CAPITULO II COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN y ADIESTRAMIENTO.  

Artículo 20. -Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Manual, se ha constituido la Comisión Mixta, que será auxi.liada por las Subcomisiones Mixtas que se integren al interior del Instituto y, en su caso, en sus delegaciones en cada entidad federativa.

Artículo 21. -La Comisión Mixta se integrará con tres representantes de las autoridades y tres representantes del Sindicato.

Las Subcomisiones Mixtas se integrarán con dos representantes de las delegaciones del Instituto y dos representantes de los trabajadores sindical izados adscritos alas mismas.

Dichos representantes estarán en funciones durante tres años y podrán ser removidos libremente por quienes los designaron.

Artículo 22. -La Comisión Mixta es el organismo con facultades para promover, coordinar y resolver lo concerniente ala capacitación y adiestramiento a cargo del Instituto.

La Comisión Mixta funciona como grupo colegiado de trabajo, bipartita y paritaria, responsible de vigilar en el Instituto la instrumentación y operación de los programas que se implanten para mejorar la capacitación de los trabajadores y sugerir as medidas tendientes a perfeccionarlos conforme a las necesidades de los trabajadores y del propio Instituto.

Artículo 23. -El Instituto proporcionará locales adecuados a la Comisión Mixta y Subcomisiones Mixtas para su funcionamiento.

Artículo 24. -Corresponden a la Comisión Mixta:

  1. Analizar y aprobar el Programa General Anual de Capacitación, así como el proyecto de presupuesto correspondiente, teniendo presente los objetivos de la capacitación en el Instituto, señalados en el artículo 7° de este manual.

  2. Evaluar los resultado y efectos de la capacitación que realice cada una de las subcomisiones mixtas ,- con base en su programa anual aprobado.

  3. A partir de los resultados de la evaluación, formular recomendaciones específicas sobre los programas de capacitación de las Subcomisiones Mixtas, para el debido cumplimiento de sus objetivos.

  4. Establecer coordinación con otras entidades e Instituciones afines con el propósito de aprovechar recíprocamente las experiencias, capacidad instalada y Recursos Humanos; y

  5. Colaborar con la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene del Instituto, para el mejor desempeño de sus funciones.

Artículo 25. -Los representantes sindicales de las Subcomisiones Mixtas, tendrán derecho a que se les otorgue comisión sindical de acúerdo a las actividades que deban realizar y el tiempo que para ello destinarán será determinado por los integrantes de la misma.

Artículo 26. Corresponde a las Subcomisiones Mixtas:

  1. Elaborar el Programa General Anual de Capacitación, para el personal administrativo, técnico, educativo, comunicaciones y de servicios tomando como base los objetivos generales y las necesidades del Instituto, de conformidad con los objetivos y normas que contiene el presente Manual.
  2. Proponer normas y lineamientos sobre capacitación, para el personal de planta.

  3. Proporcionar la información y métodos necesarios para la elaboración de los programas de capacitación, atendiendo a los procedimientos establecidos en el presente Manual.

  4. Solicitar de la Comisión de Ingreso y Promoción del Instituto, la información relativa a la movilidad escalafonaria en cada área y especialidad ya las necesidades de capacitación detectada en las diversas áreas y especialidades.

  5. Analizar los datos arrojados por la detección de necesidades de capacitación y formular el diagnóstico y los programas correspondientes.

  6. Convocar a los trabajadores a que se integren a los eventos de capacitación, ya sea como participantes o como asesores y efectuar la selección respectiva conforme a los establecido en este Manual.

  7. Informar a los titulares de las áreas correspondientes, la relación del personal que participe en la capacitación que se realice en lugar distinto al de su adscripción conforme a lo establecido en el presente Manual.

  8. Realizar evaluaciones periódicas de programas específicos impartidos y del sistema de capacitación y adiestramiento; IX. Realizar en.forma permanente campañas de difusión y promoción de los programas de capacitación.

  9. Realizar reuniones en los meses de julio y diciembre con el representante del Instituto, las autoridades que él designe y con la representación de los trabajadores con el fin de informar de los avances de la capacitación del personal;

  10. Proponer anualmente a la Dirección General por conducto de la Comisión Mixta la creación de un determinado número de plazas de acuerdo a los resultados de I§I capacitación.

  11. Dictaminar sobre las solicitudes de licencias, tanto para la elaboración de tesis de licenciatura como para los horarios especiales para estudiantes, conforme a lo establecido en el presente Manual.

  12. Establecer las relaciones pertinentes con organismos nacionales e internacionales, para promover el establecimiento de convenios que redunden en beneficio de la capacitación de los trabajadores del Instituto.

  13. Proveerse de la asesoría Técnica y Pedagógica que se considere necesarias.

  14. Elaborar en coordinación con la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, programas especiales de capacitación en la materia; y

  15. Crear comisiones de coordinación por especialidad cuando lo considere necesario.


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