Armando Tomás.
La UE ha decidido plantar cara al dinero caliente, también conocido como hot money. Este tipo de capital, que busca la mayor rentabilidad financiera y la menor transparencia fiscal, se ha movido hasta ahora como pez en el agua. La libertad de movimientos de capital sumada a la ausencia de armonía tributaria en la UE han creado un marco de competencia desleal entre mercados por hacerse con este tipo de capital.
La nueva directiva sobre el ahorro pretende unificar la legislación fiscal en la UE y convencer a otros países para que se sumen a esta iniciativa. ¿Pero realmente es posible acabar con el hot money? La unificación acabará, probablemente, con la competencia interna en la UE, pero ni siquiera una reducción generalizada de la presión fiscal podrá evitar que siga buscando mayores rentabilidades y, si es necesario, emigre.
Política monetaria. El hot money representa actualmente una masa monetaria nada despreciable en el marco de la UE. La libertad de movimiento de capitales y la existencia de una política monetaria común han creado un escenario en el que la atracción del dinero caliente está basada en tres factores: el secreto bancario en el país receptor, la no información al país de residencia del inversor y la ausencia de cargas fiscales. Los países de la UE, así como sus instituciones financieras, se han esforzado en atraer este tipo de flujo monetario, que durante años ha recibido un tratamiento fiscal muy favorable. Además, estos países no han aplicado retenciones a los intereses obtenidos por los depósitos bancarios de los no residentes o los correspondientes al mercado de eurobonos y deuda pública en general.
Este escenario, además de favorecer la evasión fiscal, ha primado el desplazamiento de flujo monetario hacia aquellos países de la UE que ofrecen mayores ventajas fiscales, garantizando a su vez la opacidad de las inversiones. Estas conductas generan una competencia desleal entre los mercados financieros y se consideran, cada vez más, políticamente incorrectas y contrarias a la armonización fiscal en el ámbito europeo.
La directiva sobre el ahorro. El Ecofin ha acordado fijar el año 2010 como fecha límite para la aplicación de la directiva comunitaria sobre el ahorro. El objetivo es armonizar la legislación fiscal interna de los diversos países de la UE para que todo el ahorro comunitario quede sujeto a rentas de capital. Su aplicación se hará de forma progresiva y en tres fases.
En la primera, la Comisión Europea deberá conversar con Estados Unidos, Suiza, Mónaco, San Marino, Liechtenstein y Andorra sobre la aplicación de medidas equivalentes a las que se pretenden implantar en la UE. Este mismo criterio se aplicará a los países de la UE con territorios asociados o dependientes como la isla de Man, islas del Canal, Gibraltar, Turks & Caicos, islas Vírgenes Británicas, Anguilla, Montserrat y Aruba.
El 1 de enero de 2003 se inicia la segunda fase o fase transitoria, en la que Luxemburgo, Bélgica y Austria podrán aplicar una retención en origen del 15%, que se elevará al 20% a partir del cuarto año. En todo caso, las retenciones no serán liberatorias, es decir, el país de origen del inversor podrá reclamarle la diferencia que exista entre la retención practicada y el tipo efectivo de imposición al que se halle sujeto conforme al criterio de gravamen universal de las rentas. Esta retención deberá compartirse con el país de residencia del inversor al que se remitirá el 75% de la cantidad recaudada. El resto de países opta por la transparencia informativa desde el 1 de enero de 2003.
La última fase se inicia el 1 de enero de 2010, cuando está previsto que desaparezca el secreto bancario en Luxemburgo y Austria, con la consiguiente transparencia informativa e intercambio de información. Esta circunstancia será igualmente aplicable a Bélgica. De forma temporal y hasta 2010, quedan fuera del alcance de la directiva sobre el ahorro los fondos de inversión mobiliaria de tipo mixto en que la renta fija suponga menos del 40% (a partir de 2010 la cifra deberá ser inferior al 10%) y las euroobligaciones emitidas con anterioridad al 1 de marzo de 2001.
Aunque la entrada en vigor de la directiva comunitaria sobre el ahorro ya está planificada, la aprobación no es definitiva, ya que requiere un nuevo voto por unanimidad a finales del año 2002. Sin duda, su aplicación sería la mejor forma de conseguir la armonización fiscal en el ámbito europeo, aunque cabe recordar que la lucha contra el hot money sólo será posible si el resto de países siguen el mismo camino.
Publicado en página 17
Armando Tomás es abogado y socio del bufete Pedro & Brosa Asociados