CONSIDERANDO:
Que el cambio cada vez más acelerado de la tecnología informática y de las
telecomunicaciones, combinado con el crecimiento exponencial de la interconexión
digital de las naciones, está generando una profunda transformación del
quehacer humano en todas su dimensiones, y por ende del orden social y de la
economía global;
CONSIDERANDO: Que esta
convergencia tecnológica ha revolucionado la forma en la que la sociedad
produce, guarda y utiliza la información;
CONSIDERANDO: Que el rápido
crecimiento de redes a través de fronteras nacionales ha borrado los límites
geopolíticos y económicos entre los que proporcionan, suministran y originan
la información, democratizan el acceso de los países y las personas al
conocimiento y los mercados globales;
CONSIDERANDO: Que las nuevas
tecnologías están transformando las prácticas tradicionales de comercio al
permitir la interconexión directa de los sistemas críticos de comercio y sus
componentes claves, clientes proveedores,
distribuidores y empleados que posibilitan el comercio electrónico en sus
diferentes manifestaciones;
CONSIDERANDO: Que el comercio
electrónico mundial es responsable de los profundos cambios registrados en la
manera de hacer negocios, por lo cual altera la relación entre productores y
consumidores de bienes y servicios y estimula la rápida integración de los
mercados globales. Además, en la
medida en que crece el comercio electrónico mundial, las empresas buscan una
estructura permanente para las transacciones del comercio electrónico avalado y
reconocido por los gobiernos nacionales;
CONSIDERANDO:
Que el
comercio electrónico
hace eficientes
los
mercados
al aumentar de forma exponencial las opciones y las elecciones que tienen a su
disposición proveedores y consumidores, y tiende a facilitar el intercambio
entre las partes contratantes de información, prácticas óptimas y de
retroacciones en el mercado en tiempo real;
CONSIDERANDO: Que las
transacciones de intercambio de bienes, de información y de servicios entre
personas naturales y/o jurídicas se beneficiarán enormemente de la eficiencia,
seguridad jurídica y alcance global que les otorga el hecho de su realización
ordenada y reglamentada sobre los medios digitales de almacenamiento y
transporte de datos a través de las redes globales de información;
CONSIDERANDO: Que las
instituciones y sistemas reguladores del Estado deben incrementar su
productividad y efectividad para garantizar la confianza, protección y
seguridad jurídica de las partes involucradas en transacciones económicas
electrónicas dentro del ámbito de la globalización tecnológica;
CONSIDERANDO: Que la
autenticación y seguridad de documentos y mensajes digitales son fundamentales
para asegurar a las partes involucradas que sus transacciones de comercio electrónico
se hacen en un ambiente libre de ataques ilegales o infracciones, o que, de
darse éstos por excepción, dichas transacciones satisfacen las condiciones
necesarias para poder dirimir conflictos, asignar responsabilidades y reparar daños
como fuese el caso;
CONSIDERANDO: Que los Códigos
Civil y de Comercio de la República Dominicana rigen cuestiones de comercio,
contratos y responsabilidad civil, y por ende son el fundamento esencial del
comercio electrónico en el país.