Edición digital


II Época  nº 33-  Edita FE-JONS  -  


Paradojas fiscales

Libros

Pintores azules

FE 26

FE 27  

FE 28

FE 29

FE 30

Curso Alejandro Salazar

Archivo de FE

Enlaces

 

 José Manuel Cansino (*)

La Comisión Europea acaba de declarar ilegales las “vacaciones fiscales” aprobadas, fundamentalmente, por las autoridades vascas, y ello por ser contrarias a los principios que sustentan el Mercado Único. La normativa que se ha declarado ilegal permite a las empresas de reciente creación y que se ubican en Álava, Guipúzcoa o Vizcaya, reducir sus impuestos en los cuatro primeros años en los que obtengan beneficios. El comisario europeo de competencia, el italiano Monti, sostiene que estas ayudas deben considerarse ayudas a la inversión y, por tanto, otorgan a las empresas beneficiarias una competitividad superior a la que gozan empresas similares ubicadas en otros territorios.

Esta decisión comunitaria pone de manifiesto una serie de paradojas que deben señalarse oportunamente.

En primer lugar la Comisión ha tomado una decisión en materia tributaria cuando las competencias de política fiscal son de los estados nacionales; de los estados soberanos. Por ello el argumento de la Comisión Europea no se fundamenta en una armonización fiscal no exigible, sino en un falseamiento de la competencia empresarial por razones fiscales.

En segundo lugar sería razonable esperar de la autoridad europea que aplicase el mismo criterio, por ejemplo, a los länder alemanes o a situaciones similares que parecen existir en Italia y Gran Bretaña. Razones hay, no obstante, para no ser optimistas. No debe olvidarse que la Unión Europea tiene un sustrato económico esencial; el poder de los socios comunitarios –del que las instituciones comunitarias son fiel reflejo- se basa en su poder económico y este, indudablemente, es distinto en Alemania y en España. Para justificar lo que decimos, no estaría mal recordar otros precedentes de trato asimétrico como en su momento fueron las ayudas oficiales a la minería del carbón centroeuropeo, o las ayudas de igual naturaleza de las que estuvieron disfrutando durante largo tiempo los agricultores franceses.

En tercer lugar, el nacionalismo vasco ha ejercido la estrategia escapista hacia Europa eludiendo la legitimidad de las instituciones españolas, pero ha sido precisamente Europa la que ha declarado ilegal el ejercicio de una autonomía fiscal que, insisto en la paradoja, le otorga la Constitución Española en su Disposición Adicional Primera.

Estrictamente, la decisión comunitaria se aplica sobre una manifestación de lo que se conoce como competencia fiscal entre territorios, esto es, diferentes autoridades territoriales en uso de su potestad legislativa, compiten por la captación del domicilio fiscal de las empresas ofreciéndoles ventajas fiscales. Es lógico suponer que los principales territorios perjudicados son aquellos colindantes que no pueden competir por la captación de empresas por no tener la misma autonomía fiscal. Por esta razón no es difícil explicar que sean las autoridades de Cantabria y La Rioja las que más se han felicitado por la decisión europea.

Hay un aspecto diferencial en el caso que comentamos. Si esencialmente la competencia fiscal deviene en un proceso según el cual las empresas fijan su domicilio fiscal, en el territorio cuya combinación de impuestos a pagar y servicios públicos a recibir sea preferida, aquí estamos hablando de pagar menos impuestos a cambio de saberse en los aledaños de la extorsión terrorista; nada fácil.

En cualquier caso, la autonomía fiscal de no haberse limitado por la Comisión Europea, no sería más que una medida de paliar una violación grave del principio de libertad de establecimiento, cuyo ejercicio efectivo es harto cuestionable allí donde la actividad empresarial no está cohibida ni por trabas administrativas ni por el tratamiento diferencial dispensado a propios y a extraños, sino por la extendida aceptación del chantaje a cambio de la frágil paz diaria.

Si las limitaciones al ejercicio legislativo nacido del “amor al terruño” en palabras de José Antonio, hubieran sido más tempranas y más próximas no tendrían que estar ahora las empresas, y ya veremos si también los trabajadores, pagando por el trato fiscal indebidamente  recibido.

(*) Economista.

         FE