|
Historia de la cofradía (1/2)
|
|
Las Cofradías tienen su nacimiento en la Roma Republicana,
donde tras décadas de existencia son reguladas por
la Lex lulia de Colegiis.Tienen una finalidad
asistencial para sus miembros. En Tarazona conocemos
la existencia de una organización de comunidad cristiana
que data del año 459 de nuestra era, con el Obispo
León al frente. Puede pensarse que por esta época
la Cofradía ya era algo conocido en nuestra ciudad.
|
|
|
En 1758 es fundada la Cofradía, erigida
por la 'Hermandad de Labradores y Pobres
Jornaleros de la Labor'. Su finalidad
era la de honrar al Santo Cristo y la
de ofrecer una labor asistencial con
sus miembros. En 1763, ante las dificultades
económicas y el peligro de no poder celebrar
la fiesta del Santo Cristo, el señor
Obispo don Esteban de Vilanoba, hizo
a sus expensas la fiesta del Santo Cristo,
pagando para ello cuatro libras, diez
sueldos y catorce dineros (1 sueldo=12
dineros; 20 sueldos=1 libra). La hermandad
o cofradía, estaba formada por hombres
y mujeres que gozaban de los mismos privilegios
y si acontecía que una mujer enviudase
y se casase con otro hombre, este debía
adscribirse y pagar los dos reales de
entrada. Era obligatorio el cuidar a
los enfermos y asistir a los entierros
de los hermanos, dándose dos reales cuando
los enfermos recibían el Sagrado Viático
(Sacramento de la Eucaristía). Como
la hermandad había sido erigida para
el bien espiritual de las almas y socorro
de los pobres enfermos, no estaba permitido
la celebraciÓn de banquetes, convites
o fiestas por los cofrades. La cofradía
nombraba «Mayordomos» (administrador/organizador)
que se encargaban de comprar dos hachas
blancas (vela grande y gruesa), que servían
para recibir a Cristo cuando se llevaba
por Viático a los hermanos enfermos,
también compraban hachas amarillas que
servían para los entierros.
|
|
|
Cuando un hermano fallecía, recibía diez
reales para su entierro. La obligatoriedad
de asistir a los entierros quedaba reflejada
en la constitución nº 9 de la cofradía
bajo pena de un sueldo. En la constitución
nº 19 y 20 se habla de la obligatoriedad
de visitar a los enfermos y esto incluía
a las hermanas, pero a diferencia de
los hombres, ellas no tenían la obligación
de pernoctar, por no ser decente y por
los inconvenientes que pudieran surgir,
evitando así la ruina espiritual de sus
almas. La pena a quienes no visitasen
a sus hermanos/as enfermos era también
de un sueldo.
|
|
|
|