Como Empezó?

Decreto
Declaración
Proyecto de Ley


DECRETO N° 883
GOBERNACIÓN PROVINCIA DE MISIONES
POSADAS, 7 de Junio de 1999

VISTO: El Expte. N° 296/99 Registro del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables; Asunto "RATIF. CONV. ASOCIACIÓN ORNITOLÓGICA DEL PLATA"; y

CONSIDERANDO:

QUE en la cláusula Primera se ratifica en todas sus partes el Convenio firmado oportunamente el 04 de Junio de 1996;
QUE a través del mencionado convenio se autorizó a la Asociación Ornitológica del Plata, a establecer el Centro de recuperación y recría de Aves en extinción de la Provincia de Misiones en el Lote "T" Subdivisión del lote "E" de la subdivisión del lote "A" del Municipio y Departamento Iguazú;
QUE el Lote mencionado fue declarado Paisaje Protegido a través de la Ley N°3468 en el marco de su similar N°2932 de Áreas Naturales Protegidas;
QUE la Ley 2932 determina que la autoridad de aplicación de la misma es el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables.-
QUE en el Artículo 49° inc. c) de la ley 2932 autoriza a celebrar convenios con Entidades Públicas, Privadas etc. para un mejor cumplimiento de la Legislación y el inc. s) a establecer cánones, tasas, contribución de mejoras como así el ingreso a las mismas todo dentro de las disposiciones legales vigentes;
QUE las tareas que realice la Asociación en pos de la defensa de las aves amenazadas de extinción y de rescate de numerosos ejemplares con escasa posibilidades de procreación y de recuperación son intensa y con escasos recursos humanos y financieros.
QUE a fojas 11 obra dictamen de ésa Asesoría Jurídica.
QUE es necesario aprobar el convenio firmado el día 29 de Abril de 1999;
QUE corresponde dictar el dispositivo legal pertinente

POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES
DECRETA:

ARTICULO 1°.- APRUÉBASE el convenio firmado oportunamente entre la Asociación Ornitológica del Plata representada por el Señor JORGE ANFUSO y el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables representado por el Dr. Ministro Ing. Agr. Luis Alberto REY, el día 29 del mes de Abril de 1999.-
ARTICULO 2°.- REFRENDARA el presente Decreto el Señor Ministro de Ecología y Recursos Naturales Renovables.
ARTICULO 3°.- REGISTRESE, comuníquese, tomen conocimiento el Ministerio de Ecologia y Recursos Naturales Renovables y remítase copia a la Asociación Ornitológica del Plata - Delegación Misiones. Cumplido. ARCHÍVESE.-

Luis Alberto Rey
Ministro MERNR Prov. de Misiones
Entre otros
Ing. Federico Ramóm Puerta
Gobernador Prov. de Misiones


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