ESTUDIO E I C    Suscríbase, y reciba información, GRATIS !!! Ya editamos más de CIEN números...
 ASESORAMIENTO IMPOSITIVO, CONTABLE Y ORGANIZACIONAL; MiPyMEs; - INFORMÁTICA; - REDES - Internet -
 www.estudioeic.com.ar

!! Utilice su MSN  Messenger para conectarse.

 Estamos organizando

                                                

Presentación www.estudioeic.com.ar

                                                

Web  Site

Actividades Profesionales !!
DATOS y LINKS útiles
NOVEDADES
Redes para PC
Seguridad Informática 
Vtos. Impositivos  

                                                

NOVEDADES

Últimas noticias económicas, impositivas y de las MiPyMEs.  Notas de otros temas.  Se actualiza siempre.

                                                

Leyes y artículos

  Algo sobre SPAM

 Circulares EIC

  Cómo ser exitoso  

  Déficit cero  

  Diseño de Webs

  e-Boletines

  e-Commerce

  Firma digital

  Inflación  

  Intangibilidad depósitos

  Nueva Ley PyME  

  Reforma Laboral

  Reingeniería Empresaria 

  Seguridad informática  

  Servicios a MiPyMEs

  Tregua Piratería 

 

 

 

 

 

Las implicancias de utilizar software sin licencias adecuadas.

(busque en los hipervínculos información ampliada)

    En esta nota trataremos de resumir la situación y la exposición en que se encontrarán los usuarios de programas de computación (software) en sus PC’s.   Es público y reconocido que fue modificada la Ley de propiedad intelectual, la conocida Ley 11.723 , y entonces a partir de noviembre de 1998, con la Ley 25.036, ha quedado incorporado la creación de software dentro del marco de la propiedad intelectual.  Fue una lucha durante años de los creadores, empresas creadoras y las cámaras que los aglutinan, pero se dictó la ley y está vigente, tal como ocurre en la mayoría de los países del mundo.

   No es cuestión de discutir si la ley está bien o mal ya que aún no fue masivamente aplicada y las denuncias las están recopilando entidades privadas, algunas de ellas sin fines de lucro como las Cámaras y las derivan, generalmente, a la organización llamada SOFTWARE LEGAL que es una Asociación Civil sin fines de lucro, cuyos integrantes son Adobe Systems Inc. Attachmate, Autodesk Inc., Corel Corporation, Edusoft S.A., Macromedia Inc., Microsoft Corporation, Network Associates Inc., Santa Cruz Operations, Symantec Corporation.

   En los últimos días ha tomado notoriedad sus allanamientos, principalmente por el desarrollado a la empresa de transportes TBA y por los avisos institucionales que realizan en la TV anunciando una tregua de 45 días hasta el 15/11/2000. Software Legal está otorgando 45 días de tregua, es decir que NO se realizarán acciones judiciales contra empresas usuarias de software para que de esta manera puedan adquirir las licencias faltantes en su parque informático.   También aumenta su presencia el hecho de que, por ejemplo Microsoft, ha comenzado una campaña gráfica en la que da la posibilidad de comprar software, de su marca, y los paquetes de licencias, con pagos en seis cuotas, si compra antes del 30 de noviembre.

   Todo converge hacia el mismo punto: control de la piratería informática.  Si desea obtener más información institucional puede visitar www.softwarelegal.org.ar  o el sitio de Microsoft Argentina S.A. en www.microsoft.com/argentina/ , sitios de Internet que seguramente le brindarán detalles interesantes.  Pero no todo termina aquí.

   Debemos destacar que la tregua de Software Legal no alcanza a los distribuidores de equipos computarizados, solo alcanza a los usuarios.  Los primeros no tienen ya tiempo, no tienen tregua.

   La ley 25.036 dice claramente en su artículo 1º:”A los efectos de la presente ley, las obras científicas, literarias y artísticas comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión, entre ellos los programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales; las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas, las obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura; modelos, y obras de arte o ciencias aplicadas al comercio o a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos, fotografías, grabados y fonogramas; en fin, toda producción científica, literaria, artística o didáctica, sea cual fuere el procedimiento de reproducción.
La protección del derecho de autor abarcará la expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos pero no esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí.”

   Ahora hablaremos de algunos de los allanamientos más exitosos y conocidos realizados con apoyo de la Justicia.  No solo visitaron empresas reconocidas y de magnitud, sino también pequeños comercios de informática y otros medianos.  No hay que calificar para recibir la visita de la auditoría, en realidad solo basta con la denuncia de un tercero, por supuesto.  Después de la auditoría y los formularios que se elaboran durante la visita de control, prosiguen las acciones judiciales y poco  queda por hacer para desligar responsabilidades que pueden terminar en sentencias de prisión desde un mes hasta 6 años, dependiendo de la magnitud y los antecedentes.  Los usuarios comerciales, los particulares, los hogareños, también han sido afectados por estos operativos y algunos ya han recibido sanción.

   Los productos a controlar son todos, los operativos, las aplicaciones, los juegos, todo.  Luego podrán avanzar en las acciones judiciales solo por las empresas que representan pero también deberán denunciar que otras anomalías encontraron y se notificaría a los otros damnificados.

   Rápidamente, algunos de los allanamientos realizados son: San Sebastián S.A., FADA Ind.Comercial y farmacéutica SRL, Asociación Concesionarios de Automotores, Myeel Medidores y Equipos Eléctricos S.A., Trenes de Buenos Aires (TBA), Meganet Informática, Laboratorios Beta, Grupo Cartellone, Createc, Cybershop, Audicom, Danysoft, Real Time, Café Cabrales, Azul computación.  Todos estos allanamientos son públicos, de distintas provincias y Capital Federal, y están detallados en haciendo justicia de SOFTWARE LEGAL

   Como se observa, ya han trabajado suficiente como para preguntarse si la Ley 25.036 se aplicará masivamente.  Nadie tiene la respuesta certera, pero en la medida que el Poder Judicial siga motivando a sus  jueces a participar de este movimiento de limpieza de la piratería, que es uno de los mayores factores de evasión, estaremos más cerca de conocer acciones con allanamientos en nuestra zona.  Solo es cuestión de tiempo.

   Poseer y utilizar software no licenciado o no correctamente registrado es no cumplir con la Ley.  Incluso el software OEM -el instalado en la PC al comprarla- tiene su registro oficial, y no poseerlo significa que Ud. está utilizando software pirata, no importa como vino a sus manos.  Siempre hay una concurrencia de personas en un evento, incluso en un delito.  Cabe distinguir entre las que son autores y otras que participan en el mismo pero que no son autores.  Es autor, quien tiene dominio del hecho delictivo. Esto significa que el autor es quien tiene el dominio sobre la configuración central del hecho.  Los que  participan en la comisión de un delito, son llamados en general "partícipes", y se dividen en "necesarios" y "secundarios".  Con estas definiciones Ud. podrá ya tener idea clara que siempre hay responsabilidad en los casos de utilizar software no registrado correctamente.

   Hablamos de empresas, de comercios, de particulares y dejamos para el final al sector del Gobierno, en todos sus órdenes y los controles de piratería sobre Internet.   Las organizaciones internacionales, como BSA, que se dedican a combatir la piratería informática, siempre manifiestan que por envergadura el principal evasor es el gobierno, el Estado.  No solo en Argentina, sino en muchos otros países.  Todavía no salieron a la luz allanamientos o auditorías a los Gobiernos, tanto el nacional como los provinciales y hasta los municipales, pero también será cuestión de tiempo.  Y si lo hacen serán todos los poderes, incluso el Poder Judicial  que soporta las inspecciones.  Sobre lo publicado en Internet se iniciaron procesos judiciales pero por ahora, en menor cuantía.

   Hay mucho por trabajar y son pocos quienes los pueden hacer.  Pero no lo olvide, si entra en la lista Ud., su empresa, su comercio, su organización, su Gobierno, y no tienen las licencias en regla, los problemas que sufrirá, serán de envergadura. 

   Hemos realizado auditorías informáticas a pedido de la Justicia y de particulares, y le aseguramos que es muy simple detectar el software mal licenciado.

Si desea consultarnos, hágalo a  consulta@estudioeic.com.ar.

 

 

Copyright © 1998-2003.  [Estudio EIC]. Reservados todos los derechos.   Enviar correo electrónico con preguntas o comentarios sobre este sitio Web, a consulta@estudioeic.com.ar .    Última modificación: 17 de Febrero de 2004