Laboratorio del Dr. Logístico © Network™     Observatorio de Costes Marítimos      

San Isidro, Lima - Perú

  Tema Genérico: La Logística Marítima y sus Costes Logísticos (extractos de la web del Puerto de Barcelona)

(((SERVICIO INTEGRAL DE COMERCIO EXTERIOR)))

¿Cómo comprender una factura en grupaje marítimo? estructura y conceptos

El márketing de los servicios logísticos ha obligado a que las empresas de este tipo de mercado se fusionen asociándose en alianzas estratégicas entre sí, para poder competir y situarse acorde a los nuevos stándares de calidad exigidos en la actualidad. Tendencias que en la actualidad se están poniendo muy de moda y que en muchos de los casos todavía no son recomendables, siempre y cuando no se tenga la seguridad de obtener un verdadero servicio integrado de calidad y comprobado. Además de éstas exigencias varían de acuerdo a la medida de cada cliente - consumidor de los servicios, en muchas ocasiones es difícil comprender todos los conceptos que se incluyen en una factura de transporte, y mucho más cuando ésta incluye servicios aduaneros, de transporte interno y externo, almacenajes, estibamientos, etc.. y hay que tener mucho cuidado con los términos de fletamiento en cuanto a las responsabilidades legales que conlleva la "transferencia de la propiedad temporal de la carga", que en muchos de los casos la informalidad se puede presentar en las sub-contratas que realizan los operadores logísticos, ya sea por ineficiencias de calidad administrativa y legal (contratos de locasión de servicios), informalidad y también a la falta de tener un estudio de proveedores alternativos en cuanto se pueda presentar un cambio o faltante del servicio, ya que en mucho de los casos son tomados temporalmente en periodos muy cortos.

Observemos al detalle todos los costes y el proceso físico que sigue una carga fraccionada desde que deja las instalaciones del expedidor (vendedor - exportador) hasta que es entregado en las instalaciones del receptor (comprador - importador).

El comercio marítimo se duplica cada década desde 1945 y los armadores construyen buques cada vez mayores para adaptarse al hambre de mercancías en todo el mundo. China Shipping Group fletará muy pronto dos monstruos de 9.800 unidades equivalentes a 20 pies (TEU), los cargueros más grandes jamás salidos de una dársena. El gigantismo supone una presión constante para las autoridades portuarias. Casi todos los puertos mundiales tendrán que ampliar y profundizar sus instalaciones para albergar una flota mercante cada vez mayor.

 

El bendito Transporte Marítimo

El transporte de una mercancía de un lugar a otro a cambio de un precio pactado responde, en el caso de las cargas fraccionadas, tanto a la actividad del transporte como a la prestación de una serie de servicios y operaciones adicionales y necesarias para su acondicionamiento a la cadena logística correspondiente.

El transporte marítimo se caracteriza por la utilización del contenedor como unidad de carga principal. No obstante, el grupaje marítimo engloba también aquella actividad que ofrecen operadores logísticos especializados a clientes cuyas unidades de carga son de dimensiones y pesos inferiores a las del contenedor.

Por lo que podemos concluir que, en este caso, el transporte de una carga fraccionada en un servicio regular cuyo medio principal es el transporte marítimo, incluye además del propio servicio de transporte combinado, aquellas operaciones y servicios adicionales y necesarios para agrupar y acondicionar la mercancía dentro del contenedor.

Si realizamos el seguimiento físico que sigue una mercancía desde que deja las instalaciones del expedidor hasta que es entregado en las instalaciones del receptor, podremos también definir paso a paso los distintos conceptos que se irán cargando en la "factura final".

Figura 1.

EL TRANSPORTE COMBINADO DE CARGA INTERNACIONAL: A la carga internacional se le aplican algunos cambios de los modos de transporte, ya sean éstos principales o secundarios, lo cuál todos se involucran dentro de la cadena de DFI. La caraga es llebada desde los almacenes del expedidor en camiones o camionetas hasta la empresa consolidadora de carga. En algunos casos en donde la distancia es extrema y la comisiones mínimas resultan ser muy altas para lograr un costeo adecuado es recomendable de que las cargas se "agrupen" y he aquí el término de "GRUPAJE MARITIMO". Es por eso la importancia económica de las empresas consolidadoras de carga. También la consolidación de carga se dá en agrupar contenedores y así lograr tarifas mejoradas y "al por mayor" para las reservas de espacio en los buques. Esta labor la realizan los Forwarders y las Agencias de Carga Internacional que de acuerdo al movimiento de sus operaciones logran obtener tarifas competitivas a favor de sus clientes y se convierten en unas verdaderas ventajas competitivas para sus principales cliente.  La consolidación de la carga conmienza en el llenado de los contenedores desde los almacenes de las empresas consolidadoras, al termino del llenado del contenedor se cierra con un percintode seguridad y se emite la guía Master correspondiente, con los datos correspondientes del B/L Master, a la llegada del mismo contenedor, manifestado al puerto de destino, el contenedor se desconsolida con la apertura del contenedor y el corte de la guía Master por parte del Agente de Carga/Consignatario de la Guía Master y dentro de un terminal de almacenamiento determinado por la Línea Naviera o Redireccionado por el Agente Transitario de Carga. El reparto de la carga continúa después del desaduanamiento independiente de las mismas; y luego es trasladada para su distribución física final a través de otro u otros transportes, según sea la distancia o la programación del modelo combinado de transporte carga internacional.

Ahora el transporte Multimodal tiene muchas variantes, que abarcan el ingreso de carga temporal en diversos puertos y de diferentes países para facilitar su transportación y que las legislaciones internacionales como la del convenio de Viena u otras que se encuentran vigentes, permiten este tipo de modalidad, con la salvedad de la políticas internacionales según los Tratados de Libre Comercio (TLC), Uniones Aduaneras, Zonas Francas y Mercados Comunes como lo que se viene conel ALCA y la Cuenca del Pacífico como por ejemplo. 

Un buen ejemplo se dá en los puertos internacionales donde la líneas navieras cubren sus términos de fletamiento hasta el recogo en un determinado terminal ferroviario y/o terrapuerto luego la carga es trasladada hasta un ferrocarril ferrocarril y éste último llega hasta el muelle justo al lado del buque; muy apropiado para utilizar las propias grúas de la nave y así reducir los costos de la carga del contenedor y/o trimado de la carga suelta al buque.

En Europa se dieron los primeros indicios de la utilización de las Zonas o Áreas de Libre Comercio para apoyar, incentivar su uso y darles soluciones logísticas a los usuarios del transporte multimodal de carga. También se utilizan modelos económicos internacionales que se aplican en las Uniones Aduaneras y por último en los Mercados Comunes.

Los "Incoterms" cuyo objetivo es establecer una serie de reglas internacionales para la interpretación de los términos más utilizados en las operaciones de comercio exterior. Esto permite eliminar o en gran medida reducir la incertidumbre en cuanto a las diferentes interpretaciones de estos términos en los diversos países.

Existen diferencias contractuales en las prácticas comerciales entre los diferentes países. Esto puede dar origen a malentendidos, pleitos y litigios con toda la pérdida de tiempo y dinero que esto significa. Y con el objeto de solucionar estas dificultades, la Cámara Internacional de Comercio publicó por primera vez en 1936 las reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales conocidos como "INCOTERMS 1936, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990 y 2000.

 

Nuevas Técnicas de Transporte y Portuario

Alternativamente y con la invensión de la "maravilla del contenedor", luego los cambios de las infraestructuras portuarias con maquinarias especiales para las maniobras de alto tonelaje, la fabricación de buques más grandes (buques portacontenedores y multi-propósito) consecuenciaron en la modificación de los puertos naturales y sus respectivas ampliciones de calado, eslora y anchoraje. Un buen ejemplo como apoyo a este modelo de ahoorro "al por mayor" es el uso del Canal de Panamá para las Mejores y Competitivas Rutas Comerciales entre America, Europa y Africa. 

 

Otra razón para la revisión es el cambio en las técnicas de transporte, en especial la unitarización de carga en contenedores, el transporte multimodal, y el tráfico roll on - roll off, con vehículos camineros y vagones de ferrocarril en el transporte marítimo de corta distancia ("short-sea").

En Incoterms 1990, el término "Libre Transportista...lugar convenido" ha sido ahora adaptado para referirse a todos los tipos de transporte sin considerar la modalidad ni la combinación de diferentes modalidades.

Como consecuencia de esto, se eliminaron los términos de la versión anterior de Incoterms relacionados con algunos medios de transporte (FOR/FOT Y FOB Aeropuerto).

 

El Internet con la Globalización de las Comunicaciones y del Comercio Electrónico eliminaron las distancias y modificaron las leyes internacionales en referencia al uso más frecuente de la transmisión electrónica de datos entre compradores y vendedores. Ahora las tecnologías de seguimiento radial y satelital se incorporan también al servicio del transporte marítimo (y los demás), en donde se han colocado barcos faro y retransmisores de señales de radar y de radio para que los buques puedan monitorearse desde el satélite y maniobrarse satelitalmente y obtener avisos anticipados de los peligros del mar como tormentas, tsunamis, icebergs, subidas o bajadas de temperaturas, densidad adecuada para el flotamiento, hielo en el mar, zonas peñazcosas, etc. incoter

 

 

ESTRUCTURA DE LOS NUEVOS INCOTERMS 2000

 

Para su mejor entendimiento, los incoterms se agrupan en cuatro categorías:

  • El grupo de las “E”, formado únicamente por EXW (Ex Works)  entregado en su fabrica, bodega o almacén.
  • El grupo de las “F”, formado por FCA, FAS Y FOB, en donde el vendedor tiene la obligación de entregar la mercancía al transportista contratado por el comprador.
  • El grupo de las “C”, formado por CFR, CIF, CPT y CIP en donde el vendedor asume la obligación de contratar el transporte internacional y en dos de los Incoterms, se obliga a contratar el seguro de la mercancía.
  • Bajo estos términos el vendedor asume obligaciones de embarque mas no de entrega.
  • El grupo de las “D”, formado por DAF, DES, DEQ, DDU y DDP en donde el vendedor tiene que asumir todos los costos y riesgos hasta entregar la mercancía en el lugar de destino convenido.

Bajo estos términos, el vendedor asume obligaciones de entrega en destino.

APLICABILIDAD DE LOS INCOTERMS POR MEDIO DE TRANSPORTE

  • Los Incoterms: FAS, FOB, CFR, CIF, DES, y DEQ, aplican únicamente para embarques marítimos y por ríos o canales navegables.

  • Los Incoterms: EXW, FCA, CPT, CIP, DAF, DDU y DDP, aplican para embarques que se realizan utilizando cualquier medio de transporte.

Entónces el transporte marítimo experimentó un nuevo cambio, ya que al obtener una mayor seguridad al disminuir los riesgos de la nave y su carga en el mar, se observó también que los tiempos de viaje resultaban más cortos y consecuentemente más baratos. A raíz de ésta nueva situación los barcos ya podían anticipar un itineraio y/o frecuencia de viajes y luego se sucedieron los modelos comerciales de tráfico regular de buques, los conferenciamientos la creación del B/L fué el puntillazo final que lanzó al transporte marítimo como uno de los mejores negocios de la historia, ya que en el B/L o Contrato de Tranporte Marítmo se constituye como:

  • Un documento principal del contrato del transporte por aguas de mercaderías, y como tal prueba la existencia del mismo, sus condiciones ("TERMINOS DE FLETAMIENTO"), el flete a pagar y, en general, las obligaciones a cargo de las partes, que se imprimen en el adverso del mismo B/L.

  • Sirve como "recibo" de mercancías a bordo.

  • Un título de crédito o Valor. En él se dan los tres elementos que caracterizan a los títulos de crédito: necesidad, literalidad y autonomía. Además, es un título representativo de la mercadería, por lo cual el tenedor legítimo del conocimiento puede disponer de la misma (venderla, darla en prenda o en garantía, etc.) durante el viaje.

  • Un título ejecutivo. El tenedor del conocimiento tiene "noción ejecutiva" para obtener la entrega de la mercadería en el puerto de destino.

Es importante mencionar que la “transferencia de propiedad de la mercancía” es una cuestión que no corresponde definir a los Incoterms. Esta debe ser previsto en el contrato de venta con base en la ley aplicable, pero el buen manejo del B/L y su inclusión en las leyes internacionales hacen que las transferencia se efectúan con solamente la simple rúbrica o endose o refrendo comercial, la que dará la transferencia temporal y/o definitiva de la mercadería durante su trayecto internacional que se encuentre estipulado en su información contenida.

Existen otras modalidades de Transporte combinado en donde se incluyen fletes marítimos de menor alcance, dentro de una zona geográfica mayormente accidentada hasta llegar a un "Puerto de Salida Continental" que será el lugar más cercano o conveniente para cubrir una Ruta Comercial óptima para la cumplir con los Itinerarios y Tiempo de Viaje de las Navieras. A éste final llega la carga a los NVOCC's o Consolidadores de Carga Mayorista y dueños de los Contenedores. En donde se encuentran mercados complejos modelos empresariales con Flotas Mercantes Mundiales y Regionales 

Por lo que podemos concluir que, en este caso, el transporte de una carga fraccionada en un servicio regular cuyo medio principal es el transporte marítimo, incluye además del propio servicio de transporte combinado, aquellas operaciones y servicios adicionales y necesarios para agrupar y acondicionar la mercancía dentro del contenedor.

Si realizamos el seguimiento físico que sigue una mercancía desde que deja las instalaciones del expedidor hasta que es entregado en las instalaciones del receptor, podremos también definir paso a paso.

 

LA INTELIGENCIA EMPRESARIAL MARITIMA: He aquí unos de los principales problemas que encuentran los usuarios logísticos, ya que la combinación de éstos servicios para complementar un servicio combinado multimodal, si bien es cierto; pueden reducir costos, tiempos y en algunos casos hasta minimizar riesgos logísticos pese al aumento de movimientos por transpase o transbordos de carga a los diferentes transportes encargados que se harán temporalmente proietarios portadores.

Al alto aumento del número de empresas que se dedican a los servicios logísticos, se le suman también los servicios de poca calidad y los servicios informales que realmente no toman con seriedad sus contratos con documentos firmados que brinden una seguridad al consignatario que será y és el dueño final de la carga o mercadería.

La proliferación de muchísimos proveedores de servicios como Forwarders, Agentes Consolidadores, Almacenes, Agentes de Aduana, Operadores Logísticos Integrados, Alianzas de Servicios Logísticos Multimodales, Terminales de Almacenamiento y hasta brockers de seguro. Ponen en un serio riesgo potencial a los usuarios importadores y exportadores, ya que han encontrado saturado el mercado con su personal pobremente capacitado, ya que los pocos profesionales que se desarrollan con cabalidad no pueden repartirse físicamente en toda la oferta de servicios logísticos. Entonces será más difícil la tarea del usuario para encontrar un proveedor en donde la Calidad sea total entre todo su personal, siempre vamos a estar con novatos e inespextos y corremos el riesgo de que también nuestra carga sea manejada por manos extrañas, inescrupulosas, envidiosas, descuidadas, maliciosas y mercantilistas que piensan en solamente buscar la manera de cobrar más y más a costa de sus clientes. 

Las leyes aduaneras y de fomento y protección al comercio exterior no toman este importante tema de la calificación y la capacitación del personal logístico ya que ésta medida será una estratégia muy buena para los países que la tomen.

 

Análisis de la oferta del servicio y contratación del transporte combinado de carga fraccionada

En esta fase se dan lugar un importante número de comunicaciones entre el cargador / receptor y su operador logístico. Se manejan informaciones como:

Oferta: periodicidad, capacidad, frecuencia, transit time, presentación de la mercancía, recogida, documentación, servicios en destino,...

Demanda: análisis de la oferta, preparación de la mercancía, de la documentación, coordinación con la operación de compra-venta, contratación del transporte, seguro...

Es ésta una gestión que depende directamente del conocimiento del operador y del cargador / receptor de cada uno de sus negocios. Ésta actividad, entre comercial y técnica, está raramente contemplada en el contrato y factura de transporte.

Podremos encontrarnos con los llamados HAT, para el caso del Transitario, SADA para el caso del Agente de Aduanas o los gastos comerciales, impresos, gestión, comunicación.. de cualquier operador logístico; así como que estuvieran incluidos en el flete o la THC. Podrían representar parte de esta gestión, que no toda ella, pues dichos operadores acostumbran a realizar otras muchas gestiones para la "arquitectura" del transporte las cuales tampoco son habitualmente trasladadas.

 

Recogida/entrega y transporte de la mercancía hasta/desde el almacén de "consolidación o desconsolidación" de mercancías

  • EL TRANSPORTE TERRESTRE CAPILAR:

    si bien el transporte a/de destino de una mercancía no está ligado a un medio de transporte concreto, el transporte por carretera es, con diferencia, el de mayor volumen. No obstante esto, dependerá de los medios convencionales del cargador / receptor y de su operador logístico, así como del mercado en general, que la "entrega" o "recogida" acaben realizándose por a, b ó c. (Dígase cargador o receptor, operador logístico o cualquier otra empresa de transportes: mensajerías, paquetería, servicios regulares de transporte...)

    Como resultado de este servicio, aparecerán en la factura conceptos como: recogida, transporte, entrega..., facturados normalmente en función del volumen de mercancía, la distancia recorrida y la unidad de transporte utilizada (dígase motocicleta, automóvil, furgoneta, camión 3 TM, 5, 10..., 2 ejes, 3..., camión pluma 3 TM...)

  • CARGA o DESCARGA del transporte terrestre capilar:

    si bien es el transportista el responsable del control de la operación, su ubicación y trinca en su unidad de transporte, ésta actividad se realizará, salvo contratación expresa; por el personal del lugar, con los medios designados por éste y bajo su responsabilidad. Es decir, en las instalaciones del receptor o expedidor la carga o descarga de la mercancía se realizará con el personal y medios de éste, así como en las instalaciones del operador logístico o el almacén que éste designe, lo hará el personal y con los medios de éste (LOTT, CMR...) Como resultado de este servicio, aparecerán probablemente en la factura los conceptos de “CARGA o DESCARGA”, facturados normalmente en función del volumen de mercancía, así como de su presentación (bultos diversos no paletizables, bultos paletizables, palets...) y de los medios técnicos utilizados (carretilla elevadora, carretilla elevadora con complementos como “push-pull”, pinza, uña,...)

     

    Recepción y adecuación de la carga

    He aquí donde se realiza el "grupaje marítimo". Ya sea en las instalaciones propias del operador logístico, como de cualquier otro almacenista mayorista: la recepción, control, descarga y almacenamiento de la mercancía; por un lado, y la adecuación y carga combinada en una unidad de transporte marítimo distinta, el contenedor.

    La diversidad y especialización dispar del negocio logístico ofrece aquí gran variedad de servicios y operadores. Por un lado nos encontramos con "recintos aduaneros" o "almacenes de depósito temporal", que juegan además con las distintas posibilidades que nos ofrece nuestro "código aduanero", por otro lado nos encontramos a consolidadores marítimos puros que juegan su baza en un servicio menos personalizado para la mercancía pero más en el medio de transporte marítimo y normalmente cuyo elemento de competitividad resulta del mayor volumen de negocio y por lo tanto una oferta más competitiva en cuanto al tramo marítimo se refiere, y también encontramos operadores mixtos o incluso almacenistas más especializados en ciertos segmentos del mercado, con una oferta más personalizada en servicios logísticos y operaciones de valor añadido personalizadas, los cuales normalmente se encuentran más alejados del entorno portuario y por lo tanto con unos costes de producción también menores.

    Sea cual sea el operador elegido, cualquier mercancía precisará:

  • Descarga del medio de transporte anterior y Estiba en almacén, o viceversa.

  • Y control para comprobar el estado de la mercancía, características físicas e idoneidad para ser consolidada con otras mercancías afines en una misma unidad de carga.

    Además posiblemente de realizar aquellas operaciones necesarias para adecuar físicamente la mercancía entregada al medio de carga posterior, o desadecuarla del medio de carga anterior si se tratara de una entrega. Dígase paletización, unificación en unidades mayores, cambio de embalaje, retractilado, ensacado, enlazado:

  • Envses / embalajes : que dependerán de su cantidad y calidad: tratadas fitosanitariamente, de materiales inertes, de dimensiones adecuadas, de resistencia al peso, al rozamiento,...

  • Retractilado / paletizado : unificar mercancías en unidades de transporte mayores, más sólidas, estables, seguras y de dimensiones que optimicen tanto el transporte como la capacidad del contenedor, minimizando los riesgos de daños o hurtos, agilizando y mejorando las operaciones de carga o descarga, estiba o Desestiba y trinca o destrinca.

  • Precintos: seguridad física y trazabilidad documental. Es uno de los elementos que mejor delimita los posibles lugares y tiempos en los que se podrían provocar daños o hurtos, delimitando por tanto también las responsabilidades de los operadores.

  • Etiquetados: aunque parezca obvio, uno de los principales problemas con los que se encuentra cualquier operador, incluso las autoridades aduaneras y los servicios de inspección en frontera, es el de la identificación de la mercancía declarada. En la mayoría de las ocasiones, el etiquetado de una mercancía responde más a cuestiones cualitativas del producto cara venta que no a su manipulación.

    Establecer el equilibrio adecuado, tanto para salvaguardar la mercancía frente al medio de transporte, a sus manipulaciones, pero también, para facilitar la labor de las autoridades aduaneras, es una de las grandes cualidades "poco reconocidas" de un operador de servicios logísticos para cargas fraccionadas.

  • Maipulaciones espaciales: no hay que olvidar que en un contenedor acabarán cargándose tanto relojes de pared como mondadientes, pasando por sombreros de copa. La utilización de elementos auxiliares especiales, como maquinaria especial, recintos especialmente diseñados para tipos de mercancías..., provocarían bien incrementos en el precio del servicio, bien conceptos nuevos y dispares (mercancía IMO, refrigerada, utilización de medios de elevación especiales - grúas móviles, pinzas...)

  • Almacenaje: ocupación, normalmente por quincena, y volumen de mercancía que lo ocupa; el tiempo necesario para: consolidar las partidas que formarán la unidad de transporte completa el tiempo necesario o, por el contrario, para su Despacho Aduanero y liquidación de los costes generados. En éste apartado podríamos encontrarnos también con almacenistas especializados en tipos de mercancías menos normalizadas que no requieran, por ejemplo, estanterías, y que utilicen como medida de cálculo la unidad de paletas o la superficie de almacén ocupada.

  • Seguro de responsabilidad Cicil (RC): habiendo salido ya la mercancía de las instalaciones de su propietario, está ésta sujeta a riesgos propios y riesgos frente a terceros. Éstos mismos, cubiertos en cuanto a los riesgos propios por seguros de transporte de mercancías cuyo beneficiario es aquel que tenga el interés asegurable y por tanto quien debiera contratar el servicio, no lo están por los riesgos que su mercancía genera a terceros durante su transporte y manipulaciones. He aquí que pudiera aparecer en la factura final el concepto de SRC, o seguro de responsabilidad civil, que contrata normalmente el consolidador o almacenista para cubrir el riesgo de daños a terceros cuando en el ejercicio de su actividad manipula mercancías también de terceros.

  • Carga, estiba y trinca en el contenedor y el posterior precintado; o viceversa.

    Todos ellos servicios propios del ejercicio de esta actividad: seguros mínimos de cobertura del ejercicio de una actividad de recepción, almacenamiento y entrega de mercancías. Contratación de personal cualificado, formación y uso de maquinaria adecuada. Seguridad y Medio Ambiente. Control de las operaciones, de la mercancía, administración y facturación.

    Despacho de las Mercancías

    En los grupajes marítimos, es potestativo del propietario de las mercancías o su representante realizar el Despacho Aduanero de sus mercancías tanto en la Aduana Marítima (punto de entrada o salida de las mercancías del territorio comunitario) como hacerlo en cualquier recinto aduanero autorizado.

    Presentado un DUA, la Aduana - conocedora de las mercancías autorizadas y descargadas por estar declaradas en el Manifiesto (declaración del Consignatario de las mercancías descargadas de buque) - procederá al despacho y emitirá el “Levante” (página 9 del DUA o el "Levante Telemático") En puerto, aunque el resguardo fiscal accede a la base de datos aduanera para comprobar el estado de cada mercancía, es recomendable que - ante posibles fallos informáticos - el transportista presente una copia impresa de este documento. Finalmente, será el Resguardo Fiscal (GC dependiente en este caso de la Hacienda española) el encargado de autorizar la salida de la mercancía del Recinto Aduanero.

    En la actualidad existen tres modalidades diferentes de representación ante la Aduana:

    1. Autodespacho: realiza el despacho la persona física que formula la declaración en nombre propio o la que lo efectúa como administrador/apoderado de la sociedad o persona jurídica.

    2. Representación directa: realiza el despacho exclusivamente el Agente de Aduanas.

    3. Representación indirecta: (en nombre propio y por cuenta del mandatario) realiza el despacho la persona en quien recaiga la representación del mandatario. (Resolución de 12 de julio de 2000, Depart. de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, R.D. 1889/1999 de 13 de diciembre)

    El DUA de importación deberá presentarse antes de los 45 primeros días desde la descarga de una mercancía transportada por mar o 20 días si se transportó por cualquier otro medio.

  • La gestión del Agente de Aduanas como resultado del procedimiento de despacho de las mercancías (presentación DUA, obtención Levante, liquidación DUA; y/o presentación documentación adicional, coordinación inspección física, representación y obtención del Levante – inspección documental o física), así como de aportar las garantías aduaneras.

    La inspección física

    Es potestativo de las autoridades aduaneras que, durante el Despacho Aduanero de una mercancía, sea preceptiva su inspección. La inspección de una mercancía consta de una inspección documental (documentación necesaria que justifique el origen, calidad, cantidad, valor,…) y/o de un reconocimiento físico (Identificación de la mercancía declarada, signos distintivos, calidad y cantidades declaradas,…) Según sea la inspección física, la mercancía deberá ser puesta a disposición de las Autoridades competentes en las condiciones necesarias para su correcta inspección; siempre por cuenta y a cargo de su propietario.

    Para cualquiera de las inspecciones, el representante del propietario de la mercancía ante las autoridades aduaneras (normalmente el agente de aduanas) será el responsable de recoger y presentar la información necesaria para el despacho documental, y coordinar (directamente o a través del Consignatario o Transitario) la ubicación de la mercancía y las operaciones necesarias para la correcta inspección física; interviniendo finalmente ante el inspector correspondiente como representante del propietario de la mercancía.

    Aunque el Despacho Aduanero de una mercancía concluye, desde el punto de vista del transporte, cuando la mercancía sale del recinto aduanero; la liquidación no se realiza hasta pasados 30 días, dando como resultado la emisión del documento aduanero L-1 (liquidación). Mientras tanto, para poder retirar la mercancía del recinto aduanero en tanto en cuanto no se liquide, es necesario que se disponga ante la Aduana de las garantías necesarias, ya sea directamente o a través del agente que represente al propietario de la mercancía.

    La Legislación vigente dispone que, independientemente de que la Aduana pueda inspeccionar la mercancía en cualquier punto comunitario, aquellas mercancías a consumo o de origen animal deberán ser inspeccionadas por las Autoridades competentes (Sanidad Animal, Exterior, Servicio Fitosanitario) en los puntos de entrada al territorio comunitario (puertos, aeropuertos y recintos fronterizos) Así pues, una mercancía a consumo humano podría inspeccionarse por Sanidad Exterior o Sanidad Animal en puerto, y por la correspondiente Aduana Terrestre en cualquier recinto aduanero interior.

  • GARANTÍA DEL ARTÍCULO 102: aval para responder globalmente del aplazamiento de pago de la deuda aduanera previsto en el Código Aduanero.

    Transporte desde el almacén consolidador de origen hasta su destino

    Se trata del último de los eslabones de la cadena, el transporte del contenedor.Nos encontramos ahora con una unidad de carga completa, un FCL que será transportada desde el almacén consolidador de origen hasta el almacén desconsolidador de destino, como si de una carga completa se tratase.

    De aquí, nacerán posteriormente conceptos propios, los cuales acabarán agrupándose normalmente en 4 conceptos básicos: el FLETE, la THC o manipulaciones portuarias, el transporte terrestre del contenedor de /a puerto y las gestiones.

    Normalmente el almacén de Consolidados o Desconsolidados se encuentra fuera de la terminal portuaria, por lo que la mercancía precisa un Despacho Aduanero en tránsito de la mercancía desde la terminal hasta el almacén consolidador. Además, existe la contratación del transporte terrestre del contenedor, la coordinación de entre la terminal portuaria, el naviero, el transportista terrestre y el almacenista que reciba la carga, o la liquidación del transporte marítimo previo a la entrega de la mercancía... Son servicios propios del operador logístico, con un elevado número de gestiones y conceptos propios del modo marítimo, que acabarán menos que no más bien desglosados posteriormente en la factura final.

    Gestión portuaria de la carga

  • En importación, gestiones, impresos, documentación, responden normalmente a:

    En importación, descargada la mercancía en la terminal, que es normalmente también el “lugar de entrega” designado, debe identificarse al propietario de la mercancía o a su representante. El Conocimiento de Embarque B/L es el documento que actúa como título de propiedad de la mercancía, conteniendo como datos de interés en este proceso el “lugar de entrega” y el nombre del Consignatario de la mercancía (“consignee”)

    Informado el "notify" de la llegada de una mercancía mediante las “Notificaciones de llegada” enviadas por el consignatario, deberá presentar el B/L original recibido de origen normalmente mediante courrier. En la práctica ésta gestión se realiza normalmente por mediación de un Transitario o agente de aduanas. El consignatario comparará el B/L facilitado con el que reciba del puerto de origen y, si coinciden, enviará la Confirmación de Partida y la liquidación del transporte marítimo. La Confirmación de Partida es un documento que contempla algunos datos básicos del Manifiesto de carga original y que facilitará la cumplimentación del DUA. Como resultado de la liquidación de los gastos del transporte marítimo, el consignatario emitirá el “Entréguese”, que es el documento necesario para que la Terminal Portuaria entregue el contenedor al transportista designado.

    Además, antes de realizarse la entrega, deberá primero liquidarse el transporte marítimo y la operativa portuaria para obtener el Entréguese, informando a la terminal portuaria de los datos identificativos de la empresa del transporte terrestre y del vehículo, y la recepción y descarga de la mercancía en el almacén consolidador; así como finalmente el posterior retorno del contenedor vacío a la terminal o al depósito de contenedores mediante el correspondiente Admítase.

    Si bien es optativo del receptor/cargador utilizar los medios de transporte que considere conveniente según su criterio y elección, sean medios de las líneas de navegación o ajenos a éstas, es necesario organizar tanto la contratación del transporte terrestre en si, como le entrega y/o recepción del contenedor lleno y/o vacío en la terminal portuaria y/o el depósito de contenedores, y la recepción y carga o descarga de la mercancía del contenedor.

    En exportación, deberá contratarse el transporte marítimo y la operativa portuaria, obtener el Entréguese del contenedor vacío de la terminal o depósito de contenedores, coordinar la carga de la mercancía en el contenedor en el almacén consolidador, y posteriormente utilizar el Admítase del contenedor lleno para la terminal portuaria, informándole a esta de los datos identificativos de la empresa de transporte y el vehículo.

    Y todo esto sin olvidarse de tramitar mediante procedimiento simplificado el correspondiente despacho en tránsito (T2L) para que la Aduana autorice la circulación por territorio comunitario de una mercancía no comunitaria; siempre y cuando el despacho no se realice en el mismo puerto. Entre aduanas (marítimas, terrestres), la mercancía permanecerá bajo control aduanero en tanto en cuanto no abandone definitivamente el territorio comunitario (exportación) o sea despachada a libre práctica (importación)

    En el caso de que el Armador ceda el transporte terrestre del contenedor, ya que tiene la necesidad de asegurarse el retorno del contenedor vacío en las mismas condiciones que lo entregó, es susceptible que se tenga que garantizar su valor y la conveniencia del medio de transporte.

    TRANSPORTE A/DE PUERTO

  • El TRANSPORTE TERRESTRE DEL CONTENEDOR: si bien el transporte a destino de una mercancía no está ligado a un medio de transporte concreto, el transporte por carretera es, con diferencia, el de mayor volumen. Aunque cada conferencia tiene sus propias reglas, la norma general y con algunas excepciones es:

    El transporte público de mercancías no está sujeto, de acuerdo con la legislación vigente, a tarifas obligatorias (RD 1136/1997). No obstante, las diferentes agrupaciones de transportistas del ámbito portuario publican para sus asociados unas tarifas de referencia, de aplicación para el transporte de contenedores. Estas tarifas se caracterizan por agrupar en 9 radios las distancias comprendidas entre el kilómetro 0 y el 200, contemplando a su vez incrementos para el transporte de mercancías IMO, contenedores High Cube (extramedidas) y contenedores frigoríficos. Las tarifas contemplan también las paralizaciones necesarias para la carga o descarga de la mercancía del contenedor.

    CARGA/DESCARGA DEL CONTENEDOR

  • La THC como resultado de la manipulación de la mercancía en las terminales portuarias:

    Este término, resultado de la negociación entre conferencias o armadores no conferenciados (outsiders) con una terminal portuaria, es la cantidad fija que cobrarán los primeros a sus clientes en concepto de gastos de la mercancía en la terminal portuaria. Aunque no exista uniformidad en cuanto a la cantidad o a las operaciones a las que haga referencia, pues depende de cada negociación, respecto a la cantidad, no podrá sobrepasar las Tarifas Máximas para los Trabajos de las Compañías Estibadoras (resultado de la aplicación de la Ley 48/2003) para los diferentes conceptos a que haga referencia. Se repercutirá proporcionalmente al peso o volumen de la mercancía transportada en el contenedor.

    De acuerdo con la CENSA (Council of European and Japanese National Shipowners’ Associations), la THC que se debería trasladar al cargador tendría que cubrir el 20% de los siguientes 17 costes:

    1. Entrega del contenedor vacío y recepción del contenedor lleno en la terminal, incluyendo las labores administrativas y de control asociadas.

    2. Inspección y report de las condiciones del contenedor y de la realización de las operaciones anteriores.

    3. Inspección y report de los precintos.

    4. Movimiento del contenedor sobre o desde el chasis del transporte anterior.

    5. Movimientos horizontales internos en la explanada de contenedores.

    6. Estiba del contenedor en la explanada.

    7. Informe de las matrículas y movimientos de la terminal.

    8. Almacenaje del contenedor lleno el tiempo acordado en la conferencia.

    9. Recogida del contenedor lleno de la explanada de contenedores.

    10. Transporte del contenedor lleno de la explanada de contenedores hasta a pie de grúa de pórtico.

    11. Movimientos verticales de la grúa.

    12. Movimiento del contenedor en el buque.

    13. Apertura y cierre de escotillas, aseguramientos y movimientos de las piezas correspondientes.

    14. Trinca del contenedor.

    15. Costes generados en el muelle.

    16. Planificación física y administrativa de la terminal, y informe de las actividades del contenedor dentro del buque, incluyendo informe sobre daños, precintos, inspección precintos.

    17. Tiempo extra, días festivos, gastos extraordinarios...

    El restante 80% sería asumido por el flete.

    LAS TARIFAS MÁXIMAS PRA TRABAJOS DE LAS COMPAÑÍAS ESTIBADORAS:

    La carga de un contenedor de buque comprende su Desestiba (destrinca de la bodega del buque hasta que se encuentra suspendido por la grúa al costado del buque), la descarga hasta borde muelle y el traslado al punto determinado de la terminal.

    El Consejo de Administración del Port de Barcelona autoriza, en aplicación de la Ley de Puertos, las tarifas máximas de aplicación para las diferentes manipulaciones a las que se someta una mercancía durante su paso por cada empresa estibadora (Terminal Portuaria). Estas tarifas, que cubren cada movimiento a que una mercancía está sujeta en una terminal portuaria, son imperativas a la THC si esta fuese superior.

    EL FLETE

  • El FLETE, como resultado del transporte marítimo, es la cantidad que fija cada Armador o conferencia como coste del transporte marítimo de una mercancía entre dos puntos, y que se repercutirá proporcionalmente por volumen o peso.

    Comercialmente, incide en el coste del flete la distancia entre puertos, los volúmenes de carga - entendiendo también el equilibrio entre el tráfico de ida y el de retorno –, el número de Conferencias, líneas o buques que unan cada puerto y las dimensiones y frecuencias de éstos; la logística – combinación de buques (“feeders y transoceánicos”) con sus correspondientes puertos de escala intermedios (puertos “hub”):

    Los buques feeder son aquellos que efectúan viajes de corto recorrido dentro de una misma área geográfica, atracando en diferentes puertos origen y consolidando las mercancías en un puerto “hub” (puerto de la misma región geográfica que actúa como plataforma intermodal). Desde éste, el buque transoceánico transportará las mercancías hasta el puerto hub de la región de destino, donde nuevamente otro feeder finalizará el recorrido entregando la mercancía en el puerto de destino o final convenido –.”

    ; los medios facilitados para el transporte de la mercancía (contenedor), los costes portuarios, los costes del buque (gestión, comercialización, explotación, administración...)

    Aunque la modalidad de Línea Regular más extendida es la Conferencia Marítima o de Fletes, no hay que olvidar también la progresiva implantación de los NVOCC que son arrendatarios de celdas de un buque portacontenedores que explotan en exclusiva y que no tienen porqué formar parte de los acuerdos de una conferencia, aunque el Armador sí forme parte.

    EL FLETE CUBRIRÁ, ADEMÁS DEL 80% DE LOS GASTOS MENCIONADOS EN LA THC:

    Servicios portuarios necesarios durante la entrada y atraque del buque:

    Desde el punto de vista portuario, el movimiento del buque por las aguas de un puerto obliga a éste a la prestación de unos servicios (las 24 horas del día y los 365 días del año) generando en consecuencia la correspondiente liquidación. En el Port de Barcelona y en aplicación de la legislación vigente (Ley 48/2003), serán de aplicación:

    1. TASA AL BUQUE: por el acceso y la estancia en el puerto de atraque o de fondeo. Se aplicará de acuerdo con el tiempo de estancia y según el arqueo bruto del buque.

    2. PRACTICAJE: por la asistencia técnica necesaria, mediante práctico portuario a bordo, para la correcta ordenación del tráfico marítimo e instrucciones necesarias al buque para su correcto acceso y atraque en muelle. Es de aplicación por la corporación de prácticos de Barcelona.

    3. REMOLQUE: por la utilización de remolcador/es para la ayuda al buque durante el acceso / salida y atraque en muelle. Esta tarifa depende del número y potencia de los remolcadores (a petición del capitán del buque y previo asesoramiento del práctico) y con los correspondientes descuentos o gravámenes de aplicación s/g horarios, jornada laboral y tipo de navegación

    4. AMARRE: por el servicio necesario desde mar y tierra para ayudar al buque a fijar las amarras a muelle. Será de aplicación por la Cía. de Amarradores.

    GESTIÓN PORTUARIA DEL BUQUE

    Dentro de la operativa del buque hay que diferenciar cuatro procedimientos:

    1. Procedimientos básicos de entrada, atraque y salida del buque.

      Previo a la llegada del buque, el Consignatario presentará a la Autoridad Portuaria la “Notificación de Llegada” mediante la que se asignará un número de escala y se preverá la ocupación de muelle.

      24 horas antes de la llegada, el consignatario enviará un segundo documento, la “Solicitud de Atraque”, con los datos definitivos de escala y hora de llegada del buque.

      La Autoridad Portuaria enviará a Capitanía Marítima copias de la “Relación de buques autorizados para atracar”, y a la Cía. de Prácticos para que procedan a la efectiva entrada y atraque del buque.

      Al finalizar las operaciones portuarias, el consignatario presentará a la Aduana la “Solicitud de salida del buque (D-3)” que se concederá si se han realizado todos los trámites aduaneros y no hay ningún tipos de resolución (embargo, acción judicial,…) sobre el buque.

    2. Procedimientos de solicitud de servicios al buque.

      El consignatario presentará, si se precisan, las “Peticiones de Servicios” que el buque necesite (agua, luz, enseres,...)

    3. Procedimientos de tramitación de los datos internos del buque.

      Al atracar un buque en puerto, el capitán hará llegar:

      Los “Documentos de Entrada” a la Aduana: Crew List o lista de tripulantes, lista de pasajeros, Negativa de Armas, lista de Efectos Personales de la tripulación, y Pacotilla (Certificado del capitán conforme ha guardado bajo llave el alcohol y el tabaco para consumo de a bordo).

      Los “Documentos de Capitanía Marítima": la Declaración general del capitán (declaración de las características del buque, cuadro de tripulación que precisa, operaciones portuarias que realizará, y la fecha de expiración de los diferentes certificados de navegación del buque), la Declaración de residuos (certificado del tipo y cantidades de residuos – aguas de sentina, basuras, aguas sucias, lastre sucio,… - que lleva el buque), y el resto de Documentos de Capitanía.

    4. Procedimientos asociados a la estiba y Desestiba:

      El consignatario entregará al estibador “Información sobre los medios de descarga” del buque para que pueda prever la necesidad de grúas y personal.

      Solicitará el “Permiso de remoción” (manipulación de carga a bordo para permitir la estiba o Desestiba de los contenedores a descargar en puerto) al Resguardo Fiscal y, una vez autorizado, entregará las “Instrucciones de remoción” pertinentes al estibador.

    GESTIÓN PORTUARIA DE LA CARGA

    En una importación, con carácter previo a la llegada del buque, es necesario seguir un conjunto de circuitos para que el Armador y Consignatario informen al resto de implicados de la información vinculada al buque y mercancías que transporta, y puedan prever sus gestiones u operaciones:

    -

    1. Hará llegar la “notificación de llegada” a los transitarios o agentes de aduana para que prevean su gestión e inicien los trámites de despacho pertinentes. -

    2. La “previsión de llegada” y el “premanifiesto” al estibador para que programe las operaciones. -

    3. El premanifiesto a la Autoridad Portuaria que lo hará llegar también a la Aduana (importación) La Aduana numerará el premanifiesto y lo enviará al Resguardo Fiscal de muelle.

    El premanifiesto es un documento que se elabora mediante el Manifiesto de carga original generado en el puerto de origen, y que el consignatario de origen o el Armador hacen llegar al consignatario de destino. Manifiesto y Premanifiesto son en realidad el mismo documento: dependen del momento en el que se presentan – una vez atracado el buque o antes, respectivamente - siendo la declaración oficial que el consignatario hace de las mercancías a descargar.

    En base al Manifiesto de carga original que transporta el capitán, el consignatario contrastará los datos enviados y comunicará, si es preciso, los “Comunicados de faltas, sobras e incidencias, y las Correcciones de los manifiestos” pertinentes.

    Para la manipulación de la mercancía, el consignatario enviará las “Órdenes de Manipulación” a la terminal: conjunto de documentos necesarios para que la Terminal sepa cómo debe manipular las mercancías (incluye las órdenes de vaciado para los LCL, las órdenes de manipulación de la mercancía, las instrucciones de remoción,…)

    Estas gestiones del consignatario, junto a otras muchas de gestión y explotación del buque y de los contenedores, son las que están normalmente cubiertas por las COMISIONES SOBRE EL FLETE.

    FACTORES CORRECTORES DEL FLETE

    Los Factores Correctores del flete: durante la vigencia de un acuerdo o arreglo, Conferencia Marítima de Fletes, pueden sucederse cambios, imprevistos o extraordinarios, que incidan negativamente en la explotación del servicio. Los factores correctores, que pueden ser aplicables a escala general o para un puerto, se establecerán para afrontar estos aumentos y compensar las pérdidas de ingresos durante la vigencia de la conferencia. No obstante, han de estar debidamente justificados y se han de someter a consulta con los usuarios:

    1. BAF ("Bunker Adjustement Factor") : factor corrector aplicado por el aumento del coste del combustible durante la vigencia de una conferencia.

    2. CAF (“Currency Adjustement Factor”): factor corrector aplicado por las variaciones en el tipo de cambio de las divisas con las que se había calculado el flete y los costes del buque en puerto.

    3. WR ("War Risk"): factor corrector aplicado por el incremento del coste del seguro del buque cuando este debe recorrer itinerarios de riesgo (zonas de conflicto, guerras...)

    TASAS PORTUARIAS A LA MERCANCÍA

    En concepto de la utilización de las infraestructuras portuarias (Tasas Portuarias) por la mercancía:

    La Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, publicada en el BOE número 284; define las "tasas portuarias" aquellas exigidas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público y por la prestación de servicios no comerciales por las Autoridades Portuarias (Art.14)

    Clasifica la "Tasa a la Mercancía" como la ocupación privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario por las mercancías, y la "Tasa por Servicios Generales" por la prestación de servicios no comerciales a las mercancías por las Autoridades Portuarias.

  • La Tasa a la Mercancía (Art. 24): el hecho imponible consiste en la utilización por las mercancías que se embarquen, desembarquen, transborden o efectúen tránsito marítimo o terrestre, de las instalaciones de atraque, zonas de usos comerciales asociados a la carga y descarga del buque, accesos y vías de circulación terrestres viarios y ferroviarios, y otras instalaciones portuarias fijas.

  • La Tasa por Servicios Generales (Art. 29): el hecho imponible consiste en la prestación o realización por la Autoridad Portuaria de los servicios generales del puerto enumerados en el Art.58 de la misma ley.

    En cuanto a la cuantía de la Tasa a la Mercancía:

    Los elementos cuantitativos de esta son: el elemento de transporte, el tipo de operación, el peso, la clase y la forma de presentación de la mercancía o, en mercancías transportadas de forma unitaria, la unidad de carga. (Art. 24.4)

    Y la cuota de la tasa se fijará en función de:

    I) Carácter de la terminal: concesionada o autorizada, o no.

    A) Tipo de operación (ver Art.16.i)

    a) Cuando se embarquen o desembarquen:

    a.1) Régimen por grupos de mercancías

    a.2) Régimen por estimación simplificada

    Y distingue las mercancías de los envases, contenedores, cisternas u otros recipientes o elementos que se utilicen para contener las mercancías en su transporte.

    La Ley incluye Bonificaciones en los artículos 27.2 y 4.

    Y la Tasa por Servicios Generales (Art. 29), cuyo importe para los años 2004 y 2005 se definen en la Disposición Transitoria Sexta: 20% de la Tasa a la Mercancía.

    DEMORAS

  • OCUPACIONES O ALMACENAJE TEMPORAL: el objetivo fundamental de los puertos españoles es asegurar la transferencia de mercancías entre los medios de transporte marítimo y terrestre en condiciones de eficacia, economía, agilidad y seguridad, aunque en ocasiones la mercancía permanezca un tiempo en las instalaciones portuarias.

    No existe ningún límite de tiempo que no sea el que determina el propio carácter aduanero de los puertos. Así, a la descarga de una mercancía se deberá presentar el DUA (Despacho Aduanero) en un plazo máximo de 45 días.

    En la actualidad y en el Port de Barcelona todos los servicios a la mercancía son ofrecidos mediante gestión indirecta, terminales privadas. De acuerdo con la legislación vigente, que vela por los intereses de los usuarios finales, cada Autoridad Portuaria fijará unas tarifas máximas de obligado cumplimiento para los servicios portuarios prestados en régimen de gestión indirecta. (Ley de Puertos y de la Marina Mercante). Así, las Tarifas Empresarias Máximas para los Trabajos de TCB y TERCAT contemplan un periodo de 5 días de franquicia desde el final de la descarga (*), siendo a partir del 6º. día:

    Cont. de 20 o 30’ lleno

    Cont. de 20 o 30’ vacío

    Cont. de 35 o 40’ lleno

    Cont. de 35 o 40’ vacío

    180 pts/cont./día

    360 pts/cont./día

    360 pts/cont./día

    720 pts/cont./día

    * TCB contempla que para las exportaciones no repercutirá el coste del almacenaje.

    OCUPACIONES

  • DEMORAS: además de la ocupación de muelle, en el tráfico de contenedores la mercancía ocupa también el contenedor – propiedad normalmente del porteador.

    Las demoras, término que se acostumbra a utilizar para identificar la ocupación de un contenedor, es el coste que fija cada Armador (conferenciado o no) por la ocupación de sus contenedores. Aunque en la práctica habitual no hay uniformidad en cuanto a los valores de aplicación, como norma general tienen un trato diferente los contenedores estándar (según sean de 20’ o de 40’) que los contenedores High Cube, reefers (frigoríficos), Open Top,…

    Su aplicación varía en función del tipo de contenedor y del número de días de ocupación. Al igual que con las ocupaciones de muelle, cada Armador acostumbra a dar un determinado tiempo de franquicia para facilitar el despacho, descarga y devolución del contenedor vacío.

    LA INSPECCIÓN FÍSICA EN PUERTO

    Es potestativo de las autoridades aduaneras que, durante el Despacho Aduanero de una mercancía, sea necesaria su inspección. La inspección de la mercancía consta de una inspección documental (documentación necesaria que justifique el origen, calidad, cantidad, valor,…) y/o de un reconocimiento físico (Identificación de la mercancía declarada, signos distintivos, calidad y cantidades declaradas,…). Según sea la inspección física, los movimientos físicos serán:

    Así, para una inspección en la que no sea necesario la manipulación de la mercancía:

  • Movimiento Horizontal del contenedor: concepto que responde al posicionamiento del contenedor en la zona determinada de la terminal portuaria para la realización de las inspecciones. Su aplicación varía en función del tipo de contenedor (20 ó 40’) y por cada movimiento efectivo realizado: movimiento de ida y movimiento de retorno.

    Y para una inspección en la que sea necesario la manipulación de la mercancía:

  • Movimiento Horizontal del contenedor (X 2): este concepto responde al posicionamiento del contenedor junto al Tinglado (almacén) de la Terminal Portuaria donde se descargarán las mercancías y, una vez despachadas y cargadas de nuevo, su retorno al depot o explanada.

  • Manipulación de las mercancías: responde a la manipulación efectiva de la mercancía que sea necesario descargar, a requerimiento de las autoridades aduaneras, para su reconocimiento físico. En la práctica se acostumbra a realizar un pasillo (descarga de la mitad del contenedor para permitir acceder hasta el fondo del mismo) o un vaciado (descarga completa para realizar un clasificado y recuento). Será de aplicación en función del volumen efectivo de mercancía descargada, contemplando como una tonelada completa la fracción, para cada operación – descarga y carga posterior - y para un movimiento mínimo de 5 toneladas y un coeficiente reductor en función del volumen final de mercancía descargada del 0,1k por la correspondiente reestructuración de la mano de obra portuaria.

    Resumen de conceptos de la factura portuaria

    • El FLETE como resultado del transporte marítimo y de los procedimientos previos asociados a la operativa del buque.

    • Obtención de DIVISAS como resultado de la obtención de divisas necesarias para liquidar el flete.

    • Los FACTORES CORRECTORES del flete como resultado de los cambios extraordinarios o imprevistos durante la vigencia de un flete.

    • La THC como resultado de la manipulación de la mercancía en las terminales portuarias y de los procedimientos asociados a la operativa portuaria con la terminal.

    • La TASA A LA MERCANCÍA como resultado de la utilización de las instalaciones portuarias.

    • La GESTIÓN DEL CONSIGNATARIO como resultado de la operativa portuaria entre Consignatario y Transitario, agente de aduanas, receptor/cargador, terminal portuaria y transportista. (Notificación de llegada, Conocimiento de Embarque B/L –, Confirmación de Partida, Entréguese)

    • La GESTIÓN DEL Agente de Aduanas como resultado del procedimiento de despacho de las mercancías (presentación DUA, obtención Levante, liquidación DUA; y/o presentación dovvvvcumentación adicional, coordinación inspección física, representación y obtención del Levante – inspección documental o física), así como de aportar las garantías aduaneras.

    • GARANTÍA DEL ARTÍCULO 102: aval para responder globalmente del aplazamiento de pago de la deuda aduanera previsto en el Código Aduanero.

    • Las OCUPACIONES como resultado del almacenamiento temporal de una mercancía en la terminal portuaria.

    • Las DEMORAS como resultado de la ocupación del contenedor.

 

Esquema de la factura portuaria

Cruzando los diferentes términos que han ido apareciendo en el proceso físico y circuito documental, y agrupándolos por los diferentes operadores que normalmente los prestan, obtenemos el siguiente cuadro o esquema de la factura final:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Y la gestión necesaria para contratar el medio de transporte principal. Nos encontramos así habitualmente con:

  • HAT, SADA, gestión impresos...:

    otra parte más en la gestión de todo buen operador, de la cual dependen además elementos cualitativos de gran trascendencia en un servicio puerta a puerta. Por ejemplo, consolidar mercancía poco susceptible a controles aduaneros en las fronteras, con mercancía muy susceptible, ralentiza la agilidad documental y por consecuencia retrasa la salida del contenedor de dichos recintos aduaneros. Consolidar así la mercancía susceptible al fondo del contenedor, provoca manipulaciones extraordinarias en los puertos para poder acceder a ellas y realizar así las inspecciones físicas de las mismas, con sus consiguientes riesgos físicos. Analizar correctamente los riesgos a las mercancías tras su combinación, teniendo en cuenta las condiciones atmosféricas por las que el contenedor transcurrirá, la salinidad del medio, la concentración de humedad y altas temperaturas en su interior..., minimizará riesgos de contaminación o alteración del producto.

    “El criterio más importante para la elección de un transportista para un servicio de grupaje marítimo de mercancías es, por este orden, la capacidad de éste para ofrecer un servicio puerta a puerta, la fecha de entrega y el coste; aunque la profesionalidad, credibilidad y confianza inspirada por él son también características a tener en cuenta. Otros factores significativos son la flexibilidad del transportista frente fluctuaciones de la demanda, la reacción frente incidentes, la capacidad de ofrecer servicios de valor añadido, la transparencia o capacidad de ofrecer la trazabilidad de la mercancía...

    Cuando el volumen a transportar es limitado, la unificación de las mercancías en unidades de carga normalizadas tiene una incidencia vital para el transportista, pero ajena al interés del cargador. Cuando el volumen a transportar es limitado, la unificación de las mercancías en unidades de carga normalizadas tiene una incidencia vital para el transportista, pero ajena al interés del cargador.

    Es evidente también que, cuanto más elevada es la facturación del cargador, más se tiende a la negociación de tarifas, y que más del 80% de los cargadores tienen en cuenta aspectos como el cumplimiento de la reglamentación, la complejidad de la operación y la posibilidad de contratar servicios adicionales al transporte. Normalmente se establece una relación de colaboración y confianza entre las partes.”

    El coste del transporte de una mercancía es el resultado del transporte de la mercancía entre dos puntos y, posiblemente, del Despacho Aduanero, del acondicionamiento de la mercancía, del almacenaje e incluso, de la contratación de otras operaciones o servicios durante el mismo.

    En esta presentación el Servicio de Atención al Cliente quiere hacer uso de su principal misión:

    “dar transparencia al paso de las mercancías en el puerto”


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    Con los apuntes, investigaciones y experiencias del reconocido experto y consultor en comercio exterior y aduanas el econ. Oscar Bisetti Pinedo / Dr. Logistico Network™ - Laboratorio 

    En sus siguientes links:

    http://www.oocities.org/dr_logistico2004/

    http://www.oocities.org/ar/obisetti2003/

    http://www.oocities.org/ar/dr_logistico2004/

    http://www.oocities.org/es/aaacomercioexterior/

    http://www.oocities.org/capacitacionencomercioexterior/

    http://www.oocities.org/ar/cursodelogistica/

    http://www.oocities.org/defensadelconsumidorlogistico/

    http://www.oocities.org/ar/aprenda_logistica/

    http://www.oocities.org/posta_logistica/

    http://www.oocities.org/bancodedesarrollologistico/

    http://www.oocities.org/espanol/abc_comercio_electronico/

    http://www.oocities.org/logistica_a1/

    http://www.oocities.org/academia_logistica/

    http://www.oocities.org/drlogisticom/

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    ABC COMERCIO EXTERIOR, ABC LOGISTICA: CON EL DR. LOGISTICO POR OSCAR BISETTI

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