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UNITE AL CLUB DESOCUPADOS |


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RST |
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REGLAS DE PARTICIPACIÓN |



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CONDICIONES GENERALES Para participar de la Red Solidaria del Trabajo se estipula que el interesado otorga credibilidad al Sistema Troquer, declarando conocer y aceptar las presentes Reglas. Asimismo concede su colaboración voluntaria en carácter de ayuda solidaria para el desarrollo productivo, conforme a su leal saber y entender y a sus posibilidades horarias, absteniéndose de efectuar reclamos de honorarios o compensación monetaria. La utilización de dinero corriente sólo será aplicable para los casos previstos en los puntos siete y ocho del presente. Se conviene en reconocer como principio fundamental de integración, la necesidad y predisposición individual o grupal de colaborar solidariamente en pro de una mejor calidad de vida de los asociados. Las presentes Reglas son de carácter obligatorio para toda la Red Solidaria del Trabajo. DEL INGRESO A LA RED Primera: El ingreso a la RST es absolutamente gratuito y sujeto a las pautas contenidas en el apartado de Asociación y Compromiso. Todos los datos consignados en la solicitud de ingreso a la Red Solidaria del Trabajo deberán ser verdaderos y verificables, bajo pena de considerarse nula de nulidad absoluta. Su tramitación es gratuita. Segunda: Las solicitudes serán remitidas al PAL a través de sus Registros, o por correo electrónico, en un plazo no mayor a cinco días hábiles de completada la misma. Tercera: Una vez aceptado el ingreso, el PAL otorgará al interesado un número de registro, quien a partir de ese momento quedará convocado para colaborar en los microemprendimientos y autorizado a realizar intercambios recíprocos individuales dentro de la Red. Toda la tramitación es absolutamente gratuita. DE LA EMISIÓN Y USO DEL TROQUER Cuarta: La emisión de las unidades de intercambio denominadas Troquers es de exclusiva atribución del PAL y se prohibe a los asociados cualquier forma de emisión, emulación o duplicación de los mismos. Su distribución y circulación es gratuita y no requiere erogación alguna por parte de los asociados. Quinta: El Troquer depende de la credibilidad y la confianza mutua y no debe ser utilizado fuera de la RST ni en ninguna otra red de intercambio sin la previa aprobación del PAL. Sexta: Los asociados a la RST convienen en aceptar que el Troquer posee el carácter de bono social solidario; que el mismo no es un medio de pago; que carece de valor comercial y que puede ser canjeado por bienes o servicios o capacidades físicas y/o intelectuales, únicamente dentro de la Red Solidaria del Trabajo u otra aprobada por el PAL. Séptima: La unidad nominal de intercambio representará además tácitamente un porcentual en moneda corriente en concepto de gastos de las partes intervinientes, que resolverán mediante la firma de acuerdos individuales, cuyo modelo es sugerido por el P.A.L. Octava: El porcentual previsto no deberá superar el 20 % del valor nominal y solamente podrá ser aplicado cuando indefectiblemente deban cubrirse gastos ineludibles entre las partes, provenientes del mercado formal. En tal caso deberá existir mutuo acuerdo entre las partes involucradas. El PAL sugiere el modelo del acuerdo y no implica la obligatoriedad de su uso, siendo las partes libres de acordar entre sí conforme a su leal saber y entender. DEL TRABAJO SOLIDARIO Novena: Los asociados ofrecen voluntariamente al momento de ingresar, sus capacidades físicas o intelectuales o infraestructura societaria, según la categorización, para el desarrollo productivo en las Microempresas de Intercambio conforme a sus posibilidades horarias, a su leal saber y entender y bajo acuerdo de que no existirá relación de dependencia. Su tarea tendrá el carácter de labor solidaria para satisfacer las necesidades del conjunto. Su trámite es absolutamente gratuito. Décima: La disposición y el desarrollo de las tareas solidarias estarán a cargo exclusivo de voluntarios preinscriptos nominados por el PAL y su |