Catalogación de recursos electrónicos
Análisis comparativo de las normas ISBD(CF) e ISBD(ER)
NOTAS PRELIMINARES 0.1. Alcance, objetivos y uso |
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ISBD (ER) |
![]() Las ISBDs proporcionan las especificaciones para incluir la mayor cantidad de información descriptiva necesaria para distintas actividades bibliográficas, y, por consiguiente, incluyen elementos que pueden ser esenciales para una o varias de esas actividades, pero no necesariamente para todas. Se recomienda que, en cada país, la agencia bibliográfica nacional, al aceptar la responsabilidad de crear el registro definitivo de toda publicación aparecida en dicho país, elabore la descripción definitiva que contenga todos los elementos obligatorios recogidos en la ISBD pertinente en tanto que la información sea aplicable al documento que se describa. Algunos elementos se consideran opcionales (se indican en el texto mediante el uso de la palabra "pueden") y la información sobre dichos elementos puede incluirse u omitirse a discreción de la agencia. Otras agencias catalogadoras tienen mayor libertad puesto que no proporcionan el registro definitivo para el intercambio internacional. Pueden seleccionar los elementos ISBD, obligatorios u opcionales, que incluyen en sus propios registros, siempre que los elementos seleccionados se incluyan en el orden prescrito y se transcriban con la puntuación prescrita de acuerdo con la ISBD pertinente. La descripción ISBD forma parte de un registro bibliográfico completo y normalmente no se utiliza por sí sola. Los otros elementos que configuran un registro bibliográfico completo, tales como encabezamientos, materias, títulos uniformes, elementos de ordenación y entradas secundarias no se incluyen en las especificaciones de la ISBD. A estos elementos se aplican, generalmente, las reglas de catalogación. |
0.1.3 Uso ![]() Las ISBDs proporcionan las especificaciones para incluir la mayor cantidad de información descriptiva requerida para distintas actividades bibliográficas, y, por consiguiente, incluyen elementos que pueden ser esenciales para una o varias de esas actividades, pero no necesariamente para todas. Se recomienda que, , la agencia bibliográfica nacional de cada país, al aceptar la responsabilidad de crear el registro definitivo de toda publicación aparecida en su territorio, lo haga de manera que la descripción definitiva contenga todos los elementos obligatorios recogidos en la ISBD pertinente en tanto que la información sea aplicable al documento descrito. Algunos elementos se consideran opcionales (se indican en el texto mediante el uso de la palabra "pueden") y la información sobre dichos elementos puede incluirse u omitirse a discreción de la agencia. Otras agencias catalogadoras tienen mayor libertad puesto que no proporcionan el registro definitivo para el intercambio internacional. Pueden seleccionar los elementos ISBD, obligatorios u opcionales, que incluyen en sus propios registros, siempre que los elementos seleccionados se ofrezcan en el orden prescrito y se transcriban con la puntuación prescrita de acuerdo con la ISBD pertinente. La descripción ISBD forma parte de un registro bibliográfico completo y normalmente no se utiliza por sí sola. Los otros elementos que configuran un registro bibliográfico completo, tales como encabezamientos, materias, títulos uniformes, elementos de ordenación y entradas secundarias no se incluyen en las especificaciones de la ISBD. A estos elementos se aplican, generalmente, las reglas de catalogación.. |
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Rosario López de Prado
Museo Arqueológico Nacional (BIBLIOTECA)