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Cyber Fan Club Pasiones

Reglamento General

Cyber Fan Club
Pasiones
Suscribite

 

1. Club

2. Socios

3. Autoridades

 

1. Club

1.1. Objeto

El Cyber Fan Club Pasiones fue fundado el 16 de Septiembre de 2000 con el objeto de:

a) Apoyar a Luciano Pereyra (en adelante, el artista) en su carrera artística y difundir su música.

b) Crear un ámbito destinado a establecer lazos de confraternidad y sana camaradería entre los fans del artista

El Cyber Fan Club Pasiones es ABIERTO a personas de cualquier edad, sexo y nacionalidad. Cualquier tipo de colaboración será absolutamente voluntaria.

Desarrolla su actividad utilizando el servicio Yahoo! Grupos ofrecido por Yahoo! Argentina en su portal de Internet bajo la URL: http://ar.groups.yahoo.com/group/pasiones/

1.2. Comunicación

La forma habitual de contacto entre sus miembros será mediante la publicación de mensajes de correo electrónico utilizando el servicio que ofrece el Grupo.

Los mensajes deberán corresponderse con el objeto del Cyber Fan Club Pasiones. Queda terminantemente prohibido el envío de mensajes privados, cadenas o spams.  

1.3. Reuniones y Encuentros

Las reuniones serán de carácter extraordinario y sólo con el fin de considerar temas que tengan trascendencia en la vida institucional del Club.

Se promoverán encuentros entre los Socios, que no serán calificados como reuniones y, por lo tanto, no serán de asistencia obligatoria. Se llevará un de registro de reuniones, encuentros, cumplimiento de asistencias, objetivos y participación. Las reuniones y encuentros se realizarán con la participación de Socios en forma exclusiva. 

1.4. Sedes Regionales

Los Socios, mediante la previa autorización de la Fundadora del Club, podrán fundar Sedes Regionales. Estas Sedes podrán tener su Reglamento Interno propio, basado en el cumplimiento de éste Reglamento General como primera instancia.

Las Sedes Regionales creadas estarán a cargo de una Coordinadora Regional nombrada por la Fundadora del Cyber Fan Club Pasiones. Sus funciones serán establecidas por las Autoridades del Club. 

 

2. Socios

2.1. Condición de Socio

Quienes cumplan y respeten este Reglamento General tienen derecho a adquirir y mantener la condición de Socio.

Los Socios tiene derecho, en forma igualitaria, a usufructuar los servicios y beneficios que brinda el Grupo, salvo sanción debidamente fundada.

2.2. Suscripción

La suscripción será solicitada a las Fundadoras. El aspirante deberá completar una Ficha de Suscripción  con los datos requeridos por las Autoridades del Club, representantes del artista y/o su empresa discográfica. La falsedad de alguno de los datos suministrados conllevará a la denegación de la solicitud o cancelación inmediata de la suscripción. 

2.3. Emblemas

El Socio debe concurrir a los eventos (recitales o presentaciones del artista, reuniones y encuentros del grupo) con su Credencial y vistiendo una REMERA (o abrigo, en época invernal) ROJA, símbolo que identifica a los miembros del club desde sus inicios. 

La credencial sirve para establecer la calidad de "Socio" del titular. Es de uso personal e intransferible. Para determinar, además, los datos de filiación del titular la credencial sólo será válida si es acompañada por el documento oficial registrado en la misma. Su uso indebido dará motivo a las acciones legales que hubieren lugar.

La credencial no debe ser alterada ni modificada. Si tuviera algún dato incorrecto se deberá informar del mismo a las moderadorasSolamente ellas están facultadas a realizar cualquier tipo de corrección en la credencial.

2.4. Difusión

Es obligación del miembro del Grupo votar periódicamente los temas musicales del artista que sean propuestos por las Autoridades del Club. Éstas designarán un encargado/a de rankings musicales cuya tarea será publicar, al menos dos veces por semana, un mensaje con la información necesaria para solicitar y/o votar los temas en los medios de comunicación junto a un informe sobre la evolución de los rankings.  

2.5. Comportamiento

El Socio debe mantener una actitud de respeto hacia el artista y sus representantes, las Autoridades y demás Socios del Club y los miembros de otros fan clubs, ya sea personalmente o a través de los mensajes que publique.

Queda terminantemente prohibida toda actitud indecorosa hacia el artista y/o que atente contra su trabajo y/o privacidad.  

2.6. Lealtad

El Socio debe asumir una actitud participativa, positiva, solidaria y de lealtad hacia el club y sus miembros, respetando y haciendo respetar este Reglamento General y las consignas emanadas por las Autoridades.

Debe colaborar para afianzar el crecimiento y la integralidad del Cyber Fan Club Pasiones bregando por la unión de los fans del artista de todas las regiones bajo el objeto y consignas del club. Por ello se prohíbe terminantemente la promoción de otro fan club o cualquier otra actitud que promueva a la desintegración de Pasiones, todo lo cual se considerará falta grave. 

2.7. Tareas

El Socio debe demostrar constancia y dedicación en el cumplimiento de las tareas que, previa su aceptación a desarrollarlas, se le hayan asignado.

 

3. Autoridades 

3.1. Cargos

Los cargos que conforman los niveles de autoridad del Club son los siguientes:

a) Fundadoras

b) Co-Fundadoras

c) Coordinadora General

d) Coordinadoras Regionales

3.2. Administración

Las Fundadoras, Co-Fundadoras y Coordinadora General deben administrar y mantener en funcionamiento los servicios del Club y velar por el cumplimiento de este Reglamento General. 

3.3. Relaciones

Las Fundadoras, Co-Fundadoras y Coordinadora General tienen a su cargo el mantenimiento de las relaciones entre el Club y EMI-Odeón Argentina, empresa productora y/o representantes del artista en todo aquello que le concierna en su condición de Fan Club OFICIAL. 

3.4. Suscripciones

Las Fundadoras evalúan las solicitudes de suscripción recibidas y determinan la aprobación o denegación de las mismas.  

3.5. Sanciones

Las Fundadoras, Co-Fundadoras y Coordinadora General determinarán la sanción que pudiera merecer un Socio ante el incumplimiento de este Reglamento General. Las sanciones serán graduadas en relación a la gravedad de la falta, pudiendo abarcar desde la suspensión en la utilización de servicios del club hasta llegar a la cancelación de la suscripción. 

3.6. Manejo de la información del artista

Sólo las Fundadoras y Co-Fundadoras pueden tener contacto con los representantes del artista, empresa discográfica y/o empresas productoras para solicitar cualquier tipo de información sobre el artista, teniendo la obligación de comunicar a los socios la información recibida.  

3.7. Agenda

Las Fundadoras y Co-Fundadoras están obligadas a mantener la agenda actualizada con la toda la información sobre las presentaciones del artista que les haya sido comunicada a éstas en forma oficial, con las fechas de cumpleaños de los socios y con cualquier otro acontecimiento que consideren de relevancia.

Los socios participarán aportando toda aquella información sobre las presentaciones del artista que no sea comunicada a las Fundadoras, la que podrá ser agregada a la agenda del Club. 

3.8. Contacto con el artista

Las Fundadoras son las encargadas de seleccionar a los socios que podrán tener un contacto directo con el artista en ocasión de cualquier evento o reunión, previa autorización de la empresa productora que la comunicará a las Autoridades del Club. El criterio de selección a aplicar será priorizar a los Socios que:

a) Muestren un mayor grado de colaboración y participación en las actividades del Club

b) Tengan mayor antigüedad

c) Nunca hayan sido seleccionados con anterioridad

Antes de cada evento o reunión, las Fundadoras deberán enviar a la empresa productora una lista con los socios seleccionados. La empresa productora se reserva el derecho de admisión y permanencia de quienes, a pesar de no estar en la lista, hayan ingresado a sectores privados. Esta metodología fue resuelta por la empresa productora Fénix Entertainment Group, comprometiéndose a proceder en forma igualitaria con todos los fan clubs OFICIALES.

En el caso de que las Autoridades del Club no puedan asistir a los eventos, se designará un encargado/a en calidad de reemplazante, asignándole las atribuciones que correspondan.  

3.9. Generalidades

Las Fundadoras tendrán atribuciones para actuar y resolver en cualquier tema referido a la organización y funcionamiento del Club que no estuviere contemplado en este Reglamento General.

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