Goria, fallecido repentinamente en la noche del viernes último.

Como se informó, el concejal José Nanoia (UCRP) asumió el cargo, sosteniendo que le correspondía de acuerdo con la ley orgánica de las Municipalidades n° 6769, del 29 de abril de 1958. Los ediles opositores afirman a su vez que debe aplicarse en el caso lo que preceptúa la ley 6868, del 5 de julio de 1963, o sea que la designación del intendente debe hacerla el Concejo Deliberante, y, entretanto, debe ocupar el puesto el presidente del cuerpo.

En la mañana de ayer, a las 9.30, conforme con lo resuelto por los bloques opositores, el presidente, Sr. Carlos Norberto Vega (Unión Popular), se trasladó al sector del Palacio Municipal ocupado por las dependencias del D. E., para asumir las funciones de intendente, en compañía de la escribana doctora Lina Di Castelnuovo, de la secretaria de ésta, Sra. de Benebe, y de concejales y periodistas. La puerta de entrada al Palacio se hallaba cerrada y custodiada por un agente de la policía de La Plata, y el Sr. Vega llamó con el timbre. Atendió una persona, que dijo ser el sereno; cuando el Sr. Vega explicó el motivo de su presencia, el sereno le manifestó que por orden superior, y en razón del asueto por duelo decretado por el discutido intendente, señor Nanoia, no podía franquear la entrada.

Tras su frustrado propósito, el presidente del Concejo dirigió una nota a los veinticuatro concejales que integran el cuerpo, inclusive al señor Nanoia, para hacerles saber que el Concejo realizará sesión especial el jueves a las 20.30, “para tratar el siguiente orden del día: 1°) Informe del presidente del cuerpo con respecto a la acefalía del Departamento Ejecutivo; 2°) Requerimiento de informes al concejal Nanoia; 3°) Consideración de la situación planteada ante el decreto-ley N° 6868, de 1963, y 4°) Elección de intendente municipal.”

Con motivo de este conflicto se ha pedido la opinión del presidente del bloque de la Unión Vecinal, señor Nicolás Cuccarese, quien expresó que su partido no tiene compromisos políticos ni hace política dentro o fuera del Concejo, y manifestó más adelante que “el decreto-ley n° 6868 de 1963 preve que en caso de fallecimiento del intendente, el Concejo Deliberante designará nuevo intendente, según el procedimiento establecido por el decreto-ley nacional N° 260 de 1963. Como nosotros hemos jurado respetar y hacer respetar las leyes -añadió el señor Cuccarese- consideramos que una violación de esos preceptos no tiene justificativo jurídico ni siquiera razonable; por lo tanto, haremos valer los prestigios y las atribuciones del Concejo en todas sus instancias y aun en el fuero criminal si correspondiere para el delito que prevé y reprime el artículo 246, inciso 1°, del Código Penal. De tal forma -concluyó-, puedo manifestar sin ambages mi opinión, que no puede ser otra que defender mis fueros y exigir el estricto cumplimiento de la ley”.

Otros ediles manifestaron que el asunto puede tener derivaciones insospechadas por la directa y personal intervención de funcionarios de alta jerarquía, que se hicieron presentes en esta ciudad respaldando al oficialismo de Morón.

Trascendió también que el señor Nanoia había prestado juramento como intendente ante el juez de Paz de este distrito, doctor Moro, sin dar cuenta de ello al Concejo.
          


LA NACION - martes 4 de mayo de1965 - p. 12
 

 

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©  Carlos Gustavo Maldonado
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