EL MERCURIO de la Salud
Número 22 - Julio de 1998


PSIQUIATRIA FORENSE
Oligofrenia, causante de inimputabilidad

La inimputabilidad es la incapacidad psíquica para ser penalmente culpable. Para estar frente a un caso de inimputabilidad la ley requiere que exista una determinada causa psiquiátrica y un determinado efecto psicológico. Las causas psiquiátricas son tres: a- insuficiencia de las facultades mentales (oligofrenias), b- alteración morbosa de las facultades mentales (psicosis, neurosis y psicopatías) y c- los estados de inconsciencia. Los efectos psicológicos son dos: a- que alguna de las causas psiquiátricas haya impedido al autor comprender la criminalidad del acto en el momento del hecho, y b- que le haya impedido al autor dirigir su acto criminal conforme a su comprensión.


La insuficiencia mental es el escaso nivel intelectual, al que el lenguaje médico denomina oligofrenia o frenastenia. De Santis distingue dos clases: biopáticas o congénitas y cerebropáticas o adquiridas. Esta distinción tiene importancia jurídica en la medida en que para algunos autores sólo las congénitas deben comprenderse en la previsión de insuficiencia. Sin embargo para Fontán Ballestra, se ha hecho notar que las formas adquiridas supondrían siempre un cambio en las facultades naturales, que importarían una alteración morbosa.

No debe confundirse la insuficiencia mental con la psicosis ni con la deficiencia mental (dementes), que están encuadradas en la segunda causa psiquiátrica. Según Vicente Cabello: "El oligofrénico está en el mundo como dormido, es el que no ha llegado aún. En cambio, el psicótico es el que se ha fugado del mundo y el demente es el que ha huido pero empobrecido".

Usando la clasificación clínica de las oligofrenias establecida por la Escuela Clásica francesa, se pueden agrupar según su profundidad de menor a mayor en: insuficiencia mental leve (debilidad mental), mediana (imbecilidad) y grave (idiocia).

Los que padecen debilidad mental tienen una cronología intelectual que se sitúa entre los 6 y 9 años. Hablan, pero su discurso resulta intrascendente y carente de profundidad ideativa. Logran leer, escribir, y completar en muchos casos el ciclo escolar primario. También adquieren modales, más que por un proceso de educación, por imitación y tienen graves dificultades para internalizar el mundo de los valores, por ejemplo poder distinguir lo duro de lo blando.

Los imbéciles tienen una edad mental que oscila entre los 3 y 6 años. Su lenguaje oral es muy pobre, no son pasibles de escolaridad pues no tienen capacidad de aprendizaje, por lo tanto no leen ni escriben. Carecen de autocrítica debido a su falta de conciencia de situación. Como es lógico, desconocen totalmente la escala de valores y están desposeídos de capacidad creadora. Además, no tienen control esfinteriano. Vale destacar que según la profundidad de todos estos caracteres que los identifican, pueden hallarse más cercanos a la insuficiencia mental leve o a la grave.

Por último el idiota, cuyo vocablo significa aislado o alejado, tiene una edad mental de 0 a 3 años. Sus rasgos se caracterizan por la imposibilidad de expresión oral, que está limitada a la emisión de sonidos de carácter gutural. Al igual que los imbéciles no pueden leer, escribir y controlar esfínteres. Carecen de actividad psíquica. Su vida es totalmente vegetativa al igual que su grado de indefensión, por lo que su dependencia resulta absoluta.

En base a esta clasificación algunos especialistas han consagrado el concepto, en relación a la imputabilidad, de que los imbéciles y los idiotas son inimputables, mientras que los débiles mentales son imputables.

Este criterio no es compartido por Riu y Tavella, quienes en su libro "Psiquiatría forense" lo consideran como una forma simplista para resolver tan delicado problema. En primer lugar argumentan que el Código Penal Argentino hace referencia en su artículo 34 inciso 1º a la "insuficiencia de las facultades", en consecuencia quedan comprendidas no sólo la imbecilidad y la idiocia sino que al ser la debilidad mental, una forma de insuficiencia, queda también incluida.

Además, este criterio es refutable teniendo en cuenta que para la ley penal son inimputables los menores de 16 años, en consecuencia también lo serían los débiles mentales, ya que su cronología mental oscila entre los 6 y 9 años. A su vez, un niño normal de cualquiera de estas edades tiene una capacidad de la cual carece el oligofrénico, porque un niño no podrá darse cuenta de lo que es un cheque sin fondo pero sí entiende qué es matar, lo que es imposible para un débil mental.

Desde el punto de vista jurídico lo único que tiene interés dentro del cuadro signo y sintomatológico del oligofrénico es su retraso mental, dejando de lado todas las diferenciaciones clínicas. Esto se evidencia por ejemplo entre un síndrome de Down con un grado imbecílico de frenastenia y una enfermedad de Menkes en el mismo grado, para la óptica médica no hay homologación alguna y en cambio para la ciencia jurídica son una misma entidad. De esto se desprende que la función del perito es determinar si existe o no insuficiencia mental, y de ser afirmativo es su tarea precisar la magnitud de la misma a los fines de su adecuación a lo previsto en el inciso psiquiátrico del artículo 34 del Código Penal Argentino.

El perito siempre parte del presupuesto de que toda persona que adolece de insuficiencia mental no le resulta posible acceder a la totalidad de las funciones intelectivas superiores. Así mismo, si en los exámenes periciales se observan conservadas o aún exaltadas algunas funciones de la actividad intelectual, no presupone la descalificación de un diagnóstico de insuficiencia mental. Este es el caso de insuficientes mentales que mantienen intacta la memoria y pueden ser capaces de repetir un largo texto pero no saben lo que están diciendo. El oligofrénico puede llegar a entender pero nunca podrá comprender y valorar.

Como se dijo anteriormente, la insuficiencia mental es el escaso desarrollo de la inteligencia, por consiguiente esta última es utilizada comúnmente por los peritos como parámetro para evaluar el retraso intelectual del individuo. Merani define en su obra "Psicología de la edad evolutiva" a la inteligencia como "... la representación de una relación entre los medios de acción disponibles para adaptarse a una situación dada y lograr un resultado deseado".

Para medir el nivel intelectual uno de los métodos utilizados es el psicométrico, que consiste en determinar el coeficiente intelectual y la capacidad mental evaluada en años.

La hipótesis del coeficiente intelectual, propuesta por Stern, se basa en la medición de la capacidad de resolución de un determinado número de problemas. Su solución dará el índice de la edad mental en años, tomando como patrón la respuesta dada en forma análoga por una población infantil.

La edad mental obtenida es multiplicada por cien y dividida por la edad cronológica, lo cual dará el índice del coeficiente intelectual. Una persona con inteligencia normal tiene un coeficiente de 100, y quien se halle por debajo de esta cifra es considerado insuficientemente dotado.

Por otra parte la capacidad evaluada en años consiste en medir directamente como factor de capacidad mental los años que arroja el test de edad mental.

Vicente Cabello acepta con cierta cautela los test psicométricos que no sean categóricos. El escepticismo del especialista, al cual también se suman Riu y Tavella, se debe a la falta de uniformidad de estos test.

VARIANTES DEL TERMAN-MERRILDicen Riu y Tavella: "La simple lectura de estas variantes no puede dejar de llevar al espíritu del observador cierta desazón, no sobre la variabilidad de los guarismos, sino cuando el coeficiente intelectual arroja cifras como: 70 o 90 para la primera variante, por ejemplo, ¿cómo debe ser considerado dicho individuo?, como un imbécil, un débil mental o un normal respectivamente; o en la tercera variante se obtiene un coeficiente intelectual de 50, ¿cómo debe ser calificado, como imbécil o débil mental?" (ver cuadro I).

Los partidarios de esta crítica consideran que los test psicométricos a lo sumo podrán ser considerados como un elemento orientador pero nunca serán tomados como un valor absoluto. Creen que sólo la observación clínica idónea y sagazmente realizada podrá aportar elementos diagnósticos válidos, y que debe definitivamente dejarse de lado la metodología cuantitativa en el estudio de la insuficiencia mental, ya que este método puede impulsar a los peritos a varios errores forenses.

Siguiendo este pensamiento se puede afirmar que, aunque los test psicométricos tengan cierta validez, desde el punto de vista médico-legal deben ser proscriptos, siendo evaluada la insuficiencia mental en cada caso en función a la posibilidad de comprensión del acto disvalioso considerado. Sólo la metodología cualitativa se constituye en el medio apto para la evaluación del retraso mental.

Este criterio moderno, que dejó atrás a la concepción tradicionalista de los test psicométricos, tiene como fiel representante al modelo que ofrece la "Psicología del desarrollo" de Jean Piaget.

MODELO DE JEAN PIAGETEl pensamiento de Piaget se basa en la descripción de la actividad de las diferentes etapas del desarrollo intelectual caracterizadas por conductas y pensamientos específicos. Del conocimiento de las características fundamentales de las diferentes etapas (ver cuadro 2) se pueden obtener los elementos que le permitirán al perito detectar y evaluar las anomalías que puedan presentar en relación a la insuficiencia mental.

Las etapas de detención del desarrollo intelectual de Piaget y la clasificación clásica de la Escuela Francesa, pueden ser homologadas de la siguiente manera : cuando la evolución de la persona se detiene en la etapa sensorio-motora esto equivaldría a la idiocia o insuficiencia mental grave; cuando es en la etapa preoperacional se estaría en presencia de una imbecilidad o insuficiencia mental mediana; y por último la etapa de las operaciones concretas se correspondería con la debilidad mental o insuficiencia leve.

Para finalizar hay que dejar en claro que la peritación psiquiátrico forense es sólo un aspecto parcial en la determinación de la inimputabilidad, si bien de básica importancia, no tiene una jerarquía absoluta y definitoria. La inimputabilidad es un concepto exclusivamente jurídico penal y por lo tanto se halla integrada por una serie de presupuestos. Por consiguiente, en el caso de las oligofrenias, el perito debe limitarse a informar fundamentalmente si el examinado padece alguna insuficiencia mental que razonablemente pudo haberle impedido comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones en el momento de la comisión del hecho, quedando a cargo del juez la determinación de la inimputabilidad.

Marco Aurelio Real (n)
Anibal Adrián Fryc


Trastornos perinatales

Prematuridad: En una gran proporción ocasiona trastornos de la intelectualidad, y son pocos los niños nacidos con peso inferior a 1.500 grs. que no presenten este tipo de trastornos. El aumento de los casos es producto de los progresos de la neonatología, ya que anteriormente estos niños hubieran muerto.

Retardo del crecimiento fetal: Se calcula que el 33% de los niños nacidos a término con bajo peso padecen de retardo intrauterino. Son proclives a padecer anomalías congénitas como la depresión del sistema nervioso central, hemorragias pulmonares, etc. Estas situaciones son de suma gravedad y, de no culminar en un exitus letalis, muestran siempre trastornos cerebrales de consideración.

Lesionología natal: Las complicaciones que pueden presentarse durante el parto pueden exponer a los neonatos a lesiones, producto de traumatismos mecánicos o anoxias. Las situaciones más frecuentes en las que se producen dichas lesiones son las desproporciones cefalopelvianas, las presentaciones atípicas -parto de nalgas- y los partos prolongados.


Trastornos posnatales

Su causa es de etiología infecciosa o traumática y se produce durante los primeros tiempos después del nacimiento. Este atraso mental se inicia regularmente durante el periodo del desarrollo de la psiquis del sujeto, y en esas circunstancias el mismo comienza a manifestar los síntomas de la enfermedad mental.