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Las implicancias de utilizar software sin licencias adecuadas. (busque en los hipervínculos información ampliada)
En esta nota trataremos de resumir la situación
y la exposición en que se encontrarán los usuarios de programas de computación
(software) en sus PC’s. Es
público y reconocido que fue modificada la Ley de propiedad intelectual, la
conocida Ley 11.723 , y entonces a partir de
noviembre de 1998, con la Ley 25.036, ha quedado
incorporado la creación de software dentro del marco de la propiedad
intelectual. Fue una lucha durante
años de los creadores, empresas creadoras y las cámaras que los aglutinan,
pero se dictó la ley y está vigente, tal como ocurre en la mayoría de los países
del mundo.
No es cuestión de discutir si la ley está bien o mal ya que aún no fue
masivamente aplicada y las denuncias las están recopilando entidades privadas,
algunas de ellas sin fines de lucro como las Cámaras y las derivan,
generalmente, a la organización llamada SOFTWARE
LEGAL que es una Asociación Civil
sin fines de lucro, cuyos integrantes son Adobe Systems Inc. Attachmate,
Autodesk Inc., Corel Corporation, Edusoft S.A., Macromedia Inc., Microsoft
Corporation, Network Associates Inc., Santa Cruz Operations, Symantec
Corporation.
En los últimos días ha tomado notoriedad sus allanamientos,
principalmente por el desarrollado a la empresa de transportes TBA y por
los avisos institucionales que realizan en la TV anunciando una tregua de 45 días
hasta el 15/11/2000. Software Legal está
otorgando 45 días
de tregua, es decir que NO se realizarán
acciones judiciales contra empresas usuarias de software para que de esta manera
puedan adquirir las licencias faltantes en su parque informático.
También aumenta su presencia
el hecho de que, por ejemplo Microsoft, ha comenzado una campaña gráfica en la
que da la posibilidad de comprar software, de su marca, y los paquetes de
licencias, con pagos en seis cuotas, si compra antes del 30 de noviembre.
Todo converge hacia el mismo punto: control de la piratería informática.
Si desea obtener más información institucional puede visitar www.softwarelegal.org.ar
o el sitio de Microsoft Argentina S.A. en www.microsoft.com/argentina/
, sitios de Internet que seguramente le brindarán detalles interesantes.
Pero no todo termina aquí.
Debemos destacar que la tregua de Software Legal no alcanza a los
distribuidores de equipos computarizados, solo alcanza a los usuarios.
Los primeros no tienen ya tiempo, no tienen tregua.
La ley 25.036 dice claramente en su artículo 1º:”A
los efectos de la presente ley, las obras científicas, literarias y artísticas
comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión, entre ellos los
programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros
materiales; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales;
las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas, las obras de dibujo,
pintura, escultura, arquitectura; modelos, y obras de arte o ciencias aplicadas
al comercio o a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos,
fotografías, grabados y fonogramas; en fin, toda producción científica,
literaria, artística o didáctica, sea cual fuere el procedimiento de
reproducción.
Ahora hablaremos de algunos de los allanamientos más exitosos y
conocidos realizados con apoyo de la Justicia.
No solo visitaron empresas reconocidas y de magnitud, sino también pequeños
comercios de informática y otros medianos.
No hay que calificar para recibir la visita de la auditoría, en realidad
solo basta con la denuncia de un tercero, por supuesto.
Después de la auditoría y los formularios que se elaboran durante la
visita de control, prosiguen las acciones judiciales y poco
queda por hacer para desligar responsabilidades que pueden terminar en
sentencias de prisión desde un mes hasta 6 años, dependiendo de la magnitud y
los antecedentes. Los usuarios
comerciales, los particulares, los hogareños, también han sido afectados por
estos operativos y algunos ya han recibido sanción.
Los productos a controlar son todos, los operativos, las aplicaciones,
los juegos, todo. Luego podrán
avanzar en las acciones judiciales solo por las empresas que representan pero
también deberán denunciar que otras anomalías encontraron y se notificaría a
los otros damnificados.
Rápidamente, algunos de los allanamientos realizados son: San
Sebastián S.A., FADA Ind.Comercial y farmacéutica SRL, Asociación
Concesionarios de Automotores, Myeel
Medidores y Equipos Eléctricos S.A., Trenes de Buenos Aires (TBA), Meganet
Informática, Laboratorios Beta, Grupo Cartellone, Createc, Cybershop, Audicom,
Danysoft, Real Time, Café Cabrales, Azul computación.
Todos estos allanamientos son públicos, de distintas provincias y
Capital Federal, y están detallados en haciendo justicia de SOFTWARE
LEGAL
Como se observa, ya han trabajado suficiente como para preguntarse si la Ley 25.036
se aplicará masivamente. Nadie
tiene la respuesta certera, pero en la medida que el Poder Judicial siga
motivando a sus jueces a participar
de este movimiento de limpieza de la piratería, que es uno de los mayores
factores de evasión, estaremos más cerca de conocer acciones con allanamientos
en nuestra zona. Solo es cuestión
de tiempo.
Poseer y utilizar software no licenciado o no correctamente registrado es
no cumplir con la Ley. Incluso el
software OEM -el instalado en la PC al comprarla- tiene su registro
oficial, y no poseerlo significa que Ud. está utilizando software pirata, no
importa como vino a sus manos. Siempre
hay una concurrencia de personas en un evento, incluso en un delito.
Cabe distinguir entre las que son autores y otras que participan en el
mismo pero que no son autores. Es
autor, quien tiene dominio del hecho delictivo. Esto significa que el autor es
quien tiene el dominio sobre la configuración central del hecho.
Los que participan en la
comisión de un delito, son llamados en general "partícipes", y se
dividen en "necesarios" y "secundarios". Con estas definiciones Ud. podrá ya tener idea clara que
siempre hay responsabilidad en los casos de utilizar software no registrado
correctamente.
Hablamos de empresas, de comercios, de particulares y dejamos para el
final al sector del Gobierno, en todos sus órdenes y los controles de piratería
sobre Internet. Las
organizaciones internacionales, como BSA, que se dedican a combatir la piratería
informática, siempre manifiestan que por envergadura el principal evasor es el
gobierno, el Estado. No solo en
Argentina, sino en muchos otros países. Todavía
no salieron a la luz allanamientos o auditorías a los Gobiernos, tanto el
nacional como los provinciales y hasta los municipales, pero también será
cuestión de tiempo. Y si lo hacen
serán todos los poderes, incluso el Poder Judicial
que soporta las inspecciones. Sobre
lo publicado en Internet se iniciaron procesos judiciales pero por ahora, en
menor cuantía.
Hay mucho por trabajar y son pocos quienes los pueden hacer.
Pero no lo olvide, si entra en la lista Ud., su empresa, su comercio, su
organización, su Gobierno, y no tienen las licencias en regla, los problemas
que sufrirá, serán de envergadura. Hemos realizado auditorías informáticas a pedido de la Justicia y de particulares, y le aseguramos que es muy simple detectar el software mal licenciado.
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