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Reglamento General |
Cyber Fan ClubPasiones Suscribite |
1. Club 2. Socios 3. Autoridades
1. Club
1.1. Objeto El Cyber Fan Club Pasiones fue fundado el 16 de Septiembre de 2000 con el objeto de:
a)
Apoyar
a Luciano Pereyra (en adelante, el artista) en su carrera artística y
difundir su música. b) Crear un ámbito destinado a establecer lazos de confraternidad y sana camaradería entre los fans del artista
El Cyber Fan
Club Pasiones es ABIERTO a
personas de cualquier edad, sexo y nacionalidad. Cualquier tipo de colaboración
será absolutamente voluntaria. Desarrolla su actividad utilizando el servicio Yahoo! Grupos ofrecido por Yahoo! Argentina en su portal de Internet bajo la URL: http://ar.groups.yahoo.com/group/pasiones/
1.2. Comunicación
La forma habitual de contacto entre sus miembros será mediante la publicación de mensajes de correo electrónico utilizando el servicio
que ofrece el Grupo. Los mensajes deberán corresponderse con el objeto del Cyber Fan Club
Pasiones. Queda terminantemente prohibido el envío de mensajes privados, cadenas
o spams. 1.3. Reuniones y Encuentros Las reuniones serán de carácter extraordinario y sólo con el fin de
considerar temas que tengan trascendencia en la vida institucional del Club. Se promoverán encuentros entre los Socios, que no serán calificados como
reuniones y, por lo tanto, no serán de asistencia obligatoria. Se llevará un de
registro de reuniones, encuentros, cumplimiento de asistencias, objetivos y
participación. Las reuniones y encuentros se realizarán con la participación de
Socios en forma exclusiva.
1.4. Sedes Regionales
Los Socios,
mediante la previa autorización de la Fundadora del Club, podrán fundar Sedes
Regionales. Estas Sedes podrán tener su Reglamento Interno propio, basado en el
cumplimiento de éste Reglamento General como primera instancia.
Las Sedes
Regionales creadas estarán a cargo de una Coordinadora Regional nombrada por la
Fundadora del Cyber Fan Club Pasiones. Sus funciones serán establecidas por las
Autoridades del Club.
2. Socios
2.1. Condición de Socio
Quienes
cumplan y respeten este Reglamento General tienen derecho a adquirir y mantener
la condición de Socio. Los Socios tiene derecho, en forma igualitaria, a usufructuar los servicios y beneficios que brinda el Grupo, salvo sanción debidamente fundada.
2.2. Suscripción
La suscripción
será solicitada a las Fundadoras. El aspirante deberá completar una Ficha de
Suscripción con los datos requeridos
por las Autoridades del Club, representantes del artista y/o su empresa
discográfica. La falsedad de alguno de los datos suministrados conllevará a la
denegación de la solicitud o cancelación inmediata de la suscripción.
2.3. Emblemas
El
Socio debe
concurrir a los eventos (recitales o presentaciones del artista, reuniones y
encuentros del grupo) con su Credencial y vistiendo una REMERA (o abrigo, en
época invernal) ROJA, símbolo que identifica a los miembros del club desde sus
inicios. La credencial sirve para establecer la calidad de "Socio" del titular. Es de uso personal e intransferible. Para determinar, además, los datos de filiación del titular la credencial sólo será válida si es acompañada por el documento oficial registrado en la misma. Su uso indebido dará motivo a las acciones legales que hubieren lugar. La credencial no debe ser alterada ni modificada. Si tuviera algún dato incorrecto se deberá informar del mismo a las moderadoras. Solamente ellas están facultadas a realizar cualquier tipo de corrección en la credencial.
2.4. Difusión
Es obligación
del miembro del Grupo votar
periódicamente los temas musicales del artista
que sean
propuestos por
las Autoridades del Club. Éstas designarán un encargado/a de rankings musicales
cuya tarea será publicar, al menos dos veces por semana, un mensaje con la
información necesaria para solicitar y/o votar los temas en los medios de
comunicación junto a un informe sobre la evolución de los rankings.
2.5. Comportamiento El Socio debe mantener una actitud de respeto hacia el artista y sus representantes, las Autoridades y demás Socios del Club y los miembros de otros fan clubs, ya sea personalmente o a través de los mensajes que publique.
Queda
terminantemente prohibida toda actitud indecorosa hacia el artista y/o que
atente contra su trabajo y/o privacidad.
2.6. Lealtad
El Socio debe
asumir una actitud participativa, positiva, solidaria y de lealtad hacia el club
y sus miembros, respetando y haciendo respetar este Reglamento General y las
consignas emanadas por las Autoridades.
Debe colaborar
para afianzar el crecimiento y la integralidad del Cyber Fan Club Pasiones
bregando por la unión de los fans del artista de todas las regiones bajo el
objeto y consignas del club. Por ello se prohíbe terminantemente la promoción de
otro fan club o cualquier otra actitud que promueva a la desintegración de
Pasiones, todo lo cual se considerará falta grave.
2.7. Tareas El Socio debe demostrar constancia y dedicación en el cumplimiento de las tareas que, previa su aceptación a desarrollarlas, se le hayan asignado.
3. Autoridades
3.1. Cargos Los cargos que conforman los niveles de autoridad del Club son los siguientes: a) Fundadoras
b)
Co-Fundadoras c) Coordinadora General
d)
Coordinadoras
Regionales
3.2. Administración
Las
Fundadoras, Co-Fundadoras y Coordinadora General deben administrar y mantener en
funcionamiento los servicios del Club y velar por el cumplimiento de este
Reglamento General.
3.3. Relaciones
Las
Fundadoras, Co-Fundadoras y Coordinadora General tienen a su cargo el
mantenimiento de las relaciones entre el Club y EMI-Odeón Argentina, empresa
productora y/o representantes del artista en todo aquello que le concierna en su
condición de Fan Club OFICIAL.
3.4. Suscripciones
Las Fundadoras
evalúan las solicitudes de suscripción recibidas y determinan la aprobación o
denegación de las mismas.
3.5. Sanciones
Las
Fundadoras, Co-Fundadoras y Coordinadora General determinarán la sanción que
pudiera merecer un Socio ante el incumplimiento de este Reglamento General. Las
sanciones serán graduadas en relación a la gravedad de la falta, pudiendo
abarcar desde la suspensión en la utilización de servicios del club hasta llegar
a la cancelación de la suscripción.
3.6. Manejo de la información del artista
Sólo las
Fundadoras y Co-Fundadoras pueden tener contacto con los representantes del
artista, empresa discográfica y/o empresas productoras para solicitar cualquier
tipo de información sobre el artista, teniendo la obligación de comunicar a los
socios la información recibida.
3.7. Agenda
Las Fundadoras
y Co-Fundadoras están obligadas a mantener la agenda actualizada con la toda la
información sobre las presentaciones del artista que les haya sido comunicada a
éstas en forma oficial, con las fechas de cumpleaños de los socios y con
cualquier otro acontecimiento que consideren de relevancia.
Los socios
participarán aportando toda aquella información sobre las presentaciones del
artista que no sea comunicada a las Fundadoras, la que podrá ser agregada a la
agenda del Club.
3.8. Contacto con el artista
Las Fundadoras
son las encargadas de seleccionar a los socios que podrán tener un contacto
directo con el artista en ocasión de cualquier evento o reunión, previa
autorización de la empresa productora que la comunicará a las Autoridades del
Club. El criterio de selección a aplicar será priorizar a los Socios que:
a)
Muestren un mayor grado de colaboración y participación en las actividades del
Club
b)
Tengan
mayor antigüedad c) Nunca hayan sido seleccionados con anterioridad Antes de cada evento o reunión, las Fundadoras deberán enviar a la empresa productora una lista con los socios seleccionados. La empresa productora se reserva el derecho de admisión y permanencia de quienes, a pesar de no estar en la lista, hayan ingresado a sectores privados. Esta metodología fue resuelta por la empresa productora Fénix Entertainment Group, comprometiéndose a proceder en forma igualitaria con todos los fan clubs OFICIALES.
En el caso de
que las Autoridades del Club no puedan asistir a los eventos, se designará un
encargado/a en calidad de reemplazante, asignándole las atribuciones que
correspondan.
3.9. Generalidades Las Fundadoras tendrán atribuciones para actuar y resolver en cualquier tema referido a la organización y funcionamiento del Club que no estuviere contemplado en este Reglamento General. Cyber Fan Club Pasiones |