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Propuesta a la RAIJ (2)

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2. Marco institucional

En el marco de esta evolución general, las OIJ empiezan a crearse a mediados de los ochenta en los Ayuntamientos de Avilés, Gijón, Pola de Lena y Oviedo. Posteriormente, en 1985 el Principado crea el Centro Regional de Información y Documentación Juvenil (CRIDJ), y se crean nuevas oficinas en otros cinco Ayuntamientos. En esta primera etapa, tanto las oficinas locales como el Centro regional, funcionan como entidades independientes sin relación operativa entre ellas. El Principado apoya a las oficinas locales aportando una subvención anual a los Ayuntamientos.

En el año 1991, mediante el Decreto 8/91 de 11 de Enero, el Principado crea la Red Asturiana de Información Juvenil (RAIJ). En esta Red regional se integraran las distintas entidades que ofrecen servicios de información a los jóvenes, que como tales son reconocidas por el Principado.

En el preámbulo del Decreto de constitución de la Red se manifiesta que:

  • Teniendo la Comunidad Autónoma de Asturias competencias exclusivas en materia de política de juventud, establece como una de sus funciones la cooperación y asesoramiento a los distintos centros de información y documentación juveniles en el Principado de Asturias, a través del Centro Regional de Información y Documentación Juvenil, creándose asimismo un banco de datos y un fondo documental especializado en materia de juventud.
  • Disponer de información amplia y actualizada es una condición fundamental para la participación efectiva en la sociedad actual. Sin embargo las diferencias sociales, culturales y geográficas de la población acrecientan la desigualdad de oportunidades y dificultan la obtención de información, circunstancia que se acentúa mas en el mundo juvenil (...). Corresponde a los poderes públicos el establecimiento de mecanismos que garanticen la igualdad de oportunidades de los jóvenes ante la información y hacer posible un desarrollo coordinado de la red informativa regional.

En el decreto se especifican las características y funciones de las distintas entidades que componen la Red:

  • El Centro Regional de Información y Documentación Juvenil, dependiente del Principado, como agente de cooperación y asesoramiento.
  • Las Oficinas de Información Juvenil, la mayoría de las cuales dependen de los Ayuntamien-tos o mancomunidades, que tienen por finalidad la búsqueda, tratamiento, dinamización y difusión de información en sus territorio de actuación, tanto de la que genere como de la que reciba de otros organismos, atendiendo igualmente las demandas directas de los usuarios.
  • Los Puntos de Información Juveniles, dependientes de asociaciones o entidades de actividad juvenil, tienen por finalidad la distribución y exposición de información en lugares de encuentro y actividad juvenil.
  • La relación entre el Principado y las entidades locales para participar en la Red y desarrollar sus objetivos se establecerá mediante convenios.

Según el decreto la Red Asturiana de Información tendrá por objetivos:

  • Garantizar que la prestación de los centros de información juvenil en el Principado de Asturias se desarrolle en condiciones adecuadas.
  • Garantizar la difusión sistemática y coordinada de una información juvenil amplia y actualizada en la región.
  • Favorecer la implantación de cuantos mecanismos sean necesarios y realizables para garantizar la igualdad de oportunidades de la juventud asturiana ante el acceso a la información.

Los convenios que se establecen en el marco de esta Red tienen por objetivo establecer las condiciones de colaboración entre el Principado y los ayuntamientos en materia de información juvenil, reflejando las funciones a realizar por el Centro Regional de Información Juvenil, por una parte, y las Oficinas de Información locales, por otra.

Serán funciones del CRIDJ: elaborar el proyecto anual de actuación conjunta de la Red, coordinar los recursos de la Red para favorecer y apoyar las actuaciones de las OIJ, convocar y coordinar reuniones técnicas (mínimo de seis al año) para analizar proyectos y temas comunes de la Red, aportar la clasificación temática de uso en la Red, el envío de información periódica a las OIJ, con tres envíos semanales para información perecedera y uno semanal sobre información estable. Igualmente es función de esta entidad elaborar materiales y llevar a cabo acciones necesarias para la formación de los responsables de las OIJ, favorecer la participación de la OIJ en ámbitos que les proporcionen mayor capacidad de captación de usuarios y efectividad en su intervención, realizar un seminario anual de formación para los miembros de la Red, facilitar el intercambio de ideas y profesionales con estructuras y profesionales de información juvenil nacionales y extranjeras.

Serán funciones de los Ayuntamientos y sus OIJ, realizar labores de información y dinamización para los jóvenes de su ámbito local, disponer de personal, espacios y medios específicos para las tareas de la OIJ, garantizar una apertura mínima de la Oficina durante veinte horas semanales, difundir la información remitida por el CRIDJ, mantener organizados y actualizados los archivos informativos según la clasificación temática propuesta por el CRIDJ, remitir al CRIDJ la información generada en su ámbito, asistir a las actividades de formación, asesoramiento, seminarios y reuniones de coordinación de la Red convocadas por el CRIDJ, remitir información a los Puntos de Información ubicados en su zona de influencia.

Por último, los Puntos de Información Juvenil de asociaciones y entidades asumen exponer en recintos públicos la información que reciben del resto de la Red.

Sustentada en los convenios, la Red Asturiana de Información queda constituida como una estructura piramidal con un Centro Regional de Información, dependiente del Principado, que programará y coordinará el funcionamiento de la Red; las Oficinas de Información Juvenil, todas ellas dependiendo de los Ayuntamientos, con labores de atención y difusión informativa; los Puntos de Información Juvenil, ubicados en centros de encuentro juvenil o dependientes de asociaciones. Cada estrato de la pirámide cubre unas funciones explícitas y precisas dentro de la Red.

Estos convenios anuales manifestaban el interés mutuo por desarrollar objetivos compartidos, las funciones de cada parte e interrelaciones para el desarrollo de las prestaciones de información a los jóvenes, los sistemas de coordinación y la asignación económica anual que el Principado transfería a los Ayuntamientos.

El modelo de convenios establece un sistema obligado, homogéneo, compartido, complementario en recursos y cofinanciado por parte de ambas administraciones. Sistema de relación entre las competencias, recursos y personal técnico de ambas Administraciones que va mucho mas allá de la simple asignación de una subvención para cubrir gastos de funcionamiento o contratación de personal.

Son los convenios los que crean las condiciones para concretar y dar vida al trabajo en red del sistema regional de información juvenil, haciendo posible el desarrollo de los objetivos que se especifican en el decreto de creación de la Red Asturiana de nformación Juvenil. Los convenios, de carácter anual, se han ido manteniendo en vigor desde el año 1991 hasta 1996, ambos inclusive.

En el año 1997 desaparece la relación entre los Ayuntamientos y el Principado mediante el sistema de convenios. En este año el Principado, mediante Resolución de 28 de Abril de la Consejería de Cultura, realiza una convocatoria de subvenciones a Corporaciones Locales para la prestación de servicios de información juvenil y su funcionamiento para el año 1997. Para la concesión de las mismas se valorará el personal, recursos y proyectos que desarrolle cada OIJ local y su compromiso de colaborar en las acciones informativas, formativas u otras que desarrolle el Centro Regional de Información. Se sigue manteniendo la denominación de Red Asturiana de Información Juvenil, compuesta por las OIJ que reciban subvención; no obstante, en esta convocatoria se dejan de reflejar las funciones, tareas y obligaciones de este Centro Regional respecto a la Red y a los Ayuntamientos. Se obvia toda referencia a los Puntos de Información Juvenil de las asociaciones.

La eliminación del convenio, como forma de establecer la relación entre la administración y OIJ locales con el Principado, cambiándola por la simple convocatoria de subvenciones, supone eliminar de hecho la concepción, funciones y operatividad de la Red Asturiana de Información Juvenil. Con este cambio, el Centro Regional de Información no tiene adscritas funciones de programar la actividad de la Red, no tiene ningún contacto ni obligaciones con las OIJ locales para coordinar un sistema de funcionamiento homogéneo o desarrollar acciones conjuntas, no se responsabiliza de realizar acciones formativas o de coordinación con los técnicos de las OIJ locales. Desaparece igualmente el rol y participación explícita de la sociedad civil en el ámbito de la información juvenil.

Con la eliminación de los convenios y de las relaciones funcionales que mantenían en el marco de la Red la administración autonómica y local (y de ésta con el mundo asociativo) desaparece la sinergia y las transferencias informativas, formativas y metodológicas de proyectos conjuntos que apoyaban la orientación y trabajo de unas OIJ generalmente atendidas por una sola persona. La simple asignación de una subvención anual, sin más concreciones o especificaciones para posibilitar un trabajo en red, supone volver al antiguo sistema de unidades aisladas, donde cada OIJ local tendría que desarrollar todo el trabajo que antes realizaba la Red, lo cual es imposible. El efecto a medio plazo que provocará esta ruptura será la perdida de eficacia y eficiencia en el cumplimiento de los objetivos definidos para estos servicios, así como el detrimento de su carácter vertebrador de la cohesión regional para la población juvenil que pretendían los anteriores planes integrales de juventud elaborados por la administración autonómica.

En diciembre de 1997 la Red Asturiana de Información Juvenil está compuesta formalmente por el Centro Regional de Información y Documentación Juvenil, dependiente del Principado, diecinueve OIJ dependientes de Ayuntamientos, once OIJ dependiente de mancomunidades, y una OIJ dependiente del Consejo de la Juventud del Principado de Asturias. No obstante, no se puede hablar de red en el sentido de los objetivos y mecanismos que estableció el Decreto de su constitución.

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