National
Police Corps
Haremos un recorrido esquemático de la
estructura del Cuerpo Nacional de Policía.

Direccion General de la
Policia
Es competencia del Director General de la Policía, y bajo la supervisión del
Ministro del Interior y del Secretario de Estado para la Seguridad, ostentar
el mando directo del Cuerpo Nacional de Policía, con las siguientes
funciones, señaladas en el artículo 18 de la Ley 6/1.997:
1.- Dirigir, coordinar e inspeccionar los servicios y órganos centrales y
periféricos de la Dirección General de la Policía (D.G.P.)
2.- Gestionar la adquisición, uso y mantenimiento de los medios humanos,
materiales y técnicos precisos para la realización de los cometidos propios
de la Dirección General de la Policía (equipos de transmisión, informáticos
y electrónicos; armamento; medios de automoción; helicópteros; naves;
uniformes, etc.) asignándolos a las distintas Unidades de la D.G.P.
3.- Resolver o proponer, en su caso, las
cuestiones relativas al desarrollo de las actividades técnico-docentes
(selección, formación y perfeccionamiento) del personal del C.N.P., y a
cuantas cuestiones se refieran a la aplicación del régimen estatuario
del mismo.
4.- Proponer al Secretario de Estado para
la Seguridad los planes y proyectos de actuación operativa y de los
servicios de gestión y apoyo de medios personales y materiales adscritos
a la Dirección General de la Policía.
5.- Relacionarse directamente con las
autoridades administrativas, organismos y entidades públicas y privadas,
en lo referente a materias de seguridad pública y al funcionamiento de
los servicios operativos de la D.G.P. |
6.- Disponer la colaboración y prestación de auxilio a las policías de otros
países, en cumplimiento de las funciones que atribuye al Cuerpo Nacional de
Policía la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de conformidad
con los criterios que al respecto establezca la Secretaría de Estado de
Seguridad y conforme a lo establecido en Tratados o Acuerdos
internacionales, bajo la supervisión y dirección del Ministerio del
Interior.
7.- Dirigir, organizar y controlar el cumplimiento de lo dispuesto en
materia de extranjería, Documento Nacional de Identidad, Pasaportes ,
juegos, drogas, seguridad privada, vigilancia e investigación; espectáculos
públicos en el ámbito policial y en los términos previstos en la legislación
vigente. En el ejercicio de sus competencias en materia de extranjería,
inmigración y asilo actuará en coordinación con la Delegación del Gobierno
para la Extranjería y la Inmigración.
8.- La vigilancia e investigación de las conductas de los funcionarios,
contrarias a la ética profesional.
9.- La aplicación del régimen disciplinario del personal del Cuerpo Nacional
de Policía.
10.- Impulsar el análisis, planificación y desarrollo de los métodos,
técnicas y procedimientos en el ámbito operativo policial.
11.- En general, todas aquellas funciones que le atribuya la legislación
vigente o que le fueren delegadas.
A
nivel central, existirán la Junta de Gobierno y el Consejo Asesor, con la
composición y funciones determinadas para cada uno por la normativa vigente.
La Secretaría General de la Dirección General
de la Policía, es la que marca las
áreas de actuación del servicio policial en función de los objetivos
generales establecidos por el Director General del que depende la Junta de
Gobierno, donde están encuadrados todos los altos cargos de la Dirección, y
que cuenta además con un consejo asesor de personalidades de relevancia y/o
conocimiento del medio policial y/o delincuencial.
La Dirección
General se divide en dos grandes ramas, con rango de Subdirección General:
Subdirección General
Operativa
Especialmente
importante y trascendental es el área operativa, porque es la que está más
cerca del ciudadano y la que ejerce las labores propias de la función
policial "al pie del cañón" en la calle.
Colabora con el Director General en la dirección, coordinación y supervisión
de las unidades operativas supraterritoriales y territoriales; así como del
seguimiento y control de los resultados de los programas operativos.
Además, este
órgano central, dirige las Unidades Especiales dependientes de ella y
coordina y supervisa la actuación de las Comisarías Generales.
-
Sección de Asuntos Generales
-
Sección Gabinete de Enlace y Telegráfico
-
Unidad de Coordinación de Comisarías
Especiales
-
Cª E. Tribunal Constitucional
-
Cª E. Consejo Gral. del Poder Judicial
-
Cª E. Defensor del Pueblo
-
Cª E. Tribunal de Cuentas
-
Cª E. Audiencia Nacional
-
Sección de Casa de S.M. El Rey
-
Sección de Presidencia del Gobierno
-
Sección del Congreso de los Diputados
-
Sección del Senado
-
Sección del Tribunal Constitucional
-
Grupo Especial de Operaciones
-
Brigada de Régimen Interior
Las Comisarías Generales, todas ellas con nivel orgánico de Subdirección
General y dependientes de la Subdirección General Operativa ostentan
funciones de dirección técnica, centralización de la información y
coordinación operativa, desarrolladas a través de Servicios especializados.
Además de esta gestión "operativa", las Comisarías Generales tienen otras
funciones plenamente operativas, que dan respuesta por sí mismas a
determinados objetivos policiales, empleando sus propias Unidades y Brigadas
Centrales.
Le corresponden a este órgano central, las funciones de organizar y
gestionar lo relativo a la prevención, mantenimiento y, en su caso,
restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana; el control de las
empresas y del personal de la seguridad privada; la vigilancia de los
espectáculos públicos, dentro del ámbito de competencia del Estado; y la
protección de altas personalidades, edificios e instalaciones que por su
interés lo requieran.
Se subdivide en:
-
Unidad Central de Protección (Esta Unidad
tiene y ha tenido desde el inicio de la transición democrática (con
distintas denominaciones y estructuras organizativas), la gran
responsabilidad de proteger la integridad física de las altas
personalidades (V.P.Is.) españolas y extranjeras de visita en nuestro
país, frente a los riesgos de un ataque terrorista)
A
nivel periférico estos servicios se organizan, en función del riesgo y del
número de V.I.Ps. a proteger en cada demarcación territorial; bien con
unidades específicas o con personal de otras unidades del CNP.
-
Jefatura de Unidades de Intervención
Policial (U.I.Ps.)
-
Servicio Central de Desactivación de
Explosivos
-
Servicio de Unidades Especiales
-
Unidad Central de Seguridad Privada
-
Servicio de Policía de Proximidad y
Relaciones Ciudadanas
-
Unidad de Coordinación de Comisarías
Especiales
-
Cª E. Tribunal Constitucional
-
Cª E. Consejo Gral. del Poder Judicial
-
Cª E. Defensor del Pueblo
-
Cª E. Tribunal de Cuentas
-
Cª E. Audiencia Nacional
A
la que corresponden las funciones de investigación y persecución de las
infracciones supraterritoriales; especialmente los delitos relacionados con
las drogas, la delincuencia organizada, económica, financiera, tecnológica y
el control de los juegos de azar, así como la colaboración con las policías
de otros países y la dirección de las oficinas nacionales de Interpol y
Europol. Asimismo le corresponderá la dirección de los servicios encargados
de la investigación de delitos monetarios y los relacionados con la moneda,
así como la colaboración con los Servicios correspondientes del Banco de
España en estos asuntos.
Esta es la Unidad Central de Inteligencia Antiterrorista del Cuerpo
Nacional de Policía. Le corresponden las funciones de captación, recepción,
tratamiento y desarrollo de la información de interés para el orden y la
seguridad pública en el ámbito de las funciones de la Dirección General, y
la utilización operativa de la información, específicamente en materia
antiterrorista, en el ámbito nacional e internacional.
A la que corresponden las funciones de organizar y gestionar los servicios
de expedición del Documento Nacional de Identidad, de los Pasaportes y de
las Tarjetas de Extranjeros; el control de entrada y salida del territorio
nacional de españoles y extranjeros; la prevención, persecución e
investigación de las redes de inmigración ilegal; y en general, el régimen
policial de extranjería, refugio y asilo, e inmigración.
Le corresponden las funciones de prestación de los servicios de
criminalística, identificación, analítica e investigación técnica, así como
la elaboración de los informes periciales y documentales que le sean
encomendados.
Subdirección General de
Gestión y Recursos Humanos
La Subdirección General de Gestión y Recursos Humanos presta el apoyo que
requiere la planificación de toda acción operativa y de la propia
administración de una macroorganización pública moderna. Colabora con el
Director General en la dirección, coordinación y administración de los
recursos humanos y materiales; así como del seguimiento y control de los
resultados de los programas de gestión.
Bajo la coordinación de la Subdirección General
de Gestión y Recursos Humanos, las funciones de gestión en el ámbito
policial a nivel central serán realizadas por las siguientes Divisiones,
todas ellas con nivel orgánico de Subdirección General:
Le corresponde realizar las funciones de administración y gestión de todo el
personal adscrito a la Dirección General de la Policía.
A
la que corresponde realizar las funciones de estudio de necesidades;
análisis y control de calidad, y en su caso adquisición, de los productos y
equipamientos; asignación, distribución, administración y gestión de los
medios materiales atribuidos a la Dirección General.
Le corresponde realizar las funciones de selección, promoción, formación y
especialización de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía.
Subdirección del Gabinete
Técnico
El Gabinete Técnico ejerce labores de apoyo y asistencia a las labores del
Director General para el ejercicio de las funciones que le corresponden de
ejecución y seguimiento de los planes de actuaciones de la D.G.P., y de
redacción y tramitación de disposiciones de carácter general en el ámbito de
su competencia.
Este Órgano
Central tiene también rango de Subdirección General.
-
Instituto de Estudios de la Policía
-
Prensa y Relaciones Públicas
-
Relaciones Institucionales
-
Proyectos e Informes
-
Recursos Administrativos
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