Si se va a comprar un coche nuevo, se deben tener en cuenta una serie de puntos antes:
- Si ha decidido el vehículo que quiere, no tenga prisa. Consulte el precio en todos los concesionarios que pueda, incluso dentro del mismo concesionario, cambiando de vendedor, es probable que se pueda ahorrar dinero (esto es muy común en grandes concesionarios oficiales). Antes de firmar ningún papel, ha de acordar qué es lo que le van a regalar (alfombrillas, protector para la rueda de repuesto, radiocassette...) y que quede constancia escrita en algún sitio, ya que una vez que haya firmado los papeles para la financiera o haya entregado el dinero, no suelen acordarse de lo hablado.
Conviene que, como clientes, nos hagamos de rogar y que esperemos a que el vendedor nos llame para mejorarnos la oferta.
- La mejor época para comprar un coche suele ser por Navidad, a finales de mes, ya que muchas casas oficiales matriculan coches para llegar a las ventas fijadas en el año, de forma que, aunque ese coche es nuevo, al estar matriculado pasa a ser de segunda mano, con el correspondiente bajón de precio (estamos hablando fácilmente de 500.000 pesetas).
- Si tiene que entregar su coche usado es conveniente que se lo tasen en varios sitios. Como lo más seguro es que no tenga acceso al GANVAM, librito azul por el que se rigen los vendedores, consulte antes en las revistas especializadas del mundo del motor, de forma que tenga una idea de en qué precio está. Volviendo a la tasación, cuando el vendedor (o a quien corresponda) se lo tase, dígale que le muestre cuánto pone que vale su coche. Normalmente no suelen dar más de lo que pone el el GANVAM.
Otra opción, a veces más interesante, es pasarse por alguna casa de compra-venta de vehículos particular, que, sobre todo, si su coche está en buen estado y tiene pocos años (4 o 5), suelen pagarlo mejor que cualquier concesionario oficial.
Si no tiene prisa, puede venderlo de particular a particular, ya que es probable que gane más dinero, pero hay que tener en cuenta un punto muy importante: Hay que asegurarse de que la transferencia se lleva a cabo, es decir, que la persona que le compra el vehículo lo hace saber en la DGT. Para ello, lo mejor es hacerlo uno mismo, yendo una mañana a Tráfico o hacerlo mediante una gestoría que conozcamos (método más cómodo, pero también más caro); además se dan casos de tener que esperar hasta varios meses para tener la documentación del vehículo, mientras que yendo a Tráfico, en una mañana, tenemos todos los papeles listos.
El Real Decreto-Legislativo 339/1.990, de 2 de Marzo, por el que se aprueba el texto articulado de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su artículo 61, punto 4,
establece: "El Permiso de Circulación habrá de renovarse cuando varíe la titularidad registral del vehículo
.....".
Por ello, a continuación te digo la documentación que te hace falta para transferir tu vehículo:
Documentación de las personas:
- Solicitud en impreso oficial modelo 9.050 (que se recoge en la DGT), firmado por comprador y vendedor. La firma del vendedor deberá ser reconocida, en el lugar destinado al efecto, por Entidad Bancaria, Notario, Centro Oficial o Gestor Administrativo Colegiado en la Provincia.
Si el comprador adquirente y/o vendedor transmitente son menores de edad, o incapacitados
deberá constar en la solicitud, además los datos y la firma de la persona que los representa, así como el concepto en que lo hace.
Si el comprador adquirente y/o vendedor transmitente son personas jurídicas deberán acreditar su existencia legal y además, la personalidad y el carácter con que actúa el representante.
Si son varios los solicitantes deberán presentarse tantas solicitudes como peticionarios o
interesados existan.
- Tasa 1.5 por el importe legalmente establecido y tasa 4.1 cuando proceda (anotaciones y
cancelaciones).
- D.N.I. del comprador en vigor y fotocopia.
- Si el comprador es extranjero y no posee D.N.I. presentará Permiso/Tarjeta de Residencia junto con fotocopia y declaración sobre titularidad de otros vehículos matriculados en España o fotocopia de Permiso de Conducción español de que sea o hubiera sido titular, o el número de Registro Provincial de Conductores Extranjeros (acudir a transacción FILI en caso de duda).
En el supuesto de extranjeros que no puedan presentar Permiso/Tarjeta de Residencia por tratarse de transeúntes justificarán su domicilio en España mediante documento que acredite la
propiedad o alquiler de una vivienda o estar censado en algún municipio de la provincia.
- Cuando el comprador sea persona jurídica, presentará N.I.F. y fotocopia, así como D.N.I., Pasaporte o Permiso/Tarjeta de Residencia de las personas que les representen.
Si la solicitud de transferencia se presenta en la Jefatura Provincial de Tráfico por un Gestor
Administrativo Colegiado en la Provincia será suficiente la presentación de fotocopia del D.N.I.,
N.I.F., Pasaporte o Permiso/Tarjeta de Residencia, cotejada por éste.
Documentación del vehículo:
- Permiso de Circulación del vehículo, con diligencia de venta al dorso, y reconocimiento de firma del vendedor, en el caso de que no conste dicho reconocimiento en la solicitud modelo 9.050.
- Tarjeta de Inspección Técnica, con reconocimiento en vigor.
- Original de la Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, o exención del mismo, y fotocopia.
- Recibo original del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al año en curso y fotocopia, o exención, en su caso, con fotocopia.
- Impreso de alta y baja, debidamente cumplimentados, de cambio de titularidad a efectos del
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Si tu caso no está contemplado en estas líneas (has comprado el vehículo en subasta, el propietario original ha fallecido, es un vehículo de importación...), lo mejor es que visites la página de la Dirección General de Tráfico, en la que encontrarás toda esta información y más.
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