Dominio quiritario

© OSSORIO, Manuel, Diccionario de ciencias jurídicas y políticas

 

En Roma, el privilegiado en el contenido y la protección del derecho. Correspondía tan solo a los ciudadanos romanos y siempre que el predio estuviera en el ager romanus. Su transmisión sólo podía efectuarse en por la  mancipatio o la injure cessio.

 

El dueño contaba con la accion revindicatoria  en su caso.

 

© Ermo Quisbert,