Introducción

 

La ley –basado en el Principio De Igualdad De Las Personas Ante La Leyno reconoce ningún fuero ni privilegio personal (CPE, 6; CP, 5). Excepto por razones de funciones que desempeñan en los organismos estatales, se plantean las siguientes excepciones a la ley:

·        Las inmunidades

o       de derecho interno (inmunidad penal e inviolabilidad parlamentaria o de opinión) y las

o       de derecho externo (inmunidad diplomática); y

·        Los fueros