Excepciones perentorias
© Copyright 2003 by Ermo Quisbert Huanca, since 1997,Jorge Machicado Quisbert, and Margot Mariaca Machicado both, since 2003. All rights reserved. Todos los derechos reservados.
§ concepto
§ enumeración de las excepciones perentorias
prescripción y la conciliación
plazo para interponer excepciones perentorias
§ efectos de las excepciones perentorias
Aquel interpuesto por el demandado con la finalidad de extinguir el proceso por la destrucción de la acción del actor. (CPC, 336 incs. 9, 10, 11)
- De hecho (exceptio facti), por ejemplo la prescripción
- De derecho (exceptio jure), por ejemplo la conciliación.
1. La prescripción
2. La conciliación
3. El desistimiento del derecho
4. El pago
5. La novación
6. Confusión
7. Pérdida de la cosa debida
8. Compensación
La enumeración no es taxativa, estas excepciones últimas y otras están en los códigos y las leyes substantivas y toman en nombre de los hechos extintivos de las Obligaciones.
El paso del tiempo hace perder o ganar derechos, entonces el demandado pedirá al juez que el actor ya no tiene derecho porque el tiempo de exigir ya pasó. Por ejemplo, el reclamo de alquileres devengados tiene un plazo de prescripción de 3 meses.
Conciliación. Como su resolución (Acta de Conciliación) tiene carácter de cosa juzgada (LCN, 92 párrafo II; CC, 949), ya no se puede iniciar proceso alguno sobre el mismo objeto de la conciliación.
En un proceso anterior el actor desistió tácitamente (dejando pasar un año sin impulsar el proceso) o expresamente (a través de una transacción) por lo que no puede demandar nuevamente
El pago extingue el proceso porque ya se cumplió con la prestación. No se debe ya nada. Esta excepción no esta en el 336 del CPC, esta en la ley positiva.
La novación se interpone como excepción porque demandado también es acreedor del actor, por el mismo monto demandado. Las deudas se compensan.
Se tiene 15 días de plazo fatal para presentarlos, desde el día siguiente de la notificación con la demanda (CPC, 388 párrafo I).
En realidad estas excepciones se interponen juntamente con la contestación.