La reforma del CESID, en 2002, aprovecho para
organizar la comunidad de inteligencia reconociendo al director del CNI, la
dirección y coordinación de la comunidad de inteligencia, y creando un nuevo
órgano en forma de Comisión Delegada del Gobierno a través del cual se
establecieran las necesidades de información del Gobierno mediante la
Directiva de Inteligencia y sirviera para coordinar a los distintos
organismos, e informar a los responsables ministeriales.
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ASR 2006. |

Es la encargada de proponer al Presidente del
Gobierno los objetivos anuales de los servicios, y aquellos que han de
integrarse en la «Directiva Anual de Inteligencia», las reuniones de la Comisión para
Asuntos de Inteligencia suelen convocarse, como mínimo, una vez al mes.
La Directiva Anual de Inteligencia se elabora
en el ultimo trimestre del año, se presenta en Diciembre y se aprueba en
Enero, dado que la ley que crea la CDGAI es del 2002, hasta ahora se han
aprobado tres directivas las de los años 2003, 2004 y 2005, su contenido es
secreto.
Es criticable que en la CDGAI, este presente
solo un responsable directo de los servicios de inteligencia, ya que aunque
puedan ser llamados no están los responsables de los servicios de
información de la Policía y Guardia Civil (representados por el Secretario
de Estado de Seguridad), y ningún responsable de la inteligencia militar, si
bien la
Orden Ministerial DEF/1076/2005, atribuye la representación del
Centro de Inteligencia de las fuerzas Armadas al Director del CNI.
La Comision:
1.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia velará por la
adecuada coordinación de todos los servicios de información e inteligencia
del Estado para la formación de una comunidad de inteligencia.
2.
La Comisión estará presidida por el Vicepresidente del Gobierno que designe
su Presidente e integrada por los Ministros de Asuntos Exteriores, Defensa,
Interior y Economía, así como por el Secretario general de la Presidencia,
el Secretario de Estado de Seguridad y el Secretario de Estado Director del
Centro Nacional de Inteligencia, que actuará como Secretario.
3.
No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, podrán ser convocados a
las reuniones de la Comisión los titulares de aquellos otros órganos
superiores y directivos de la Administración General del Estado que se
estime conveniente.
4.
Corresponde a la Comisión Delegada:
-
Proponer al Presidente del Gobierno los objetivos anuales del Centro
Nacional de Inteligencia que han de integrar la Directiva de Inteligencia.
-
Realizar el seguimiento y evaluación del desarrollo de los objetivos del
Centro Nacional de Inteligencia.
-
Velar por la coordinación del Centro Nacional de Inteligencia, de los
servicios de información de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado
y los órganos de la Administración civil y militar.
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