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REFORMA AL IMPUESTO A LAS CUENTAS CORRIENTES. La norma que amplía del 2,5 por mil al 4 por mil la tasa de este impuesto, es el decreto 503/2001 que puede leer haciendo clic en su nombre. El decreto indica que este aumento del 1,5 por mil se utilizará para el pago de Ganancias y del IVA, en un 50% para cada uno. SI no tiene una actividad gravada por el IVA podrá usar el 100% para Ganancias y viceversa, si no tiene Ganancia el 100% para el IVA. No legisla sobre el Monotributo. Deberá tener constancias que acrediten la retención del impuesto realizada por el banco y contabilizarla todos los meses. Esto obligará a modificar sistemas contables, de gestión y el software de la DGI. Ejemplo: Si hace cheques en el mes por $40.000, depositará otros $40.000 para cubrirlos. Entonces el impuesto total a pagar será 0,4% de $80.000 (40.000 + 40.000), o sea la suma de $320.00 por mes. De cumplirse lo informado se podría aplicar al pago del IVA y/o ganancias solo $120.- por mes. Como norma general $60.- para el IVA y $60.- para Ganancias. * Para los agentes de retención. La RG 1002/01 de la DGI impone un nuevo aplicativo para la presentación de la declaración jurada con su disquete y/o compact-disc, y un nuevo calendario de vencimientos. El aplicativo recién estará disponible a partir del 15 de mayo del 2001.
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