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REFORMA AL IMPUESTO A LAS CUENTAS CORRIENTES.

  La norma que amplía del 2,5 por mil al 4 por mil la tasa de este impuesto, es el decreto 503/2001 que puede leer haciendo clic en su nombre.

El decreto indica que este aumento del 1,5 por mil se utilizará para el pago de Ganancias y del IVA, en un 50% para cada uno.  SI no tiene una actividad gravada por el IVA podrá usar el 100% para Ganancias y viceversa, si no tiene Ganancia el 100% para el IVA.

No legisla sobre el Monotributo.

Deberá tener constancias que acrediten la retención del impuesto realizada por el banco y contabilizarla todos los meses.  Esto obligará a modificar sistemas contables, de gestión y el software de la DGI.

Ejemplo:

Si hace cheques en el mes por $40.000, depositará otros $40.000 para cubrirlos.  Entonces el impuesto total a pagar será 0,4% de $80.000 (40.000 + 40.000), o sea  la suma de $320.00 por mes. De cumplirse lo informado se  podría aplicar al pago del IVA y/o ganancias solo $120.- por mes.  Como norma general $60.- para el IVA y $60.- para Ganancias.

* Para los agentes de retención.

  La RG 1002/01 de la DGI impone un nuevo aplicativo para la presentación de la declaración jurada con su disquete y/o compact-disc, y un nuevo calendario de vencimientos.  El aplicativo recién estará disponible a partir del 15 de mayo del 2001.

 

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Última modificación: 10 de mayo de 2001