INCONDICIONALES

Inconditionales Pro Sancta Ecclesia

 
IDEARIO DE VIDA
 

VIII. DE LA DIOCESANIDAD

61. Los incondicionales han de cultivar el amor a la Iglesia particular donde se encuentran, y se han de integrar plenamente en ella. El Concilio Vaticano II ha considerado la diócesis como agente de renovación de la vida ec1esial (cf. LG 23,26; CD 3,11,15).

La Iglesia universal no es un conglomerado o federación de iglesias particulares, sino que ella misma, la Iglesia de Cristo, que es una, santa, católica y apostólica, se hace presente y operante de una manera total y acrecida en cada Iglesia particular (MR 18). "La Iglesia particular constituye el espacio histórico en el que una voca­ción se expresa realmente y realiza su tarea apostólica, pues precisa­mente allí es donde se anuncia y recibe el Evangelio" (MR 23).

Es necesaria una sincera y generosa colaboración de todos los miembros de la Iglesia Diocesana entre sí y con el Obispo y, por tanto, la exigencia de una auténtica integración de los religiosos en la comunidad diocesana presidida por el carisma episcopal, sintiéndose realmente solidarios y responsables de la vida y del apostolado dio­cesano, según los dones de su propio carisma (VR 27).

62. Vivan la diocesanidad. La diocesanidad de los incondi­cionales les hace estar abiertos a las riquezas de la Iglesia particular o Diócesis en la que la Iglesia, universal por vocación y por misión, echa raíces, toma cuerpo y vida. Pero una Iglesia particular que se desgajara violentamente de la Iglesia universal perdería su referencia al designio de Dios y se empobrecería en su dimensión ec1esial. Por otra parte, la Iglesia universal, difundida por todo el orbe se conver­tiría en una abstracción si no tomase cuerpo y vida precisamente a través de las iglesias particulares (EN 62). Huy,an los incondiciona­les de una concepción abstracta de la Iglesia, tanto como de una igle­sia desprovista de la universalidad, una iglesia regionalista, sin hori­zontes (EN 64).

63. Los incondicionales amen a su Diócesis y al Obispo dio­cesano. La Diócesis es la comunidad en la que se descubre, profun­diza, celebra y vive la fe; está llamada a realizar en su seno la comu­nión y en definitiva a ser y aparecer como "sacramento" que refleje y realice el misterio de salvación del Señor Jesucristo. La Iglesia par­ticular o Diócesis se constituye en tomo al Obispo, que significa y representa a Cristo Cabeza y Mediador. A través del Obispo, la Iglesia particular se une con las otras iglesias en la comunión de la Iglesia universal (cf. VR 26).
Nadie fuera del Obispo desarrolla en la Iglesia una función orgánica de fecundidad tan fundamental que influya en toda la acti­vidad eclesial; a él compete el ministerio de discernir y armonizar (MR 6). Los religiosos, aún perteneciendo a Institutos de derecho pontificio, deben sentirse verdaderamente miembros de la familia diocesana (cf. CD 34). Los religiosos presbíteros, dada la unidad del presbiterio y en cuanto participantes en la cura de almas, han de con­siderarse pertenecientes al clero de la Diócesis en cierto real modo. Por 10 mismo, pueden y deben facilitar la unión de los religiosos y religiosas con el clero y la jerarquía local en orden a una cooperación eficaz (MR 36,37).

Los incondicionales han de comprometerse a fomentar la fra­ternización y los vínculos de cooperación entre el clero diocesano y las comunidades religiosas, según los deseos de la Santa Iglesia (cf. MR 36,37).

Los religiosos y religiosas incondicionales consideren al Obispo diocesano no sólo como pastor de la comunidad diocesana, sino también como garante de su misma fidelidad a la vocación en cumplimiento de su servicio en pro de la Iglesia local; han de procu­rar secundar pronta y fielmente las peticiones y deseos de los Obispos en el sentido de aceptar funciones más amplias en el minis­terio de la salvación humana, salvo siempre el carácter del Instituto y la fidelidad a las Constituciones propias (cf. MR 52). Esto que es para todos los religiosos, para los incondicionales es compromiso especial y carisma.
Los seglares incondicionales se han de comprometer a vivir la diocesanidad abiertos a lo universal.

En el interesante tema de Iglesia universal e Iglesias particu­lares y teniendo presente algunas visiones eclesiológicas incorrectas, los incondicionales asumen totalmente la Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre algunos aspectos de la Iglesia consi­derada como Comunión (IC).


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